Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 12 de Febrero de 2021, 14:10:33 pm

Título: Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: MORDEKAY en 12 de Febrero de 2021, 14:10:33 pm
Derecho Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios curso 2020 / 2021

Todo lo relacionado con la asignatura para el curso 2020/2021

Audioclases: Financiero y Tributario I y II: Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120359.0)  ¡¡¡Descargables!!!

Videoclases: Financiero y Tributario I y II: Temas en clases de vídeo emitidas (vídeos) (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=121470.0)

Guía de la asignatura: Derecho Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=128663.0)

Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.

Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0

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Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0

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Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: milo10050 en 15 de Febrero de 2021, 20:09:17 pm
Hola! En esta segunda parte se preguntan casos prácticos como en los fyt 2.1 y 2.2? Es necesario el código tributario?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Molins19 en 15 de Febrero de 2021, 21:42:47 pm
Pillo Sitio!  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Pejurudu en 17 de Febrero de 2021, 18:25:08 pm
Me animo, suerte para todos, saludos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Isagonica en 17 de Febrero de 2021, 18:48:19 pm
Suerte!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: raulita en 17 de Febrero de 2021, 21:51:32 pm
Buenas noches, yo también me apunto.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: lucia1234 en 17 de Febrero de 2021, 22:04:21 pm
+ 1

SUERTE a tod@s!! :)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: raulita en 24 de Febrero de 2021, 18:15:13 pm
No sé si soy yo, pero este parcial me parece un poco más farragoso que el primero. ¿Os pasa lo mismo?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: medved en 24 de Febrero de 2021, 20:30:20 pm
Si se repite avex con formato test el código Tributario no es necesario en absoluto. En el foro hay hilos enunciados exámenes avex junio y septiembre con exámenes de esta asignatura . Saludos y suerte
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Usía en 11 de Marzo de 2021, 11:37:47 am
Instrucción sobre exámenes AvEx
Estimados/as estudiantes:

Como probablemente sepan, el Consejo de Gobierno de la UNED ha acordado que los exámenes de la convocatoria de junio se realizarán a través de la plataforma AvEx. Les copio el enlace al BICI, que acaba de publicarse: https://www2.uned.es/bici/Curso2020-2021/210308/21-anexoII.pdf

Ya se les comunicó en el Foro que, si el examen se realizaba por AvEx, tendría las características que ahora paso a recordarles:

a) El examen será una prueba tipo test que constará de 15 preguntas con tres opciones cada una. Los aciertos sumarán 0,67 puntos (con un máximo de 10 puntos) y se restarán 0,33 puntos por cada error. Las preguntas no contestadas ni sumarán ni restarán.

b) La materia objeto de examen será la misma que se contempla en la Guía de la asignatura (Temas 1, 2, 3, 4 y 6 del temario, que se corresponden con los capítulos 12, 13, 14, 15 y 17 del Manual recomendado).

c) La duración del examen será de 30 minutos.

d) Podrán utilizar en la prueba todo tipo de materiales, disponibles en papel, en formato electrónico o por Internet. A título de ejemplo, les indicamos que podrán utilizar los textos legales que tengan archivados en su ordenador o que puedan consultar por Internet.

e) Como es natural, el examen deberá realizarse de modo individual y sin ayuda de otras personas.

f) Será imprescindible disponer de una cámara para realizar el examen. Se capturarán varias imágenes durante la realización del examen, así que deben cerciorarse en todo momento de que la cámara está enfocando su rostro. Si realizan el examen mediante un móvil, será suficiente tener activada la cámara de este dispositivo.


Además, siguiendo las indicaciones del Rectorado, les comunicamos que, excepcionalmente, se seguirán las directrices de la Guía de la asignatura sobre el tipo de examen en el caso de los alumnos ingresados en centros penitenciarios y de aquellos otros que se examinen en los centros asociados, por el sistema tradicional de valija virtual, de acuerdo con el programa UNED 100 por 100.

La PEC seguirá siendo voluntaria y puntuará conforme a lo previsto en la Guía del curso.

Atentamente,

Equipo docente

Enviado por Rafael Jesus Sanz Gomez


Información sobre la PEC
Estimados/as estudiantes:

Al margen de las explicaciones que contiene la Guía del curso, les transmitimos la siguiente información sobre la prueba de evaluación continua (PEC):

1. Se realizará una sola PEC en esta asignatura. Tendrá lugar el domingo 16 de mayo de 2021 a las 17:00 (hora de Madrid) y su duración será de una hora.

2. La realización de esta actividad es voluntaria. No tienen obligación alguna de comunicar al equipo docente si pretenden o no realizar la PEC.

3. Además del Manual y el Código, pueden utilizar para su resolución cualquier otro material que tengan a su disposición.

4. Con la tarea establecida se trata de valorar los conocimientos de cada estudiante y se asigna una calificación individual. Por lo tanto, no cabe la posibilidad de realizarla en colaboración con otros/as estudiantes. Si se detecta que se ha realizado de manera conjunta, se suspenderá a todas las personas implicadas y los hechos se pondrán en conocimiento del Servicio de Inspección de la UNED.

5. Para poder realizar la PEC en el tiempo concedido será conveniente haber estudiado previamente la materia a que se refiere. Este es el motivo por el que su realización se ha fijado en una fecha cercana a la prueba presencial.

6. La PEC puede versar sobre cualquier materia correspondiente a la asignatura, incluyendo aquellos capítulos que no serán objeto de examen en la prueba presencial.

7. Han de disponer de la última versión del navegador Mozilla Firefox o comprobar con antelación a la prueba que su navegador reúne todos los requisitos técnicos necesarios.

8. Es su responsabilidad utilizar un ordenador que funcione correctamente (las tabletas y teléfonos móviles no permiten un correcto funcionamiento de la aplicación) y con una buena conexión a Internet.

9. No se admitirán las respuestas que no se realicen a través de la plataforma (por ejemplo, no se admitirán las respuestas enviadas a través del correo electrónico).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: DeDiego en 16 de Mayo de 2021, 13:38:48 pm
Hola compañeros:

Una pregunta, los temas 5 y 7 no entran en el examen, ¿no?

Muchas gracias.
Un saludo y mucho ánimo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Dairo1996 en 25 de Mayo de 2021, 19:13:06 pm
Buenas! Que tal os ha ido el examen? Yo he ido justito de tiempo he contestado 11 ahí andaré para el aprobado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: lucia1234 en 25 de Mayo de 2021, 19:18:30 pm
Yo lo he visto bastante rebuscado, no obstante he contestado a 14 preguntas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jgarciat en 25 de Mayo de 2021, 19:27:08 pm
A mi me ha ido bien, pero es verdad que estuve trabajando varios años en Aeat. Es poco tiempo, he contestado todas pero no me ha sobrado nada de tiempo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: rgonzalez1922 en 25 de Mayo de 2021, 19:29:41 pm
Yo lo he visto rebuscado también. Me líe con la pregunta de la sanción no pecuniaria. No especificaba nada del importe de la principal y me hice el lío entre dos opciones. No se si os ha tocado esa. Y la de la emisión de informes preceptivos leí mal creo con la rapidez.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: josefer73 en 25 de Mayo de 2021, 21:21:12 pm
Yo también lo vi bastante rebuscado, he contestado 13. Dentro de 2 días los resultados y veremos que tal.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Dairo1996 en 25 de Mayo de 2021, 23:27:57 pm
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Yo lo he visto rebuscado también. Me líe con la pregunta de la sanción no pecuniaria. No especificaba nada del importe de la principal y me hice el lío entre dos opciones. No se si os ha tocado esa. Y la de la emisión de informes preceptivos leí mal creo con la rapidez.

A mi me cayó la de sanciones no pecuniarias pero ni me acuerdo de la pregunta ya jajajaja. Suerte a todas y todos!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: franve en 26 de Mayo de 2021, 10:55:22 am
Alguien que pueda colgar el examen del 25 de mayo de 2021.

Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: OliviaBlanc en 26 de Mayo de 2021, 11:01:21 am
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Alguien que pueda colgar el examen del 25 de mayo de 2021.

Gracias.
Hasta pasadas 48h. no se puede ver, cuando lo tenga lo subo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: rgonzalez1922 en 26 de Mayo de 2021, 11:13:42 am
A mi me pasó algo que nunca. Con los nervios y la tensión del poco tiempo. No le di a finalizar y acabo el tiempo y me salto a la pantalla de observaciones. Supongo que se habrá guardado y entregado aunque no le diera yo a finalizar. No se si automáticamente se prevé que sea así. Alguien que sepa algo y me tranquilice 😔
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: gianniss en 26 de Mayo de 2021, 11:34:09 am
Si no te preocupes se graba directamente. A mi me ha pasado varias veces y nunca tuve problema.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: lucia1234 en 26 de Mayo de 2021, 11:34:35 am
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A mi me pasó algo que nunca. Con los nervios y la tensión del poco tiempo. No le di a finalizar y acabo el tiempo y me salto a la pantalla de observaciones. Supongo que se habrá guardado y entregado aunque no le diera yo a finalizar. No se si automáticamente se prevé que sea así. Alguien que sepa algo y me tranquilice 😔

Es normal, y sucede automáticamente cuando se agota el tiempo. Todo lo que marcaste queda reflejado!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: elenaesp en 26 de Mayo de 2021, 11:35:41 am
Si, no te preocupes, cuando termina el tiempo salta automáticamente esa pantalla pero se guarda todo el examen sin problema, al menos a mí me ha pasado un par de veces y no he tenido problema, se guardó todo con los últimos cambios.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: rgonzalez1922 en 26 de Mayo de 2021, 11:45:33 am
Muchas gracias compañeros por las respuestas. Fue un estrés, acabe encendido. Mucha suerte a todos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Raquel26a en 26 de Mayo de 2021, 12:49:45 pm
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Es normal, y sucede automáticamente cuando se agota el tiempo. Todo lo que marcaste queda reflejado!
a veces, no se guarda.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Goysm3 en 26 de Mayo de 2021, 12:55:12 pm
A mi parecer, examen con preguntas rebuscadas, con poquísimo tiempo, por lo que de poco o nada sirve tener el material permitido disponible. Contesté las 15 preguntas, haber si al menos tengo 10 bien, uf, no se yo...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: lucia1234 en 26 de Mayo de 2021, 13:28:34 pm
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a veces, no se guarda.

A veces, es la excepción.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: lucia1234 en 26 de Mayo de 2021, 13:31:52 pm
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A mi parecer, examen con preguntas rebuscadas, con poquísimo tiempo, por lo que de poco o nada sirve tener el material permitido disponible. Contesté las 15 preguntas, haber si al menos tengo 10 bien, uf, no se yo...

Pienso igual, al menos mi examen ha sido de lo más rebuscado, no sirve de nada eso de todo el material permitido.

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: rgonzalez1922 en 26 de Mayo de 2021, 16:00:20 pm
Pienso como vosotros. A mi me dejo muy dudoso la de las sanciones no pecuniarias ya que al no especificar cantidades para cuantificar la multa y ser un poco dudosa marque la opción muy grave. Y otra de los informes preceptivos, que cuando no se prevee. Yo con las prisas no se si ley actas de acuerdo y actas de conformidad, o ponía disconformidad. Me lie bastante.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Dairo1996 en 26 de Mayo de 2021, 18:17:22 pm
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Pienso como vosotros. A mi me dejo muy dudoso la de las sanciones no pecuniarias ya que al no especificar cantidades para cuantificar la multa y ser un poco dudosa marque la opción muy grave. Y otra de los informes preceptivos, que cuando no se prevee. Yo con las prisas no se si ley actas de acuerdo y actas de conformidad, o ponía disconformidad. Me lie bastante.
Yo creo que puse la de reiteración en la infracción, pero porque como la sanciones no pecuniarias pueden ser graves también...  Pero no lo tengo claro la verdad
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: josefer73 en 27 de Mayo de 2021, 19:07:22 pm
7,71 una menos. Mucha suerte a todos.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: OliviaBlanc en 27 de Mayo de 2021, 19:08:43 pm
Yo también una menos  :D  Ahí os dejo mi examen por si os viene bien:
DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I.2: PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS 25/05/2021
Pregunta 1
La comprobación de valores:
Puede ser el objeto único de un procedimiento autónomo de gestión o puede insertarse como una actuación concreta de un procedimiento de gestión o de inspección
Debe ser realizada siempre por los órganos de inspección tributaria
Debe ser siempre el objeto único de un procedimiento autónomo de gestión
Pregunta 2
La tasación pericial contradictoria:
Solamente puede ser promovida por el órgano gestor o inspector de la Administración tributaria
Debe ser promovida por el obligado tributario
Puede ser promovida por la Administración tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa
Pregunta 3
Si, en el marco de un procedimiento de inspección, la Administración solicita a un Notario una determinada información sobre el contribuyente inspeccionado, calificaremos dicha solicitud de:
Requerimiento individualizado
Asistencia mutua
Información por suministro
Pregunta 4
En el procedimiento de inspección, cuando un obligado tributario manifieste que no tiene la documentación solicitada, pero finalmente la aporta una vez transcurridos 10 meses desde el inicio del procedimiento y antes de la formalización del acta, el plazo de duración se extenderá en:
0 meses
3 meses
6 meses
Pregunta 5
Si la Administración le notifica a usted una liquidación tributaria el día 13 de enero, el plazo de pago voluntario se extenderá hasta el día:
13 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
20 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
5 de marzo, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
Pregunta 6
Cuando concurra con otros procesos o procedimientos singulares de ejecución, el procedimiento de apremio:
Será preferente en todo caso
Será preferente si el embargo efectuado en su curso es el menos antiguo
Será preferente si el embargo efectuado en su curso es el más antiguo
Pregunta 7
Imagine que una sociedad anónima tiene pendiente de pago una sanción tributaria. Si la persona jurídica se disuelve y liquida, de manera que deja de existir:
La sanción tributaria podrá exigirse a sus socios, en tanto que sucesores de una persona jurídica
La empresa nunca debería haber sido sancionada, ya que no puede imputarse la comisión de una infracción tributaria a una persona jurídica
La sanción tributaria se considera extinta, ya que la empresa responsable ha dejado de existir
Pregunta 8
Al presentar su autoliquidación de IRPF, un contribuyente ha declarado e ingresado 2.000 euros menos de lo que correspondería. El contribuyente hizo figurar esta renta a nombre de una persona interpuesta para ocultar su identidad. ¿Cómo se calificaría la infracción cometida?
Leve
Grave
Muy grave
Pregunta 9
La reclamación económico-administrativa contra la liquidación de una cuota tributaria se tramitará por el procedimiento abreviado:
Cuando en la reclamación se aleguen cuestiones muy sencillas de resolver
Cuando en la reclamación se alegue exclusivamente falta o defecto de notificación
Cuando la cuantía de la reclamación sea inferior a 6.000 €
Pregunta 10
En el procedimiento de revisión de los actos nulos de pleno derecho, se necesita un dictamen del:
Consejo de Ministros
Director General de Tributos
Consejo de Estado
Pregunta 11
El derecho de prelación general:
Se refiere solo a los créditos tributarios vencidos durante el año en que se inicie la acción de cobro así como el año anterior
Se refiere a todos los créditos tributarios vencidos y no satisfechos
Se refiere solo a los créditos tributarios aplazados
Pregunta 12
La resolución de uno de los siguientes procedimientos puede ser objeto de un recurso de reposición. Indique de qué procedimiento se trata:
Devolución de ingresos indebidos
Declaración de nulidad de pleno de derecho
Revocación
Pregunta 13
Señale cuál de las siguientes deudas no puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento según la Ley General Tributaria:
La deuda derivada del modelo anual de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades
Las retenciones practicadas por una empresa a sus empleados
El pago fraccionado del IRPF
Pregunta 14
Cuando la realización de lo embargado por medio de subasta, por sus cualidades o magnitud, pudiera producir perturbaciones nocivas en el mercado:
La enajenación podrá celebrarse por concurso
Procederá la adjudicación de los bienes al Estado
La enajenación solo podrá tener lugar por adjudicación directa
Pregunta 15
¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el procedimiento de verificación de datos es cierta?
En este procedimiento no es posible requerir nueva información a terceros
La verificación de datos impide la posterior comprobación del objeto de la misma
Puede realizarse en él una comprobación de valores por parte de los órganos de gestión tributaria
1A-2B-3A-4B-5B-6C-7A-8C-9C-10C-11B-12A-13B-14A-15A
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Raquel26a en 27 de Mayo de 2021, 19:11:33 pm
Un 7, suerte a los de la segunda semana
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: josefer73 en 27 de Mayo de 2021, 19:19:05 pm
Pregunta 1
a)tasación pericial contradictoria:

Debe ser promovida por el obligado tributario

Solamente puede ser promovida por el órgano gestor o inspector de la Administración tributaria

Puede ser promovida por la Administración tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa

Pregunta 2
La enumeración de los medios de comprobación de valores establecida en el art. 57 LGT:

Constituye una lista que incluye las reglas de prioridad que necesariamente deben seguirse para el uso de unos u otros medios de comprobación en cada caso

Constituye una previsión genérica que no contiene criterios de prioridad indicativos de cuáles medios de comprobación deben usarse en cada caso

Constituye una lista exhaustiva y cerrada, que excluye el uso de cualquier otro medio de comprobación

Pregunta 3
La potestad administrativa de comprobación e investigación tributaria, salvo que la Ley diga otra cosa:

Prescribe a los 4 años

Es imprescriptible

Caduca a los 4 años

Pregunta 4
Si, en el marco de un procedimiento de inspección, la Administración solicita a un Notario una determinada información sobre el contribuyente inspeccionado, calificaremos dicha solicitud de:

Información por suministro

Requerimiento individualizado

Asistencia mutua

Pregunta 5
El plazo de prescripción de cuatro años del “derecho a liquidar las obligaciones tributarias”:

No puede interrumpirse

Solo puede interrumpirse por causas imputables a la Administración tributaria

Se interrumpe, entre otros casos, por la interposición de recursos

Pregunta 6
El derecho de afección:

Se ejercita a través del procedimiento previsto para la responsabilidad solidaria

Se ejercita a través del procedimiento de apremio dirigido frente al deudor principal

Se ejercita a través del procedimiento previsto para la responsabilidad subsidiaria

Pregunta 7
Un contribuyente recibe la notificación de una liquidación administrativa que pone fin a un procedimiento de comprobación limitada. Días después recibe la notificación de la sanción correspondiente. El contribuyente decide impugnar la sanción, pero no la liquidación. No se ha requerido la conformidad expresa. En estas circunstancias, ¿se aplicará algún tipo de reducción sobre dicha sanción?

No se aplicará ninguna reducción

Se aplicará una reducción del 30%

Se aplicará una reducción del 30%, más un 25% adicional

Pregunta 8
Imagine que una sociedad anónima tiene pendiente de pago una sanción tributaria. Si la persona jurídica se disuelve y liquida, de manera que deja de existir:

La sanción tributaria podrá exigirse a sus socios, en tanto que sucesores de una persona jurídica

La empresa nunca debería haber sido sancionada, ya que no puede imputarse la comisión de una infracción tributaria a una persona jurídica

La sanción tributaria se considera extinta, ya que la empresa responsable ha dejado de existir

Pregunta 9
Juan no está conforme con la resolución de un procedimiento especial de rectificación de errores ¿Qué puede hacer?

Las dos respuestas anteriores son correctas

Interponer un recurso de reposición

Interponer una reclamación económico-administrativa

Pregunta 10
El Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra, de menos de 5.000 habitantes, ha liquidado el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras a un obligado tributario por 7.000 € de deuda. Indique cómo puede recurrir esa liquidación el obligado tributario:

Mediante un recurso de reposición

Mediante la reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional correspondiente

Mediante reclamación ante el Tribunal económico-administrativo municipal correspondiente

Pregunta 11
¿Cuál de los siguientes criterios es un requisito para la imposición de una sanción no pecuniaria a una empresa mercantil?

Que haya cometido una infracción muy grave

Que no se le imponga una sanción pecuniaria, ya que ambos tipos de sanciones son incompatibles entre sí

Que la infracción se haya cuantificado teniendo en cuenta la comisión repetida de infracciones tributarias

Pregunta 12
Señale cuál de las siguientes deudas no puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento según la Ley General Tributaria:

La deuda derivada del modelo anual de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades

El pago fraccionado del IRPF

Las retenciones practicadas por una empresa a sus empleados

Pregunta 13
En el caso de tributos periódicos de notificación colectiva, el plazo para interponer la reclamación económico-administrativa:

Es de un mes desde que finalizó el periodo voluntario de pago

Es de dos meses desde la publicación por edictos del anuncio de cobro

Es de un mes desde la publicación en la prensa escrita del anuncio de cobro

Pregunta 14
La solicitud de reserva del derecho a promover tasación pericial contradictoria:

Produce la suspensión de la ejecución de la liquidación afectada

No suspende la ejecución de la liquidación afectada

Suspende la ejecución de la liquidación afectada pero no suspende el plazo para interponer reclamación o recurso contra ella

Pregunta 15
Para la firma de un acta con acuerdo, será necesaria la autorización del inspector-jefe, que deberá ser:

Anterior o simultánea a la firma del acta

Tanto expresa como tácita

Anterior a la firma del acta en todo caso

Mi examen también por si os es de utilidad.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Goysm3 en 27 de Mayo de 2021, 19:20:40 pm
Superada, un 6  :).
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: paromo en 27 de Mayo de 2021, 19:23:30 pm
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Pregunta 1
a)tasación pericial contradictoria:

Debe ser promovida por el obligado tributario

Solamente puede ser promovida por el órgano gestor o inspector de la Administración tributaria

Puede ser promovida por la Administración tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa

Mi examen también por si os es de utilidad.
gracias por compartir el examen, no tendrás las respuestas?
saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: pandev92 en 27 de Mayo de 2021, 19:26:24 pm
un 7, me ha resultado más dificl que el primer semestre.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: lucia1234 en 27 de Mayo de 2021, 19:32:00 pm
Pues lo que me suponía, suspenso, demasiado rebuscado.
Una para septiembre.

¿Alguien tiene unos apuntes buenos, que sirvan para preparar el examen AvEx?   Gracias!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: rgonzalez1922 en 27 de Mayo de 2021, 20:07:12 pm
Yo un 7.1. Pensaba que había fallado más con el estrés y el leer rápido. Lucia hay unos muy buenos en el grupo de Facebook. Yo use los de Ernest pero con el libro al lado. Llevo la primera parte para sept porque no me pude presentar en febrero. Lucia si no encuentras los apuntes me escribes y te digo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: DeDiego en 27 de Mayo de 2021, 21:30:12 pm
¡¡Una menos!! Me quedé rozando el 7.

Ánimo a todos los compañeros.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: josefer73 en 27 de Mayo de 2021, 22:05:14 pm
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Pregunta 1
a)tasación pericial contradictoria:

Debe ser promovida por el obligado tributario

Solamente puede ser promovida por el órgano gestor o inspector de la Administración tributaria

Puede ser promovida por la Administración tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa

Pregunta 2
La enumeración de los medios de comprobación de valores establecida en el art. 57 LGT:

Constituye una lista que incluye las reglas de prioridad que necesariamente deben seguirse para el uso de unos u otros medios de comprobación en cada caso

Constituye una previsión genérica que no contiene criterios de prioridad indicativos de cuáles medios de comprobación deben usarse en cada caso

Constituye una lista exhaustiva y cerrada, que excluye el uso de cualquier otro medio de comprobación

Pregunta 3
La potestad administrativa de comprobación e investigación tributaria, salvo que la Ley diga otra cosa:

Prescribe a los 4 años

Es imprescriptible

Caduca a los 4 años

Pregunta 4
Si, en el marco de un procedimiento de inspección, la Administración solicita a un Notario una determinada información sobre el contribuyente inspeccionado, calificaremos dicha solicitud de:

Información por suministro

Requerimiento individualizado

Asistencia mutua

Pregunta 5
El plazo de prescripción de cuatro años del “derecho a liquidar las obligaciones tributarias”:

No puede interrumpirse

Solo puede interrumpirse por causas imputables a la Administración tributaria

Se interrumpe, entre otros casos, por la interposición de recursos

Pregunta 6
El derecho de afección:

Se ejercita a través del procedimiento previsto para la responsabilidad solidaria

Se ejercita a través del procedimiento de apremio dirigido frente al deudor principal

Se ejercita a través del procedimiento previsto para la responsabilidad subsidiaria

Pregunta 7
Un contribuyente recibe la notificación de una liquidación administrativa que pone fin a un procedimiento de comprobación limitada. Días después recibe la notificación de la sanción correspondiente. El contribuyente decide impugnar la sanción, pero no la liquidación. No se ha requerido la conformidad expresa. En estas circunstancias, ¿se aplicará algún tipo de reducción sobre dicha sanción?

No se aplicará ninguna reducción

Se aplicará una reducción del 30%

Se aplicará una reducción del 30%, más un 25% adicional

Pregunta 8
Imagine que una sociedad anónima tiene pendiente de pago una sanción tributaria. Si la persona jurídica se disuelve y liquida, de manera que deja de existir:

La sanción tributaria podrá exigirse a sus socios, en tanto que sucesores de una persona jurídica

La empresa nunca debería haber sido sancionada, ya que no puede imputarse la comisión de una infracción tributaria a una persona jurídica

La sanción tributaria se considera extinta, ya que la empresa responsable ha dejado de existir

Pregunta 9
Juan no está conforme con la resolución de un procedimiento especial de rectificación de errores ¿Qué puede hacer?

Las dos respuestas anteriores son correctas

Interponer un recurso de reposición

Interponer una reclamación económico-administrativa

Pregunta 10
El Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra, de menos de 5.000 habitantes, ha liquidado el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras a un obligado tributario por 7.000 € de deuda. Indique cómo puede recurrir esa liquidación el obligado tributario:

Mediante un recurso de reposición

Mediante la reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional correspondiente

Mediante reclamación ante el Tribunal económico-administrativo municipal correspondiente

Pregunta 11
¿Cuál de los siguientes criterios es un requisito para la imposición de una sanción no pecuniaria a una empresa mercantil?

Que haya cometido una infracción muy grave

Que no se le imponga una sanción pecuniaria, ya que ambos tipos de sanciones son incompatibles entre sí

Que la infracción se haya cuantificado teniendo en cuenta la comisión repetida de infracciones tributarias

Pregunta 12
Señale cuál de las siguientes deudas no puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento según la Ley General Tributaria:

La deuda derivada del modelo anual de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades

El pago fraccionado del IRPF

Las retenciones practicadas por una empresa a sus empleados

Pregunta 13
En el caso de tributos periódicos de notificación colectiva, el plazo para interponer la reclamación económico-administrativa:

Es de un mes desde que finalizó el periodo voluntario de pago

Es de dos meses desde la publicación por edictos del anuncio de cobro

Es de un mes desde la publicación en la prensa escrita del anuncio de cobro

Pregunta 14
La solicitud de reserva del derecho a promover tasación pericial contradictoria:

Produce la suspensión de la ejecución de la liquidación afectada

No suspende la ejecución de la liquidación afectada

Suspende la ejecución de la liquidación afectada pero no suspende el plazo para interponer reclamación o recurso contra ella

Pregunta 15
Para la firma de un acta con acuerdo, será necesaria la autorización del inspector-jefe, que deberá ser:

Anterior o simultánea a la firma del acta

Tanto expresa como tácita

Anterior a la firma del acta en todo caso

Mi examen también por si os es de utilidad.

1A-2B-3B-4B-5C-6C-7B-8A-9A-10A-11C-12C-13A-14A-15A
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Dairo1996 en 28 de Mayo de 2021, 12:38:53 pm
6 y algo que firmo, mucho ánimo a los de la segunda semana y suspensos, yo la verdad que solo estudié con ley, los apuntes de ernest y los test de autoevaluación. Aquí dejo el examen:

1. La enumeración de los medios de comprobación de valores establecida en el art57 LGT:

a) Constituye una lista que incluye las reglas de prioridad que necesariamente deben seguirse para el uso de unos u otros medios de comprobación en cada caso
b) Constituye una lista exhaustiva y cerrada, que excluye el uso de cualquier otro medio de comprobación.
c) Constituye una previsión genérica que no contiene criterios de prioridad indicativos de cuáles medios de comprobación deben usarse en cada caso.

2.¿En cuál de los siguientes casos procede presentar una autoliquidación complementaria?

a) Cuando no se soliciten la devolución de los ingresos efectuados, pero el obligado considere que la autoliquidación inicialmente presentada perjudica sus intereses legítimos.
b) Cuando el obligado considere que en la autoliquidación inicial solicitó una cantidad a devolver superior a la procedente.
c) Cuando la autoliquidación inicial haya dado lugar a una cantidad a compensar superior a la solicitada y se solicite la devolución de un ingreso indebido.

3.En el marco  del procedimiento de inspección. ¿en cuál de los siguientes casos NO se prevé la emisión de un informe preceptivo, según la LGT?

a) Para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria.
b) Cuando se suscriban actas de disconformidad.
c) Cuando se suscriban actas con acuerdo.

4.La potestad administrativa de comprobación e investigación tributaria, salvo que la Ley diga otra cosa:

a) Prescribe a los 4 años
b) Caduca a los 4 años
c)  Es imprescriptible

5. Si la Administración le notifica a usted una liquidación tributaria el 13 de enero, el plazo de pago voluntario se extenderá hasta el día:

a) 13 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) 20 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
c) 5 de marzo, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

6. El plazo reglamentario de autoliquidación del IRPF finaliza el 30 de junio de 2020. El 3 de agosto de 2020, un contribuyente presenta su autoliquidación, pero se limita a reconocer la deuda, sin ingresarla. El 8 de septiembre de 2020, la Administración notifica la providencia de apremio. En este caso, ¿cuándo se inicia el período ejecutivo?

a) 1 de julio
b) 4 de agosto
c) Cuando finalice el plazo de pago que se abre con la providencia de apremio.

7. De acuerdo con la LGT, ¿cuál de las siguientes NO es causa de exclusión de la responsabilidad en materia sancionadora tributaria?

a) La concurrencia de una causa de fuerza mayor.
b) La actuación al amparo de una interpretación razonable de la norma tributaria.
c) La existencia de un error de hecho  en el obligado tributario.

8. Al presentar su autoliquidación de IRPF, un contribuyente ha declarado e ingresado 2.000 euros menos de lo que correspondería. El contribuyente hizo figurar esta renta a nombre de una persona interpuesta para ocultar su identidad. ¿Cómo se calificará la infracción cometida?

a) Leve .
b) Grave.
c) Muy grave.

9.En el procedimiento de revisión de los actos nulos de pleno derecho, se necesita un dictamen del :

a) Consejo de Ministros.
b) Consejo de Estado.
c) Director General de Tributos.

10. El recurso de reposición.

a) No tiene establecido un plazo específico de resolución, por lo que se aplica el general de seis meses.
b) La resolución debe notificarse al recurrente en el plazo de un mes desde la interposición.
c) La resolución debe notificarse en el plazo de 15 días desde que se dicta el acto por el que el recurso se declara concluso y visto para resolver.

11. ¿Cuál de los siguiente criterios es un requisito para la imposición de una sanción no pecuniaria a una empresa mercantil?

a) Que haya cometido una infracción grave.
b) Que no se le imponga una sanción pecuniaria, ya que ambos tipos de sanciones son incompatibles entre sí.
c) Que la infracción se haya cuantificado teniendo en cuenta la comisión repetida de infracciones tributarias.

12.¿cuál de los siguiente NO constituye un acto de gestión tributaria de los particulares?

a) Las actuaciones relativas a la obligación de entregar facturas.
b) La solicitud de devolución de ingresos indebidos.
c) Los actos de repercusión tributaria.

13.¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el procedimiento de verificación de datos es cierta?

a) Puede realizarse en él una comprobación de valores por parte de los órganos de gestión tributaria.
b) En este procedimiento no es posible requerir nueva información de terceros.
c) La verificación de datos impide la posterior comprobación del objeto de la misma.

14. La solicitud de reserva del derecho a promover tasación pericial contradictoria:
a) Produce la suspensión de la ejecución de la liquidación afectada.
b) No suspende la ejecución de la liquidación afectada.
c) La verificación de datos impide la posterior comprobación del objeto de la misma.

15. El derecho de prelación general:
a) Se refiere a todos los créditos tributarios vencidos y no satisfechos.
b) Se refiere solo a los créditos tributarios vencidos durante el año en que se inicie la acción de cobro así como el año anterior.
c) Se refiere solo a los créditos tributarios aplazados.


1-C  2-B  3-C  4-C  5-B  6-B  7-C  8-C  9-B  10-B  11-C  12-B  13-B  14-A  15-A
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: franve en 31 de Mayo de 2021, 13:48:23 pm
Gracias por colgar los exámenes.

Suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: chesterlampuig en 01 de Junio de 2021, 17:34:11 pm
Aquí va el mío. Suerte a todos.

A continuación se muestra el examen
Pregunta 1
¿En cuál de los siguientes casos procede presentar una autoliquidación complementaria?
Cuando no se soliciten la devolución de los ingresos efectuados, pero el obligado considere que la autoliquidación inicialmente presentada perjudica sus intereses legítimos
Cuando la autoliquidación inicial haya dado lugar a una cantidad a compensar superior a la solicitada y se solicite la devolución de un ingreso indebido
Cuando el obligado considere que en la autoliquidación inicial solicitó una cantidad a devolver superior a la procedente
Pregunta 2
La comprobación de valores:
Debe ser siempre el objeto único de un procedimiento autónomo de gestión
Puede ser el objeto único de un procedimiento autónomo de gestión o puede insertarse como una actuación concreta de un procedimiento de gestión o de inspección
Debe ser realizada siempre por los órganos de inspección tributaria
Pregunta 3
La potestad administrativa de comprobación e investigación tributaria, salvo que la Ley diga otra cosa:
Es imprescriptible
Caduca a los 4 años
Prescribe a los 4 años
Pregunta 4
En el marco del procedimiento de inspección, ¿en cuál de los siguientes casos no se prevé la emisión de un informe preceptivo, según la Ley General Tributaria?
Para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria
Cuando se suscriban actas de disconformidad
Cuando se suscriban actas con acuerdo
Pregunta 5
Si la Administración le notifica a usted una liquidación tributaria el día 13 de enero, el plazo de pago voluntario se extenderá hasta el día:
13 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
20 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
5 de marzo, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
Pregunta 6
El plazo reglamentario de autoliquidación del IRPF finaliza el 30 de junio de 2020. El 3 de agosto de 2020, un contribuyente presenta su autoliquidación, pero se limita a reconocer la deuda, sin ingresarla. El 8 de septiembre de 2020, la Administración notifica la providencia de apremio. En este caso, ¿cuándo se inicia el período ejecutivo?
El 1 de julio
El 4 de agosto
Cuando finalice el plazo de pago que se abre con la providencia de apremio
Pregunta 7
¿Cuál de los siguientes no es un “criterio de graduación de las sanciones”, según la Ley General Tributaria?
El perjuicio económico para la Hacienda Pública
La comisión repetida de infracciones tributarias
El uso de medios fraudulentos
Pregunta 8
Un contribuyente recibe la notificación de una liquidación administrativa que pone fin a un procedimiento de comprobación limitada. Días después recibe la notificación de la sanción correspondiente. El contribuyente decide impugnar la sanción, pero no la liquidación. No se ha requerido la conformidad expresa. En estas circunstancias, ¿se aplicará algún tipo de reducción sobre dicha sanción?
No se aplicará ninguna reducción
Se aplicará una reducción del 30%
Se aplicará una reducción del 30%, más un 25% adicional
Pregunta 9
En el procedimiento de revisión de los actos nulos de pleno derecho, se necesita un dictamen del:
Director General de Tributos
Consejo de Ministros
Consejo de Estado
Pregunta 10
La reclamación económico-administrativa contra la liquidación de una cuota tributaria se tramitará por el procedimiento abreviado:
Cuando la cuantía de la reclamación sea inferior a 6.000 €
Cuando en la reclamación se aleguen cuestiones muy sencillas de resolver
Cuando en la reclamación se alegue exclusivamente falta o defecto de notificación
Pregunta 11
Señale cuál de las siguientes deudas no puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento según la Ley General Tributaria:
La deuda derivada del modelo anual de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades
El pago fraccionado del IRPF
Las retenciones practicadas por una empresa a sus empleados
Pregunta 12
¿Cuál de los siguientes criterios es un requisito para la imposición de una sanción no pecuniaria a una empresa mercantil?
Que no se le imponga una sanción pecuniaria, ya que ambos tipos de sanciones son incompatibles entre sí
Que la infracción se haya cuantificado teniendo en cuenta la comisión repetida de infracciones tributarias
Que haya cometido una infracción muy grave
Pregunta 13
¿Cabe la revocación de resoluciones de un Tribunal Económico-Administrativo?
No
Dependerá de la cuantía

Pregunta 14
El derecho de prelación general:
Se refiere solo a los créditos tributarios aplazados
Se refiere solo a los créditos tributarios vencidos durante el año en que se inicie la acción de cobro así como el año anterior
Se refiere a todos los créditos tributarios vencidos y no satisfechos
Pregunta 15
¿Cuál de los siguientes no constituye un acto de gestión tributaria de los particulares?
La solicitud de devolución de ingresos indebidos
Los actos de repercusión tributaria
Las actuaciones relativas a la obligación de entregar facturas

1c
2b
3a
4c
5b
6b
7c
8b
9c
10a
11c
12b
13a
14c
15a
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: lucia1234 en 01 de Junio de 2021, 17:48:19 pm
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A mi me pasó algo que nunca. Con los nervios y la tensión del poco tiempo. No le di a finalizar y acabo el tiempo y me salto a la pantalla de observaciones. Supongo que se habrá guardado y entregado aunque no le diera yo a finalizar. No se si automáticamente se prevé que sea así. Alguien que sepa algo y me tranquilice 😔

Ya, a estas alturas, deberías poder visualizarlo.
Enntra en AvEx, pincha en el día que hiceste el examen y te da una opción donde pone:  "visualizar el examen"!

Saludos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: imartinm en 02 de Junio de 2021, 16:14:00 pm
Gracias atodos por subir exámenes.

Enhorabuena a los aprobados y muchísimo ánimo al resto.

Y por cierto, si podéis, subid más exámenes.

Gracias.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jmedinill2 en 02 de Junio de 2021, 18:30:11 pm
Gracias por subir los exámenes.
Suerte a los que os presentáis la segunda semana
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: torukmakto en 08 de Junio de 2021, 12:14:02 pm
Bueno que tal os ha salido el examen de hoy?
Me ha parecido bastante enrevesado. No se si llegaré para aprobar :(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: cerridwen en 08 de Junio de 2021, 12:19:01 pm

En una palabra: HORRIBLE!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: imartinm en 08 de Junio de 2021, 12:20:03 pm
Bueno pues ya está.

Suerte a todos.

Como era previsible, ni una de las 15 que me han caído las había visto antes. Ni una.

En ese sentido hay que felicitar al ED en cuanto a que se han currado la base de preguntas.

¿Dificultad? Un poco de todo. Preguntas con truco, otras más directas, otras de aplicación. Sinceramente, creo que equilibrado. La de la impugnación de comprobación de valores me ha sido imposible contestarla ni leyendo ley ni nada.

En fin, me quedo con la duda del resultado final. Diremos que muy muy ajustado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: fresus en 08 de Junio de 2021, 12:23:18 pm
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Bueno pues ya está.

Suerte a todos.

Como era previsible, ni una de las 15 que me han caído las había visto antes. Ni una.

En ese sentido hay que felicitar al ED en cuanto a que se han currado la base de preguntas.

¿Dificultad? Un poco de todo. Preguntas con truco, otras más directas, otras de aplicación. Sinceramente, creo que equilibrado. La de la impugnación de comprobación de valores me ha sido imposible contestarla ni leyendo ley ni nada.

En fin, me quedo con la duda del resultado final. Diremos que muy muy ajustado.

A veces hay que guardarse un poco la mala baba cuando acabamos los examenes por lo reliado de algunas preguntas y aceptar que salvo LA BARBARIDAD DE POCO TIEMPO que premia al más agil, este equipo docente es capaz de hacer un examen equilibrado. Como dices, me pareció que tuvo un poco de todo y que, dejando los materiales y habiendo estudiado (aquí lo complicado es saber donde mirar y para eso has tenido que estudiar, los que lo han hecho sabrán de lo que hablo). No es facil pero se saca bien. Si te lo has leido la última semana está claro que no has encontrado nada porque todo se parece.

Yo también tengo dudas con el resultado final, porque con ese tiempo ha sido imposible repasar ni una pregunta. Es el punto flaco de este exámen y lo que penaliza equivocarte teniendo preguntas tan ambiguas en algunas ocasiones.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jswirska1 en 08 de Junio de 2021, 12:36:51 pm
Ya esta!

Pues ha habido preguntas de todo tipo, ninguna repetida ( al menos de las que había visto).

Creo que habiendo estudiado se saca, pero es verdad que el tiempo es muy justo y los errores penalizan bastante...

Suerte y a esperar
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: imartinm en 08 de Junio de 2021, 12:39:21 pm
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A veces hay que guardarse un poco la mala baba cuando acabamos los examenes por lo reliado de algunas preguntas y aceptar que salvo LA BARBARIDAD DE POCO TIEMPO que premia al más agil, este equipo docente es capaz de hacer un examen equilibrado. Como dices, me pareció que tuvo un poco de todo y que, dejando los materiales y habiendo estudiado (aquí lo complicado es saber donde mirar y para eso has tenido que estudiar, los que lo han hecho sabrán de lo que hablo). No es facil pero se saca bien. Si te lo has leido la última semana está claro que no has encontrado nada porque todo se parece.

Yo también tengo dudas con el resultado final, porque con ese tiempo ha sido imposible repasar ni una pregunta. Es el punto flaco de este exámen y lo que penaliza equivocarte teniendo preguntas tan ambiguas en algunas ocasiones.

Total y absolutamente de acuerdo en todo este comentario. De principio a fin. Coincido plenamente.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: aselma30 en 08 de Junio de 2021, 13:05:29 pm
Recuerdo vago de preguntas:

1 comprobación de valores - procedimiento autónomo y se hablaba de actos (y no actuaciones)
2 comprobación limitada - respecto a si era sobre declaraciones efectuadas o no efectuadas, o de oficio o a instancia...
3 retroacción x una resolución, plazo q resta
4 30 por ciento por acta conformidad y sanción
5 191 lgt como sanción
6 infraccion trib dolo o ... Con negligencia
7 med caut respecto prox INSP/sanc
8 Ayto no rec prec , si órgano rec munic
9 plazo durac proc inspec
10 plazo ambas correcta Ni 3 meses, ni 4 años - rev actos nulos pleno derecho
11 embargo anteriores a declar concurso
12 enajen x concurso (caso excepc - nocividad)
13 sanc lev,grave y muy grave x no ingresar
14 y 15 no me acuerdo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: imartinm en 08 de Junio de 2021, 13:32:02 pm
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Recuerdo vago de preguntas:

1 comprobación de valores - procedimiento autónomo y se hablaba de actos (y no actuaciones)
2 comprobación limitada - respecto a si era sobre declaraciones efectuadas o no efectuadas, o de oficio o a instancia...
3 retroacción x una resolución, plazo q resta
4 30 por ciento por acta conformidad y sanción
5 191 lgt como sanción
6 infraccion trib dolo o ... Con negligencia
7 med caut respecto prox INSP/sanc
8 Ayto no rec prec , si órgano rec munic
9 plazo durac proc inspec
10 plazo ambas correcta Ni 3 meses, ni 4 años - rev actos nulos pleno derecho
11 embargo anteriores a declar concurso
12 enajen x concurso (caso excepc - nocividad)
13 sanc lev,grave y muy grave x no ingresar
14 y 15 no me acuerdo

De estas me han salido bastantes a mi. La de comprobación de valores me ha parecido imposible de entender y la dejé sin contestar la del plazo actos nulo pleno derecho a mí me ponía ambas incorrectas, que es la que he seleccionado, porque creo que la nulidad e pleno derecho no tiene plazo, pero dudo con lo de los cuatro años.

En fin, no quiero ver más.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Bartoli84 en 08 de Junio de 2021, 13:44:30 pm
Creo que voy a aprobar esta asignatura sin sabe realmente muy bien de que iba la cosa.

Supongo que aprobaré porque se me dan muy bien los tipo test y se pillarles los "trucos", pero conocimientos adquiridos.. bien pocos. No sé si porque estos temas no me interesan/no se me dan bien, o por la forma que estaba explicada la asignatura.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: aselma30 en 08 de Junio de 2021, 13:45:02 pm
Si eso era ambas incorrectas, la acertaste creo. Yo tb puse eso
Para la lesividad tiene 4 años y 3 meses para iniciarlo desde declaración ... Pero para interponer no existe plazo
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: aselma30 en 08 de Junio de 2021, 14:39:24 pm
Puede q...
La 14 rec extraord revis x prevaricación stc firme
Y 15 comprobación limitada, si se podía abrir nuevo procedimiento tras caducidad... No estoy seguro

En todo caso suerte y si alguien aporta más luz guay...sino en 48 horas sabremos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: aselma30 en 08 de Junio de 2021, 16:22:24 pm
En la pregunta q era sobre esto...
 Cuando una resolución judicial o económico-administrativa ordene la retroacción de las actuaciones inspectoras, éstas deberán finalizar en el período que reste desde el momento al que se retrotraigan las actuaciones hasta la conclusión del plazo al que se refiere el apartado 1 de este artículo o en seis meses si es un plazo inferior

Os acordáis si ponían 6 meses o un plazo inferior... O la correcta era el periodo q reste...no recuerdo opciones
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jmelo2 en 08 de Junio de 2021, 17:08:25 pm
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Creo que voy a aprobar esta asignatura sin sabe realmente muy bien de que iba la cosa.

Supongo que aprobaré porque se me dan muy bien los tipo test y se pillarles los "trucos", pero conocimientos adquiridos.. bien pocos. No sé si porque estos temas no me interesan/no se me dan bien, o por la forma que estaba explicada la asignatura.
Compañero,una cosa que tiene la UNED es que se las saben todas,van un paso por delante de nosotros,te deseo toda la suerte del mundo, pero los exámenes topo test,una de dos:o milagro o lotería, siempre y cuando no se hayan adquirido los conocimientos suficientes para saber la contestación adecuada,me parece muy atrevido tú comentario ,pero bueno, ánimo y suerte,un saludo.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: imartinm en 08 de Junio de 2021, 17:53:03 pm
Pues yo creo que solo haciendo test, no se aprueba el examen de hoy.. Lo siento, pero no.

En mi caso no había ni una sola que hubiera visto antes, y he hecho todo lo que he podido recopilar. Yo no sé si voy a aprobar. Pero sí digo que sin haber estudiado, repasado y, sobre todo, entendido, porque hubo bastantes de aplicar, este examen no se aprueba.

Ah y como han dicho antes. Sí, se puede buscar en el material que te dejan tener, pero hay que saber dónde ir, y sin haber estudiado me parece imposible.

Y lo dicho, no sé si he aprobado, no me gusta aventurar, pero no me gusta criticar por criticar y el examen como he dicho arriba me ha parecido bastante equilibrado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Usía en 08 de Junio de 2021, 19:14:08 pm
En esta pregunta que habéis puesto?

Si una sentencia firme declara que una resolución económico-administrativa se dictó con prevaricación, pero dicha resolución ya es firme, ¿cómo podría revisarse?

A- Mediante el procedimiento de nulidad de pleno derecho
B- Mediante el recurso extraordinario de revisión
C- Las dos respuestas anteriores son correctas

Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: aselma30 en 08 de Junio de 2021, 19:28:13 pm
B
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: imartinm en 08 de Junio de 2021, 20:06:27 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
En esta pregunta que habéis puesto?

Si una sentencia firme declara que una resolución económico-administrativa se dictó con prevaricación, pero dicha resolución ya es firme, ¿cómo podría revisarse?

A- Mediante el procedimiento de nulidad de pleno derecho
B- Mediante el recurso extraordinario de revisión
C- Las dos respuestas anteriores son correctas

B
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jswirska1 en 08 de Junio de 2021, 20:30:40 pm
Yo también B
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: imartinm en 09 de Junio de 2021, 10:11:04 am
Malas noticias,

en el foro oficial D. Rafael ha contestado que la correcta es la C, ambas respuestas son correctas.

Así que ya llevamos una mal los que hemos puesto B.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: drei en 09 de Junio de 2021, 10:21:02 am
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Malas noticias,

en el foro oficial D. Rafael ha contestado que la correcta es la C, ambas respuestas son correctas.

Así que ya llevamos una mal los que hemos puesto B.
Yo puse la C porque ya me había salido el año pasado y había puesto la B (que por cierto me quedé a una tanto en junio como en septiembre)
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jswirska1 en 09 de Junio de 2021, 10:27:58 am
Yo dudaba con la C, pero dejé puesta la B... bueno mañana sabremos el resultado...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: scoto6 en 09 de Junio de 2021, 10:34:12 am
Pues yo puse la B y sigo pensando que es la B. Pues el procedimiento de nulidad de pleno derecho no es para sentencias judiciales firmes sino para resoluciones economico-administrativas.No puedo ver motivación que han dado en el foro porque los han bloqueado.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: imartinm en 09 de Junio de 2021, 10:37:04 am
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Pues yo puse la B y sigo pensando que es la B. Pues el procedimiento de nulidad de pleno derecho no es para sentencias judiciales firmes sino para resoluciones economico-administrativas.No puedo ver motivación que han dado en el foro porque los han bloqueado.

Perdón, en el foro Alf, en el oficial de la UNED, ahí es donde D. Rafael ha argumentado que la correcta es la C... mal que me pese.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Orreguer en 09 de Junio de 2021, 10:50:24 am
Bueno,

No nos queda otra que esperar a mañana para ver la solución.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: aselma30 en 09 de Junio de 2021, 16:05:17 pm
Alguien tiene las preguntas? Por verlas una a una....estoy impaciente... :'(
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jswirska1 en 09 de Junio de 2021, 17:11:52 pm
No, ya queda menos compi... yo no sé si escapo, sería mi segundo suspenso en lo que llevo de carrera...
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Raquel26a en 09 de Junio de 2021, 17:18:17 pm
A mí la primera semana me cayó varias (2) con respuesta las dos son correctas. Si aparece poned esa.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: VAMPMIKE en 10 de Junio de 2021, 11:54:22 am
Hola, ya están las respuestas colgadas no?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Molins19 en 10 de Junio de 2021, 11:59:08 am
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Hola, ya están las respuestas colgadas no?

Sii
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: amaestre24 en 10 de Junio de 2021, 12:01:06 pm
Si,  ya están disponibles y he aprobado. Una menos , que alivio
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Arubio585 en 10 de Junio de 2021, 12:02:23 pm
hola, alguien sabe si son un 4,95 te ponen un 5? o me van a suspender
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: fresus en 10 de Junio de 2021, 12:07:44 pm
Otro aprobado por aquí y he sacado muy buena nota.
Si me permitís, intento dar unos consejos a los que no han aprobado la asignatura o a los que van directamente a septiembre.

Este departamento deja todo tipo de material. Ojo, no solo el libro, te dicen que cualquier material incluso digital (otros departamentos solo dejaban el libro oficial) con lo que ya te hueles que las respuestas no van a ser literales. Olvidaos de que vais a encontrar nada en el libro sin haberle dado un par de vueltas.

La clave? Saber donde mirar al segundo. Yo he dividido con marcadores de colores los 5 temas y aparte, he dividido en varios marcadores más de forma lateral lo que podrían preguntar. Por ejemplo: recurso de reposición, actas de inspección, vía economico-administrativa...etc. Las preguntas son complejas pero cada palabra cuenta, lo digo porque cuando empecé a hacer test antes de marcar nada en el libro todo me sonaba igual. Hay que saber donde mirar y haberlo comprendido, porque algunas preguntas son casos prácticos y hay que saber de qué nos hablan.

Sobre el tiempo, creo que ha sido el gran error del equipo docente. Al ser preguntas complejas, tienen ventaja los más ágiles (quizás también tienen esa ventaja en presenciales, pero todos sabemos lo que implica avex) y 30 minutos deja muy poco lugar a la reflexión. 40 minutos creo que hubiera sido un tiempo realista y aunque corto, más acorde a lo que exige la asignatura.

En fin, mucho ánimo a los que no habeis podido superarlo, chicos. Recordad que no es un fracaso, sino que te dan más tiempo para asimilar correctamente los conceptos. A por todas.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Mangel2000 en 10 de Junio de 2021, 12:15:37 pm
Si os sirve de algo a los suspendidos, olvidaros del libro. Yo me lo he estudiado todo con los esquemas de Herrera y sus videoclases y he sacado un 9.

Van al grano, son gratis, y puedes localizarlo todo rápido en el examen.
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: VAMPMIKE en 10 de Junio de 2021, 12:18:13 pm
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Si os sirve de algo a los suspendidos, olvidaros del libro. Yo me lo he estudiado todo con los esquemas de Herrera y sus videoclases y he sacado un 9.

Van al grano, son gratis, y puedes localizarlo todo rápido en el examen.

Gracias, también hay de F y T II?
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Mangel2000 en 10 de Junio de 2021, 12:21:18 pm
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Gracias, también hay de F y T II?

Creo que sí aunque no te puedo confirmar porque no lo he cursado. De todas formas en aLF se ve todo fácilmente
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Eliviajera en 10 de Junio de 2021, 12:26:57 pm
Chicos, tengo un problema grande. Hay al menos 3 preguntas que conteste la correcta y al visualizar el examen me aparece marcada una respuesta totalmente diferente a la que yo marqué y por tanto errónea. Son preguntas de más más no tengo duda alguna y no tuve duda alguna al marcarla. A alguien más le ha pasado?
No tengo ni idea de como demostrar lo contrario y que yo no marqué esas respuestas... :-\
Muchas gracias
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Arubio585 en 10 de Junio de 2021, 12:29:17 pm
ya nada , resulta que estaba multiplicando mis aciertos por 0.66 en vez de 0.67, salvada por los pelos!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: fresus en 10 de Junio de 2021, 13:01:29 pm
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ya nada , resulta que estaba multiplicando mis aciertos por 0.66 en vez de 0.67, salvada por los pelos!

Ostras, me he alegrado como si me hubiera pasado a mi :D
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: aselma30 en 10 de Junio de 2021, 15:13:44 pm
Salve la papeleta....5,05...10 aciertos y 5 errores.... Viendo ayer las sorpresas de las respuestas empezaba a admitir que un examen en apariencia sencillo tenía su letra pequeña...la posibilidad de suspender fue real. Afortunadamente sonrió la suerte a favor ...hay q alegrarse...a veces no es así y es jodido
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jswirska1 en 10 de Junio de 2021, 19:17:13 pm
Al final un 6 por aquí, una menos (pensaba que suspendía porque a penas pude revisar nada antes de entregar).

Creo que la clave es entender bien los conceptos
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: Usía en 11 de Junio de 2021, 08:15:58 am
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Al final un 6 por aquí, una menos (pensaba que suspendía porque a penas pude revisar nada antes de entregar).

Creo que la clave es entender bien los conceptos

Otro 6 por aquí!
Título: Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
Publicado por: jswirska1 en 11 de Junio de 2021, 21:21:51 pm
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Otro 6 por aquí!
Genial!! Enhorabuena! A mi personalmente me sabe a MH :D