Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: javier3285 en 23 de Noviembre de 2007, 16:30:33 pm
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Un proceso judicial he pagado:
- Honorarios del letrado: 1600
- Despeses generals: 100
- Provisió de fons procurador: 300
Todo esto ya esta pagado, y comprende: estudio, preparación de la demanada, seguimiento del proceso judicial hasta sentencia.
Entonces, mi duda es la siguiente:
En el contrato firmado con el abogado pone:
“El cliente cede al gabinete de abogados la indemnización que a su favor se pueda producir por el hecho de ganar en costas. En este supuesto, el gabinete de abogados abonará al cliente exclusivamente, el 100% del importe de los honorarios del letrado.
- A la parte que se ha demandado antes de ir a juicio se ha llegado a un acuerdo económico, nos dan 5000€. Ahora mi pregunta es: ¿Qué es lo que recibo yo? ¿Ya que no ha habido juicio que es lo que me tiene que abonar a mí el abogado que me representa?
GRACIAS
P.D: este asunto es muy urgente asi que agradeceria me contestasen lo antes posible.
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por favor, es urgente.
El lunes 26 tenia que celebrarse el juicio contra la parte demandada, pero esta se puso en contacto con mi abogado hoy viernes, y llegaron a un acuerdo. Han pagado lo que el abogado le pedia, 5000€. Mi duda surge .. ¿Cuál es la parte que cobrare yo?
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En mi humilde opinión, deberías leerte bien el encargo profesional.
Si indicas haber pagado todo, y no hubo provisión de fondos, en principio, lo conciliado debería de ser íntegramente para ti.
Un saludo.
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lo explico todo arriba... le pague :
honorarios del letrado
gastos generales
provision de fondos procurador
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Puesto que no se celebrará el juicio, no habrá condena en costas.
Recibirás los 5000 de indemnización.
No tienes otros gastos, dado que ya los has pagado.
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Hola a todos, si lo he entendido bien, habeis llegado a un acuerdo extrajudicial, de lo que tu pedias, la demandada ha ofrecido 5.000 euros y los has aceptado, con lo cual, como te ha dicho Drop, al terminar el procedimiento por auto de satisfacción extraprocesal, cada parte abona sus propias costas, y si tu ya has pagado los honorarios al letrado, ý los gastos generales, sólo te quedaría la factura del procurador y a éste ya le has dado una provisión por lo que yo entiendo que sólo habrás de pagar en el caso de que sus honorarios sean superiores a la provisión de fondos ya entregada, pero en definitiva los 5.000 son tuyos, es decir son la petición "principal" ( aunque sea menos de lo que pediste. Espero que te sirva de ayuda. Un saludo.
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Muchisimas Gracias a todos por vuestra ayuda. El lunes os diré que tal ha ido todo ;)
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he cobrado los 5000 €!! muchisimas gracias a todos por vuestra ayuda
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Me alegro por ti javier3285. :)
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¡¡¡ Yo tambien me alegro ;) javier3285 !!!
Un saludo, Fini. :)
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Enhorabuena Javier3285, que lo disfrutes, un saludo.