Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: jg299 en 15 de Enero de 2008, 17:01:55 pm
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Buenos dias a todos:
Una de las preguntas practicas que ha caido mas de una vez interroga sobre si un señor que ha recibido un poder notarial de otro donde se le nombra apoderado con una extensisima lista de actos juridicos permitidos podria donar los organos de la persona que le cedio sus derechos tras el fallecimiento de esta?
ya se la pregunte al equipo docente, pero no me han respondido.
un saludo
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Los actos personalísimos no se pueden dar en un poder. Y nosotros llegamos a la conclusión de que donar órganos sería personalísimo.