Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: selena en 02 de Febrero de 2008, 13:47:35 pm
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El caso es que yo no logro entender cuando una asociación adquiere una personalidad jurídica. Alguien tiene un esquema o algo que nos ayude. Muchas gracias a todos, sois todos increibles y generosos...saludos a todos
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Intento aclararte la duda, aunque no tengo ningun esquema.
Entiendo del libro:Cualquier asociacion adquiere personalidad juridica cuando esta inscrita en el Registo correspondiente.
"La inscripcion resulta determinante en la relacion con el regimen de responsabilidad por deudas a terceros". "Los promotores de asociaciones NO inscritas en el Registro, responderan personal y solidariamente de las obligaciones construidas con terceros" Mientras que las Asociaciones inscritas responden de sus obligaciones por todos sus bienes presentess y futuros (esto es que los asociados no responden personalmente de las deudas de la asociacion".
Un saludo.
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Muchas gracias por tu respuesta, me ha ayudado mucho
saludos y mucha suerte
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Hola Selena,
Acabo de encontrar en los apuntes de esta pagina un detalle referente a la personalidad de las asociaciones: " No son personas jurídicas, porque, por el motivo que sea no les ha sido atribuida esa cualidad (ej.: una sociedad mercantil aun no inscrita en el Registro, una sociedad civil cuyos pactos se mantengan secretos entre sus socios etc.) Se habla de asociaciones sin personalidad o no reconocidas..."