Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: euli en 25 de Febrero de 2008, 11:18:29 am
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Ante todo un cordial saludo a todos, tengo una duda me piden mi opinión para resolver una cuestion judicial; él, tiene derecho a abogado de oficio, y me pregunta que mas EFECTIVO el abogado de oficio o el que trabaja por libre;
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Pues, hay abogados "buenos" y "malos" en ambos casos.
En el despacho en el que trabajo son 4, dos de ellos estan apuntados al turno de oficion y otros dos no.
Sinceramente, a la hora de verlos trabajar no encuentro diferencia ninguna ni entre ellos, ni entre los temas que puedan venirles de uno u otro lado (me refiero a que no se "curran" mas ni menos un expediente por ser privado o por tocarles en el turno) Ahora que, eso va en la conciencia de cada uno. No creo que se puede generalizar.
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Se entiende que si pide de oficio reunira los requisitos necesario para el mismo. Si el asunto que lleva a los tribunales es de sumo interes optaria por un privado en caso contrario a oficio. (aunque tambien lo que ocurre que hay una mala informacion en cuanto a los abogados de oficio pero como se dice tambien en la viña del señor o del papa hay de todo, buenos y malos) :)
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En mi opinión, si tiene para ir a un abogado profesional privado, no debería tener derecho al oficio, asi que sin duda, al privado, y deja la justicia gratuita para quien de verdad la necesite (aunque este tema también daría para mucho debate)
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creo que estamos confuniendo dos cosas distintas:
abogado privado o "elegido" por un lado, ok..
luego dentro del turno de oficio puedes tener derecho al abogado "gratis" o no
el turno de oficio, el abogado de oficio no es solo cuando te conceden la asisntecia juridica gratuita
mucha gente lo confunde, pero tu puedes solicitar un abogado al colegio, si por ejemplo no conoces o no queires ir a alguno que conozcas
y no por eso te va a salir gratis.
Lo de los requesitos economicos no creo que tenga nada que ver con optar por uno y otro
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ok, Crispr, me pareció entender eso, por eso di esa opinión, no me cabe en la manera de plantear la duda (tiene derecho a abogado de oficio, en lugar, de no sabe si ir al turno o buscarselo fuera, por ejemplo) que pueda ser la otra situación.
Si es así, la opinión se queda solamente para el caso que sea de turno y gratis.
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sigo planteando la cuestión y es está; por sus ingresos ella, puede solicitar abogado de oficio, y tiene derecho a ello pero, tiene una duda de su eficacia... y que el abogado deje un poco de lado su pretencion , por atender asuntos (otros) o con mayor caga de trabajo,, ect o cualquier otra cuestion ;SI el caso para la persona en cuestion es de muchisima importancia. O el abogado de tuno libre ¿cual opcion creen que es mas correcta?
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crispr ; hasta ahora por lo que tengo entendido y no es la cuastion que planteo el abogado de oficio solocitado en el turno de oficio lo designa el colegio de abogados y no la persona interesada. no es esa la cuestion que planteo, la cuetion es odiosa de por si ,pregunto sobre la eficacia de uno u otro; y que no se moleste nadie. si alguien quiere me puede responder
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Vamos por partes y puntualizando términos.
El abogado de libre designación, lo elige el cliente y lo paga el cliente.
El abogado de oficio lo pide el cliente al Colegio de Abogados, el pedir abogado de oficio no implica que sea gratis, implica que, en caso de solicitar justicia gratuita (paso 1) y en caso de ser concedida (paso 2), al abogado de oficio le abonará su minuta el Colegio. Si no se dan los pasos 1 y 2, al abogado de oficio la minuta se la abonará el cliente.
En cuanto al tema de la profesionalidad (que parece que es el que más te interesa) no es óbice el que un Letrado opte por el ejercicio de una forma u otra, hay compañeros que son auténticos genios y están en el turno de oficio, como también los hay ejerciendo de forma completamente libre, así mismo existen profesionales menos cualificados en ambas vertientes del ejercicio de la abogacía. La condición de libre designación o de oficio no es de ninguna forma garantía alguna de ser mejor o peor profesional, con lo cual realizar la elección basándose en esa premisa resulta absurdo de todo punto.
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pregunto y que nadie se ofenda ok.entiendo que la minuta del abogado de oficio, se le abona en caso que se conceda la asistencia juridica gratuita el colegio de abogados en difinitiva el estado pregunto ¿ dicha minuta es igual a la que cobra normalmente por el mismo caso un abogado de privado? o hay diferencia en lo que cobra uno u otro?
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La minuta de un abogado es completamente libre, puede minutar por un asunto, 300, 3.000 o 30.000 euros, la guía de minutas que ofrece el Colegio es meramente orientativa y siempre de mínimos. Con lo cual, lo primero que se debe hacer antes de encargar un asunto a un Letrado es preguntar cuanto va costar y que actividad va a desarrollar (solo primera instancia, apelación, etc...). Lo ideal en estos casos es que se firme por parte del cliente la hoja de encargo, en la cual se detallan todos los aspectos de actuación del Letrado en el asunto así como su coste económico para el cliente.
Lo anteriormente expuesto es aplicable tanto al abogado de oficio como al de libre designación cuando paga el cliente. Cuando el cliente tiene derecho a justicia gratuita y se le concede, ya existen para el abogado de oficio unos baremos fijos de percepción económica por parte del Colegio, y es este último el que se los abona al profesional.