Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: rinconcito en 22 de Junio de 2008, 13:24:58 pm
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Cuando el objeto de la demanda sea que se resuelva sumariamente sobre el incumplimiento de un contrato de venta a plazos con reserva de dominio, el demandado podrá oponerse a la demanda alegando …..?
Aquí entra en acción el art. 444 de la LEC, o estoy equivocado es que una respuesta del temario me da como ciertas las respuestas que no me coinciden con dicho artículo y no encuentro otra fundamentación jurídica, gracias por adelantado.
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Aún no he encontrado respuesta a mi duda y me surge otra más, si podeis ayudarme.
Cuando el objeto de la demanda sea que se resuelva sumariamente sobre el incumplimiento de un contrato de venta a plazos con reserva de dominio, el demandado podrá oponerse a la demanda alegando …..?
Aquí entra en acción el art. 444 de la LEC, o estoy equivocado es que una respuesta del temario me da como ciertas las respuestas que no me coinciden con dicho artículo y no encuentro otra fundamentación jurídica, gracias por adelantado.
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:D subo este porque me confundí y puse una duda que tenía ya aclarada, gracias y perdonen mi torpeza.
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Lo tienes en el art. 444.3 que te especifica las causas en las que el demandado puede fundar la oposición a la demanda en los casos de los números 10 y 11 del apartado 1 del art 250. El número 11 del apartado 1 del art 250 es el caso de venta a plazos con reserva de dominio.
Saludos,
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Gracias, Muchas gracias.