Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Robinson en 07 de Agosto de 2008, 20:24:24 pm
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El Gobierno legisla a través de los Reglamentos, Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.
Y el Decreto Legislativo que el Gobierno dicta, está designado por una ley de delegación de las Cortes (Ley de Bases).
Mi pregunta es:
¿Cual es el fin del esta Ley de Bases, delegada, dirigida al Gobierno, cuando se podría dictar una ley orgánica u ordinaria por las Cortes directamente?
Gracias.
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Ley orgánica no podría ser, puesto que es para determinados casos (art. 81 CE).
En la Ley de Bases lo que viene recogido son las instrucciones para llevar a cabo esa nueva norma, el Decreto Legislativo.
Te aconsejaría que leyeras los arts. 8/1,82 y 83 de la Constitución.
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Mile_Tzn perdona pero creo que no me has entendido bien por que seguramente me he expresado mal.
Art. 81 C.E: Leyes orgánicas las relativas a los derechos fund......
Art. 82 C.E: Las Cortes Grales "podrán" delegar en el Gobierno....La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una ley de bases.....
Sigo si entender cual es el fin de este sistema y como se realiza. ¿ es el Gobierno, que solicita la Ley de Bases a las Cortes, para que le delimiten el objeto, alcanse, principios y criterios que debe respetar al dictar el decreto legislativo? ¿ O simplemente las Cortes delegan( no se por que motivo no elaboran ellas mismas una Ley ordinaria sobre dicha materia ) en el Gobierno dicha potestad legislativa?
Gracias. Saludos
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Las Cortes motu proprio no pueden hacer normas. Para que se haga una ley, tiene que haber un proyecto o una proposición de ley (depende de quién parta la iniciativa). Pero imagínate que sobre determinado tema, no hay un proyecto o proposición. Pues en ese caso las Cortes piden al Gobierno que haga esa determinada ley, y con la Ley de Bases le dan las instrucciones diciendo cómo quieren que sea.
Creo que era eso lo que preguntabas.
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Gracias Mile_Tzn ya me he aclarado lo necesario para entenderlo.Y creo que este tema es más un tema político que jurídico.
Saludos.