Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Robinson en 29 de Agosto de 2008, 22:06:51 pm
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Hola muy buenas.
Tengo una pregunta, a ver si alguien me la puede responder: La emancipación se presume como plena capacidad de obrar con las limitaciones pertinentes que detalla el C.C. Es decir que para muchos casos se considera al menor mayor de 16 años como mayor de edad. Bien mi pregunta es:
¿se le considera mayor de edad solo a efectos del Derecho privado? es decir, por ejemplo, un menor emancipado no puede sacarse el carné de conducir, entrar a un casino, etc ?
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Tal y como me lo explicaron a mi es eso. Si te quieres sacar el carnet de conducir, la normativa dice que tienes que tener 18 años. Es como si te presentaras a unas oposiciones y te dijeran que tienes que tener mas de 25 años para poder presentarte. Cuando hay una edad por delante, da igual que estes emancipado o no.