Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: maryte en 02 de Septiembre de 2008, 13:33:23 pm
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Queria exponer aqui una duda que tengo, por si alguien tiene conocimiento en el tema:
Se va a urbanizar unos terrenos rusticos, y existe una servidumbre de paso para dos parcelas. la servidumbre llega a estas dos parcelas y trascurre a lo largo de otras dos parcelas que son los predios sirvientes. Ahora que se va a extinguir a quien corresponde los metros que tiene esa servidumbre?
Gracias
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al extinguirse la servidumbre los predios sirvientes quedan libres de la misma, y no se altera en principio la propiedad, ya que es inalterable, incluso cuando la servidumbre existía no se discutía quien tenía la propiedad de la franja en cuestión, sino que ésta era una carga o gravámen impuesta al predio sirviente a favor del predio dominante. esta es mi modesta opinión. saludos.
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Lo que describe Maryte no parece una servidumbre, sino un camino vecinal que yo diría que es de dominio público.
Si efectivamente es una servidumbre de paso, tal como dice Ecaqui la propiedad del espacio corresponde al propietario del predio sirviente. Siempre la tuvo.
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Quizas lo mas importante es ver si se mantendra por razon de recalificar el terreno. En principio la servidumbre seguira. Salvo que la extincion sea por confusion u otro motivo que no has especificado.
Que se lo pregunten a la Castellana en Madrid ;)
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No es un camino vecinal.
Es una servidumbre, y ahora como se va a urbanizar, ese camino será suelo edificable, porque las calles van a trascurrir por otro sitio. Entonces en el ayuntamiento nos dicen que los metros que tiene el camino se repartiran entre los predios sirvientes y dominantes.
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Pues opino que lo que se extingue es el gravamen, no afecta a los metros de cada propiedad.
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Creo que deberias dar todos los datos de golpe. No se extingue la servidumbre, se recoloca el camino, con la misma servidumbre de paso (ya que los predios sirvientes pueden hacerlo) El anterior camino es del predio sirviente (nunca ha dejado de serlo).
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No es un camino vecinal.
Es una servidumbre, y ahora como se va a urbanizar, ese camino será suelo edificable, porque las calles van a trascurrir por otro sitio. Entonces en el ayuntamiento nos dicen que los metros que tiene el camino se repartiran entre los predios sirvientes y dominantes.
Imposible. No es la descripción de una servidumbre. ¿Por qué no miráis en el Registro de la Propiedad?
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yo estoy con drop,no parece que sea una servidumbre, lo mejor ir al registro y pedir copia porque si efectivamente lo fuera y se recalifica la zona pues los metros de servidumbre se incluiran en los metros de parcela de los predios sirvientes y si el ayuntamiento quiere hacer ahi el camino tendrá que ser expropiando u obligando a hacer cesion de metros .