Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Bertica en 17 de Septiembre de 2008, 09:07:25 am
-
Dña. xxxx xxxxx xxxxx :o, autora disciplinariamente responsable de una falta leve por «hechos que puedan causar perturbación en el orden o disciplina académicos» -artículo 5.º c), del vigente Reglamento de Disciplina Académica de 8 de septiembre de 1954-, imponiéndole la sanción de «pérdida de matrícula en la asignatura «Derecho Procesal I» para el curso académico 2007/2008», conforme a lo previsto en el artículo 6.º c) 1.ª del Reglamento de Disciplina Académica.
-
Una cosa me ha llevado a la otra, está vigente este Reglamento. ???http://amec.wordpress.com/2008/06/06/manifiesto-por-la-derogacion-del-reglamento-de-disciplina-academica/
-
Lo mismo pienso yo
-
Pero de qué va esto??? :( :(
A alguien le han impuesto esta sanción y porqué???
-
Sí, sí, de qué va esto, el pueblo exige saber!!!!!!
Contadlo todo coñe que si no creáis alarma social...y al final acabemos peleados como en otros hilos anteriores...
Saludos y si podemos ayudar decidlo.
:'(
-
La disposición transitoria septima de los vigentes estatutos de la Uned dice "En tanto no se elabore una norma propia el régimen disciplinario de los alumnos se regirá por la ley 30/92 del Régimen Jurídico para las Administraciones Públicas. Por lo tanto, eso es perfectamente recurrible, la referencia normativa es una barbaridad jurídica que debería inhabilitar a quien la suscribe.
-
Aclaro lo anterior: el principio de tipicidad: únicamente por la comisión de infracciones administrativas podrán imponerse sanciones que, en todo caso, estarán delimitadas por la LEY.
No creo que un reglamento franquista cumpla tal principio.
-
Que infracción disciplinaria se puede cometer para que se de la pérdida de la matrícula de una asignatura. Lo mismo es una tontería pero me tiene intrigada.
-
Indagando a ciegas, deduzco una irregularidad en una prueba presencial, pero el reglamento de pruebas presenciales del 2007 que si habla de "disciplina académica" en genérico, tipifica determinadas conductas irregulares pero, en cambio, no recoge ninguna sancion específica al margen de abandonar el aula, solamente habla de incoación de expediente disciplinario. Aquí está la cuestión, como no hay referencia legal, se retrotraen hasta que la encuentran en el susodicho reglamento de 1954, no específico de la UNED, que no existía y claramente derogado por normas constitucionales.
-
Pues mirad esta por falta leve.
ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las atribuciones que tiene legalmente conferidas, considerar a Doña R.A.R.M. autora de una falta leve por: "hechos que puedan causar perturbación en el orden o disciplina académicos", imponiéndole la sanción de pérdida de matrícula en las siguientes asignaturas: "Introducción a la Econometría"; "Política Económica"; "Teoría de la Financiación"; "Teoría de la Inversión"; "Teoría del Dinero y de la Banca"; "Aplicaciones Informáticas a la Gestión Empresarial"; "Financiación Internacional de la Empresa"; "Gestión de Empresas Financieras"; "Estrategias Comerciales" y "Crédito y Seguro de Crédito a la Exportación en la Empresa". del Curso Académico 2007/2008, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en dichas asignaturas, con la prohibición de presentarse a las Pruebas Presenciales de las mismas en el citado Curso.
Publicado en BICI nº 39 http://www.uned.es/bici/Curso2007-2008/080915/39-1.htm#3.-
Quizás por ¿insultar, copiar, manipular un examen? ni idea.
Un saludo,
-
Hombre tanto como reglamento franquista...
Pero en fin, si se aplica el reglamento preconstitucional será porque éste no se opone a la constitución y por que estará vigente, además no olvidemos que en la Uned saben lo que hacen, nos están enseñando derecho....
un saludo
-
Por fín, ya encontré el origen del despropósito, debemos dar gracias a esta resolución pues pone de manifiesto la absoluta dejadez de los órganos universitarios a la hora de regular los derechos de los estudiantes. El Tribunal Supremo, en sentencias de 1988 y 1989 avaló la constitucionalidad de dicho reglamento disciplinario de la dictadura, donde se habla de ¡Probidad!, Jueces Instructores, y otras perlas para enmarcar, pero es que además es un reglamento previsto para todos los niveles educativos, desde parvulitos hasta ...., ¡Viva la ley de autonomía universitaria!.
No obstante, insisto, que yo sepa las sentencias del Tribunal Supremo no pueden atentar contra el principio de tipicidad de una ley Orgánica.
-
Amigo Dranky, no voy a entrar a discutir contigo si un reglamento del 54 es franquista o no, pues yo lo circunscribo a tiempo y si tu sostienes que en el 54 en España había una Administración democrática, pues, olé tus narices.
Tampoco se trata de absolver conductas reprobables y sancionables como lo es, seguramente, la que ha dado pie a tal sanción.
Pero, como tu bien dices, nos enseñan derecho, diría mejor, nos intentan enseñar, y amigo, las normas no se pueden obviar, y lo dramático de esta situación es que a día de hoy no hay ninguna norma con rango de ley que contemple las sanciones o el régimen disciplinario de la Uned, como exige el procedimiento sancionador de la LRJAP-PAC (Ley 30/92).
-
Amigo Dranky, no voy a entrar a discutir contigo si un reglamento del 54 es franquista o no, pues yo lo circunscribo a tiempo y si tu sostienes que en el 54 en España había una Administración democrática, pues, olé tus narices.
Tampoco se trata de absolver conductas reprobables y sancionables como lo es, seguramente, la que ha dado pie a tal sanción.
Pero, como tu bien dices, nos enseñan derecho, diría mejor, nos intentan enseñar, y amigo, las normas no se pueden obviar, y lo dramático de esta situación es que a día de hoy no hay ninguna norma con rango de ley que contemple las sanciones o el régimen disciplinario de la Uned, como exige el procedimiento sancionador de la LRJAP-PAC (Ley 30/92).
Que yo he dicho qué!!!!!!!
Anda ya macho, aprende a leer...
En lo demás sin comentarios, que es un debate estéril y fútil.
-
Hombre tanto como reglamento franquista...
Pero en fin, si se aplica el reglamento preconstitucional será porque éste no se opone a la constitución y por que estará vigente, además no olvidemos que en la Uned saben lo que hacen, nos están enseñando derecho....
un saludo
Bueno, bueno, primero que si alarma social y ahora debate fútil...
Te recuerdo que la falta de tipicidad exigida por la ley 30/92 tumbó durante años las sanciones de la ORA que tenían su origen en las ordenanzas municipales, hasta que dichas sanciones fueron incluidas en la ley de tráfico y seguridad vial. Imagina la cantidad de dinero ALEGAL que recaudaron muchos municipios. Claro que ante esto hay dos posturas, una pagar y asentir (debate estéril) y otra reclamar hasta el final (lo que suelen hacer los abogados). Por cierto ¿ estudias o trabajas?.
-
Parece ser que el problema no se circunscribe sólo al régimen disciplinario de la Uned, es una laguna legal que afecta a la práctica totalidad de universidades públicas del Estado. Quizás aquí, en la Uned, es donde menos afectaría, pues evidentemente, como "el roce hace el cariño", nosotros tenemos muy pocas posibilidades de cometer faltas disciplinarias, y nuestra universidad no ejerce la potestad sancionadora salvo casos excepcionales, no obstante, parece que en la comunidad universitaria esto de "enmarronar" causa prurito o rubor, los años pasan y así seguimos, con un reglamento que aprobó una administración no democrática.
Pero admitida, la "constitucionalidad", por carencia absoluta de otra norma, la cuestión no se aclara, más bien se enreda aún más.
Si el propio ente universitario en sus estatutos exige que, a falta de norma propia, el procedimiento sancionador cumpla con las exigencias del Título IX de la LRJAP-PAC 30/92, la cuestión ya no es si el infausto reglamento es o no constitucional, lo es que el principio de reserva legal impide que las sanciones administrativas vengan determinadas reglamentariamente, y esto ya no se presta a interpretaciones o a voluntarismos, la jurisprudencia es clara y tajante.
Citaba ayer uno de los ejemplos más populares y que habrá afectado a decenas de miles de personas que aparcan su coche en cualquier ciudad. Nadie duda del carácter demócrático de los entes locales, ni de su potestad reglamentaria y sancionadora, pero cuando se inició el pago por tiempo de aparcamiento señalizado, el procedimiento sancionador sólo tenía base reglamentaria, en las ordenanzas municipales del respectivo ayuntamiento. Centenares de miles de personas pagaron las sanciones sin más, algún "quisquilloso" se resistió y tuvo que pasar su calvario personal, pero finalmente consiguieron que se cumpliera la ley, dichas sanciones tuvieron que ser incluídas en la ley de tráfico y seguridad vial.
Recordadlo, muchos ejercereís esta profesión, su meollo es éste, la administración es endogámica y egocéntrica, si la dejamos a su albur involuciona por naturaleza, se va cubriendo de capas como las cebollas, se distancia de la realidad, vive para sí misma. Por eso cuando se descubre un agujero negro hay que meterse por él hasta el final, limpiarlo y sanearlo, si logra hacer callo estamos perdidos.
-
Muy buena e interesante exposición.
-
Rex-nullo:
Muy buena exposición. ;)
¿Trabajas o estudias?
Un saludo,
-
Rex-nullo, me gustaría plantearte la misma pregunta que IUS, extendiéndola al ámbito de tu trabajo ¿Es la docencia?
Recibe un cordial saludo.
-
la administración es endogámica y egocéntrica, si la dejamos a su albur involuciona por naturaleza, se va cubriendo de capas como las cebollas, se distancia de la realidad, vive para sí misma. Por eso cuando se descubre un agujero negro hay que meterse por él hasta el final, limpiarlo y sanearlo, si logra hacer callo estamos perdidos.
Sí señor¡ demanda al canto y que los derechos de los ciudadanos no sean pisoteados por la toda poderosa Administración... el imperium del Estado.
Saludo,
-
Agradezco sinceramente vuestro interés, trabajo de funcionario en la Administración Gral. del Estado, y sí, reconozco que me gustaría ser docente, pero no creo que se logre, a esta edad parece iluso y arriesgado plantearse objetivos que se alejen del sendero por el que cada uno transita. Lamento mucho no haber tenido antes contacto con el foro, seguro que vuestras experiencias me hubieran motivado.
Pero nunca es tarde para vivir, esta eterna promesa de estudiante brillante está a punto de explotar...
-
Agradezco sinceramente vuestro interés, trabajo de funcionario en la Administración Gral. del Estado, y sí, reconozco que me gustaría ser docente, pero no creo que se logre, a esta edad parece iluso y arriesgado plantearse objetivos que se alejen del sendero por el que cada uno transita. Lamento mucho no haber tenido antes contacto con el foro, seguro que vuestras experiencias me hubieran motivado.
Pero nunca es tarde para vivir, esta eterna promesa de estudiante brillante está a punto de explotar...
Gracias por contestar¡¡
Tus comentarios están llenos de conocimiento y me congratularía seguir leyendo tus post, pues pueden ayudarnos en el arduo mundo del derecho. Aquí tenemos algún que otro Doctor en Derecho, IUS, que hace también muy buenas intervenciones en apoyo a los estudiantes de derecho.
Rex-nullo, por la edad no lo digas porque el que suscribe tiene 51 años y está estudiado, ahora, derecho; con lo cual nunca es tarde para estudiar o hacer cualquier otra cosa. Así pues, adelante.
Un saludo,
-
Como es natural, a medida que avanzamos en el tema descubrimos aspectos rocambolescos y casi increíbles de la utilización de esta perla jurídica en los tiempos actuales.
No os riaís, pues es más bien para llorar, el ya famoso reglamento fue firmado por Francisco Franco en el Pazo de Meirás, un 8 de septiembre de 1954, siendo Ministro de Educación un tal Joaquín Ruiz-Giménez, luego reconvertido a demócrata-cristiano, y a cuyos seguidores activos debemos seguro tal golosa herencia.
Fijaros si el tema está actualizado, que en los estatutos de una universidad privada, como la Alfonso X las faltas calificadas leves tienen, logicamente, una sanción leve, apercibimiento público.
En la dictadura, una falta leve tiene una sanción muy grave: pérdida del derecho de matrícula y anulación de calificaciones consecuente.
Pero es que para más inri, la Uned, mantiene un criterio disparatado, en la resolucion del 17/09/08 o en la del 30/01/08 una falta leve conlleva la pérdida del derecho en una sóla asignatura, pero en la del BICI que nos expuso IUS, otra falta leve, acarrea una sanción descomunal, sobre SIETE asignaturas.
Creo y propongo que YA ESTA BIEN, hay que acabar de una vez con este absurdo, quien suscribe planteará una petición formal a todas las instituciones implicadas para que de una vez el poder legislativo resuelva esta situación anacrónica, injusta e ILEGAL.
-
Desde luego el hecho de que la Uned no haya actualizado su reglamento en cuanto a sanciones me parece una auténtica barbaridad, por no decir algo peor.
Yo creo que ya es hora de que lo haga.
Un saludo Rex-nullo
-
si necesitas que otras personas se adhieran a la petición formal, en el escrito que presentes, cuenta conmigo y con mi firma
-
Aun a riesgo de avivar este fuego que os consume, diré que ya sabía yo que el tema iba a deslizarse de la indignación a la beligerancia y que alguno acabaría proponiendo un acción legal para desterrar esta (supuesta) injusticia....
Si es que somos de un previsible.... ;D
De todas formas sin ánimo de molestar, apoyo y animo a que sigáis adelante con la petición formal a las instituciones, que no pase como siempre que se pone uno aquí a indignarse quejarse, tronar y desgañitarse y luego pasada la tempestad todo son "balsas de aceite".
Si alguien va hacer algo, "chapeau", me quito el sombrero y le ofrezco mi ayuda, si no sólo puedo sonreír y seguir pensando en lo futil y estéril de los discursos de despacho y los razonamiento jurídicos de gabinete.
Saludos y si pensáis que algo esta mal, intentad cambiadlo por dios, que yo os muestro mi apoyo.
;)
-
No lo dudes Dranky, te mantendré informado. De momento la denuncia está aquí, visitada en dos dias por cerca de 1000 pinchazos, yo como alumno, no pienso cometer una falta conscientemente para forzar una impugnación legal individual, creo que es más sencillo, si miles de nosotros enviamos una solicitud formal al rector para que actúe en consecuencia dentro de los límites de su competencia, no dudo que lo hará, si esa solicitud se abre a otras instituciones como el Defensor del Pueblo, el efecto se multiplicará. El tema es tan sonrojante que, eliminar este anacronismo, si hay una denuncia generalizada alguien lo aprovechará para colgarse la medalla, al tiempo.
-
De hecho es una oportunidad extraordinaria para una tesis en derecho administrativo, para cualquier profesional de la citada rama, para cualquier jurista experto en evolución normativa, creo que es un caramelo jurídico, vamos.
-
A todo esto, cuales son las faltas leves tipificadas según el Reglamento en vigor?
Un saludo,
-
Creo que al alumno que le quitan varias asignaturas será por Reiteración en la falta.