Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Purillo en 21 de Octubre de 2008, 11:35:19 am
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Se realiza una liquidación de un causante en la que el viudo se adjudica la cuota legal usufructuaria, liquidadandose por el tipo medio efectivo, cuando dicho viudo fallece, la parte adjudicada como cuota legal usufructuaria se liquida a parte o se incluye en la masa hereditaria de la nueva liquidación del viudo fallecido?¿?
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es una nueva liquidación, ya que la cuota usufrutuaria es un bien más del causante que se tiene que repartir entre los herederos junto con la demás masa hereditaria del fallecido.
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La pregunta es de Civil.
El usufructo termina con el fallecimiento del usufructuario. La propiedad de tal usufructo ya estaba predefinida (y liquidada a efectos del impuesto de sucesiones, se supone), solo que ahora queda libre de cargas. No hay que hacer una liquidación de la propiedad ex-usufructuada, sino, como máximo, hacer constar en el Registro que dicha persona ha fallecido.