Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: stussy en 22 de Noviembre de 2008, 19:36:33 pm

Título: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: stussy en 22 de Noviembre de 2008, 19:36:33 pm
Tengo una duda, sobre los delitos contra la libertad sexual, si utilizo una droga, veneno..... para limitar o anular la consciencia o la voluntad de una persona y que asi me sea más facil tener un acceso carnal eso que delito sería abuso sexual o violación.?
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: JUCAMO en 22 de Noviembre de 2008, 20:05:55 pm
Artículo 181. CP

1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

Artículo 182.

1.  En todos los casos del artículo anterior, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a 10 años.


Yo creo que sería abuso sexual, siempre que no haya violencia o intimidación, ya que NO MEDIA CONSENTIMIENTO porque la víctima se haya privada de la consciencia; pero pones un caso muy génerico, supongo que habría que ver todos los detalles del hecho para obtener una calificación concreta... es mi humilde opinión..

Saludos y ánimo.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 22 de Noviembre de 2008, 22:45:03 pm
Si hay acceso carnal, es violación.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Helle en 23 de Noviembre de 2008, 00:27:55 am
Se distingue entre agresión sexual (arts. 178 a 180) y abuso sexual (art. 181 a 183). Para poder hablar de agresión sexual tiene que haber violencia o intimidación. Si no hay violencia o intimidación estaremos ante un caso de abuso sexual. En ambos casos, si hay acceso carnal se agrava la pena. Acceso carnal con violencia: pena de prisión entre 6 y 12 años. Acceso carnal sin violencia: pena de prisión entre 4 y 10 años. Si la víctima está inconsciente por las drogas, no hay violencia.   

Según mi opinión estamos ante un caso de abuso sexual como dice Jucamo.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 23 de Noviembre de 2008, 01:11:21 am
Mirándolo con calma, podría ser cualquiera de las dos cosas, dependiendo. Podría ser agresión sexual, ¿no?
Él dice en los delitos contra la libertad sexual. Ahí están tanto la agresión como el abuso.
Y el que se use la droga, no quiere decir que sea una cosa u otra. La droga en todo caso será agravante o lo cualificará.
O al menos así lo veo yo, después de haberlo mirado con calma :)
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Helle en 23 de Noviembre de 2008, 01:28:59 am
Si no hay violencia o intimidación, no se llama agresión sexual, sino abuso sexual.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: mikel99 en 23 de Noviembre de 2008, 11:49:41 am
Es un abuso sexual agravado por el acceso carnal, es abuso por que el consentimiento de la victima esta viciado por el abusador utilizando las drogas. Como dicen los compañeros para que haya agresión sexual o violación es necesario la violencia o la intimidación, que en este caso no se han utilizado de ninguna manera.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 23 de Noviembre de 2008, 14:00:32 pm
En la noche del día 19 al 20, última de su estancia en el camping y antes de disponerse a dormir, fumaron las remesas de marihuana que les quedaban, e Amelia se quedó profundamente dormida bajo los efectos de la droga. Entre tanto, sus compañeros y hoy acusados permanecieron despiertos observando a su amiga, hasta que, movidos por el deseo sexual que ésta les despertaba y que no controlaron, y con un ánimo lúbrico, confiando que por efecto de la droga su amiga no se enterara, bajaron la cremallera de su saco de dormir, le retiraron el pantalón de pijama y la penetraron, simultáneamente, Iago por el ano, o con el pene, o con un dedo, o con otro objeto y Benedicto, con el pene, por la vagina. Los manejos que ambos realizaban sobre su persona y especialmente la fuerte presión involuntaria que Benedicto ejercía sobre el muslo izquierdo de Amelia, le produjo un dolor intenso que la despertó. Percatándose de la situación, y horrorizada por lo que estaba aconteciendo, forcejeó con sus piernas para desasirse de ellos, y los dos acusados, al sentir la oposición de la víctima, se separaron inmediatamente de ella, no persistiendo en su acción.

Calificación Jurídica. Los hechos declarados probados estima la Sala son constitutivos de dos delitos de abusos sexuales del art. 181.1 en relación con el art. 182.1 del Código Penal, al haberse producido en ambos casos sin violencia ni Intimidación, aunque si con falta de consentimiento, tanto en el acceso carnal por vía anal por parte de Iago, como por vía vaginal en el de Benedicto, al haberse aprovechado para su realización del sueno profundo de la víctima, quizá confiando en que debido a su estado de profundo sopor inducido por las drogas no se despertaría o que de hacerlo podría aceptar la situación.

He cogido estos dos fragmentos de un sentencia (http://vlex.com/vid/25525513), porque seguía sin verlo claro. Pero después de haberla leído, y ver el ejemplo, creo también que es abuso sexual. :)

Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: stussy en 24 de Noviembre de 2008, 10:59:19 am
Muchas gracias por vuestra ayuda, puede que mi pregunta fuese génerica realmente mi duda era que si el envenenamiento o intoxicacion realizada con el fin de poder aprovecharse de la persona intoxicada podría entenderse como fuerza, como por ejemplo esa gente que le hecha nose en la bebida a las tias para que pierdan la fuerza de voluntad y asi poder beneficiarselas sin mediar ni fuerza ni intimidación.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: stussy en 24 de Noviembre de 2008, 11:32:39 am
aunque el caso que me dice esta muy bien y me lo acabo de leer entero no es el caso al que yo me referia pues aqui el consumo de drogas no es con la finalidad de que la victima pierda la fuerza de voluntad sino que fuman voluntariamente y luego la penetran pero no la fuman para penetrarla no se si me explico,

 Yo creo recordar que cuando me explicaron esto en clase me dijeron que la intoxicación con el fin de penetrar se consideraba fuerza y por lo tanto violación pero de eso hace 4 años y no me acuerdo muy bien seguiré buscando sentencias a ver si encuentro algo y os lo digo

Gracias a todos por contestarme.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 24 de Noviembre de 2008, 11:38:12 am
Ya, esa era la duda que tenía yo al principio, si podía considerarse fuerza. Y por más que miré en el libro no venía nada. Y sentencias hay un montón de ellas...
Pero seguimos buscando, a ver si encontramos algo que sea lo que tú  buscas ;)
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: ESCUELA en 24 de Noviembre de 2008, 13:57:32 pm
CP: Delitos contra la libertad sexual

Artículo 178. 
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, con violencia o intimidación será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cuatro años.
Artículo 179. 
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.

Según dos sentencias de la Sala de lo Penal del TS: 2442/1992 y 2395/1993, terciando en la polémica doctrinal existente sobre esta materia, afirman que el suministro de narcótico a una persona valiéndose de este medio para privarla del conocimiento y así poder apropiarse de cosas muebles ajenas constituye la violencia contra las personas propia de esta clase de infracción penal. Con el argumento siguiente:

"Es puramente accidental que se use un medio químico (narcótico, gas) en vez de mecánico; el fin perseguido y el resultado alcanzado son los mismos: anular tanto su defensa como su huida y su petición de socorro; toda acción de la víctima renuente a ser despojada. La administración de un narcótico que la inmoviliza (tanto o más que se la atara) es una agresión lesiva no inferior al forcejeo, ligaduras, empujones, etc.".

Si se considera violencia contra las personas para calificar un robo, mucho más claro lo considero para el caso de una violación. Si hay penetración del tipo que sea utilizando un narcótico (con violencia), es violación.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 25 de Noviembre de 2008, 12:10:46 pm
O sea, que eso sí se considera violencia, ¿no?
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: alien en 25 de Noviembre de 2008, 12:28:21 pm
MiLe_TzN, yo creo que en el ejemplo que pones, ella participa en la ingestión de la droga, y aunque se le fuera la mano, que creo podría interpretarse como abuso sexual, ya que aprovechan el estado de inconsciencia que ella misma se ha autoprovocado. Sin embargo el narcotizar a una persona sin su consentimiento, existe violencia contra su voluntad, contra su conciencia y por lo tanto debería considerarse agresión sexual, y si hay penetración, claro está, es violación. en mi humilde opinión
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 25 de Noviembre de 2008, 12:55:54 pm
Sí, parece que tienes razón. Que los chicos sólo aprovecharon eso, no lo provocaron ellos.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Lisi en 25 de Noviembre de 2008, 13:53:57 pm
La primera cosa que quería plantear es la forma de hacer las preguntas.
Este for se usa para muchas preguntas de carácter jurídico, pero de interés personal. por tanto, creo que cuando las prguntas son generales, no debería usarse el "si yo..." porque puede darla impresión que estamos ilustrando sobre cómo hcer eso, igual que lo hacemos cuando se ayuda a resolver una herencia, un divorcio,etc.
Queda mucho emjor hacer la pregunta de forma impersonal. Es un consejo, sin ánimo de críticar


Con respecto al caso en cuestión. Yo creo  que se considera violencia el uso de narcóticos, por tanto sería violación si además hubiera habido acceso carnal.
Y si la sustancia es susceptible de producir la muerte( siempre para el caso concreto) puede aplicarse el 180.5
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Osa en 25 de Noviembre de 2008, 15:42:23 pm
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Tengo una duda, sobre los delitos contra la libertad sexual, si utilizo una droga, veneno..... para limitar o anular la consciencia o la voluntad de una persona y que asi me sea más facil tener un acceso carnal eso que delito sería abuso sexual o violación.?

Concurso de delitos.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MORDEKAY en 25 de Noviembre de 2008, 16:24:30 pm
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Concurso de delitos.

¿Real? ¿ideal? ¿medial? ¿porqué?
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: ESCUELA en 25 de Noviembre de 2008, 16:39:05 pm

Concurso real.

www.adalog.es/juegosjuridicos/documentos%5C1000560.pdf


Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 25 de Noviembre de 2008, 21:13:13 pm
¿Cuál es el delito de la droga?
Para que haya concurso tienen que ser dos delitos de la misma zona del CP, ¿no?
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: josu en 25 de Noviembre de 2008, 22:28:54 pm
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La primera cosa que quería plantear es la forma de hacer las preguntas.
Este for se usa para muchas preguntas de carácter jurídico, pero de interés personal. por tanto, creo que cuando las prguntas son generales, no debería usarse el "si yo..." porque puede darla impresión que estamos ilustrando sobre cómo hcer eso, igual que lo hacemos cuando se ayuda a resolver una herencia, un divorcio,etc.
Queda mucho emjor hacer la pregunta de forma impersonal. Es un consejo, sin ánimo de críticar


Con respecto al caso en cuestión. Yo creo  que se considera violencia el uso de narcóticos, por tanto sería violación si además hubiera habido acceso carnal.
Y si la sustancia es susceptible de producir la muerte( siempre para el caso concreto) puede aplicarse el 180.5


en eso coincido. hay una violencia en administrar narcóticos a sabiendas para cometer el delito  del que se hablacontra una persona insconsciente y desprotegida, lo mismo que si se le da un golpe a traición y la deja inconsciente a la victima por lo tanto es una agresión sexual clara que difiere delabuso sexual que mencionaba Mile en que en ese supuesto no hay agresión porque la victima de abusos, conscientemente toma o fuma drogas.
y lo del concurso de delitos no lo entiendo..
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Lili en 26 de Noviembre de 2008, 16:02:59 pm

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Concurso real.

www.adalog.es/juegosjuridicos/documentos%5C1000560.pdf


El concurso real  serían varias acciones delictivas conexas que pueden ser enjuiciados en un mismo proceso pero se castigan cada una con su pena.

En el caso de suministrar droga para cometer un abuso o una agresión sexual diría que estamos ante un concurso medial. Es decir, dos  o más acciones delictivas  y una es medio necesario para poder cometer la otra. En este caso, como sabemos se castiga en su mitad superior la pena prevista para la infracción más grave........

En caso de cometer una sola acción como podría ser el abuso sexual y también una agresión sexual estamos ante un concurso ideal (nunca pero dicho) una sola acción constituye dos o más delitos. Se aplica la pena más grave.

“Si se considera violencia contra las personas para calificar un robo, mucho más claro lo considero para el caso de una violación. Si hay penetración del tipo que sea utilizando un narcótico (con violencia), es violación.”
En el caso que abre este hilo pienso también que es un delito de violación ( agresión sexual) en concurso medial con el delito de suministrar narcótico a una persona sin su voluntad..

Incluso en el caso de la AN que puso Mile yo recurriría la sentencia. Es una violación con todos los detalles previstos en el CP, aunque no haya intimidación o violencia para cometer la acción. Si la acción de la penetración sólo está contemplada por el CP mediante la utilización de la fuerza o de la amenaza  el legislador ha omitido los casos de indefensión por droga, hipnosis,  minusvalía psíquica, etc.. Por analogía los jueces deberían aplicar la intimidación. El hecho es que la persona esta completamente  indefensa y por eso no hace falta emplear la violencia o la intimidación. Si no fuese indefensa  se resistiría y habría violencia, o no habría violación, o habría consentimiento.

PD. Por lo de la forma estoy de acuerdo con Lisi
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: josu en 26 de Noviembre de 2008, 17:10:39 pm
en el caso que ha expuesto Mile no hay intimidación...aunque está<indefensa
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 26 de Noviembre de 2008, 21:51:57 pm
En el Derecho Penal está prohibida la analogía, así que...

Pero yo sigo sin ver cuáles son los delitos cometidos para que haya concurso. Uno está claro que es el de violación... ¿y el otro cuál es? No digo en el ejemplo que puse yo, si no el que puso stussy.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: josu en 26 de Noviembre de 2008, 22:17:11 pm
concurso de delitos el primero que lo ha<mencionado ha sido una señorita<licenciada asi que a ella corresponde dar su opinion porque yo no lo veo ni en la< punta de mi txapela

Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 26 de Noviembre de 2008, 22:27:32 pm
Si Osa lo ha dicho por algo será. A ver si viene y nos lo explica ;)
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Osa en 27 de Noviembre de 2008, 15:28:35 pm
* Concurso de delitos: cuando a un sujerto le son imputables dos o más delitos que han de juzgarse en un mismo proceso.

Soluciones para el concurso:
   a) penar por separado cada una de las infracciones cometidas (acumulación de acciones)
   b) imposición de una pena determinada distinta de la que está establecida para cada uno de los delitos
       realizados.

Caso HIPETICO ( y falto de datos) expuesto:

Se dan por lo menos dos acciones:

a) Drogar con tencionalidad de...., implica delito contra la salud pública (primer delito)

b) Abuso/agrasión/ violación (dependerá de la calificación).....implica deltio de (según la califivcación)
    (segundo delito)

Para determinar si el concurso es real/ideal

http://www.adalog.es/juegosjuridicos/documentos%5C1000560.pdf
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: MiLe_TzN en 27 de Noviembre de 2008, 16:00:26 pm
O sea, que el de drogar es delito contra la salud pública. No estaba viendo ese delito.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Lisi en 27 de Noviembre de 2008, 17:44:51 pm
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O sea, que el de drogar es delito contra la salud pública. No estaba viendo ese delito.

Mile...ya has estudiado algún penal?

Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: josu en 27 de Noviembre de 2008, 19:50:55 pm
parece que Osa tiene razón.

este ejemplo nos puede aclarar algo:

Se enfrenta a 27 años de cárcel por drogar y abusar de su sobrina de 10 años
18-5-2007 03:11:58P. GARCÍA-BAQUERO

CÓRDOBA. Un hombre de 41 años de edad, que ya ha había sido condenado ya a 14 años por homicio, se enfrenta a 27 años de prisión por drogar a su sobrina de 10 años para abusar de ella y arrojarla luego, inconsciente, a un contenedor de basura en una aldea de Priego.

Según consta en la calificación provisional del fiscal, a la que ha tenido acceso ABC, los hechos se produjeron en junio de 2005 cuando la menor se encontraba jugando a la videoconsola de su tío en la casa de su abuela, con quien vivía este último, y comenzó a meter la mano por debajo de la camiseta de la pequeña, por lo que la niña se levantó y se fué despidiéndose de su abuela y sin contar nada.

El segundo episodio llegaría dos días después, cuando en las mimas circunstancias, el acusado volvió a tocarle el pecho a la niña, con lo que ésta huyó nuevamente.

Ya entre las 17.00 y las 22.30 horas del 13 de agosto de 2005, la menor, que se encontraba jugando con su primo de 5 años en la puerta de la casa de su abuela, fue llamada por su tío para que le acompañara a subir cubetas de agua al tejado a la otra casa, a lo que la pequeña accedió.

Cuando los dos caminaban a la altura de la casa, el procesado, para evitar que los vieran juntos, le dijo a su sobrina que ella se fuera por otro camino, dando un rodeo, mientras él utilizó el camino habitual.

Una vez llegaron los dos a la casa, y tras cerrar el procesado la puerta de acceso a la vivienda para así asegurarse que nadie pudiera entrar, invitó a su sobrina a un refresco de limón, a la que previamente, le había añadido, sin que la pequeña lo pudiera percibir, benzodiaepinas. Sustancia a la que tenía fácil acceso el acusado porque por prescripción médica tomaba un medicamento con esa sustancia. A todo esto, el acusado se tomó un refresco con ginebra.

La pequeña, cuando ya había bebido más de medio vaso, se encontraba mareada y le entró sueño, hasta tal punto de quedar inconsciente.

Fue entonces el momento que aprovechado su tío para despojar a la pequeña de sus pantalones y ropa interior, al tiempo que le mordisqueó y le agarró fuertemaente, abusando mientras de la menor.

Acto seguido, con la pequeña aún inconsciente, la vistió y la llevó hasta unos contenedores de basura que se encuentran a la entrada de la aldea, dejándola allí.

Fue en ese mismo lugar donde la encontró su hermana mayor y varios amigos de ésta, inconsciente, sucia y herida.

Tal era el estado de la pequeña que tuvo que ser trasladada al Hospital Infanta Margarita de Cabra donde permaneció ingresada tres días.

En la unidad de Pediatría le curaron de las lesiones y se le practicó una analítica que arrojó un resultado positivo en la orina de la sustancia estupefaciente psicotrópica.

En cuanto a la investigación, la Unidad Orgánica de la Policía Judicial, con el consentimiento de la madre del procesado, registró las viviendas encontrando la ropa que éste vistió el día de los hechos, pero que habí sido lavada.

Ante el temor de los padres de la pequeña, ya entonces se dictó una orden de protección y la prohibición de acercarse a la menor.

Sin embargo, a través de las muestras recogidas por el forense de guardia en la exploración ginecológica de la pequeña se encontraron restos orgánicos del individuo en cuestión que pudieron ser cotejados con el ADN de su tío, coincidiendo ambos.

El Ministerio Público le acusa de dos delitos de abuso sexual, por los que tendrá que cumplir tres años por cada uno, así como 9 años por un delito de agresión sexual así como un deltio contra la salud pública a 12 años de prisión.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: alien en 27 de Noviembre de 2008, 21:41:29 pm
Me gustaría que alguien me explicara mis dudas sobre este hilo.
Creo que el hecho del suministro de droga en el primer ejemplo, no es para concurso de delitos, porque sumar el abuso sexual, al de la salud pública, no es rentable por alarma social. Creo que el haber drogado a una persona "sin su consentimiento" se equipara a la "fuerza contra las personas" y sirve para tipificar el acto como delito de violación.Agravaríamos la pena si hubiera habido premeditación, alevosía, nocturnidad, etc. todas esas cosas, pero creo que según el machacado "non bis in idem" no creo que pueda haber concurso de ningún tipo. Si hubiera habido robo de vehículo para cometer la acción, violación de domicilio para cometerlo, menores que estén presentes, etc., podría tipificarse como concurso de delitos, pero claro está, teniendo en cuenta que existe VIOLACIÓN.
Necesito que alguien me aclare si estoy equivocado, porque creo que el caso es claro, pero soy un humilde estudiante y puedo estar conducido por mis propias conclusiones.
Saludos a todos, porque es un tema que puede ser, con éstas drogas nuevas de diseño, un problema nuestro latente
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: DECUMA en 28 de Noviembre de 2008, 22:08:03 pm
En mi también humilde opinión, hay concurso de delitos porque administrando la droga a la víctima, además de asegurar que no pueda escapar, ni ofrezca resistencia, dejádola inconsciente y absolutamente vulnerable, además de todo esto que podemos considerar "con violencia", pone en juego la salud de la víctima, que puede morir por sobredosis o alergia a la droga.

La administración de la droga, además de ser un medio para facilitar el fin (no imprescindibe, como en el caso de violación del domicilio para robar. En el caso de violación muchos lo ejecutan sin anestesia previa), supone en sí mismo un delito contra la salud pública: utilizando una sustancia cuya venta y consumo no son libres.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: josu en 29 de Noviembre de 2008, 00:40:10 am
El Ministerio Público le acusa de dos delitos de abuso sexual, por los que tendrá que cumplir tres años por cada uno, así como 9 años por un delito de agresión sexual así como un deltio contra la salud pública a 12 años de prisión.
 
 
 
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Lili en 29 de Noviembre de 2008, 20:07:12 pm
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en el caso que ha expuesto Mile no hay intimidación...aunque está<indefensa

Citar
Publicado por: MiLe_TzN 
En el Derecho Penal está prohibida la analogía, así que...
Pero yo sigo sin ver cuáles son los delitos cometidos para que haya concurso. Uno está claro que es el de violación... ¿y el otro cuál es? No digo en el ejemplo que puse yo, si no el que puso stussy.


En el caso de Stussy tampoco tuvo que mediar violencia ni intimidación para ser calificado como violación dentro del tipo de "agresión sexual". Podría calificarse abuso sexual y delito contra la salud pública y un delito de lesiones.

Es cierto, la analogia en malam partem en el ámbito penal está prohibida para que los jueces no se conviertan en legislador por el  principio de legalidad, y el requisito de la lex stricta. Así se expresa la CE  de forma tácita que admite la analogía in bonam partem, el CC y el CP prohibiendo una interpretación extensiva a supuestos distintos. No obstante, esto no significa que no se puede cuestionar  la prohibición generalizada y que en casos concretos que no suponen la creación de un nuevo tipo de delito y si en el ámbito de la ley faltan disposicicones concretas.
El TC  ha considerado que estos problemas de interpretación no  alcanzan siempre la lesión de este derecho fundamental sino cuando suponen la la creación de nuevas figuras penales. Ha habido  doctrinas italianas y alemanas (Esser y Burkhaupt) que concibían también en Derecho penal  la analogía como un método de complementación jurídica por el juez para llenar lagunas legales. Un tal Jacobs entiende más  una prohibición de una generalización de la analogia, no ampliar el ámbito de la aplicación, lo cual  excluye la creación de nuevos tipos delictivos.

Todos sabemos que el legislador va detrás de la realidad social. Hay conductas delictivas nuevas que hace poco nadie podía imaginar o al menos no en esta envergadura. La piratería por Internet, la conducción irresponsable, los acosos en el ámbito laboral y escolar, la negación de pagar las pensiones tras el divorcio, el abandono de un animal doméstico, aparte del maltrato, se convertirá en infracción penal.....son conductas que serán castigados por primera vez  o más severamente que  han provocado y provocarán constantes reformas  de la ley penal.

Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Lili en 29 de Noviembre de 2008, 20:25:44 pm
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El Ministerio Público le acusa de dos delitos de abuso sexual, por los que tendrá que cumplir tres años por cada uno, así como 9 años por un delito de agresión sexual así como un deltio contra la salud pública a 12 años de prisión.
 

¿Te refieres al caso de stussy?
Bueno, como dije más arriba;
por lo que he estudiado en Penal, si no me equivoco, al caso de stussy se podría aplicar el concurso medial.

Las reglas generales del CP prevén  circunstancias agravantes y atenuantes:
Así el Artículo 22“Son circunstancias agravantes:
2ª. Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la aplicarán la pena en la mitad superior de la que fije la Ley para el delito.”
Según el Artículo 66, esta circunstancia agravante lleva a una pena en la mitad superior.

Las reglas especiales para la aplicación de las penas permiten distinguir las conductas llevadas a cabo mediante una pluralidad de acciones y pluralidad de delitos o pluralidad de acciones y unidad de delito o una sóla acción y pluralidad de delitos.
Artículo 73, (concurso real)
Al responsable de dos o más delitos o faltas se le impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones para su cumplimiento simultáneo, si fuera posible, por la naturaleza y efectos de las mismas.
Artículo 77   (concurso medial)
1. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores, no es aplicable en el caso de que un solo hecho constituya dos o más infracciones, o cuando una de ellas sea medio necesario para cometer la otra.
2. En estos casos se aplicará en su mitad superior la pena prevista para la infracción más grave, sin que pueda exceder de la que represente la suma de las que correspondería aplicar si se penaran separadamente las infracciones.
3. Cuando la pena así computada exceda de este límite, se sancionarán las infracciones por separado.

 Veo un delito de lesiones por drogar a la persona, (posible delito contra la salud pública según las circunstanicas), abuso sexual, por supuesto. Pero la agresión sexual; si no está probada ( supongamos penetración pero no hay prueba de intimidación o violencia) y en toda caso absorbe el abuso sexual.
Conclusión, tipificar la conducta como violación lo que sería una agresión sexual del art. 179 pero aplicar el concurso medial o ideal en cuanto a los delitos de lesiones o contra la sulud pública y abuso sexual.
Apuesto a que el juez aplica abuso sexual y delito contra la salud pública, nada más.


Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: josu en 29 de Noviembre de 2008, 21:19:30 pm
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El Ministerio Público le acusa de dos delitos de abuso sexual, por los que tendrá que cumplir tres años por cada uno, así como 9 años por un delito de agresión sexual así como un deltio contra la salud pública a 12 años de prisión.
 

¿Te refieres al caso de stussy?
Bueno, como dije más arriba;
por lo que he estudiado en Penal, si no me equivoco, al caso de stussy se podría aplicar el concurso medial.

Las reglas generales del CP prevén  circunstancias agravantes y atenuantes:
Así el Artículo 22“Son circunstancias agravantes:
2ª. Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la aplicarán la pena en la mitad superior de la que fije la Ley para el delito.”
Según el Artículo 66, esta circunstancia agravante lleva a una pena en la mitad superior.

Las reglas especiales para la aplicación de las penas permiten distinguir las conductas llevadas a cabo mediante una pluralidad de acciones y pluralidad de delitos o pluralidad de acciones y unidad de delito o una sóla acción y pluralidad de delitos.
Artículo 73, (concurso real)
Al responsable de dos o más delitos o faltas se le impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones para su cumplimiento simultáneo, si fuera posible, por la naturaleza y efectos de las mismas.
Artículo 77   (concurso medial)
1. Lo dispuesto en los dos artículos anteriores, no es aplicable en el caso de que un solo hecho constituya dos o más infracciones, o cuando una de ellas sea medio necesario para cometer la otra.
2. En estos casos se aplicará en su mitad superior la pena prevista para la infracción más grave, sin que pueda exceder de la que represente la suma de las que correspondería aplicar si se penaran separadamente las infracciones.
3. Cuando la pena así computada exceda de este límite, se sancionarán las infracciones por separado.

 Veo un delito de lesiones por drogar a la persona, (posible delito contra la salud pública según las circunstanicas), abuso sexual, por supuesto. Pero la agresión sexual; si no está probada ( supongamos penetración pero no hay prueba de intimidación o violencia) y en toda caso absorbe el abuso sexual.
Conclusión, tipificar la conducta como violación lo que sería una agresión sexual del art. 179 pero aplicar el concurso medial o ideal en cuanto a los delitos de lesiones o contra la sulud pública y abuso sexual.
Apuesto a que el juez aplica abuso sexual y delito contra la salud pública, nada más.




me refería e éste caso en concreto:

CÓRDOBA. Un hombre de 41 años de edad, que ya ha había sido condenado ya a 14 años por homicio, se enfrenta a 27 años de prisión por drogar a su sobrina de 10 años para abusar de ella y arrojarla luego, inconsciente, a un contenedor de basura en una aldea de Priego.

Según consta en la calificación provisional del fiscal, a la que ha tenido acceso ABC, los hechos se produjeron en junio de 2005 cuando la menor se encontraba jugando a la videoconsola de su tío en la casa de su abuela, con quien vivía este último, y comenzó a meter la mano por debajo de la camiseta de la pequeña, por lo que la niña se levantó y se fué despidiéndose de su abuela y sin contar nada.

El segundo episodio llegaría dos días después, cuando en las mimas circunstancias, el acusado volvió a tocarle el pecho a la niña, con lo que ésta huyó nuevamente.

Ya entre las 17.00 y las 22.30 horas del 13 de agosto de 2005, la menor, que se encontraba jugando con su primo de 5 años en la puerta de la casa de su abuela, fue llamada por su tío para que le acompañara a subir cubetas de agua al tejado a la otra casa, a lo que la pequeña accedió.

Cuando los dos caminaban a la altura de la casa, el procesado, para evitar que los vieran juntos, le dijo a su sobrina que ella se fuera por otro camino, dando un rodeo, mientras él utilizó el camino habitual.

Una vez llegaron los dos a la casa, y tras cerrar el procesado la puerta de acceso a la vivienda para así asegurarse que nadie pudiera entrar, invitó a su sobrina a un refresco de limón, a la que previamente, le había añadido, sin que la pequeña lo pudiera percibir, benzodiaepinas. Sustancia a la que tenía fácil acceso el acusado porque por prescripción médica tomaba un medicamento con esa sustancia. A todo esto, el acusado se tomó un refresco con ginebra.

La pequeña, cuando ya había bebido más de medio vaso, se encontraba mareada y le entró sueño, hasta tal punto de quedar inconsciente.

Fue entonces el momento que aprovechado su tío para despojar a la pequeña de sus pantalones y ropa interior, al tiempo que le mordisqueó y le agarró fuertemaente, abusando mientras de la menor.

Acto seguido, con la pequeña aún inconsciente, la vistió y la llevó hasta unos contenedores de basura que se encuentran a la entrada de la aldea, dejándola allí.

Fue en ese mismo lugar donde la encontró su hermana mayor y varios amigos de ésta, inconsciente, sucia y herida.

Tal era el estado de la pequeña que tuvo que ser trasladada al Hospital Infanta Margarita de Cabra donde permaneció ingresada tres días.

En la unidad de Pediatría le curaron de las lesiones y se le practicó una analítica que arrojó un resultado positivo en la orina de la sustancia estupefaciente psicotrópica.

En cuanto a la investigación, la Unidad Orgánica de la Policía Judicial, con el consentimiento de la madre del procesado, registró las viviendas encontrando la ropa que éste vistió el día de los hechos, pero que habí sido lavada.

Ante el temor de los padres de la pequeña, ya entonces se dictó una orden de protección y la prohibición de acercarse a la menor.

Sin embargo, a través de las muestras recogidas por el forense de guardia en la exploración ginecológica de la pequeña se encontraron restos orgánicos del individuo en cuestión que pudieron ser cotejados con el ADN de su tío, coincidiendo ambos.

El Ministerio Público le acusa de dos delitos de abuso sexual, por los que tendrá que cumplir tres años por cada uno, así como 9 años por un delito de agresión sexual así como un deltio contra la salud pública a 12 años de prisión.
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: Lili en 02 de Diciembre de 2008, 15:23:47 pm

Ya, pues, cada caso es diferente.
El caso expuesto  es bastante complejo. Las condenas solicitadas demuestran que el MF considera  las conductas como una  pluralidad de acciones y pluralidad de delitos, es decir quiere que se aplique el concurso real: varios abusos sexuales,  una agresión sexual y un delito contra la salud pública, además tipos agravados por la edad de la víctima.
El supuesto en un principio no revela  si hubo penetración (violación) pero las pruebas forenses permitieron concluir que sí.
Así que, aunque en la descripción de los hechos se habla de abuso, el MF interpreta los hechos correctamente como una agresión  sexual/ violación por las pruebas de violencia  y de la penetración.
Está bastante claro, pero habría que ver la sentencia del juez.
No se pueden negar el concurso real de abusos sexuales y de la agresión sexual/violación y los hechos agravados por la edad de la víctima. Sigo pensando que el juez podría aplicar el concurso medial, considerando que el delito de drogar a la víctima era medio necesario para cometer la agresión.
Por otro lado podría castigar el hecho de abandonar a la víctima en estas circunstancias. ¿ Qué pensáis?
Título: Re: Delitos contra la libertad sexual
Publicado por: alien en 02 de Diciembre de 2008, 17:43:59 pm
Lili, creo que llevas razón y habría que castigarle por dejar a la víctima abandonada en ese sitio, pero no encaja con ningún tipo delictivo, si de esa circunstancia no se ha derivado ninguna lesión o menoscabo para la salud de la víctima (como pudiera ser una temperatura extrema, un pozo, etc.)
La vedad es que no sé donde encajar esa circunstancia