Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: epin3m en 19 de Diciembre de 2008, 15:26:05 pm

Título: Duda civil (nacionalidad)
Publicado por: epin3m en 19 de Diciembre de 2008, 15:26:05 pm
Buenas tengo una dudilla sobre la adquisición de nacionalidad

Si una pareja de extranjeros tienen un hijo en españa. Ellos no adquieren la nacionalidad española, pero el hijo si, ¿no?

Gracias
Título: Re: Duda civil (nacionalidad)
Publicado por: Lisi en 19 de Diciembre de 2008, 15:57:00 pm
No.
lo mejor es que vayas al código civil donde se explica claramente las condiciones en la que una persona adquiere la nacionalidad española.
El hecho del nacimiento en españa ya no es determinante.
Título: Re: Duda civil (nacionalidad)
Publicado por: Hanneke en 19 de Diciembre de 2008, 16:50:49 pm
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Si una pareja de extranjeros tienen un hijo en españa. Ellos no adquieren la nacionalidad española, pero el hijo si, ¿no?

No, el hijo tampoco necesariamente. Depende de los casos.

Se trataría de una adquisición de origen, y en el supuesto que comentas, depende de la Ley nacional de los padres. Si ésta no le concede la nacionalidad al hijo, entonces, podrá ser inscrito como español. Este será el caso si los padres son por ejemplo: uruguayos, argentinos, colombianos, peruanos, bolivianos, chilenos, cubanos o brasileños. 

Ahora bien, si los padres, por falta de información, se dirigen a inscribir a su hijo recién nacido en el Consulado de su país de origen, en lugar de hacerlo antes en el Registro de España, perderán esta posibilidad pues el niño ya no será apátrida. En cambio, si inscriben al niño primero como español, luego lo pueden inscribir también en su Consulado correspondiente.

Y ello porque España aplica el Ius sanguinis que es el "derecho de la sangre" (y una forma limitada del Ius soli), mientras que estos países americanos aplican el Ius soli que es el "derecho del lugar".

Un saludo.