Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: pfbl en 15 de Enero de 2009, 16:05:11 pm
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Buenas!
Aquí os pongo, como continuación a mi anterior mensaje, las modificaciones relativas al Contrato de Seguro incluidas en la nueva edición (6ª) del manual de Derecho Mercantil II PN, por si le puede ayudar al resto de gente que tenemos la 5ª edición del libro.
El único epígrafe que se ve afectado por la modificación es el de la página 787 (5ªedición): 5.CONCLUSIÓN Y DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO. En ese epígrafe hay que añadir este párrafo:
La Ley 22/2007, de 11 de julio, de comercialización a distancia de servicios financieros ha regulado de forma detallada esta forma de contratación estableciendo las siguientes obligaciones a cargo del asegurador:
1. Registrar la oferta y la celebración del contrato en un soporte duradero.
2. Informar previamente al tomador del seguro de las condiciones del contrato, la existencia de un derecho de desistimiento y las condiciones para su ejercicio, la duración contractual mínima, las cláusulas relativas a la ley aplicable y al fuero judicial, la lengua del contrato y la forma de tramitación de las reclamaciones.
3. Comunicar las condiciones contractuales en papel o soporte duradero antes de la celebración del contrato o antes de que la otra parte contratante asuma cualquier obligación.
4. Cuando se trate de contratos de seguro distintos de los seguros de vida o de los seguros obligatorios o de seguros que hayan sido celebrados a distancia, el tomador del seguro que revista la condición de consumidor podrá resolver el contrato por su propia voluntad y sin necesidad de expresar los motivos en el plazo de 14 días a contar desde la celebración del contrato o de la recepción de las condiciones generales y la información a la que está obligado el asegurador. Este derecho procederá siempre que no haya acaecido el siniestro y no se aplicará, en cambio, a los seguros de viaje y pérdida o robo de equipaje de duración inferior a un mes. El consumidor que ejerza el derecho de desistimiento solamente tendrá que pagar los servicios prestados por el asegurador hasta el momento del desistimiento.
Nada, espero que sea de utilidad para alguien. Nos vemos por aquí.
Un abrazooO!!! ;)
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Gracias por el post y suerte en el examen, yo voy en primera semana
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Muchas gracias por la información, me ha sido de gran ayuda.
Mucha suerte en el exámen y un saludo.
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Muchas gracias, nos estas haciendo un gran favor a los compañer@s que no hemos comprado el manual de este año.
Muchas gracias, y ojala te salga muy bien el examen.
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Hola
Nuevamente gracias, espero que os vaya bien el examen, yo también me presento a la primera semana
Salu2
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Hola a tod@s,
Me alegro de que os haya sido útil la información, pero no merece gracias. Yo lo hago encantado, en otras muchas cosas me habéis ayudado a mí.
Yo también voy a la primera semana, será por eso de que es test y quiero quitármelo cuanto antes. Siempre pienso que como no hay que memorizar para desarrollar un tema, pues que nos sonarán las cosas y será más facilillo. Cada uno se anima como puede... ja,ja.
En fin, que tengáis muchísima suerte vosotros también, seguro que aprobamos todos!! :)
Un abrazo!!