Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: jabel62 en 27 de Marzo de 2009, 18:38:54 pm
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Al haber actualizado el expediente con las notas del primer parcial, se entiende que, ¿ la revisión está hecha sin contestar ni nada a dicha solicitud ? o ¿ puéden cambiar la nota del expediente una vez realizada la revisión ?.
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Al haber actualizado el expediente con las notas del primer parcial, se entiende que, ¿ la revisión está hecha sin contestar ni nada a dicha solicitud ? o ¿ puéden cambiar la nota del expediente una vez realizada la revisión ?.
Sí pueden modificar la calificación aun estando ya en el expediente académico, lo único que tienen que hacer (y no es la primera vez) es levantar un acta de modificación y adjuntarlo al tocho de los listados de aprobados y suspensos... y listo¡ Lo sé de primera mano.
Saludos,
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Una pregunta, cuando vuelcan las notas en el expediente, lo hacen con todas a la vez, o no es necesario?
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Una pregunta, cuando vuelcan las notas en el expediente, lo hacen con todas a la vez, o no es necesario?
Depende del profesor o del Departamento que haga una u otra cosa... el único que cuelga todas a la vez, por lo menos por curso, es Derecho Civil que ha mantenido su línea desde el primer momento.
Saludos,
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Gracias, por la ayuda. Seguiré esperando haber si surte efecto esto de las revisiones y "se mojan" con esos cincos tan "pelaos" que da cosa verlos. ;D (sin despreciarlos para nada).