Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: TEKAM en 28 de Marzo de 2009, 18:21:05 pm
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Tengo una duda en este caso.
¿por qué no marca como acciones posibles la "actio ex stipulatio"?, por hay estipulaciones, de hecho el libro dice en el apartado siguiente, "instituciones" que hay 2 estipulaciones.
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Hola compañero, si vemos la definición de la acción --> Acción que tiene el acreedor cuando el objeto no era ni dinero, ni bienes genéricos sino que implicaba un hacer del deudor; Sin embargo en nuestro caso el objeto de la estipulación es una cantidad cierta de dinero o préstamo, por tanto la actio certae creditae pecuniae procede ya que es una acción que ejercita el acreedor de una cantidad de dinero en virtud de estipulación para reclamar su devolución.
Saludos
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Lo que no entiendo es porque en el siguiente caso "Documento de prestamo con estipulación a favor de un tercero" si que considera la Actio Stipulatio.
¿No estamos ante lo mismo, un prestamo con dinero?
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Hola compañero, la actio ex stipulatu se refiere a las obligaciones contenidas en la estipulación, en dicho caso, respecto de la obligación de cumplir con las próximas calendas, distinto de la actio certae creditae pecuniae que tiene por objeto el mutuo o préstamo del dinero para exigir su devolución.
Saludos,