Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: YEBRA en 21 de Abril de 2009, 13:37:46 pm
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después de leerlo varias veces no consigo entender la respuesta razonada.
¿alguien me puede echar uan mano? gracias
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Yo tampoco lo entiendo.
Si te enteras publícalo en este holo, por favor.
Un saludo.
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Después de pelearme con este caos un rato creo que lo he entendido.
Se crean dos estipulaciones:
1.- Devolver el dinero que Julio Zosas prestó a flavio Cándido
2.- El pago de los intereses, 8 denarios.
- Una persona libre no puede estipular en favor de otra. Es decir Julio Zosas, que es libre, no puede prestar dinero de Julio Quintiliano, por lo que esta estipulación no es lícita o válida.
- Respecto de la segunda estipulación, ésta si es válida, porque es válida para los libertos o personas libres. El dinero se lo debería dar Julio Zosas a Julio Quintiliano, que es su patrono o jefe.
Espero haber aclarado el tema.
de todos modos si alguien cree que esto está mal, agradacería cualquier consejo o corrección.
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estoy estudiando los casos del segundo cuatrimestre de derecho romano, y creo que este caso no entra en examen verdad? a ver si estoy yo confundida....
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Libra82, creo qeu estas confundida, entran todos los casos-guía, y este lo acabo de comprobar es un caso guía.
Te mando un hilo donde otro compañero ponía todos casos que entran para que compruebes si los tienes todos.
http://foro.uned-derecho.com/index.php?topic=25753.0