Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: santoss en 07 de Mayo de 2009, 18:48:36 pm
-
La pregunta, dándose el caso de una pareja de gays vivieran juntos; si el uno pegara al otro habitualmente sería; ¿Un delito de lesiones o agresión o un delito de violencia de género? El caso también se podría dar con bollo.
-
El delito de violencia de género, se califica como tal, cuando la violencia la ejerce el hombre sobre la mujer, no al revés ( personalmente creo que aquí se han olvidado del art.14 CE ).
En una pareja de homosexuales, ya sea de hombres o de mujeres, hablaríamos de lesiones, porque no se da la premisa de "violencia de hombre sobre mujer".
-
A través de la red hay innumerables artículos que hacen referencia a la ley cuando los miembros de la pareja son del mismo sexo, sobretodo a raíz del reciente asesinato dentro de un matrimonio formado por dos hombres, la desprotección del hombre ante esta ley cuando él es la victima ( en menor medida, pero también los hay ).
Enlace a la Ley http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-2004.tp.html
-
Pero la pena se agravaría, a tenor del art. 153 CP, que remite al 173.2 CP
Sería lesiones, la agresión se entiende que es sólo la sexual. El caso que comentas, es del art. 147 CP: "...El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado como reo del delito de lesiones..."