Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: dagole en 10 de Mayo de 2009, 13:26:03 pm

Título: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: dagole en 10 de Mayo de 2009, 13:26:03 pm
Hola a todos, pues aquí expongo un caso que ha ocurrido a un conocido mio, me ha preguntado y no he sabido darle una solución. Expongo el tema:
Accidente de tráfico en el cual fallece el conductor del vehículo. Los hijos ven el seguro obligatorio del coche y tiene una prima por fallecimiento de xxx euros en favor de la mujer (esta divorciado), los hijos y los herederos, por este orden. No hay testamento.
La duda viene ahora, el fallecido tiene deudas, por tanto los hijos están cautelosos a la hora de aceptar la herencia, ¿Podrían cobrar la prima como hijos sin llegar a ser herederos? ¿cobrar la prima supone que están aceptando ser herederos? Creo que no se me olvidan mas datos... si tenéis alguna pregunta.....
Se abre el hilo de respuestas
Muchas gracias
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: perleta en 10 de Mayo de 2009, 13:52:42 pm
Si, se puede aceptar la prima, independientemente de la aceptación de la herencia. Lo sé por experiencia y no porque está estudiando Derecho. Saludos.
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: Drop en 10 de Mayo de 2009, 14:50:48 pm
Quien cobrará la prima es la mujer, de acuerdo con los datos que has expuesto.
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: dagole en 11 de Mayo de 2009, 16:57:36 pm
Creo que me expresado mal, la mujer esta divorciada, por tanto no tiene acceso a esta prima, la duda es ver donde hay base legal para poder explicarselo y que se quedaen tranquilos.

Muhas gracias por vuestras respuesta
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: Pedro.v en 11 de Mayo de 2009, 17:06:27 pm
Hola dagole. El hecho de cobrar la inmdenización de un seguro del que se es beneficiario no tiene nada que ver con ser o no herederos, porque es un dinero que nunca ha estado en poder del fallecido. Por lo tanto no forma parte del caudal hereditario. Dice el art.659 del Código Civil que "la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte" Esa cantidad no estaba entre sus bienes ni el causante tenía derecho a cobrarlo ya que no era beneficiario. Y así lo dice el Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) en la Sentencia núm. 243/2003 de 14 marzo, entre otras.
Drop, estaba divorciado, ya no tiene cónyuge, entiendo que los beneficiarios son los hijos.
Saludos
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: perleta en 11 de Mayo de 2009, 17:35:15 pm
Hola!, no es por rizar el rizo, pero si las pólizas se renuevan todos los años y no se le dijo nada al agente de seguros acerca del divorcio, continuando con ello la ex-cónyuge como beneficiaria en primer lugar, yo creo que será ella la que reciba el importe de la póliza. Se supone que lo compartirá con los hijos...Un saludo.
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: dagole en 11 de Mayo de 2009, 17:47:26 pm
Muchas gracias por vuestras aclaraciones, Pedro me lo has puesto fácil, es lo que yo queria, una sentencia para poder confirmar.
Un saludo
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: Pedro.v en 11 de Mayo de 2009, 18:37:03 pm
Hola perleta. Depende, si en la póliza pone que el beneficiario es Doña Fulanita Perez o Garcia en su caso, es decir el nombre de la susodicha y en su defecto los hijos, no es que la comparta sino que es solamente ella la beneficiaria si no se ha cambiado en la póliza. Pero si lo que pone es  como beneficiario al cónyuge y en su defecto los hijos, no le corresponde nada porque ya no es cónyuge, el divorcio ha disuelto el matrimonio aunque el agente de seguros no se haya enterado del divorcio.
Y si se vuelve a casar y sigue sin cambiar la póliza, el nuevo cónyuge sería el beneficiario. La Ley 50/1980, de contrato de seguro, recoge específicamente esta contingencia en su art. 85 "...La designación del cónyuge como beneficiario atribuirá tal condición igualmente al que lo sea en el momento del fallecimiento del asegurado..."
Saludos
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: dagole en 11 de Mayo de 2009, 20:24:08 pm
Efectivamente Pero, la clausula es genérica y habla de cónyuge, hijos y herederos, por tanto no hay ningún problema en este aspecto
Título: Re: Duda con temas de Herencia y seguro por accidente de tráfico
Publicado por: perleta en 11 de Mayo de 2009, 20:47:58 pm
Hola! ya veo que eres licenciado y sabes más que yo. Me he metido en este hilo porque por desgracia, un accidente, conozco algunos aspectos. Gracias por la respuesta y así aprendemos todos. Un saludo.