Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: sglez en 07 de Junio de 2009, 00:48:39 am

Título: Administrativo IV Ayuda!!
Publicado por: sglez en 07 de Junio de 2009, 00:48:39 am
Hola,

Voy regular de tiempo, asi que agradecería enormemente que alguien que conozca esta asignatura me dijera que tema o temas me puedo dejar así como los más importantes.

Muchas gracias!
Título: Re: Administrativo IV Ayuda!!
Publicado por: norasan en 07 de Junio de 2009, 11:51:22 am
Para que hagas cálculos. Son 5 preguntas:

2 van a ser de urbanismo
1 de bienes de la Admon (tema 1 a 3)
1 de demanio hidráulico, marítimo y montes (tema 4 a 6)
1 la elegirá el equipo docente entre bienes en general o bienes

Las preguntas que van a poner lo ha dicho la profe en un programa de radio, no me lo he inventado.
Yo personalmente me estudiaría bien las preguntas que han caido los años anteriores, este año han repetido una por lo menos en la primera semana.
De urbanismo son muy importantes el primero y el último tema, las preguntas de años anteriores han caido casi siempre de esos temas, lo que no significa que esta semana no vayan a poner de los otros dos temas.

Mucha suerte

Título: Re: Administrativo IV Ayuda!!
Publicado por: sglez en 07 de Junio de 2009, 15:43:17 pm
Muchas gracias de nuevo Nora!! Estás siendo mi salvación con esta asignatura que no sé el porqué pero es la que más se me está atravesando de toda la carrera...

Suerte para tí también!
Título: Re: Administrativo IV Ayuda!!
Publicado por: palangana en 07 de Junio de 2009, 19:26:51 pm
Una pregunta siempre es sobre plazo y modo de recuperación de bienes demaniales y de bienes patrimoniales....

El esquema tipo es este :

1. BIEN DEMANIAL: afectados al uso o dominio público ....no prescribe la acción de recuperación....pueden ser recuperados en cualquier tiempo por la Admón en vía administrativa .

2.BIEN PATRIMONIAL: bienes del Estado no afectados al uso común ni al dominio público.....tiene un año la Admón para recuperarlos en vía administrativa y, transcurrido ese año, deberá la Admón acudir a la vía del procedimiento civil.