Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: elnono en 02 de Agosto de 2009, 02:43:16 am
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Es que hace tiempo vi la ley y ahora no doy con ella. Era algo así como octubre del 2.011 ¿verdad?
Es que tengo que hechar cuentas, que no sé si llego.
¿Nos esperaran a los de la UNED que siempre andamos retrasadillos con las notas? jajaja.
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Fecha tope para estar licenciado: Noviembre 2011. Para colegiarse me parece que dan unos 2 años más, hasta 2013. Pero siempre que hayamos conseguido licenciarnos en Noviembre 2011.
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Si el grado en Derecho empieza en el curso 2010-2011, primero de Plan Nuevo se extingue también ese año y así sucesivamente y me imagino que al igual que pasa con el Plan Antigüo, algo harán con nosotros si nos pilla justos , con alguna asignatura, con lo cual cuenta hasta el 2014 , que sería el último año para ser licenciado como tal, habría que ir a curso por año los que empiezen ahora ¿Es así, no?. ???
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http://portal.uned.es/pls/portal/docs/PAGE/UNED_MAIN/LAUNIVERSIDAD/UBICACIONES/06/PLANES%20DE%20ESTUDIO%20ESPACIO%20EUROPEO/INFORMACION%20NUEVOS%20T%C3%8DTULOS%20DE%20GRADO.PDF
Si el 30 de Septiembre de 2015, La Licenciatura de derecho estará completamente extinguida habrá que sumarle dos años más para el que quiera pueda colegiarse, llegando al 2017. ¿no?
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Mi duda es; Si me licencio por el plan 2000, y acabo en 2013-2014, ¿deberia hacer el master para colegiarme? ¿¿O si acabo por el plan 2000 el master no se hace??? Lo que si que se que haremos todos aquellos que acabemos la carrera despues de 2011 es el examen para colegiarnos, la dichosa ley 34/2006 no????
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Hola:
Si no estás licenciado antes del 01 de noviembre de 2011, tendrás que realizar dos años de práctica y superar un examen para poder colegiarte y ser abogado.
Si terminas después de esa fecha, serás licenciado en Derecho, pero no podrás (como sí pueden todos los licenciados hasta esa fecha) ser abogado directamente.
La culpa la tiene la ley 34/2006 que tan hábilmente nuestro Sr. Presidente y su equipo le dio una vacatio legis tan amplia, para evitar movilizaciones, que por supuesto ha conseguido.
Con los mismos estudios unos pueden ser abogados y otros no.
Saludos,
jbr
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No debemos "tragarnos" esta ley.
Hay que hacer movilizaciones y lo que haga falta, porque es un agravio comparativo absoluto.
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Fecha tope para estar licenciado: Noviembre 2011. Para colegiarse me parece que dan unos 2 años más, hasta 2013. Pero siempre que hayamos conseguido licenciarnos en Noviembre 2011.
No, seguir en el plan 2000 y licenciarse es posible hasta octubre (diciembre) 2015.
Para colegiarse con el título de licenciado, sin hacer el susodicho master sólo hay tiempo hasta octubre 2011: Ley 34 /2006, (vacatio legis 5 años).
Mi duda es; Si me licencio por el plan 2000, y acabo en 2013-2014, ¿deberia hacer el master para colegiarme? ¿¿O si acabo por el plan 2000 el master no se hace??? Lo que si que se que haremos todos aquellos que acabemos la carrera despues de 2011 es el examen para colegiarnos, la dichosa ley 34/2006 no????
Como dice el compañero, si te licencias en 2013/2014 eres licenciado en Derecho. Sólo si quieres ejercer como abogado o procurador tienes que hacer el master ( unos 2 años de prácticas internas Y externas Y el examen de acceso).Será así desde 2011 y lo establece la Ley34/2006
http://portal.uned.es/pls/portal/docs/PAGE/UNED_MAIN/LAUNIVERSIDAD/UBICACIONES/06/PLANES%20DE%20ESTUDIO%20ESPACIO%20EUROPEO/INFORMACION%20NUEVOS%20T%C3%8DTULOS%20DE%20GRADO.PDF
Si el 30 de Septiembre de 2015, La Licenciatura de derecho estará completamente extinguida habrá que sumarle dos años más para el que quiera pueda colegiarse, llegando al 2017. ¿no?
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NO, la licenciatura no tiene nada que ver con colegiarse.La vacatio legis el la Ley34/2006 son 5 años, hasta el 2011. El plan 2000 de la licenciatura en derecho se extingue en 2015.
Fecha tope para estar licenciado: Noviembre 2011. Para colegiarse me parece que dan unos 2 años más, hasta 2013. Pero siempre que hayamos conseguido licenciarnos en Noviembre 2011.
No, no, no
Es que hace tiempo vi la ley y ahora no doy con ella. Era algo así como octubre del 2.011 ¿verdad?
Es que tengo que hechar cuentas, que no sé si llego.
¿Nos esperaran a los de la UNED que siempre andamos retrasadillos con las notas? jajaja.
Para ejercer como abogado o procurador sin que sea de aplicación la Ley34/2006, sin que tengas que hacer el master, sí.
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Yo tengo programado licenciarme en 2012, voy a matricularme en 3º este año (haciendo curso por año), por lo tanto me pilla la ley de acceso y tendré que hacer el master de abogacía. :'( Se me ocurrió una idea el otros día de comprimir 3 cursos en dos, y terminar en 2011, es decir hacer 3º con parte de 4º en un curso, y el resto en 2010/2011. El volumen de trabajo es tremendo...pero alguien ha hecho semejante locura? ;D Digo esto porque me libraría de la ley de acceso y la necesidad de hacer el master.....directo al colegio de abogados como todo el mundo hasta ahora...... :)
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Si empiezo este año a estudiar este año la licenciatura de derecho y por gracia de dios termino la carrera en 5 años (supongamos), ¿me daria tiempo a colegiarme como abogada y abrir mi despacho sin tener que hacer el master de 2 años?
orientadme please ? :(
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Si empiezo este año a estudiar este año la licenciatura de derecho y por gracia de dios termino la carrera en 5 años (supongamos), ¿me daria tiempo a colegiarme como abogada y abrir mi despacho sin tener que hacer el master de 2 años?
orientadme please ? :(
No. Si empiezas ahora terminas en 2014.
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Si empiezo este año a estudiar este año la licenciatura de derecho y por gracia de dios termino la carrera en 5 años (supongamos), ¿me daria tiempo a colegiarme como abogada y abrir mi despacho sin tener que hacer el master de 2 años?
orientadme please ? :(
No. Si empiezas ahora terminas en 2014.
Vaya lata, pues yo pienso que esta ley debería haberse aplicado al nuevo plan de grado, puesto que las carreras serán solo de 4 años, y haber puesto una fecha límite a los licenciados plan 2000, ejemplo; si este es el último año para matricularse en primero pues fecha límite para terminar la carrera y colegiarse: 2015-2016. PIenso que sería lo justo, ¿verdad que yo sería buena abogada?... jeje
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Si empiezo este año a estudiar este año la licenciatura de derecho y por gracia de dios termino la carrera en 5 años (supongamos), ¿me daria tiempo a colegiarme como abogada y abrir mi despacho sin tener que hacer el master de 2 años?
orientadme please ? :(
No. Si empiezas ahora terminas en 2014.
Vaya lata, pues yo pienso que esta ley debería haberse aplicado al nuevo plan de grado, puesto que las carreras serán solo de 4 años, y haber puesto una fecha límite a los licenciados plan 2000, ejemplo; si este es el último año para matricularse en primero pues fecha límite para terminar la carrera y colegiarse: 2015-2016. PIenso que sería lo justo, ¿verdad que yo sería buena abogada?... jeje
Pues la verdad es que no lo veo factible. Los primeros Grados terminan en junio de 2012, imagino que esa será la razón de que hayan puesto octubre de 2011 como fecha tope. Y entonces sería un agravio comparativo "peor" que el que se va a producir ahora.
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No estoy de acuerdo contigo Mile, puesto que el grado son menos créditos y es por ello que no se puede comparar un grado a un licenciado y aquí quien sale muy perjudicado es el licenciado después del 2011, que además de tener que realizar más horas de estudios tiene que realizar las prácticas y realizar un examen para acceder a la profesión de abogado.
Cosa que yo, por ejemplo, no sabia cuando decidí estudiar derecho y en mitad del camino lo cambian, puede que alguno si llega a saber esto se hubiese planteado estudiar otra carrera o decidir de otra forma.
El que peor sale en toda esta historia es el del plan 2000.
Saludos,
jbr
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¿Créditos? Yo no sé qué manía tenéis con los créditos... Los créditos son diferentes, no se pueden comparar litros con kilos, pues lo mismo con los créditos. Yo más bien me fijaría en los libros o en los temarios.
La única diferencia entre Plan 2000 y Grado, es la LC y 4 optativas. Lo demás sigue siendo igual.
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No estoy de acuerdo contigo Mile, puesto que el grado son menos créditos y es por ello que no se puede comparar un grado a un licenciado y aquí quien sale muy perjudicado es el licenciado después del 2011, que además de tener que realizar más horas de estudios tiene que realizar las prácticas y realizar un examen para acceder a la profesión de abogado.
Cosa que yo, por ejemplo, no sabia cuando decidí estudiar derecho y en mitad del camino lo cambian, puede que alguno si llega a saber esto se hubiese planteado estudiar otra carrera o decidir de otra forma.
El que peor sale en toda esta historia es el del plan 2000.
Saludos,
jbr
********Totalmente de acuerdo con "jbr"**************
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Mile:
No le tengo ninguna manía los créditos. No estoy comparando kilos con litros, salvo que sean de agua. Si ves las convalidaciones de licenciado a grado, los créditos son los mismos de una asignatura en licenciado que una de grado, lo que significa que tiene las mismas horas lectivas de preparación una que otra, pues un crédito se traduce en horas de preparación de cada asignatura. Por ello Civil IV tiene 8 créditos aún siendo cuatrimestral, los mismos que Civil III que es anual, porque el temario y las horas que le tienes que dedicar son las mismas.
Lo que está claro que si estudias por el plan Bolonia tienes que estudiar menos para ser Grado que si estudias por el plan 2000 para ser licenciado, menos asignaturas, menos horas, menos preparación.
Lo que está claro que si estudias por el Plan 2000, te licencias, has estudiado lo mismo, le has dedicado las mismas horas, tienes la misma preparación, la misma experiencia y los mismos conocimientos si terminas el 10 de septiembre de 2011, que si te licencias el 31 de diciembre del mismo año.
Pero por una “gran idea” de unos señores, que lo que pretenden es “blindar” la profesión de abogado o no tienen ni idea de lo que legislaron o como suele pasar en este santo país que todo se deja para el final y no han tenido en cuenta que en octubre del 2011 no hay nadie con Grado que haya estudiado en la UNED, sí lo puede haber en otras universidades creo y que puede ser que sí sea aconsejable lo que dicen de las prácticas y el examen de acceso a la profesión, lo que se traduciría en, más o menos, el mismo tiempo de estudio que un licenciado.
Saludos,
jbr
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La única diferencia entre el Grado y el Plan 2000 son las asignaturas de LC y 4 optativas. Lo demás es todo igual. Y si no, espera a ver los libros y programas del Grado.
Yo creo que la ley 34/2006 precisamente parte de los Colegios de abogados. Es una exigencia bastante antigua de los mismos.
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Claro, los 50 créditos menos que tiene un curso más o menos, por ello se realiza en 4 cursos y la licenciatura en 5, esa es la diferencia, te parece poco un año, que en la UNED son casi dos.
Y la dichosa ley está claro que parte del Colegio de Abogados, y bajo la bandera de defender el Derecho fundamental de la defensa, lo que hacen es “blindar” su profesión y obtener mano de obra barata.
Porque si nos ponemos a defender Derechos fundamentales, también un mecánico tendría que realizar las prácticas y un examen para acceder a su profesión, pues está en juego un Derecho Fundamental, la vida del conductor.
Lo he dicho en otras ocasiones, lo que no se puede pretender es legislar hasta lo que se hace en el comedor de mi casa, más vale que se apliquen las leyes que ya hay y se dejen de “inventos”, que como dijo un Ministro, los experimentos en casa y con gaseosa.
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Bolonia:
Este año 2009 aún no implantan Bolonia, eso será para el curso 2010-2011. Si empiezas este curso 2009-10, tendrás que llevar las asignaturas prácticamente a curso por año, de lo contrario tendrás que cambiarte a Bolonia.
Colegiarse:
Si no te has licenciado antes del 1 de noviembre de 2011, tendrás que hacer dos años más de prácticas y un examen de acceso al finalizar dichas prácticas. ---> http://www.ugr.es/~wderecho/documentos/coord_est/c.cuestiones_interesantes_abogados.pdf <--- Total, 7 años para ser abogado.
Nota: Todo gracias a la aquiescencia y sabiduría de nuestro actual presidente del gobierno, el Sr. ZP, y sus sabios y académicos camaradas.
Un saludo.
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No es una ley del gobierno y....."al parecer, los precedentes de una reivindicación parecida de los abogados datan de principios del siglo pasado."
Está claro que os perjudicados son los estudiantes del plan 2000.
Si hay que exigir más formación para mejores profesionales no me opongo pero al cambiar la titulación deberíahaberse instaurado de forma simúltanea y dejar a los licenciados en paz hasta el aó 2015 que es cuando se extingue esta titualción.
Título habilitante, grado en Derecho.
Formación especializada.
que como se ha dicho es el de licenciado en Derecho, o la denominación equivalente Evaluación de la formación especializada
http://noticias.juridicas.com/articulos/00-Generalidades/200611-9982391521241499411.html
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Claro, los 50 créditos menos que tiene un curso más o menos, por ello se realiza en 4 cursos y la licenciatura en 5, esa es la diferencia, te parece poco un año, que en la UNED son casi dos.
Y la dichosa ley está claro que parte del Colegio de Abogados, y bajo la bandera de defender el Derecho fundamental de la defensa, lo que hacen es “blindar” su profesión y obtener mano de obra barata.
Porque si nos ponemos a defender Derechos fundamentales, también un mecánico tendría que realizar las prácticas y un examen para acceder a su profesión, pues está en juego un Derecho Fundamental, la vida del conductor.
Lo he dicho en otras ocasiones, lo que no se puede pretender es legislar hasta lo que se hace en el comedor de mi casa, más vale que se apliquen las leyes que ya hay y se dejen de “inventos”, que como dijo un Ministro, los experimentos en casa y con gaseosa.
Enhorabuena jbr, lo has explicado de maravilla, eres brillante.
Por supuesto estoy contigo en todas y cada una de tus palabras, muy pero que MUY de acuerdo contigo. Tienes más razón que un santo.
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Yo también estoy de acuerdo y el artículo de noticias jurídicas.com ( de Isaac Tena Piazuelo) que puse más arriba, lo deja claro.
Es de 2006, cuando salío la ley a la luz.
Faltaba algo que quería pegar del extracto :
"La acreditación de la aptitud profesional depende de la concurrencia de tres circunstancias distintas:
Título habilitante, que como se ha dicho es el de licenciado en Derecho, o la denominación equivalente al grado en Derecho.
Formación especializada.
Evaluación de la formación especializada.
La formación especializada (cfr. art. 2.-2) tiene carácter reglado y oficial, y se obtiene mediante la realización de cursos acreditados conjuntamente por los Ministerios de Educación y de Justicia. Materialmente dichos cursos pueden impartirse en dos ámbitos diferentes7 (cfr. art. 3): Universidades, públicas o privadas, y Escuelas de Práctica Jurídica.
Téngase presente que las Escuelas PJ, en la actualidad, pueden depender tanto de las Universidades como de los Colegios profesionales en otros casos, y no pueden desligarse ni de unas ni de otros. ....además, deberán ofrecer un período de prácticas externas en los términos previstos en el art. 6 de la Ley.
En cuanto al contenido y características de los cursos de formación de abogados y procuradores, además de que deben incluir una evaluación (en los términos previstos en el Capítulo III) apenas señala la Ley unas pautas generales (cfr. art. 4 y art. 5), remitiéndose lo demás a la previsión reglamentaria (vgr., en cuanto al contenido y duración de los cursos, titulación y cualificación del profesorado…).
Tanto en la formación suministrada por los Centros universitarios como por las Escuelas de Práctica Jurídica se hace mención de que debe contar con prácticas externas ...........; dichas prácticas externas, con profesionales, “…deberán constituir la mitad del contenido formativo de los cursos a que se refieren los artículos precedentes, quedando como parte integrante de los mismos” (art. 6.-1).
Si se sobreentiende que esa duración se refiere a términos temporales, resulta (en relación con lo establecido en el art. 4.-3) que las prácticas tendrán una duración no inferior a treinta créditos. En cuanto al profesorado, al menos la mitad ha de tratarse de profesionales colegiados y en ejercicio (cfr. art. 4.-3).
La duración de los cursos formativos se establece en sesenta créditos correspondientes a las enseñanzas teóricas;"
sigue el comentario sobre el examen de evaluación..........etc,etc.
Como he dicho en mis alegaciones al delegado de alumnos, en la aplicación de esta ley hay que distinguir entre licenciados y graduados.
No es lo mismo. Como también menciona JBR más arriba, da igual si contamos en crédirtos o ECTS, el título de la licenciatura en la Uned son cinco cursos e incluye un Practicum, el título de grado se obtiene después de cuatro cursos y no hay practicum. Los alumnos del plan 2000 empezamos con una perspectiva diferente, los alumnos que se matriculan con el objetivo del grado en Derecho saben o deberían saber lo que les espera si quieren ejercer.
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Tengo una duda Lili, no entiendo muy bien a que te refieres en el ultimo parrafo, es decir, si acabas por el plan 2000 no debes hacer el master pero si el examen para colegiarte, y si acabas por el grado debes hacer master y examen para colegiarte, es que no me ha quedado muy claro. O te refieres a que no hay derecho a que los que estamos inmersos en la licenciatura tengamos que hacer dicho master y dicho examen, porque si es asi, te doy toda la razon, debido a que los que nos licenciemos tendremos que hacerel master y el examen, por lo tanto son 6 o 7 años d carrera, vamos una barbaridad.Mientras tanto los del grado ya saben lo que hay de entrada, si quieren hacer derecho saben que les espera el master y el examen para colegiarse. Un saludo
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No es una ley del gobierno y....."al parecer, los precedentes de una reivindicación parecida de los abogados datan de principios del siglo pasado."
Está claro que os perjudicados son los estudiantes del plan 2000.
Si hay que exigir más formación para mejores profesionales no me opongo pero al cambiar la titulación deberíahaberse instaurado de forma simúltanea y dejar a los licenciados en paz hasta el aó 2015 que es cuando se extingue esta titualción.
Título habilitante, grado en Derecho.
Formación especializada.
que como se ha dicho es el de licenciado en Derecho, o la denominación equivalente Evaluación de la formación especializada
http://noticias.juridicas.com/articulos/00-Generalidades/200611-9982391521241499411.html
¿Que no es una ley del Gobierno, señorita Lili? Entonces, el tal Rodríguez Zapatero que firma al final de la exposición de dicha ley quién es?, ¿el presidente de Honduras acaso?
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Bolonia:
Este año 2009 aún no implantan Bolonia, eso será para el curso 2010-2011. Si empiezas este curso 2009-10, tendrás que llevar las asignaturas prácticamente a curso por año, de lo contrario tendrás que cambiarte a Bolonia.
Colegiarse:
Si no te has licenciado antes del 1 de noviembre de 2011, tendrás que hacer dos años más de prácticas y un examen de acceso al finalizar dichas prácticas. ---> http://www.ugr.es/~wderecho/documentos/coord_est/c.cuestiones_interesantes_abogados.pdf <--- Total, 7 años para ser abogado.
Nota: Todo gracias a la aquiescencia y sabiduría de nuestro actual presidente del gobierno, el Sr. ZP, y sus sabios y académicos camaradas.
Un saludo.
Mire, Lili, la palabra que uso: "Aquiescencia". Es decir "consentimiento".
Un saludo.