Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Jaquetón en 31 de Agosto de 2009, 17:18:42 pm
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Hola.
Estaría agradecido si alguien me dijera cual es el plazo para resolver un recurso ordinario de alzada.
En la página 640 del libro no lo deja claro.
Gracias.
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pues mira yo tambien lo he buscado por otro sitio y no aparece, aparece el extraordinario de alzada para la unificación de criterio: 6 meses, y el de unificación de la doctrina : 6 meses pero ese no, a ver si jbr nos da luz
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El recurso ordinario de alzada de la vía económica-administrativa se ha resolver en plazo de un año, art. 240 de la LGT por remisión del art. 241.
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¡si es que ya ni vemos!, espero que el dia dos se mi iluminen todas las nueronas, porque esta asignatura tiene la virtud de apagarmelas todas.
gracias por la respuesta
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mucha suerte alanis, a Dios yo ya la superé.