Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: rasabo en 16 de Septiembre de 2009, 20:04:02 pm
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estimados amigos, expongo el tema, tengo un cliente, que ha alquilado un local comercial, apenas hace unos dias, ahora quiere rescindirlo, en el cto nada pone al respecto, mi pregunta es, ¿ que tipo de indemnización y cuantia tiene o tendria que abobar?, tiene cobrada la fianza, pero nada de renta, pues esta se dejo para unos meses mas adelante
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Entiendo que tu amigo es el arrendador. Como debes saber, los contratos son para cumplirlos, de manera que si nada se estipula en el mismo sobre un posible desistimiento unilateral, lo que en mi opinión debe hacer tu amigo es hablar con la otra parte y tratar de llegar a un acuerdo, que posiblemente pase por indemnizar al inquilino de los posibles gastos realizados a instancia del contrato (obras en el local, permisos...). De no ser así, carece de base jurídica para denunciar tal contrato, ya que aunque no haya empezado a percibir renta, esta circunstancia ha sido pactada y la entrega de fianza es suficiente para acreditar el cumplimiento por parte del arrendatario.
De cualquier modo es sólo una opinión. Espero haberte aclarado un poco. Saludos.
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Estimado, jonashio, gracias por responder, me temia tu respuesta, pues es a la que yo llegue, pero siempre, cabe la esperanza, gracias de nuevo