Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: dracmagic en 09 de Octubre de 2009, 12:21:33 pm

Título: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: dracmagic en 09 de Octubre de 2009, 12:21:33 pm
¿Es necesario estar colegiado o haber terminado la carrera para asesorar a una empresa si ello no implica nada relativo a Tribunales?
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: Ius-Uned en 09 de Octubre de 2009, 13:09:13 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
¿Es necesario estar colegiado o haber terminado la carrera para asesorar a una empresa si ello no implica nada relativo a Tribunales?

En primer lugar, como se dice asesorar puede hacerlo cualesquieras personas.

Ahora bien ¿remunerado? y con esto respondo a "haber terminado la carrera" puedes cometer con ello intrusismo profesional, a través del art. 403 CP que dice "El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.
Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años".

Además, te pedirá como es lógico indemnización de daños y perjuicios, si los hubiere.

También es posible, ya en un concurso medial del delito, la estafa, cuyo tipo básico está establecido en el art 248 CP "1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno".

Claro está, la carga de la prueba corre a quien demanda.

En fin, salvo mejor opinión.

Saludos,


Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: fsalas en 09 de Octubre de 2009, 13:20:52 pm
En mi opinión, creo que si el "asesorado" sabe que el que le asesora tiene la formación que tiene (es decir que no dice que está licenciado sin estarlo) y quiere pagar por ello, no veo el más mínimo inconveniente, simplemente está pagando a alguien por un trabajo que incluye una opinión sobre una ley.
La segunda parte es si analizar un texto legal y opinar sobre el tema es exclusivo de abogados (por ejemplo se puede ser asesor fiscal sin necesidad de título y puede implicar ese tipo de actividades).
 
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: dracmagic en 09 de Octubre de 2009, 13:31:30 pm
La cuestión es si un amigo tuyo tiene una empresa (es mi caso) y sabe que no has terminado Derecho, cuál es el problema si se trata de asesoría que no tiene nada que ver con tribunales?

Porque por ejemplo, todos las personas que ejercen de periodistas sin tener la licenciatura no incurren en ningún delito y lo único que levantan es el mal humor de los que sí la tienen.
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: MiLe_TzN en 09 de Octubre de 2009, 15:19:53 pm
Hombre, digo yo que ejercer una profesión sin tener el título necesario, es un delito :)
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: manuelk0 en 09 de Octubre de 2009, 16:04:33 pm
Si es necesario por lo menos para a efecto de que el objeto de acesoramiento tenga validez de accion, es decir personalmente al conocer la profesion aunque no estes colegiado le puedes orientar algun amigo o a quien quiera como debe de hacer determinada conducta pero otra cosa es que sin estar colegiado le represente o le asesores pues generalmente en el propio acto viene necesariamente la firma de la persona que lo asesora o representa......... :)
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: palangana en 09 de Octubre de 2009, 16:14:15 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hombre, digo yo que ejercer una profesión sin tener el título necesario, es un delito :)

Llamado intrusismo !!. Pero para profesiones que exijan un título y colegiación. Yo puedo asesorar de fútbol en el bar de mi barrio, y no me pasa nada, yo creo.

Ah, también puedo asesorar jurídicamente, lo que no puedo es defender ni realizar actos típicos de la profesión de la Abogacía, por ejemplo, interponer recurso.
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: MiLe_TzN en 09 de Octubre de 2009, 16:26:30 pm
Palangana, creo que todos hemos entendido a qué me refería, ¿no? ;)
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: palangana en 09 de Octubre de 2009, 16:30:38 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Palangana, creo que todos hemos entendido a qué me refería, ¿no? ;)

Todo el que haya cursado Derecho penal, pero no así quienes estén en primero de Carrera y leen estas líneas.......e igual piensan que todo el monte es orégano, Pero sí, yo sí que te había entendido y doy por hecho que todo eso lo dominas perfectamente.  ;)
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: MiLe_TzN en 09 de Octubre de 2009, 16:31:49 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Palangana, creo que todos hemos entendido a qué me refería, ¿no? ;)

Todo el que haya cursado Derecho penal, pero no así quienes estén en primero de Carrera y leen estas líneas.......e igual piensan que todo el monte es orégano, Pero sí, yo sí que te había entendido y doy por hecho que todo eso lo dominas perfectamente.  ;)

Seguro que tú mejor que yo ;)
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: Ius-Uned en 09 de Octubre de 2009, 16:48:04 pm
Estimado Palangana:

La colegiación da derecho a ejercer la abogacía y en nada implica que el sujeto activo esté incurso en el tipo, art. 403 CP.

En cuanto a la gratuidad de asesorar, por lo general y siempre que tanto el que asesora como el asesorado estén de acuerdo, no pasa nada.

Ahora bien, qué ocurre cuando una persona asesora (amigo, primo, etc) remunerado y hay un tercero (licenciado en derecho y colegiado) que se siente perjudicado porque le quieta su trabajo, y decide demandar a esa persona por intrusismo. ¿Qué opinas?

Saludos,
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: palangana en 09 de Octubre de 2009, 16:58:20 pm
No he entendido la referencia a mí, qué quieres decir compañero Ius Uned ??. Si NO se es Licenciado en Derecho, y NO se está Colegiado como ejerciente, NO se pueden realizar actividades propias del Licenciado en Derecho Colegiado como Abogado ejerciente (DEL ABOGADO). Y si se está Licenciado en Derecho y se está colegiado como ejerciente pues se pueden realizar esas actividades propias del ejercicio de la Abogacía. Eso, y no otra cosa, dije......no sé que has interpretado !!

Excepción posible: defender a familiares tras pedir permiso al Colegio de Abogados, que se podrá ejercer la defensa sin estar colegiado (a groso modo)
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: Ius-Uned en 09 de Octubre de 2009, 17:08:42 pm
Compañero Palangana:

La referencia a ti tan sólo es por seguir el debate, nada más.  :)

La cuestión que te planteaba era este supuesto de hecho: Ahora bien, qué ocurre cuando una persona asesora (amigo, primo, etc) remunerado y hay un tercero (licenciado en derecho y colegiado) que se siente perjudicado porque le quieta su trabajo, y decide demandar a esa persona por intrusismo. ¿Qué opinas?

Saludos,
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: palangana en 09 de Octubre de 2009, 17:34:26 pm
Ah, disculpas, pues digo yo que antes que el CP y Leyes penales especiales está la CE 78, donde quedan positivados unas serie de derechos como la libertad en general, y la libertad de opinión y expresión, así como una serie de principios como la seguridad jurídica, el de legalidad etc .

Primer supuesto: alguien sin título y sin estar colegiado cuando así se exige por ley o norma se dedica a asesorar y encima esa actividad que realiza es remunerada, cualquier persona puede interponer querella cuando tenga constancia de actos constitutivos de delito (el intrusismo lo es, y como delito puede perseguirlo el MF, y querellarse también cualquier particular), no sólo el profesional que entiende que le afecta. Imagina que te enteras que un individuo realiza actividades propias de un médico sin ser médico !!

Segundo supuesto: no hay norma que indique que esté prohíbido realizar una determinada actividad, pues puedo asesorar lo que me dé la gana, no es más que un consejo (mi libertad de opinión y expresión), o puede entenderse así.

Pero en el caso del Derecho (ejercer la Abogacía) lo único que se exige es para ejercer y realizar determinadas actividades propias del Colegiado ejerciente, pero mientras no haya norma que indique que no puedo asesorar y cobrar, pues entiendo que no hay delito. Cuando tenga constancia (que desconozco) de esa supuesta norma que prohíba asesorar jurídicamente y cobrar, pues entonces sí habra delito.

Primer elemento del delito es la tipicidad (de conformidad con el principo de legalidad), y el tipo tiene unos elementos objetivos, que si no se cumplen, pues no hay delito.

Eso es lo que yo entiendo al respecto, que igual estoy equivocado.

Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: palangana en 09 de Octubre de 2009, 17:42:15 pm
En definitiva, que no sé si me explicado bien, es que creo que debe estar tipificada la conducta y que lo que en realidad se castiga con el tipo de intrusismo es suplantar al profesional (hacerse pasar por médico o por Abogado, por ejemplo)

Cuando me estudie este tema, que todavía no he llegado, ya podré indicar mi opinión y hablar con cierta propiedad, ahora no, sólo digo lo que pienso al respecto, pero debo estudiar el tema.

Un saludo.
Título: Re: ¿Es necesario estar colegiado para asesorar?
Publicado por: Drop en 09 de Octubre de 2009, 19:35:58 pm
Definitivamente, no se puede llamar "intrusismo" a trabajar como consejero jurídico. 

El intrusismo sólo aparece cuando se hace creer que ya se está Licenciado, o bien cuando se ejerce una profesión regulada. Existen profesiones que requieren un título, habilitación mediante examen o colegiación: Gestor Administrativo, Administración de Fincas, Intérprete Jurado, Abogado, Procurador, Auditor de Cuentas, etc.

¿Qué es esto de las profesiones reguladas? Pues se regula en: Real Decreto 784/2001, de 6 de julio, por el que se modifican los anexos del Real Decreto 1396/1995, de 4 de agosto, modificado por Real Decreto 1754/1998, de 31 de julio, para incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva 2000/5/CE de la Comisión, de 25 de febrero de 2000, relativa a un segundo sistema general de reconocimiento de formaciones profesionales. (Existe una larga lista de Reales Decretos, que se relacionan con este, y que van formando la lista; en "noticias.juridicas.com" los iréis encontrando, aparecen como derogados algunos pero yo creo que sólo parcialmente.)