Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: guilo en 23 de Octubre de 2009, 19:25:02 pm

Título: iure condendo
Publicado por: guilo en 23 de Octubre de 2009, 19:25:02 pm
Alguien me puede ayudar a darme el significado del termino   iure condendo, ya que por mucho mirar en la web no me aclara nada.

Gracias
Título: Re: iure condendo
Publicado por: galop en 25 de Octubre de 2009, 12:26:45 pm
Intenta buscarlo en el siguiente enlace.
Un saludo.


http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=1093
Título: Re: iure condendo
Publicado por: maleny en 25 de Octubre de 2009, 13:53:03 pm
Pues la verdad que tenía curiosidad por saber que quería decir, pero por internet no ha sido facil, al final he encontrado una pagina en italiano que sí ponia la definición y traducido queda asi:
De iure condendo,respecto al derecho que debería ser formulado, es una expresión latina que normalmente se utiliza cada vez que se habla de política legislativa. En la práctica, el latinismo en cuestión es generalmente utilizado con referencia a reflexiones que tengan por objeto perspectivas de modificaciones legislativas y contenidas en sabios de doctrina o en tesis de licenciatura.

Y por otro lado está la expresión
De iure còndito es una expresión latina utilizada en jurisprudencia en contraposición al similar fórmula de iure condendo. Literalmente, en el primer caso nos se refiere al derecho (hecho) existente, constituido, codificado (còndito), en el segundo al derecho que "debe" estar basado, codificado (condéndo) y por lo tanto todavía existente.

No sé si te he aclarado algo o te he liado, espero que no, un saludo