Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: aure en 21 de Diciembre de 2009, 16:31:41 pm
-
Soy Guardia Civil y la ultima reforma de la orden de permisos para el cuerpo se especifica que en cuanto permisos se equiparan al resto de funcionarios de la Administración, mi pregunta es cuando un funcionario civil solicita el permiso para concurrir a examenes le conceden todo el día o solo las horas de realización del examen, Muchas gracias de antemano
-
Soy Guardia Civil y la ultima reforma de la orden de permisos para el cuerpo se especifica que en cuanto permisos se equiparan al resto de funcionarios de la Administración, mi pregunta es cuando un funcionario civil solicita el permiso para concurrir a examenes le conceden todo el día o solo las horas de realización del examen, Muchas gracias de antemano
el día completo del examen.: Art.48.l.d). Ley 7/2007 Art.30.1 d) Ley 30/84
para "Exámenes finales o de aptitud y evaluación". En centros oficiales. También se incluyen los exámenes liberatorios o parciales.
saludos
-
pero vamos a ver,que creo hay que diferenciar en funcion del desplazamiento...a mi me dan 4 horas,aunque si acredito que necesito mas tiempo pues eso tengo que acreditarlo....yo me examino donde vivo en palma de mallorca;evidentemente otros compañeros se han examinado de distintas oposiciones a otros cuerpos en madrid y les han dado hasta tres dias;esto es lo que tenemos por aqui,lo que dice la ley...pues eso reconozco que no se...saludos Dr.Tricornio!! :)
-
Hola, la ley especifica que es "el día completo de la realizacion del examen, aun cuando su desarrollo no coincida con la jornada laboral" (art 48.1.d. EBEP); esto también depende de los Reglamentos de desarrollo y de las Leyes de Función Pública de las diferentes CC.AA.
-
yo creo que es el tiempo indispensable para su realización, pero de todas maneras en el justificante de asistencia te pone ha asistido "la mañana de..." o "la tarde de....." o sea que estrictamente te libra de la jornada de mañana o la de la tarde, pero yo pienso que es el tiempo indispensable para su realización, con desplazamientos incluidos, que puede ser más o menos
-
En mi ayuntamiento, hay un convenio y para los examenes te dan el día completo.
-
Qué suerte tenéis de poder disponer de un dia de trabajo para exámenes.
Yo en mi trabajo tengo poco más o menos que esconderme y que no sepan que estoy estudiando
Saludos
-
[quote author=jmac4-4 link=topic=37603.msg287147#msg287147 el día completo del examen.: Art.48.l.d). Ley 7/2007 Art.30.1 d) Ley 30/84
para "Exámenes finales o de aptitud y evaluación". En centros oficiales. También se incluyen los exámenes liberatorios o parciales.
saludos
[/quote]
debes tener en cuenta que la Guardia Civil es un cuerpo especial y por tanto tiene un estatuto específico que es al que debe atenerse
-
Hola.
El EBEP dice:
Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos.
............
d. Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración.
Para los empleados civiles (funcionarios y laborales) podrá ser mejorado en el desarrollo reglamentario o en caso en el Acuerdo Convenio que se firme.
Por tanto, aure, si os han equiparado al régimen general en materia de permisos, está claro el día.
El problema de interpretación se suele dar en el turno de noche: La noche previa o la posterior.
Un saludo :)
-
Estimado aure, por lo que leo de la 7/2007, pues lo dicho: el día. En mi caso, Policía Local,en mi municipio hacemos dos jornadas en una o sea de 8:00 a 22:00, y la verdad es que depende del Oficial de turno y como lo cojas o te concede todo el día o la tarde o la mañana correspondiente aludiendo a que realmente un día de trabajo nuestro son 7 horas etc.. pero en tu caso no hay duda.
Un saludo y suerte