Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: golfo119 en 16 de Enero de 2010, 12:25:59 pm
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Alguien sabe si en Civil II te piden que cites el artículo en cuestión del Código Civil (por ejemplo el art. 1.527...) o simplemente es suficiente con contestar correctamente lo que te preguntan.
Que alguien me responda ¡¡¡
Gracias
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Bueno, yo particularmente opino que hay que saberse los 4 o 5 artículos importantes. No creo que haga falta decir el art "xx" y citar al pie de la letra su contenido. Lo importante es saber lo que dice dicho artículo en cuestíon. Muchas veces si no te sabes el artículo en cuestón, puedes suplirlo con "El CC establece al respecto..."
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Yo también opino igual, pero me había surgido la duda, hasta ahora en ningún examen he necesitado citar los artículos, pero conforme avanzas me preguntaba si en alguna asignatura será necesario o no.
Gracias