Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: FERRAN500 en 27 de Enero de 2010, 22:05:18 pm
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Una pregunta, ¿no existe contradicción entre las siguientes dos preguntas?:
29. Si en el contrato de préstamo mercantil no llega a pactarse por escrito el tipo de interés remuneratorio:
a.- El préstamo se entenderá gratuito
25. Si en un contrato de préstamo mercantil no se ha establecido ningún pacto sobre los intereses remuneratorios, ni sobre los intereses moratorias, debe entenderse que dicho préstamo:
b.- No devengará intereses remuneratorios, pero en caso de demora deberá satisfacerse el interés legal
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no, a mi entender no existe contradicción.
el préstamos es gratuito si no se ha pactado nada, por eso en la segunda pregunta dice que no devengará I remuneratorios.
pero la mora opera en una esfera diferente a la remuneración del préstamos. Implica la demora en cumplir la obligación.
espero haberte ayudado...y que yo esté en lo cierto.
suerte para mañana
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Muchas gracias LISI, se nota que manejas el tema. Un saludo :).