Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: FERRAN500 en 28 de Enero de 2010, 19:11:09 pm

Título: Financiero 2
Publicado por: FERRAN500 en 28 de Enero de 2010, 19:11:09 pm
No entiendo varias cosas, voy de culo con esta asignatura:

¿Qué significa que la adquisición de vehículos por parte de una SA para luego venderlos resulta fiscalmente deducible y que no hay que practicar ajuste extracontable alguno?, es decir, ¿por qué resulta deducible si no lo dice la Ley del impuesto de sociedades?, ¿qué significa exactamente ajuste extracontable?.

Muchas gracias.
Título: Re: Financiero 2
Publicado por: ernst en 28 de Enero de 2010, 19:36:13 pm
Ferran,

Por lo que indicas "adquisición de vehículos", y de lo que puedo suponer , me imagino dos supuestos

la primera que la empresa se dedique a la compraventa de vehículos, con lo que la compra es "gasto deducible" de la venta. e ira el resultados como beneficio por lo que tributara por el mismo.

Otra cosa es que si la empresa no es su actividad principal la compra venta de vehículos, habría que estar calculando el valor de adquisición , el valor de enajenación, las amortizaciones (contable versus fiscales), que ocasionaria un beneficio (supongamos) y que podrá dar lugar o no a los denominados ajustes extracontables, que son los ajustes fiscales,  que se hacen sobre el resultado contables ( positivos y negativos) por excesos o defectos de depreciación contable ( amortización, provisiones) para obtener la base imponible del impuesto de sociedades (en su caso). En este caso si las amortizaciones han sido correctas desde el punto de vista fiscal no haría falta practicar ningún ajuste extracontable, ya que el beneficio sera la diferencia (precio de la venta-precio de compra- amortizaciones = resultado contable = resultado fiscal, para este bien del inmovilizado en concreto.

No sé si he podido ayudarte pero el intento está.

Por cierto yo voy mañana, que la suerte nos acompañe.

Salu2
Título: Re: Financiero 2
Publicado por: FERRAN500 en 28 de Enero de 2010, 19:56:19 pm
Pero al hilo de la pregunta, ¿en qué norma pone que por ejemplo la adquisición de materias primas es deducible (impuesto sociedades)?, ¿y cual es el tipo que se aplica de deducción, dónde lo pone?, mira: tengo un lio con sociedades de tres pares de narices. En el impuesto de IRPF consta p.ejemplo el importe de deducción de la adquisición de vivienda habitual pero en el de sociedades es todo un galimatías (por lo menos para mí). Y lo de los ajustes extracontrables no logro entenderlo.

Yo también me presento mañana y ya has visto como voy....madre mía.
Título: Re: Financiero 2
Publicado por: FERRAN500 en 28 de Enero de 2010, 20:41:25 pm
Me he dado una "vuelta" por la página web de Gabilos y ahora tengo todo un poco más claro, la verdad es que te recomiendo que la visites: está muy bien explicado todo. El problema es que en una materia tan complicada como esta me hago muchas preguntas que no tienen nada que ver con el examen porque me gusta controlar todo un poco.
Título: Re: Financiero 2
Publicado por: anahid en 28 de Enero de 2010, 20:56:43 pm
Muchisima suerte mañana  ;)

Tambien voy, acabo de cerrar el libro, que ya está bien.

Ana
Título: Re: Financiero 2
Publicado por: FERRAN500 en 28 de Enero de 2010, 21:08:59 pm
Igualmente Anahid, mucha suerte. Mucha suerte a todos mañana.
Título: Re: Financiero 2
Publicado por: ctorre9 en 28 de Enero de 2010, 22:52:00 pm
Yo también voy mañana así que habrá que acostarse.

Suerte a todos.