Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: butterfly en 02 de Febrero de 2010, 23:18:10 pm
-
:(pues eso: un maestro que trabaja de 9 a 13 h. y de 15 a 17 h. ¿Tiene jornada continua o partida?.
¿Y un profesor de instituto que trabaja de 9 a 14 h.?
¿Y un educador de educacion especial en la Comunidad Valenciana que trabaja de 9 a 13h, come en una hora y vuelve a trabajar de 14 a 17 h.?
Muchas gracias.
-
Compañera Butterfly, creo que:
Para considerar a la jornada laboral como especial, del tipo "partida", es necesario que medie un descanso de una hora o más entre una parte y la otra parte del total de esa jornada diaria.
A sensu contrario, para considerar a la jornada laboral como "continua", el descanso ha de estar comprendido entre 15 minutos y una hora.
Saludos cordiales de Álex desde Huelva.