Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Melillita en 05 de Febrero de 2010, 17:00:29 pm
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Hola compañeros, me examino este martes de Dº Internacional Público,
y la verdad estoy un poquito nerviosa..
sobre todo porque quiero ver ya el examen para ver cómo es el caso práctico,
que pienso que va a ser sobre derecho del mar.. ya que el de la primera semana fue de Tratados, aunque claro aqui en la UNED nunca se sabe jajajaja
¿Qué pensáis vosotros?
Ya me cuesta estudiar.. estoy muy cansada.. y más bien ya lo que hago es leerme los temas.
Espero que todo salga bien.
Ánimo a todos =)
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A ver si hay suerte y es asequible, el temario es demasiado extenso pero muy interesante. El martes a por ella. :D :D
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Yo espero que la pregunta larga sea de tratado.....y el caso del derecho del mar.....sino me parace que me voy a ir a la Zona economica a pescar calamares.......Porque vamos.......
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Jajajajajajaja a pescar calamares dice..
Ummm según todos los años anterioresss.. tocA la de desarrollo de tratados y el práctico de dº del mar.. peeeeeero hasta que no veamos el examen.. no se puede cantar victoria.. jajajaja
Yo me lo se todoo.. peeeeeeeeero es taaanto temario que cuesta la verdad..
yo tengo conceptos e ideas clarass.. espero que pongan un examen bonitoo y detectableee.. =)
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Melillita..si tu quieres nos vamos juntos a coger los calamares..jajaja.....Pero si aconsejo revisar la convención de 1982 sobre el derecho del mar. sobre todo los puentos referentes a zonas económica y plataforma, cuando habla de la perseguibilidad de los delitos en alta mar.....si no recuerdo mal es el artículo 111 de la convención.......
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Jajajajaja ok nebisidem.. cuando acabemos los exámenes me recoges y nos vamos a la zona ecónomica exclusiva a pescar calamaress... =)
será una experiencia muy bonita wajajajajajajaja
Siii todo eso me lo he estudidadoo y de lso requisitoss para poder perseguir a los barcos.. porque la mayoría d elos casos prácticos que han caído del mar.. tienen preguntas de eso.
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La perseguibilidad... eso me quedó a la primera porque es una especie de "corre que te pillo" que me hizo gracia... jajaja. Yo espero tener suerte y que los nervios no me traicionen. :)
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Jajajajaja a mi también.. será porque es algo más entretenido (que otras preguntas).. que tienen que ir sucediendo una cosa detrás de otra sino no es válido.
Ohhh sii eso esperamos todos, tener suerte y hacer un examen brillanTe =) que aún queda otra gran parte de público para el segundo cuatrimestre.
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Hola, yo también creo que el caso práctico sería sobre el derecho del mar. Y creo que la pregunta larga sería sobre el tratado: La conclusión de los tratados en el Derecho Español o Nulidad y terminación de los tratados...A ver si es asequible
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Hola, yo me examiné la semana pasada y me salió muy bien.
Lo mas importante es dominar el asunto de LOS TRATADOS y los conceptos de PLATAFORMA CONTINENTAL Y ZONA ECONOMICA EXCLUSIVA
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De todas maneras no debemos hacer quinielas en estos foros... ¡está más que dicho!.
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buenas , pues yo lo tengo crudo . He estudiado más bien poco. No creo que me pueda presentar, ya veremos lo que me cunde estos dias.
Saludos y suerte a todos.
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eL CURso pasado se me quedo en el camino por lo que aun la tengo pendiente para el siguiente año en fin. Es una asignatura que ms que derecho es necesario conocer el entramado de intereses de las parte y luego aplicar todo el rollo de los tratados y acuerdos.... que tengas suerte, yo no la tuve :)
Te podria pasar a un ej: de un caso practico real pero no te lio, ¿Como un Estado democratico y constitucionalista puede recoguer a un indibuo pro reo de otro Estado?
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eL CURso pasado se me quedo en el camino por lo que aun la tengo pendiente para el siguiente año en fin. Es una asignatura que ms que derecho es necesario conocer el entramado de intereses de las parte y luego aplicar todo el rollo de los tratados y acuerdos.... que tengas suerte, yo no la tuve :)
Te podria pasar a un ej: de un caso practico real pero no te lio, ¿Como un Estado democratico y constitucionalista puede recoguer a un indibuo pro reo de otro Estado?
Hey, creo que podría contestarla o por lo menos brujulear con los conocimientos para que me quedase algo decente. De todas maneras, in dubio pro reo significa que en caso de duda el fallo sería favorable al acusado, ¿así qué problema hay cuando alguien no es culpable? y recoger que quiere decir ¿acoger? y entonces ¿se refiere a asilado o en condición de refugiado? y si es asilo ¿de qué clase?. De todas maneras primaría la autonomía del Estado para aceptarlo... ¡al final me liaste!. ;D ;D ;D
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Este exámen tiene pinta de muy traicionero, mirando los últimos 13 exámenes con estudiar los 4 de Derecho del Mar, los 3 de tratados, el 3 (costumbre y actos unilaterales), el 9 (Elementos del Estado y reconocimiento de Gobiernos y Estados) y mirarte la inmunidad. Te sobra en la inmensa mayoría de los casos.
Basta ser que diga esto para que les de por preguntar las estructura relacional y tenga que echar a llorar...
Mucha suerte a todos!!
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Mal asunto si sólo te dedicas a estudiar lo que ha caído otros años. Esto es una universidad y no un juego a la lotería. Por cierto, 4+3+3+9+1=20 temas, y entran 21... ¡vaya, qué fácil saber lo que hay que estudiar!.
Si es que...
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Mal asunto si sólo te dedicas a estudiar lo que ha caído otros años. Esto es una universidad y no un juego a la lotería. Por cierto, 4+3+3+9+1=20 temas, y entran 21... ¡vaya, qué fácil saber lo que hay que estudiar!.
Si es que...
Disculpe señor lotero pero:
Los 4 de derecho del Mar
Los 3 de tratados
El tema 9
El tema 3
Y la inmunidad...
_________________
9 temas más la inmunidad, que te la puedo contar como medio.
Sólo me refería a que pese a lo inmenso del temario -no sé tu libro pero con el mío puedo calzar el coche para cambiar las ruedas- no parece que le den demasiada importancia a gran parte del tema. Pero vamos, que no creo que para nadie sea una novedad que aquí lo que más importa son los tratados y el derecho del Mar y que los dos últimos temas parecen no existir.
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De todas maneras no debemos hacer quinielas en estos foros... ¡está más que dicho!.
No son quinielas. Los tratados internacionales son la forma en la que se crea el D.I.P. hoy día y es un asunto muy importante. Si estamos estudiando D.I.P. es muy importaten dominar el asunto de los tratados por dos motivos: 1) Porque es esencial para dominar la asignatura, y 2) Porque eso aumenta las posibilidades de aprobar el examen.
Hay que estudiarlo todo, vale, pero no está de mas ver que es lo mas importate y prestarle mas atención
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Mal asunto si sólo te dedicas a estudiar lo que ha caído otros años. Esto es una universidad y no un juego a la lotería. Por cierto, 4+3+3+9+1=20 temas, y entran 21... ¡vaya, qué fácil saber lo que hay que estudiar!.
Si es que...
Disculpe señor lotero pero:
Los 4 de derecho del Mar
Los 3 de tratados
El tema 9
El tema 3
Y la inmunidad...
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9 temas más la inmunidad, que te la puedo contar como medio.
Sólo me refería a que pese a lo inmenso del temario -no sé tu libro pero con el mío puedo calzar el coche para cambiar las ruedas- no parece que le den demasiada importancia a gran parte del tema. Pero vamos, que no creo que para nadie sea una novedad que aquí lo que más importa son los tratados y el derecho del Mar y que los dos últimos temas parecen no existir.
Disculpe Ud. por no haber leído bien, pero es que despues de estar estudiando ya noto el cansancio. De todas maneras, suerte y si quieres te vendo unos decimitos para el sorteo del sábado. ;D ;D
Por cierto, supongo que tu libro es igual que el mío, el temario es igual y la bibliografía también.
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Jajajajajaja con el librito tan preciosooo.. lo tiras y puedes matar a alguien... jaja
Menudo tochOooooo!! xDDDD
Es una alegría...
Aixxxxxxxx estoy en un sinvivir.. ya no puedo más.. quiero ver ya el examen y hacerlo y que sea lo que dios quieraa...
Y claro empezar ya a estudiar la segunda parte de Internacional...
Si es que nunca se acaBa.. jejeje
Que ganiTas de acabar ya del todo y tener mi LicenciatuRa... =)
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Pues yo tengo el presentimiento de que nos van a sorprender y nos van a pillar en pelotillas. No sé por qué, pero me da mala espina el examen de la segunda semana. Espero equivocarme. Saludos y suerte a tod@s.
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Eiiii no digas eso soul.. esa no es la actitud jajajajaja
Hay que ser positivos.. y pensar que va a ser maraviLLosooo!!
Yo soy de las que nunca me fío.. porque siempre pueden poner cualquier cosa.. por eso me lo estudio TODO!! para tener una mayor probabilidad de acertar.. =)
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Pues yo me lo he estudiado TODO, por el libro y apuntes y solo se que no se nada.
O tengo suerte o me parece que todo lo que he hecho hasta ahora va a servir para preparar la asignatura en septiembre o al año que viene.
Vaya tocho de libro!!!
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Hartman, no te preocupes, yo también lo he estudiado todo y ahora mismo tengo una empanada tremenda, jeje. Es mucha materia y bueno, acaba uno liándose un poco, pero es normal.
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Jajajajaja asi estamos todos.. estamos empachados de Internacional..
Pero buenoo.. una vez que ya veamos el examen.. iremos ordenando todas las ideas para hacer un gran examen. (Dios quiera =P)
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Buenas pues yo la verdad es que no la llevo demasiado bien. Y como dice el compañero he jugado unos decimillos por si hay suerte. Con un 4 en este examen , me conformaría para tratar de sacar más de un 6 en el segundo parcial. Esperemos tener suerte.
Suerte y saludos desde Málaga.
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Ya la suerte está echadaaaaaa!!!!!!!
Aiiiixx ahora a relajarse y a acostarse tempranitooo para mañana estar frescos como una rosa.. para poder hacer bien el examenciTo.
=)
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Bueno suerte a todos!!!
Que creo que nos va hacer falta
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Pues se han portado ¿no?. Tenía muchas dudas pero al final creo que me ha salido mejor de lo que pensaba.
Lo malo es que los primero 15 minutos ha estado un paisano poniendo sellos a los folios y con una agresividad inusitada... ¡que poco respeto hacia los alumnos!... ¡pum, pum, pum...!
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Una pregunta, ¿el tema a desarrollar era, fases de la celebracion de tratados internacionales (tema 4)?
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La pregunta a desarrollar fue "la celebración de los tratados en el Derecho Español". Es el tema 5 si no recuerdo mal.
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la verdad esque se han portado! yo lo he visto dentro de la linea de ellos, un examen asequible, porque esta asignatura y su examen se puede complicar hasta la enésima potencia...ahora toca esperar a ver como puntuan, eso si , el caso practico tampoco era del montón
¡¡¡¡espero que os haya salido muy bien a todos!!!!! :)
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Buenas, pues yo he salido muy contento. Mejor de lo que esperaba. Yo creo que he aprobado. Habrá que esperar las notas.
Suerte a todos y saludos desde Málaga.
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Yo todavía estoy pensando si se puede oponer stoppel al caso práctico. Tocaba uno sobre barquitos, pero persiguiéndose y haciendo esas cosas malas que hacen los barcos!!!!!!! Qué duro es ésto. :o
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Yo todavía estoy pensando si se puede oponer stoppel al caso práctico. Tocaba uno sobre barquitos, pero persiguiéndose y haciendo esas cosas malas que hacen los barcos!!!!!!! Qué duro es ésto. :o
comoooooorrrrrr?? Jaaarrrr... no puedo, no puedo. ;D
¿stoppel? pero no se escribía con "E", ¿qué tiene que ver con el supuesto?... ¡barcos persiguiéndose!. O yo hice otro examen distinto o esto no me suena... ¡voy a suspender! :D
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Yeaaaah!! No ha estado maL.. quiero ver la nota YAA!!
POR CIERTO, ¿qué habéis respondido en el caso práctico?
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¿El caso práctico? Que no, que no y que no. Hoy me he levantado -que no despertado- negativo pero, vamos, que he puesto que no pueden renunciar a la inmunidad pero no tenía ni idea, algo había que poner. Las otras dos preguntas y la parte teórica creo que bastante bien.
Yo salgo bastante contento, además acerté la quiniela ;D aunque también es cierto que era fácil acertar si compras más de la mitad de los décimos.
Me alegro de que os haya ido bien, a ver si hay suerte y aprobamos todos.
PD: con lo del stoppel me habéis acojonado, petardos. He salido corriendo a por el borrador del examen.
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En el caso práctico era un barco de guerra que en unas maniobras OTAN dañaba un almacen marroquí.
Yo he puesto que los tribunales marroquies no pueden conocer el caso si españa alega inmunidad. Que si puede renunciar a ella, y que en ningun caso pueden ejecutar los bienes de la embajada, en primer lugar porque aun renunciando españa a la inmunidad de jurisdicción no conlleva la renuncia a la inmunidad de ejecución y porque las sedes diplomáticas son inviolables y no sujetas a ejecución.
No se como lo veis, un saludo.
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qué pensais?
si las preguntas cortas , y la larga están bien contestadas, y el caso práctico, está mal
se puede aprobar con un 5 pelao???
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Aixxx.. yo puse que el tribunal marroqui no es competente por la inmunidad de jurisdiccion, ya que españa en este caso no puede ser de mandada por otro estado que no sea el suyo.
y puse que no deberia renunciar a la inmunidad ya que eso es una facultad que hace que no te puedan llevar a los tribunales si no es tu propio estado.
Y en la ultima puse.. que no podría ejecutarsee por la inmunidad de ejecucion, por la cual los bienes del estado que se situen en el estado territorial no pueden ejercerles medidas de ejecucion.
A ver que pasa.. jaja Quiero saber la nota yaaaaaaaaaaaaaaa
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Yo..... en fin, espero sean misericordiosos. Las dos preguntas bien, el supuesto práctico me dejó descolocado. :D
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yo también tengo bastante bien las preguntas pero el caso practico mal, alguien de otros años nos puede dar su experiencia? si puntuaran de forma global tengo buena nota pero como hagan media entre las tres solo si estan todas bien el caso practico no me da para nada...
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yo en el caso practico, puse que como norma general, debido a la inmunidad de ejecución el estado de marruecos no puede actuar sobre bienes españoles....pero OJO AL DATO,en las preguntas se decia que habia que tener en cuenta, evidentemente el texto, y que esta inmunidad de jurisdiccion encontraba su fundamento en un tratado de 2004, del que españa era parte pero marruecos no...entonces marruecos no puede quedar sometidas a las disposiciones de dicho tratado si no es parte del mismo, disposiciones que versan sobre la inmunidad de ejecucion, apremio sobre el patrimonio...asi que yo he puesto que si, que en este caso, por no ser parte marruecos del tratado podria ejecutar la responsabilidad civil sobre bienes españoles hallados en marruecos.
es lo que yo creo, que no tiene por que estar bien,a ver si alguien más da su opinión al respecto ;)
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Que Marruecos no sea parte no quiere decir que la inmunidad de jurisdicción o ejecución no le sea aplicable pues el fundamento de la misma es la costumbre internacional.
Aun presentando oposicion al tratado, le sería de aplicación la inmunidad, pero este dato no lo reflejaba.
La inmunidad de un edificio sede diplomática es por decirlo de alguna forma "sagrado", muy escasas son las posibilidades que harían decaer esta inmunidad, en todo caso motivada por un abuso de la misma por parte de España, nunca por causa de reclamación de daños civiles.
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Hola! respecto de caso práctico, creo que el caso encaja dentro de uno de los supuestos de excepciones a la inmunidad de jurisdicción ( lo podéis ver en el manual de Diez de Velasco pp. 325-326), en concreto el punto 6 que habla de acciones de indemnización pecuniaria en caso de lesiones o pérdida de bienes causadas por un acto o una omisión presuntamente atribuible al Estado si el acto se cometió o el autor se encontraba en territorio del Estado cuyo tribunal conozca del asunto... aquí hay un acto que tiene consecuencias dañosas en territorio estatal marroquí, creo que un tribunal marroquí tiene competencia para llevar el caso ( sería absurdo pensar que el dueño del almacén vaya a presentarse en los juzgados de Plaza Castilla a denunciar al estado español); el hecho de que España haya firmado el Tratado, que debe referirse al art. 7 de la Convención de las Naciones Unidas de 2004, que precisamente consiste en dar consentimiento a los casos de excepción de inmunidad, curiosamente obliga a España a cumplir con la indemnización pecuniaria; que en ningún caso puede ejecutarse sobre bienes de la embajada, pues uno de los órganos hacia los que se extiende la inmunidad y no forman parte de las excepciones son las misiones diplomáticas.... bueno, que conste que mi respuesta no fue tan técnica, aunque sí me base en los principios de la responsabilidad civil y extracontractual ( me ayudaron las nociones que aprendí en la optativa), hay unas consecuencias dañosas por una actuación negligente de un buque español y por tanto, y ya que afortunadamente los daños simplemente son materiales, no personales, es de "lógica" que España indemnice económicamente al dueño del almacen, sin que tampoco Marruecos deba creerse con derecho a ejecutar bienes de nuestra embajada, aproveché en mi respuesta para explicar los conceptos teóricos de inmunidad de jurisdicción y ejecución, por otro lado es práctica internacional muy frecuente la de indemnizar económicamente, incluso cuando hay daños personales, os "recomiendo" un caso que viene en la página 526 del manual también, sobre un "incidente" en zona económica exclusiva francesa con dos pesqueros vascos, sucedido en 1.984...
por otro lado desconozco si la Otan de alguna manera puede hacerse cargo de la indemnización, o compartirla con España, como Organización Internacional bajo la cual se celebraban las maniobras, algún acuerdo con sus miembros en ese sentido debe haber, pero bueno...tampoco vamos a llegar a todo no?
bueno,, que vaya rollo que he soltado en un momento, mucha suerte con las notas y esperemos que no sean muy duros corrigiendo... chao!
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Hay un caso...que un compañero me pasó por aqui, por el foro, y era muy similar...tenia que ver con un buque inglés que destrozaba unas factorias dedicadas a la cria de centollo o marisco o algo asi, y que el particular ,que también era inglés, denunciaba el hecho ante tribunales ingleses...el buque inglés se escudaba en que su actuación de destrozar esas factorias habia sido en cumplimiento de una norma de D.I... y las cuestiones eran bastantes similares a las del examen...no recuerdo muy bien como seguía y demás cuestiones, pero sé que finalmente el estado inglés estaba obligado a indemnizar al particular de la factoria de mariscos... a ver si encuentro el caso y lo pongo
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Puede ser, desde luego el sentido comun dice que el estado español debe hacerse cargo del daño, pero... yo me centré en que la norma de caracter consuetudinario de inmunidad sobre actos de irui imperii, impedia a un particular demandar a un estado incluso en materia civil, sin perjuicio de que el Estado marroquí ante la OTAN o el organismo internacional pertinente emitiera queja y solicitara indemnización para sus ciudadanos, y por supuesto de ninguna manera pudieran ejecutar los bienes de la embajada. Que marruecos no se adhiera al tratado, si no demuestra su oposición persistente respecto de la inmunidad, esta se debe aplicar.
En fin, no se... ya veremos.
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Puede ser, desde luego el sentido comun dice que el estado español debe hacerse cargo del daño, pero... yo me centré en que la norma de caracter consuetudinario de inmunidad sobre actos de irui imperii, impedia a un particular demandar a un estado incluso en materia civil, sin perjuicio de que el Estado marroquí ante la OTAN o el organismo internacional pertinente emitiera queja y solicitara indemnización para sus ciudadanos, y por supuesto de ninguna manera pudieran ejecutar los bienes de la embajada. Que marruecos no se adhiera al tratado, si no demuestra su oposición persistente respecto de la inmunidad, esta se debe aplicar.
En fin, no se... ya veremos.
Completamente de acuerdo, la inmunidad es clara, otra cosa es que lógicamente en la práctica España pagaría (como no...) o que la Otan o el Ministerio de Defensa Español tenga algun seguro de responsabilidad civil, pero eso es otro asunto.
Es mas yo no tengo claro que aunque Marruecos realice oposición persistente sobre el tema pudiera servirle para no respetar la inmunidad, entonces si España se opone a reconocer la inmunidad de los Jefes de Estados, se entendería que perderían este privilegio al venir a España, o mas bien es una norma consuetudinaria con efectos erga omnes?