Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: lagarto2 en 10 de Febrero de 2010, 19:18:53 pm
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¿Que os ha parecido el examen?
A mi no me ha parecido tan facil como esperaba, me ha matado el recurso de casación.
En cuanto a la pregunta nº 4, tras el recurso de alzada, ¿qué recurso cabe?, ¿cabe interponer recurso de reposición?
Que dios me pille confesao, suerte a todos.
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Para mi Parada es un clásico vacacional o sea que en septiembre nos veremos. :'( :'(
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contra el recurso de alzada no cabe interponer recurso de reposición, hay que que acudir a la vía contencioso-administrativa e interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativa (o en vía administrativa el recurso de revisión -por casos extraordinarios-).
Un saludo y suerte a todos.
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Contra un recurso de alzada no se puede interponer ningun otro tipo de recurso administrativo (por tanto ni uno nuevo de alzada ni uno de reposición), salvo el extraordinario de revisión en los supuestos que marca la ley.
Lo habitual, al haberse puesto fin a la vía administrativa, es acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de 2 meses si el acto a recurrir es expreso y 6 si fuera presunto.
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Los dos casos prácticos no me han parecido difíciles. Como decís, una vez interpuesto el recurso de alzada, cabe el extraordinario de revisión en los casos que establece la ley y el recurso ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa. El segundo caso era referente a la actividad abitral de la Administración. A mí también me ha matado el recurso de casación. Nos encomendamos a la benevolencia del corrector.
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Contra un recurso de alzada no se puede interponer ningun otro tipo de recurso administrativo (por tanto ni uno nuevo de alzada ni uno de reposición), salvo el extraordinario de revisión en los supuestos que marca la ley.
Lo habitual, al haberse puesto fin a la vía administrativa, es acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de 2 meses si el acto a recurrir es expreso y 6 si fuera presunto.
Eso puse yo. ¿Pero el plazo no es 1 mes expreso y 3 meses presunto? Bah, no sé para qué miro este hilo...
A mí el examen me pareció normalito. La primera la tengo bien, la segunda también (pero me faltaron cosillas), la tercera me cogió un poco de sorpresa y no recordaba mucho, la del recurso de alzada creo que bien, y la última creo que también bien.
He salido contenta, así que nada, ahora a pensar en el examen de Trabajo del viernes.
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Me parece que en la última me equivoqué... Puse que era actividad de limitación o policía... Y acabo de ver que alguien puso que era actividad arbitral. Con lo contenta que estaba yo...
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Hola a todos, de veras que estoy flipando en colores. Yo he hecho el examen de Adm II en Madrid esta tarde a las 4 y las preguntas no son las mismas. En mi examen:
Los actos de gravamen.
El recurso de alzada.
La sentencia como forma de terminación del procedimiento
Casos: Sobre las obligaciones del beneficiario de una subvención y lo que le ocurre si no cumple con ellas.
Si un particualr puede instar a la Administración para que inicie un procedimiento administrativo.
No entiendo nada, os prometo que es lo que me han preguntado y a lo que he respondido... A mis otras tres compañeras, igual, las mismas preguntas.... ¿Que ha pasado?, ¿alguien más de Madrid que me lo pueda confirmar...? (de verdad que me estoy asustando)
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Buenas tardes,
pues si que raro que alguien no tuvo las mismas preguntas, ya que yo hice el examen en Paris y era igual que los demas...
Pues iba pensando que iba a suspender y... a lo mejor puedo aprobar, no me ha salido tan mal al final. Me parece que el examen de la primera semana era mucha mas dificil, no?
Bueno ya queda poco, animo a todos :)
Saludos!!
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Pues yo estoy de un bajón que no veas. A parte de recurso de casación, me dejó helada la pregunta sobre subveniones. Me lié y puse lo que no toca, asi que creo que voy a tener unas vacaciones de verano muy animadas. Otra cosa, ¿seguro que la ultima pregunta es de actividad arbital? Yo puse eso, pero dudaba mucho y por no dejarla en blanco contesté, pensando que si por lo menos no es, vean que algo me he estudiado. Quien lo tenga claro, que lo diga, porfi.
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Hola a todos, yo también me he examinado en Madrid y las preguntas eran las que ha dicho Pimpa, no entiendo nada....¿dónde os habéis examinado?
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Hola a todos, de veras que estoy flipando en colores. Yo he hecho el examen de Adm II en Madrid esta tarde a las 4 y las preguntas no son las mismas. En mi examen:
Los actos de gravamen.
El recurso de alzada.
La sentencia como forma de terminación del procedimiento
Casos: Sobre las obligaciones del beneficiario de una subvención y lo que le ocurre si no cumple con ellas.
Si un particualr puede instar a la Administración para que inicie un procedimiento administrativo.
No entiendo nada, os prometo que es lo que me han preguntado y a lo que he respondido... A mis otras tres compañeras, igual, las mismas preguntas.... ¿Que ha pasado?, ¿alguien más de Madrid que me lo pueda confirmar...? (de verdad que me estoy asustando)
Pues yo prefería ese examen. Me parece mucho más fácil que el que hice yo...
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Independientemente de que se más fácil o no (evidentemente eso depende de la apreciación personal y de lo que se ha estudiado) y que de veras, sin ánimo de ofender a nadie, no quiero entrar en ese debate... ¿es posible que un examen no sea igual para todos? ¿sabeis si ha pasado ya alguna vez?, no sé, es que no me parece "normal" y me estoy asustando.... !a ver si lo van a impugnar o algo....! y entonces se va a liar
Pimpa.
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Nos examinamos en Valencia con este examen tan "facil"
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Hola, el recurso de reposición, es potestativo y se pone contra actos que agotan la vía administrativa, yo creo que si se puede interponer, pero si se interpone, hasta que se resuelve queda bloqueada la vía contencioso administrativa. Un saludo
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Perdona Natalia, en Valencia cual fue el examen, el que he dicho yo (digamos para diferenciarlos, que el del recurso de alzada...) o el que dicen el resto de compañeros (el del recurso contencioso de casación)
Gracias
Pimpa.
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Lo he encontrado fácil, vamos para aprobar con nota, no me pregunteis si será ese mi caso.
En loa actos nulos me he bloqueado y he puesto sólo seis, no me salía uno
En el recurso de alzada he puesto, como otros, que sólo cabe interponer el recurso de revisión siempre que se de alguna de las causas tasadas y si no es así directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo
En el tema de la subvención me he liado un poco y espero que lo tengan claro, petición que debe valorar el órgano colegiado en función de la documentación presentada por el peticionario y el orden de prelación
Es una activiadad arbitral en la que la Administración se sitúa en una posición de intermediación entre dos administrados con interese divergentes
En el recurso de casación he puesto el ordinario, en de interés de ley y las dos formas del de unificación de la doctrina -el de las leyes estatales y comunitarias y el de las leyes autonómicas- sin entrar en profundiad. Solo espero quesea suficiente para un 5 aunque sea "raspao", pues estoy hasta los memoles de Administrativo.
Todo ello,sin perjuicio, com he dicho anteriormente que es para sacar nota. Un saludo
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Artículo 115. Plazos.
3. Contra la resolución de un recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión en los casos establecidos en el artículo 118.1.
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El del recurso lo puse bien, que ya dudaba, jesús.
Por cierto, no estoy convencida del último caso. A ver, yo entendí que un particular expropiaba a otro particular, pero creo que eso no es posible, ¿no?
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Hola,leete el libro en la pag. 592, Contra la resolución del recurso de alzada _ dice la ley _ no cabra ningun otro recuso administrativo(¿ ni siquiera el potestativo de revisión?)...... Porque el libro pone eso entre interrogaciones.. Un saludo
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Hola mile, creo que se trataba de actividad arbitral de la administración. ¿no?
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Hola,leete el libro en la pag. 592, Contra la resolución del recurso de alzada _ dice la ley _ no cabra ningun otro recuso administrativo(¿ ni siquiera el potestativo de revisión?)...... Porque el libro pone eso entre interrogaciones.. Un saludo
Pero más adelante de eso dice que sí extraordinario de revisión. Por cierto, el potestativo es de reposición.
Eso decís todos, pero claro, yo no lo veo claro por lo que dije antes... Yo entiendo que la expropiación es de limitación, restringe derechos de los particulares.
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Hola, lee la pag 476, pone como ejemplo de la actividad arbitral precisamente ese. Un saludo
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Hola, lee la pag 476, pone como ejemplo de la actividad arbitral precisamente ese. Un saludo
Vaya... Pero la página 476 de mi libro habla de la potestad sancionadora...
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Entiendo que es actividad de arbitraje por cuanto se enfrentan dos sujetos con interese contrapuestos y en este caso el Jurado de expropiación es, siendo neutral poner un precio que a las partes les parezca justo, sin entrar a valorar si les biene bien o mal, simplemente arbitra una solución, que en cualquier caso es recurrible si se dan las causas.
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Hola, el recurso de reposición, es potestativo y se pone contra actos que agotan la vía administrativa, yo creo que si se puede interponer, pero si se interpone, hasta que se resuelve queda bloqueada la vía contencioso administrativa. Un saludo
Yo estoy de acuerdo con el compañero, con el alzada finaliza la vía administrativa, pero srá potestativo interponer en el plazo de un mes el DE REPOSICIÓN, a resolver en otro mes; sino, al contencioso en dos meses salvo que incurra en error, nueva documentación, falso testimonio, etc, que ante la misma autoridad que resolvió la alzada interpondremos el EXTRAORDINARIO DE REVSIÓN.
Igual la tengo mal, pero fue lo que puse; por cierto en cuanto a la pregunta del recurso de casación, ¿habéis hablado de todos los tipos de casación o solo del ordinario de casación?, porque esta es otra, haber lo que interpreta cada uno, podían haber especificado un poco.
Un saludo
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Muy buenas, yo tambien he tenido la suerte de presentarme a adm.II.
La verdad es que era la primera vez que me enfrentaba a un examen en la uned, hacia muchos años que no me presentaba a examenes y lo pase fatal pero os digo una cosa: luche el examen, jeejje, lo que pasa es q estudie por apuntes y mis respuestas fueron cortitas...no se depende mucho de quien hag ala correccion...lo unico que me paso es que al entregar el examen me riñeron porque habia escrito muy pequeño ....a ver que pasa... pero fui valiente, al verdad no he revisado los apuntes ni nada, paso que sea lo que dios quiera...total...YA ESTA HECHOOOOOOOOOOO
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He hecho el examen del recurso de casación, "ese tan bonito". ¿Por qué no me presenté la primera semana?... No hay color, que diferencia.
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Hola, que razón tienes bart, lo hecho hecho está. Un saludo
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Yo entiendo que cabe recurso "potestativo de reposición" y caso de no querer interponer este recurso, directamente a la via contencioso-administrativa.
El tema de el recurso de revisión, lo he pensado pero no lo he puesto, yo creo que también cabe esta posibilidad, pero nada se indica de que se den estos casos excepcionales, es mas estamos hablando de que el acto acaba de aquirir firmeza por la denegación de alzada, no termina de procede el de revisión.
La pregunta de recurso de casación, se entiende que tenías que hablar un poco de los tres (ordinario, interés de ley y unificación doctrina), no? no solo del ordinario?
Es increible que la materia me apasiona, me lo sabía bastante bien porque había estudiado (4 vueltas) y lo MAL!!! que me ha salido el exámen. Estos de administrativo son duros, el examen no me ha resultado nada fácil.
Bueno, por lo menos ya esta, suerte a todos.
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Pero en el libro dice claramente extraordinario de revisión...
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Vamos a poner un poco de luz sobre el "asuntillo" del examen RESERVA que nos han cascado en Madrid, ya que los organizadores por llamarles de alguna forma, se han quedado sin copias del examen del recurso de casación, y lo único que han podido hacer para no dejarnos sin nada, ha sido tirar de lo que tenían cometiendo una "relativa injusticia".
Cuando eran ya las 16:15 y viendo el ir y venir...algo raro pasaba, algunos compañeros tenían su examen desde la hora indicada, y otros nada, esperando el examen con inquietud hasta que nos dan una copia, que con las prisas ni me he fijado que era el reserva como me ha dicho un compañero a la salida.
Esa creo que es la explicación de los tipos diferentes de exámenes...tenia un cabreo a la salida cuando me han dicho que era el reserva y ni me he dado cuenta...imagino que me hubiera negado a hacer ese examen si me hubiese enterado a tiempo, pero luego he de reconocer que parece algo mas accesible, pero en fin, esta gente que para cobrar la matricula no fallan, no dejan de sorprenderme.
Disculpad el tono de resentimiento, pero llevaba 15 minutos esperando mi examen y pensé que al quedarse sin ellos estaban haciendo fotocopias los cutres...y mira lo que pasaba, rosquillas para unos, donuts para otros.
Suerte igualmente a todos, un saludo.
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Hola chicos;
Yo tambien me he examinado en madrid, y la verdad que he tenido suerte del maravilloso examen, que nos han puesto... Que preguntas han caido en el otro tipo de examen? Jolines, yo que habia dado un voto de confianza a los de Administrativo, voy y me entero que el examen tan facil, era porque se habian quedado sin copias.. Pues he tenido mucha suerte no?
Que preguntas eran, las del otro tipo?
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Pimpa, pongo el enuciado del examen que nos ha tocado en Valencia:
1. supuestos de nulidad de pleno derecho
2. recurso de casación
3. procedimiento de otorgamiento de las subvenciones
4. caso fáctico sobre recuro de alzada
5. Caso sobre actividad arbitral(o eso al menos creo yo)
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Ese es el mio o parecido Natalia81, ¿Pero veo que en el 5º no habéis caído? ....
Han sido malévolos, o Josémotanos.... JEJE.
¿Que tipo de actividad admtva. está realizando? . Yo he contestado que NINGUNA
Explique brevemente en que consiste. Yo he contestado que no corresponde a la vía admtva, es entre particulares es Dcho.Privado , Dcho.Civil. , o permuta o compraventa o lo que quieran ,.....
Suerte a todos...
DOLOR, MUCHO DOLOR, y ANSIA, pero mucha.
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Las preguntas de mi examen eran estas:
1º ¿En qué supuestos un acto es nulo de pleno derecho?
2º Recurso de casación
3º El procedimiento de otorgamiento de las subvenciones
4º Caso de Pedro R. , disgustado.
5º Caso entre particulares, que ni son expropiados, ni nada parecido. (Según creo) igual estoy equivocado...
Suerte a todos
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Creo que es actividad administrativa arbitral,ya que incluso aparece como ejemplo en la pregunta que explica la actividad administrativa arbitral.Suerte a todos!!!
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Que fuerte, yo tampoco me he dado cuenta que era el de Reserva, pero hay otra cosa que no entiendo... ¿los de reserva no se hacen en Septiembre?, ¿cómo puede ser que estuvieran ya en el "sobre"? No será que se han envíado "aposta" por la sede central por cualquier otro motivo, no sé... porque se puedieran "filtrar de alguna manera" las preguntas.... Yo sí que recibí el exámen de los primeros (a las 16:15 lo tenía de sobra) y delante de mí, el moreno que no tenía bigote y más joven, estaba abriendo el sobre antes de dármelo. O no me dí cuenta porque me puse a hacer el examen rápidamente, o no sé, pero yo no vi movimiento de fotocopias ni nada de nada, todo fue "normal".
En fin, bueno, creo que ya da igual... sólo desear suerte a todos y también desear que esto no vuelva a pasar porque sinceramente con las pruebas presenciales no se debe andar tonteando, el resto lo puedo más o menos tolerar, pero con los exámenes no. Una más y empiezo a plantearme el cambiarme de Universidad. !Qué falta de seriedad!
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Hola!!! pues yo pensaba k iba a ser mas asequible.
La 1ª pregunta les hable de k era un acto nulo y anulable y 4 o 5 casos por los que se podia dar el caso nulo.
La 2ª pregunta de la casacion (se van a partir de risa cuando la lean) porque la he confundido con el recurso de amparo..jajajajjajajaj
La 3ª pregunta de las subvenciones, bien, porque realmente es con lo que trabajo.
La 4ª yo entiendo que hay que acudir a la via contencioso-administrativa, porque en mi trabajo pusieron un recurso de alzada por una desestimacion, y acudieron directamente al juzgado de lo contencioso-administrativo de la provincia, no pidieron el de revision.
La 5ª es actividad arbitral de la administracion, porque hace de arbitro entre particulares con intereses opuestos, buscando una solucion e intentando solucionarlo sin acudir a via judicial.
¿Que os parece? ¿Creeis k me suspenderan por la pregunta del recurso? Madre mía, es pa morirse... Ojalá sean buenecitos.... ;)
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Pufffffff!!!!!!! esperemos que sean buenos corrigiendo o que nos salga la virgen, jajajaja
Yo creo, que la 1ª de l acto nulo la tengo bie, la 3ª la de las subvenciones tambien, y la 5ª yo puse tambien actividad arbitral de administracion, pero la 2ª el recurso de casación, me lie con el de revisión y además no me dio tiempo a acabarla, y la 4ª la del recurso de alzada creo que mal, asi que ahora a esperar....y a rezar por ese 5 tan bonito, jajajaja.
Suerte a todos
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a ver lo que ha pasado en madrid como bien dicen mis compañeras es que se agotaron los examenes de la segunda semana de febrero y en vez de hacer fotocopias acudieron a otro sobre marron donde en vez de haber más examenes de la mencionada semana habia examenes de reserva.
Reconozco que en un primer momento, yo les puse a parir, pensando que vaya una gentuza que no habian preparado bien el examen pero mirar chic@s hemos tenido suerte, a mi si me llega a caer el recurso de casacion me hunde pq esa parte del tema 12 me negue a estudiarla...asi que ahora les estoy dando las gracias al tribunal que cuida y prepara los examenes pq gracias a ellos he aprobado este examen
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hombre pimpa, a mi que se vuelvan a equivocar mil veces si con esa equivocacion me toca un examen me sé perfectamente, creo que ha sido suerte que se hubiesen agotado, pero bueno hoy nos ha tocado a nosotros y otro dia les tocará a otros..
no??
lo dicho chic@s suerte a todos, esta semana descansar y la proxima empezar con el segundo cuatrimestre o sino nos dormiremos en los laureles..
saludos
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Pues a mí la verdad que no me gusta dejar estas cosas "a la suerte". Imagínate que hubiera sido al revés, es decir, y si la gente que he hecho el examen en Madrid se sabía mejor lo que ha caido en el otro? (que no es mi caso, ciertamente, lo reconozco, pero podría haber sido)
Sinceramente lo que no me ha gustada nada de esto es el "fondo del asunto" no si he tenido suerte o no, si el examen era más fácil o no, si mañana les tocará a otros.... Es la falta de seriedad en este departamento con respecto a las pruebas. El año pasado con la dichosa pregunta fantasma en septiembre de Adm I, este salen con estas, y el año que viene que será.... y de veras que sigue sin cuadrarme nada... ¿que pinta un sobre con exámenes de reserva en 2ª semana de febrero?, porque mira que les pase entre los de septiembre y reserva, o febrero 1ª semana y 2ª lo puedo llegar a entender, pero con febrero y reserva? porqué no febrero y septiembre...?
No sé, no sé a lo mejor es que con esta gente soy un poco mal pensada pero no lo termino de ver claro...
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mmm ya pimpa ya, pero mira yo espero que no les dé por anular examen ni corregir a la baja pq la culpa no es nuestra sino de ellos..y la verdad que este departamento es un desastre pero bueno a ver si nos las quitamos pronto y listo...y oye, en administrativo 1 el año pasado que fue lo que paso, que es eso de pregunta fantasma??
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yo ya sé que la llevo pa setiembre, es el silogismo que me persigue a lo largo de mi trayectoria en la uned:
Raúl se presenta a examen de administrativo
examen de administrativo chungo chungo
chungo chungo = a setiembre
raúl va a setiembre
jajajajaj :D, yo ya no me veo un verano sin estudiar administrativo, no sé, se me haria raro :D
en fin, ante todo un poquito de humor que ¡¡¡estamos en Carnavales!!!! ;)
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Hola pipimoreno, pues en Admi I hay que contestar a 15 preguntas "cortas" (dos/tres líneas máximo y a veces ni eso, es decir, palabras sueltas y concretas donde te dejan el espacio correspondiente con "unos puntitos bajos" para que rellenes), y sólo para optar a aprobado tienes que tener 12 bien de esas 15. Luego hay una pregunta de desarrollo para notable y si la "superas" tendrán en cuenta el desarrollo de la otra pregunta que te ponen para sobresaliente, vamos una locura...
Pues bueno, en septiembre del año pasado, la pregunta nº 8 de estas "cortas" no existía, simplemente "se la comieron", no aparecía en el examen y se montó una.... Había gente que quería impuganr el examen, la mayoría no sabía como se iba a puntuar (12 sobre 14 o sobre 15, o bien 11 sobre 14), bueno un "girigay" que "pa qué te cuento".
Seguro que si tiras de buscador en el foro encuentras el hilo que hablaba precisamente de este tema, pues fue largo, muy concurrido y con varias aportaciones de varios comapañeros bastante interesantes....
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yo me examiné ayer en Madrid y me dieron el del recurso de alzada - el que comenta Pimpa - la verdad es que me puse tan nerviosa que se me cortó la digestión y ni me pude fijar en el examen, contesté como pude y me piré a vomitar ... un cuadro, vamos. Recuerdo que a las 3.45 ya estábamos sentados en las mesas y me parece recordar que empezaron a las 4 a repartir por donde yo estaba al final del aula, junto a los baños (menos mal) en la segunda columna. Esa historia del examen de reserva es rara. Yo que pensé que el peor ataque de nervios lo había pasado ayer, ahora veo que voy a estar de los nervios hasta que den las notas por lo que comentabais de invalidación del examen o algo. No quiero ni pensar ahora mismo en hacer el examen otra vez.
¿creeis que el departamento hará algún comentario con respecto a estos dos exámenes diferentes? tampoco lo veo tan irregular, hay asignaturas que tienen exámenes con preguntas diferentes (por ejemplo los test) para evitar que la gente pueda copiar fácilmente, así que tan injusto no debe de ser a mi parecer.
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a ver, el examen no lo pueden ya invalidar, es un error de ellos y por tanto lo tendran que asumir, además el examen era legal, de reserva si, pero un examen que puede caer cualquier año. Asi que tranquila no te preocupes pq no pueden suspenderte por eso..y mujer la proxima vez intenta relajarte más, piensa que la uned, no sé, te lo tienes que tomar con más tranquilidad, esto debe ser un hobbie pq sino...malo...es como una carrera de fondo que si aguantas llegas a la meta fijo..asi que para la proxima no te pongas nerviosa,ok?
venga saludos a todos
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En fin un buen lio de exámenes, pero estoy de acuerdo el examen es válido.
En cuanto al recurso de Alzada: agota la vía administrativa con la interposición de un solo recurso, no tendría sentido insistir con la negativa de la posición superior jerárquica. Queda posteriormente abrir la vía del contencioso. En cuanto a interponer un recurso de reposición después de haber interpuesto el de alzada, no tiene sentido por que éste se interpone ante el mismo órgano que distó la resolución o el acto y ya ha habido fallo del superior.
Queda siempre abierta, a mi juicio, la posibilidad del recurso extraordinario de revisión para los casos tasados por la norma con los plazos establecidos.
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yo me examiné ayer en Madrid y me dieron el del recurso de alzada - el que comenta Pimpa - la verdad es que me puse tan nerviosa que se me cortó la digestión y ni me pude fijar en el examen, contesté como pude y me piré a vomitar ... un cuadro, vamos. Recuerdo que a las 3.45 ya estábamos sentados en las mesas y me parece recordar que empezaron a las 4 a repartir por donde yo estaba al final del aula, junto a los baños (menos mal) en la segunda columna. Esa historia del examen de reserva es rara. Yo que pensé que el peor ataque de nervios lo había pasado ayer, ahora veo que voy a estar de los nervios hasta que den las notas por lo que comentabais de invalidación del examen o algo. No quiero ni pensar ahora mismo en hacer el examen otra vez.
¿creeis que el departamento hará algún comentario con respecto a estos dos exámenes diferentes? tampoco lo veo tan irregular, hay asignaturas que tienen exámenes con preguntas diferentes (por ejemplo los test) para evitar que la gente pueda copiar fácilmente, así que tan injusto no debe de ser a mi parecer.
pues a mi injusto si me parece(claro que a mi me toco el otro tipo) en cuanto a anularlo no me parece factible...aunque queda saber tu opinión sobre la justicia del caso si te hubiese tocado el otro tipo(sin tapujos,cuando menos era un examen más previsible el vuestro);y esto del vomitar te pasa siempre? depende de si vas a ejercer o no tiene su aquel...bueno siempre puedes pedir un receso :)
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El examen no lo anulan, no os preocupéis por eso. Las preguntas estaban dentro del programa.
¿No recordáis lo que discutimos acerca de si cabía algún recurso después de alzada? En el libro pone que sí extraordinario de revisión. ASí que yo lo que diga el libro...
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
SECCIÓN III. RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.
Artículo 116. Objeto y naturaleza.
1. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
2. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
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SECCIÓN IV. RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN.
Artículo 118. Objeto y plazos.
1. Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.
Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.
Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.
2. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, cuando se trate de la causa 1, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.
3. Lo establecido en el presente artículo no perjudica el derecho de los interesados a formular la solicitud y la instancia a que se refieren los artículos 102 y 105.2 de la presente Ley ni su derecho a que las mismas se sustancien y resuelvan.
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Intentaré dar un poco de luz sobre el famoso y manido tema del recuso potestativo de reposición y si cabe otro recurso después del de alzada.
Como bien dice Mile, en otro hilo estuvimos discutiendo largo y tendido sobre el tema y creo qeu al final dimos con la tecla.
La conclusión a la que llegamos es la siguiente:
El recurso de de alzada cabe ante actos que no agoten la vía administrativa, por poner un ejemplo, un resolución de un director general. Ante la resolución del recurso de alzada, solo cabe el recorso extraordinario de revisión en los casos que marca la ley o recurrir en vía contenciso administrativa.
El recusro potestativo de reposición cabe contra actos que dicten personas o entes jurídicos que agoten la vía administrativa, por ejemplo, una resolución de un minitro. Aquí no cabría el recurso de alzada.
Espero que con esto se haya aclarado el entuerto.
El libro no es de gran ayuda. No aclara muy bien el tema y encima deja puntillitas como la que comentaba anteriormente una compañera de ¿y el extraordinario de revisión?, eso para dejar un poco más claro el tema.
Yo para aclararme con un montón de puntos del temario he tenido que recurrir a dos vías:
La primera este foro, que ha sido de gran ayuda
La segunda he martirizado a un abogado de la sesoría jurídica de mi trabajo, que el pobre cada vez que lo llamaba se echaba a temblar.
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En repuesta a Vassily diré qie no se por qué me pone tan nerviosa Administrativo, debe ser que no me gusta nada de nada y me lo trago a la fuerza y de ahí me vino la reacción. Normalmente no me pongo nada nerviosa y me lo paso bomba. Echo bastantes horas de mi tiempo libre en estudiar y luego pregunten lo que pregunten les contesto todo lo que pueda - de lo que sea, si me lo se bien, si no pongo otra cosa que se le parezca - porque para eso me pego yo mis palizones a estudiar, y así si no me aprueban por lo menos se tragan un rollo leyendo como me lo tragué yo estudiando.
A mi gusto los dos exámenes no me habrían salido igual de bien (o de mal, ya vamos a ver) por preferir, prefiero el que hice yo. Pero también es verdad que a veces entre una semana y otra veo grandes diferencias y me gusta más el otro y me lo tomo con toda la moral que puedo, esas cosas de la suerte, de primeras sientan mal, pero como se no pueden cambiar, se asumen y a ir tirando.
Espero que no me corte más la digestión Administrativo, y espero que sean benévolos con todos corrigiendo - yo tengo posibilidades de catear aún con el examen "más propicio" de los dos posibles. SUERTE CON LAS NOTAS.