Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Alex__ en 18 de Marzo de 2010, 17:26:55 pm
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Buenas tardes:
¿Una sentencia civil entre en vigor desde que es notificada o hay que esperar a que sea firme para que pueda ejecutarse?
En caso de que haya que esperar a que la sentencia sea firme, en caso de apelación. ¿No tendrá efecto hasta que la segunda instancia dicte veredicto?
Gracias
Saludos
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Entiendo que, para la ejecución definitiva, de acuerdo con el art. 517.2.1 LEC tiene que ser la sentencia firme.
En caso de recurso, los arts. 524 y ss. disponen que puede haber ejecución provisional, con los límites del art. 525.
Éstos son los preceptos.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t2.html#a524
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t2.html#a525
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desde el primer momento que lo pones
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Gracias por tu respuesta simple22
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el art. 548 de la LEC establece que hay que esperar para despachar una ejecución de resoluciones judiciales o arbitrales, 20 días de la notificación de la sentencia, en este caso, al vencido.
La ejecución provisional se puede solicitar desde el momento en que se conoce aprque la otra parte anuncia su recurso de apelación.( art. 527.1 de la LEC)
También hay que tener en cuenta que hay ciertas sentencias que no pueden ser ejecutadas provisionalmente ( art- 525 LEC)
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Gracias por tu respuesta quelrra