Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: ablmaestro en 08 de Abril de 2010, 23:16:26 pm

Título: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: ablmaestro en 08 de Abril de 2010, 23:16:26 pm
Buenos días, les escribo porque he tenido un problema en un juicio verbal  con una cuantía de la reclamación superior a  901,52 € en los juzgados de Granadilla de Abona, Mi abogado de oficio no se ha acudido  al acto del juicio, y le han declarado en rebeldia.Mi procurador y yo si hemos acudido, pero, no me he podido defender. Ahora no se que pensar ¿ Habrá sido sin mala fe por parte de mi Abogado ? ¿ Esto es la famosas JUSTICIA gratuita ? ¿ Prevaricación ? ¿y el derecho fundamental Articulo 24 de la Constitucion?  :'(
Título: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: Andrys en 08 de Abril de 2010, 23:24:23 pm
NO importa en principio si es o no mala fe. Lo que sin duda es negligencia, y tiene que responder del perjuuicio que te ha causado.

¿Y tienes sentencia, claro?

Tienes que ir al Colegio, que te designen otro, y que este te diga que hay que hacer. Pero desde luego reclamarle al negligente.

Título: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: Andrys en 08 de Abril de 2010, 23:26:43 pm
Creo que al menos te tiene que pagar lo que pensabas obtener.
Título: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: palangana en 08 de Abril de 2010, 23:34:24 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
NO importa en principio si es o no mala fe. Lo que sin duda es negligencia, y tiene que responder del perjuuicio que te ha causado.

¿Y tienes sentencia, claro?

Tienes que ir al Colegio, que te designen otro, y que este te diga que hay que hacer. Pero desde luego reclamarle al negligente.




No, no es "sin duda negligencia"....el Abogado defensor de oficio ha podido tener con un coche un accidente y estar en coma inducido por un facultativo médico.

Lo demás del post del compañero que pregunta es que no me cuadra nada, ni la cuantía, ni el tipo de juicio, ni si la otra parte sí estuvo asistida por Abogado etc ?

Es que entre pares o entre iguales en jucios en los que no sea preceptiva/obligatoria la asitencia de Abogado si las dos partes están sin Abogado en la Sala (uno porque no lo llevaba y quería defenderse sólo, y el otro porque no se presentó) pues no hay indefensión que valga.......es decir, que faltan datos del supuesto de hecho o que se exponga más claro.


Un saludo.
Título: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: Andrys en 09 de Abril de 2010, 00:10:50 am
Ya dice es una reclamacion obligado con abogado.

Y claro que si exite una razon de fuerza mayor no se le va a considerar negligencia. Pero eso ya lo aclarara la comision del turno de oficio.

Si ademas se demustra que no ha ido porque no le ha dado la gana, pues habrá un plus.

Negligente es quien no hace lo que debe hacer. Puede ser por incompetencia o voluntaria. El primero es negligencia y el segundo ademas mala fe.
Título: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: palangana en 09 de Abril de 2010, 00:22:25 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Ya dice es una reclamacion obligado con abogado.

Y claro que si exite una razon de fuerza mayor no se le va a considerar negligencia. Pero eso ya lo aclarara la comision del turno de oficio.

Si ademas se demustra que no ha ido porque no le ha dado la gana, pues habrá un plus.

Negligente es quien no hace lo que debe hacer. Puede ser por incompetencia o voluntaria. El primero es negligencia y el segundo ademas mala fe.



No,no, no jajaja, que ya nos conocemos !!  :)

Usted ha dicho literal en su post inmediatamente anterior a este último que ha emitido "lo que seguro que es negligencia, y debe responder por el perjuicio causado"


Luego no intente usted disimular , una vez más, lo que ha dicho .....intentando explicarme a mí lo que es la negligencia, o en su caso la mala fe !!


¿O que es acaso no sabe usted cada vez que emite un post lo que dice?....
Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: Andrys en 12 de Abril de 2010, 19:11:54 pm
Sr Palangana, pero usted qué pretende con lo siguiente:

..jajaja, que ya nos conocemos !! 

...Luego no intente usted disimular , una vez más,...

...¿O que es acaso no sabe usted cada vez que emite un post lo que dice?....


Se me ocurren varios calificativos que no voy a pronunciar.
Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: Andrys en 12 de Abril de 2010, 19:13:16 pm
Simplemente decirle que mea fuera del tiesto.
Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: amartin654 en 12 de Abril de 2010, 20:08:22 pm
Lo que tiene que hacer primeramente ese cliente defraudado es ponerse en contacto con su propio abogado ausentado, para que dé explicaciones de por qué no ha podido asistir al juicio verbal para el que estaba citado.

Una vez que se haya pronunciado ese abogado, y hayamos comprobado las explicaciones que haya dado, habrá que tomar una u otra alternativa para retomar o remediar el caso judicial o solicitar las indemnizaciones que correspondan.

Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: Andrys en 12 de Abril de 2010, 20:47:18 pm
ablmaestro,
pero en qué estado está el asunto?
Has pedido al abogado que te diga algo?
Qué ha dicho?

Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: Andrys en 12 de Abril de 2010, 20:48:38 pm
Fijate lo largo del hilo, y no nos dices nada.
Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: simple22 en 13 de Abril de 2010, 13:07:05 pm
¿Solicitó el abogado un aplazamiento y se lo denegaron? ¿O no lo solicitó?
Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: Andrys en 13 de Abril de 2010, 13:34:25 pm
No creo.
Porque el procurador nada le dijo.

Pero al amigo ablmaestro, qué le habrá pasado?

Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: simple22 en 13 de Abril de 2010, 13:55:57 pm
Entonces, la única causa de excusa para el abogado, serían circunstancias imprevisibles, pues si aun previstas, fueran inevitables (art. 1105 CC), entonces debía haber avisado o haber intentado que se aplazara la vista. Salvo que por algún accidente extraño, tampoco pudiera avisar de que no iba a poder.

Recuérdese que las obligaciones se extinguen por imposibilidad sobrevenida. (Arts. 1156 y 1182-1186 CC).
Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: simple22 en 13 de Abril de 2010, 16:53:13 pm
Bastante de acuerdo, por cierto, con lo que previamente ha expuesto Palangana, pues efectivamente cuando ocurre una desgracia o es dolo o es negligencia o es fuerza mayor o caso fortuito. De modo que no todo es debido a dolo o negligencia, cabiendo obviamente una tercera posibilidad.
Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: palangana en 13 de Abril de 2010, 17:07:24 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Bastante de acuerdo, por cierto, con lo que previamente ha expuesto Palangana, pues efectivamente cuando ocurre una desgracia o es dolo o es negligencia o es fuerza mayor o caso fortuito. De modo que no todo es debido a dolo o negligencia, cabiendo obviamente una tercera posibilidad.

Claro, eso que dices fue lo que intenté indicar con el ejemplito del accidente y el coma inducido......invitando al compañero a que se acercase a su Colegió de Abogado y preguntase qué había ocurrido o que le diesen explicaciones (y no dar por hecho estar ante en un caso de negligencia o de dolo para pedir indemniziones).

Cuestión distinta por ejemplo sería que cuando se dirige a la Sala recibe una llamada indicándole que toda su familia ha sufrido un desgraciado accidente y se debaten entre la vida y la muerte.......entonces bastaría por ejemplo con una llamada al Juzgado y Colegio de Abogados indicando que no está en condiciones de asistir a un pleito y que debe acudir al Hospital.



Título: Re: problema con mi abogado en un juicio verbal
Publicado por: simple22 en 13 de Abril de 2010, 17:23:56 pm
Bueno, la imposibilidad sobrevenida se equipara (Albaladejo) a la dificultad extraordinaria.

Para legos en derecho, que lean las leyes, aclaro una cosa:

Donde el CC dice "pérdida de la cosa debida", como causa de extinción, (los ya citados arts. 1156 y 1182-1186) debe entenderse: "imposibilidad sobrevenida de cumplir con la obligación."

Esto es así, porque como dice el art. 1088, las obligaciones no sólo pueden consistir en dar cosa determinada, sino también en hacer o en no hacer.

Por supuesto, en caso de mora del deudor (retraso culpable, art. 1100) se responde también incluso aunque haya caso fortuito. (Art. 1096). Lo de retraso culpable, significa no cumplir cuando se pudo. En tal caso obviamente, no puede alegarse imposibilidad sobrevenida, por cuanto que ésta situación pudo haberse evitado si el deudor hubiera cumplido tan pronto como pudo.

Y evidentemente, lo explico así en general, sin que esto signifique que estemos justamente en este caso concreto.   

Sin embargo, y esto es muy importante, porque viene a contradecir en cierto modo lo anterior, el art. 1183 CC dice que el deudor debe probar que la cosa se perdió sin culpa suya.

Lo que significa, que, sabiendo lo que ya sabemos por lo dicho anteriormente, traducido a este caso significa que el obligado a defenderle (abogado) debe probar que se está ante un caso de imposibilidad sobrevenida, eso es: que la falta de asistencia al cliente se produjo por causas imprevisibles o inevitables. (Art. 1105).