Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Andrys en 14 de Abril de 2010, 17:25:18 pm

Título: Calculo de las costas
Publicado por: Andrys en 14 de Abril de 2010, 17:25:18 pm
Yo no encuentro en la ley donde se diga que los honorarios de abogado (y procurador?) deban rebajarse un 20% sobre las tarifas orientativas del Colegio, para que puedan ser consideradas como correctas.

Aqui se habla de minutas  notoriamente desproporcionada:

http://noticias.juridicas.com/articulos/60-Derecho Procesal Civil/199809-not19_9.html
¿Qué ocurre si nos impugnan la minuta por excesiva?
En este sentido debería entenderse excesiva aquella minuta que se repute altamente elevada o notoriamente desproporcionada atendiendo al concepto objeto de minutación....


Título: Re: Calculo de las costas
Publicado por: Andrys en 14 de Abril de 2010, 17:28:58 pm
Aqui se habla de minutas  notoriamente desproporcionada:

http://noticias.juridicas.com/articulos/60-Derecho Procesal Civil/199809-not19_9.html

¿Qué ocurre si nos impugnan la minuta por excesiva?
En este sentido debería entenderse excesiva aquella minuta que se repute altamente elevada o notoriamente desproporcionada atendiendo al concepto objeto de minutación....
Título: Re: Calculo de las costas
Publicado por: amartin654 en 14 de Abril de 2010, 20:50:31 pm
Compañero Andrys: al condenado se le debe comunicar el importe al que ascienden las costas para que, si no está conforme, las impugne. Los motivos de impugnación que pueden alegarse son de dos tipos: que las costas son excesivas, esto es, los honorarios presentados por los profesionales que intervinieron están por encima de las normas orientadoras o aranceles de sus respectivos Colegios o no responden realmente al trabajo efectuado, o bien, que las costas son indebidas, esto es, se han incluido partidas de gastos que no tienen el carácter de costas del juicio.

La impugnación de la tasación de costas se resuelve mediante un auto del Tribunal por el que se determina con exactitud la cantidad que debe abonar el condenado, dándosele un plazo para que las abone de forma voluntaria. Si transcurrido éste no ha pagado las costas, se podrá iniciar contra el deudor la vía de apremio o de ejecución sobre sus bienes.
Título: Re: Calculo de las costas
Publicado por: Andrys en 15 de Abril de 2010, 09:52:46 am
Hola,

Tu me hablas del 100%.
Y el asunto está en el juzgado si se pide tasacion.

¿Cual es el tope, 100% segun colegio, o 80% ?
Título: Re: Calculo de las costas
Publicado por: Andrys en 15 de Abril de 2010, 09:54:30 am
Donde se dice que que el vencedor no pueda recuperar el 100% ?
Si son "normales", que nadie sabe qué son normales, pero bueno.