Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Alex__ en 25 de Abril de 2010, 23:02:37 pm
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Un español casado con una británica, residente en el Reino Unido y con doble nacionalidad británico-española. Tiene tres hijos de un anterior matrimino con una española y estos hojos son sólo españoles.
¿Al hacer testamento puede acogerse a la lesgislación que mas le convenga?
Gracias
Un saludo
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Si no me equivoco, ese español, para hacer testamento de bienes inmuebles situados en España (bienes inmuebles), tendrá inexorablemente que someterse a las normas españolas sobre derecho internacional privado, que dicen que la ley civil aplicable es la del lugar donde radiquen dichos bienes inmuebles.
Y ya sabemos todos la existencia, y consiguientes diferencias, de los distintos derechos forales y del derecho civil común.
Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
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Gracias por tu colaboración Alex
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No, no puede elegir la ley que más le convenga, sino la ley que determine la ley. Es decir, si fallece en el Reino Unido, es la ley británica la que se aplica. Si en España, la española. A menos que el testamento estipule otra cosa.
Ahora bien. Como ha señalado Amartin654, los bienes inmuebles, y tanto por la ley británica como por la española, se rigen por la ley del lugar donde se encuentren.