Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Conde63 en 14 de Mayo de 2010, 12:55:37 pm
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Está en el foro virtual, pero, por si acaso os dejo aquí pegada la informacion que lo resume:
Estimados compañeros: Acabo de comprender la duda de MILAGROS ¡por fin!, no era una duda sino efectivamente un error del manual y voy a intentar aclararlo para todos. El Manual de este año en la página 266, apartado 4.1. "La legítima del cónyuge viudo del causante" dice: "... esta vez vamos a recordar: - Usufructo de 1/3 si concurre con hijos o descendientes comunes, conforme el art. 834, que consiste en el derecho de usufructo del tercio destinado a mejora, conforme a lo dispuesto por el 834 (reformado por la Ley 15/2005) siempre que el cónyuge viudo no se encontrara separado judicialmente o de hecho. - Usufructo de la mitad de la herencia, si concurre con hijos sólo de su consorte (art. 837). Y aquí está la errata (puntual, pero errata), porque si nos vamos al art. 837 del CC lo único que dice es que "No existiendo descendientes, pero sí ascendientes, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia". El resto fue suprimido por la Ley 15/2005 de 8 de julio.
Así que en resumen, el cónyuge viudo que concurra a la herencia con descendientes comunes o no, percibirá 1/3 en usufructo. Las respuestas estaban bien y la errata supongo la arreglarán en futuras ediciones. Un saludo.
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Sí , gracias por recordarlo.
El artArtículo 837 quedó así:
No existiendo descendientes, pero sí ascendientes, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia.
Pero el artículo 840 sige haciendo un pequeña distinción que no hay que olvidar:
Artículo 840.
Cuando el cónyuge viudo concurra con hijos sólo del causante, podrá exigir que su derecho de usufructo le sea satisfecho, a elección de los hijos, asignándole un capital en dinero o un lote de bienes hereditarios.
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Hola:
Creo que así será más fácil memorizar ¿Falta alguna?
Legítima de hijos: cuota 2/3 de la herencia [1/3 legítima + 1/3 de mejora]
Legítima del cónyuge
Cónyuge Ascendiente Descendiente Cuota
X - X 1/3 mojora
X - - 2/3
X X - 1/2
Legítima de ascendientes
Cónyuge Ascendientes Descendientes Cuota
X X - 1/3
- X - 1/2
Saludos,
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Muy gráfico el resumen, muchas gracias, así es bastante más simple.
Os recomiendo leer este hilo del subforo de debates jurídicos, el comañero JBR hace un resumen muy bueno de sociedad de gananciales y separacion de biens.
http://foro.uned-derecho.com/index.php?topic=42123.msg321212#msg321212