Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Panasonic en 25 de Mayo de 2010, 14:14:15 pm

Título: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Panasonic en 25 de Mayo de 2010, 14:14:15 pm
Mis respuesta del tipo A:

15a
16a
17b
18a
19c
20a
21a
22c
23b
24b
25a
26c
27a
28c
29c
30c
31b
32b
33b
34b
35b
36c
37b
38b
39b
40b
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 25 de Mayo de 2010, 14:30:41 pm
Hola:

Después de dos exámenes, no sé cual era el tipo de examen de Mercantil I.

Voy a poner varias preguntas para que me indiquéis cual puede ser el mío.

Pregunta nº 16) La costitución de un sindicanto de obligacionistas...
Pregunta nº 17) Los dividendos pasivos...
Pregunta nº 32) La modificación de los estatudos de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada...
Pregunta nº 34) La sociedad anónima...
Pregunta nº 35) En las sociedades colectivas...
Pregunta nº 40) El capital social ha de estar integramente suscrito y desembolsado...

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: dru en 25 de Mayo de 2010, 14:34:24 pm
Hola Ius.
Si no me equivoco tu examen era el A.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: CHIQUIMINITETIPEQUI en 25 de Mayo de 2010, 14:36:09 pm
hola IUS creo que el tuyo es tipo B , como el mio,espero  que tengamos suerte,  haber  si  alguien pone sus  respuestas  me fio más de otro  que de  lo que yo conteste.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: vllanom en 25 de Mayo de 2010, 14:37:46 pm
No, el de ius es el tipo A, a mi me dejaron sacar dos hojas de examen y se corresponden perfectamente con el mío, que es el A.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 25 de Mayo de 2010, 14:38:13 pm
Habéis visto las preguntas que he puesto con las de las hojas de vuestro examen.

Es que soy dos y cada uno dice de un tipo  :D

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: dru en 25 de Mayo de 2010, 14:41:49 pm
Acabo de cotejar los principios de los enunciados con las hojas que he podido sacar del examen. Coinciden con las del tipo A. No hay ninguna duda. Salvo que el B coincida en esas preguntas pero lo dudo.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 25 de Mayo de 2010, 14:42:55 pm
Sea del modelo que sea:

Estas son mis respuestas, para bien o para mal  ;D

ABCAC
BBBAB
CAABA
ABCBB
CCBBB
BBCCB
CBBBB
CBBAB

No estoy nada agusto con este examen.

En fin, ir cologando ustedes las vuestras.

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: dru en 25 de Mayo de 2010, 14:56:44 pm
Pues nada. Vamos alla. Estas son las mias del examen tipo A.

ABCCC
BBBBB
BABCB
ABCBA
ACBBA
CBACC
BBCBB
CAAAB

Coincido con Ius. No sali contento del examen.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: ARUAL79 en 25 de Mayo de 2010, 15:09:16 pm
Yo tampoco me acordé si mi exámen era el tipo A o el B, así que ahora cómo lo sabré para mirar las plantillas?
Sé que la primera pregunta era sobre acciones rescatables y la 40 comenzaba: "En caso de fusión de dos o más sociedades...
Si alguien me puede asegurar el tipo se lo agradecería.
De todos modos, ahí van mis respuestas:
1. a
2. a
3. b
4. a
5. b
6. b
7. b
8. b
9. b
10. b
11. b
12. a
13. a
14. b
15. b
16. b
17. a
18. a
19. b
20. a
21. c
22. b
23. b
24. a
25. b
26. a
27. b
28. c
29. b
30. b
21. b
32. b
33. b
34. b
35. c
36. b
37. b
38. c
39. a
40. b
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: ARUAL79 en 25 de Mayo de 2010, 15:13:32 pm
Sabe alguien cuanto tardan en colgar los exámenes en la página de Calatayud? De ahí podré sacar mi tipo de exámen
Suerte a todos, yo no lo llevaba bien preparado y he dudado muchísimo, no sé si por eso me ha parecido muy rebuscado con muy pocas preguntas de clara y facil respuesta.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 25 de Mayo de 2010, 15:18:21 pm
Tampoco sé si es el A ó el B.

Empezaba con la pregunta sobre los Asientos registrales.

1. A
2. B
3. C
4. A
5. C
6. B
7. B
8. B
9. A
10. B
11. B
12. A
13. C
14. C
15. A  Bien
16. B  Mal
17. B  Bien
18. C  Bien
19, B  Bien
20. B  Mal
21. A  Bien
22. B  Bien
23. B  Bien
24. B  Bien
25. A  Bien
26. B  Bien
27. B  
28. C  Bien
29. C  Bien
30. C
31. B
32. B  Bien
33. C
34. B  Bien
35. B  Bien
36. C  Bien
37. B  Mal
38. A  Mal
39. C  Bien
40. B  Bien

Respuestas están comprobadas con el libro.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: telemata en 25 de Mayo de 2010, 16:05:09 pm
Tipo B
Estas son las mias

1.A
2.A
3.B
4.A
5.B
6.B
7.A
8.B
9.A
10.C
11.A
12.A
13.A
14.A
15.B
16.B
17.A
18.C
19.A
20.A
21.A
22.B
23.B
24.A
25.B
26.C
27.A
28.C
29.C
30.C
31.B
32.B
33.B
34.B
35.C
36.B
37.B
38.C
39.B
40.A
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: m angeles en 25 de Mayo de 2010, 16:12:28 pm
El mío es tipo B:
1a
2a
3b
4c
5b
6b
7c
8b
9b
10b
11a
12a
13c
14c
15a
16b
17a
18c
19b
20a
21a
22b
23b
24a
25b
26b
27b
28c
29c
30c
31b
32b
33a
34b
35 he puesto b pero creo que es a
36b
37b
38c
39a
40a
Saludos
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: maravg en 25 de Mayo de 2010, 16:24:44 pm
ius tines que ser el A porque mi 16 son las de los dividendos pasivos la tengo delante y lo he mirado ahora mismo.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: irueda2 en 25 de Mayo de 2010, 16:53:34 pm
Yo me presento la segunda semana. ¿como ha sido?
Espero que no haya sado dificil, aunque esta parte yo la vea mas complicada.

Suerte a lo que ya os habeis examinado. A ver como sale la cosa.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: ARUAL79 en 25 de Mayo de 2010, 17:02:32 pm
Ha sido horrible¡¡¡¡ Aquí estoy como loca comprobando y estoy super justita, si es que mis comprobaciones son las justas.
Espero que tengas más suerte en la segunda vuelta, pero prepáratelo bien porque este segundo parcial es mucho más complicado que el primero.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: JJ 73 en 25 de Mayo de 2010, 17:06:14 pm
Dificil, y el jueves Merca II. puff :-\
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: joseant en 25 de Mayo de 2010, 17:22:20 pm
El mío era del tipo B. Con unapregunta he estado casi media hora y aún no sé cual será la respuesta.
Era la número 30, que decía que si el acreedor de una sociedad colectiva, al comprobar el desequilibrio de la empresa..... Estoy viendo las respuestas y la gente ha puesto la C. Yo también lo dudé, pero al ver que en la A decía que NO podía ir contra ningún socio, me decidí por ésta, ya que en realidad NO PUEDE IR CONTRA NINGUN SOCIO y según mi punto de vista por dos razones: 1ª porque no decía nada si el crédito está o no vencido. Mientras no esté vencido pueden cumplir perfectamente con él aunque tenga un desequilibrio la empresa; y 2º por habría que ir contra la sociedad y subsidiarimente contra los socios.
Este es mi razonamiento. Qué pensais?
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: peperr en 25 de Mayo de 2010, 17:26:10 pm
`Buenas mis respuestas del modelo B:

Estas son las mias

1.A---A CORREGIDA CON EL LIBRO LAS SEGUNDAS RESPUESTAS MARCADAS- -
2.A----A
3.B----B
4.C
5.B----B
6.B----B
7.C
8.B----B
9.B
10.B----B
11.A
12.A
13.C
14.C----C
15.A-----A
16.B
17.A
18.C
19.C
20.A
21.A
22.A
23.B
24.A
25.B
26.B
27.B
28.C
29.C
30.C
31.C---- B
32.A
33.B
34.B
35.B
36.A
37.B
38.C
39.A
40.B
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 25 de Mayo de 2010, 17:38:00 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Tampoco sé si es el A ó el B.

Empezaba con la pregunta sobre los Asientos registrales.

1. A
2. B
3. C
4. A
5. C
6. B
7. B
8. B
9. A
10. B
11. B
12. A
13. C
14. C
15. A  Bien
16. B  Mal
17. B  Bien
18. C  Bien
19, B  Bien
20. B  Mal
21. A  Bien
22. B  Bien
23. B  Bien
24. B  Bien
25. A  Bien
26. B  Bien
27. B  
28. C  Bien
29. C  Bien
30. C
31. B
32. B  Bien
33. C
34. B  Bien
35. B  Bien
36. C  Bien
37. B  Mal
38. A  Mal
39. C  Bien
40. B  Bien

Respuestas están comprobadas con el libro.


Nosotros tenemos 32 "aciertos". Vaya tela de examen.

Por cierto, cuánto descuenta las incorrectas? Me veo para septiembre.

Saluodos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 25 de Mayo de 2010, 17:53:54 pm
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Nosotros tenemos 32 "aciertos". Vaya tela de examen.

Por cierto, cuánto descuenta las incorrectas? Me veo para septiembre.

Saluodos,

En principio no descuentan, pero como contrapartida tienes que tener por lo menos 27 bien para aprobar, o por lo menos asi fue en el 1º parcial.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 25 de Mayo de 2010, 17:57:47 pm
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Nosotros tenemos 32 "aciertos". Vaya tela de examen.

Por cierto, cuánto descuenta las incorrectas? Me veo para septiembre.

Saluodos,

En principio no descuentan, pero como contrapartida tienes que tener por lo menos 27 bien para aprobar, o por lo menos asi fue en el 1º parcial.

Gracias Daniel79, no sabes el peso que me quitas de encima... nada que tenía metido en la cabeza que descontaban... ufff.

Nosotros tenemos las diez primera correctas y apartir de ahí ya viene el cacao.

Saludos, y suerte para todos.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: m angeles en 25 de Mayo de 2010, 18:36:12 pm
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`Buenas mis respuestas del modelo B:

Estas son las mias

1.A---A CORREGIDA CON EL LIBRO LAS SEGUNDAS RESPUESTAS MARCADAS- -
2.A----A
3.B----B
4.C
5.B----B
6.B----B
7.C
8.B----B
9.B
10.B----B
11.A
12.A
13.C
14.C----C
15.A-----A
16.B
17.A
18.C
19.C
20.A
21.A
22.A
23.B
24.A
25.B
26.B
27.B
28.C
29.C
30.C
31.C---- B
32.A
33.B
34.B
35.B
36.A
37.B
38.C
39.A
40.B

coincidimos en muchas. Suerte.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: anlase en 25 de Mayo de 2010, 18:39:17 pm
EXAMEN TIPO B

14) En una sociedad anónima los dividendos a cuenta:
a.- Son lo mismo que los dividendos pasivos
b.- No pueden distribuirse antes de la aprobación de las cuentas anuales por la junta general
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

15) La constitución de  un sindicato de obligaciones:
a.- Es obligatoria en cualquier emisión de obligaciones
b.- Es obligatoria sólo en la emisión de obligaciones que supere determinados límites
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

16) Los dividendos pasivos:
a.- No pueden ser condonados en ningún caso
b.- Pueden ser condonados mediante el correspondiente acuerdo de reducción del capital social
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

17) Fiber, s.a. es una sociedad familiar que explota una bodega. Todas sus acciones son nominativas y pertenecen a cinco hermanos. En sus estatutos se prevé una cláusula en virtud de la cual la transmisión de las acciones a personas extrañas a la sociedad requiere la aprobación de ésta que podrá denegarla si es adquirente es un competidor de la sociedad. Uno de los hermanos quiere transmitir sus acciones al dueño de otra bodega de la misma zona que está dispuesto a pagar un buen precio por ellas. En tales circunstancias:
a.- La sociedad podrá denegar la aprobación de la transmisión
b.- El interesado podrá transmitir libremente sus acciones porque la cláusula estatutaria es nula
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

18) Electrolux, s.a. tiene un capital social de 100.000 euros y está administrada por un administrador único. Si el patrimonio de la sociedad hubiera quedado reducido a consecuencia de pérdidas a 40.000 euros:
a.- La sociedad debería ser disuelta por el administrador único
b.- La sociedad debería ser disuelta por el auditor de la sociedad
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

19) Según la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada:
a.- A cada socio ha de corresponderle un voto, salvo pacto en contrario en los estatutos
b.- A cada participación ha de corresponderle un voto salvo pacto en contrario en los estatutos
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

20) El régimen a que se sujetan los bienes gananciales en caso de empresario casado:
a.- Está previsto en el Código de Comercio
b.- Está previsto en el Código Civil
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

21) Si el administrador de una sociedad anónima realiza un contrato con terceros que excede claramente de las actividades comprendidas en el objeto de la sociedad:
a.- La sociedad quedará obligada frente a los terceros si éstos han obrado de buena fe y sin culpa grave
b.- La sociedad no quedará obligada frente a los terceros en ningún caso
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

22) Reunidos sin previa convocatoria todos los socios de la sociedad Relex, s.a. han acordado por unanimidad celebrar junta general para tratar de la transformación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada y han acordado por mayoría dicha transformación. Teniendo en cuenta estos datos, un socio que votó en contra del acuerdo:
a.- Puede impugnar el acuerdo como nulo por defecto de convocatoria
b.- Tiene derecho a separarse de la sociedad
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

23) Los acuerdos de la junta general de una sociedad anónima que impliquen nuevas obligaciones para los socios:
a.- Pueden ser adoptados con el quórum y mayoría exigidos para la modificación de estatutos
b.- Requieren el consentimiento de los socios afectados
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

24) La reducción del capital social en la sociedad anónima o de responsabilidad limitada:
a.- Puede realizarse devolviendo a los socios sus aportaciones
b.- Sólo puede realizarse para restaurar el equilibrio entre capital y patrimonio cuando la sociedad ha tenido pérdidas
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

25) En una sociedad anónima que no esté obligada a la verificación de sus cuentas por auditores:
a.- Cualquier socio podrá solicitar el nombramiento de un auditor al registrador Mercantil
b.- El socio o socios que representen al menos el 5% del capital puede solicitar el nombramiento de un auditor al Registrador Mercantil
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

26) Si la sociedad A compra todas las acciones de la sociedad B, tal operación:
a.- Constituye una fusión abreviada
b.- No constituye una fusión
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

27) La responsabilidad de los administradores por las deudas sociales de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada para el caso de que incumplan los deberes que la ley les impone en caso de concurrencia de alguna causa de disolución:
a.- Se extienden a todas las deudas sociales
b.- Se extiende a las deudas sociales posteriores a la concurrencia de la causa de disolución
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

28) Las causas legales de disolución de la sociedad anónima o de responsabilidad limitada:
a.- Operan todas automáticamente
b.- Requieren todas el acuerdo de la junta general adoptado con el quórum y la mayoría exigidos para la modificación de estatutos
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: anlase en 25 de Mayo de 2010, 18:50:05 pm
29) Durante el periodo de liquidación de una sociedad:
a.- La sociedad no está obligada a llevar contabilidad alguna
b.- La contabilidad de la sociedad la deben llevar los auditores
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

31) Pueden existir socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad:
a.- En todas las sociedades mercantiles
b.- En la sociedad colectiva y en la comanditaria simple
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

32) La modificación de los estatutos de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada:
a.- Debe adoptarse en una junta extraordinaria
b.- Puede adoptarse en una junta ordinaria
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

33) El socio de una sociedad de responsabilidad limitada en cuyos estatutos no exista ningún pacto respecto de la transmisión de participaciones sociales:
a.- Puede transmitir libremente sus participaciones a otro socio
b.- Necesita el consentimiento de la sociedad para cualquier transmisión de sus participaciones
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

34) El capital social ha de estar íntegramente suscrito y desembolsado:
a.- Tanto en la sociedad anónima como en la de responsabilidad limitada
b.- En la sociedad de responsabilidad limitada
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

35) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos
b.- La sociedad podrá acordar un aumento de capital con aportaciones dinerarias
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

36) En la sociedad anónima:
a.- Pueden emitirse acciones que alteren la proporcionalidad entre el valor nominal de las acciones y el derecho de voto
b.- Pueden emitirse acciones que establezcan el derecho a un dividendo preferente frente a otras
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

37) En las sociedades colectivas:
a.- No existe derecho de separación
b.- Un socio puede separarse cuando lo estime oportuno si la sociedad se ha constituido por tiempo indefinido
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

38) Las participaciones de una sociedad de responsabilidad limitada:
a.- No pueden darse en prenda
b.- No pueden embargarse
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

39) En caso de transformación de una sociedad anónima en sociedad colectiva, los socios que no hayan votado a favor del correspondiente acuerdo:
a.- Quedarán automáticamente separados a no ser que se adhieran expresamente al acuerdo
b.- Seguirán perteneciendo a la sociedad transformada a no ser que ejerciten activamente el derecho de separación
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

40) En caso de fusión de dos o más sociedades mercantiles tiene derecho a oponerse a la fusión hasta que se les garanticen debidamente sus créditos:
a.- Todos los acreedores
b.- Los acreedores cuyo crédito sea anterior a la fecha de publicación del proyecto de fusión
c.- Los acreedores cuyo crédito sea anterior en dos años al acuerdo de fusión
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: nebisidem en 25 de Mayo de 2010, 19:16:02 pm
Para mí ha sido una asiganatura que me la he preparado conciensudamente.....Pero como tenía audiovisual, la he dejado para la segunda vuelta......No se, pero por lo menos trabajada la tengo. Espero tener suerte.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: CHIQUIMINITETIPEQUI en 25 de Mayo de 2010, 19:31:53 pm
Pues  por  lo visto otra  vez 24 bien, no consigo pasar de  ahí , pues en el primer parcial fue  igual  ,espero que los demás tengais mas  suerte y aprobeis.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 25 de Mayo de 2010, 20:52:13 pm
Yo comparando con peperr tengo 22...
¿Cómo te salió el examen?
Es que hay algunas que tú tienes diferentes a mí que yo estoy casi segura que las tengo bien...

Yo tengo el B.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: joseant en 25 de Mayo de 2010, 21:09:42 pm
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Yo comparando con peperr tengo 22...
¿Cómo te salió el examen?
Es que hay algunas que tú tienes diferentes a mí que yo estoy casi segura que las tengo bien...

Yo tengo el B.
Mile,  yo tengo sólo 23 comparando con paper. Estas son las mías, TIPO B
 1 A
 2 A
 3 B
 4 C
 5 B
 6 B
 7 C
 8 B
 9 B
10 B
11 A
12 C
13 A
14 C
15 B
16 B
17 B
18 C
19 B
20 A
21 B
22 B
23 B
24 A
25 B
26 B
27 A
28 B
29 C
30 A
31 B
32 B
33 B
34 B
35 A
36 B
37 B
38 C
39 B
40 A

 
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 25 de Mayo de 2010, 21:13:24 pm
Es que por ejemplo en la 33, la de la transimisión de participaciones sociales, la correcta es la A, no la B. Puede transmitir sus acciones libremente a otro socio.
La 22 también creo que la tienes mal, ya que es la B, no la A. Es una junta universal, así que es válida. Y tiene deercho a separarse por ser transformación.
Y hay algunas más que creo que también están mal. Hablo de memoria, que conste, que no he mirado el libro. Y sólo tengo las preguntas de la 14 a la 40.

joseant, contigo tengo 23. Estoy por echarme a llorar...
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: dpastor en 25 de Mayo de 2010, 21:36:35 pm
¿Cuando habrá una lista fiable de las respuestas?  ???

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 25 de Mayo de 2010, 21:44:13 pm
Ahí arriba tenemos de la 14 a la 40 del tipo B. Esas las podríamos mirar en el libro.
Si esperamos a la plantilla del Dpto, hasta después de la segunda semana, nada.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: peperr en 25 de Mayo de 2010, 22:25:49 pm
Buenas, yo creo que no me ha salido mal del todo , de todas formas los 7 u 8 fallos creo que los tendré . En el primer parcial salí mas o menos igual y creo que recordar que acerté 32 . Por eso , no os fieis mucho. La otra vez recuerdo que coincidía en veintitas con otros compis y luego aprobamos. Por eso mile , no te preocupes que entre tus aciertos y mis errores seguro que llegamos al ansiado 27.

Suerte a todos  y saludos desde Málaga.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: peperr en 25 de Mayo de 2010, 22:33:17 pm
Mile en cuanto a la pregunta 33) El socio de una sociedad de responsabilidad limitada en cuyos estatutos no exista ningún pacto respecto de la transmisión de participaciones sociales:
a.- Puede transmitir libremente sus participaciones a otro socio
b.- Necesita el consentimiento de la sociedad para cualquier transmisión de sus participaciones
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el libro en la página 410 en la Lección 15 establece que " las participaciones nunca pueden llegar a ser libremente transmisibles.... en ese régimen legal supetorio la transmisión queda sometida al consentimiento de la sociedad.

Por este motivo creo que la correcta es la opción B.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: maryeg en 25 de Mayo de 2010, 22:38:00 pm
Pues yo en la 33 he puesto la c, porque si no recuerdo mal se pueden transmitir libremente las participaciones a hijos, cónyuges, etc.. por lo que creo que la B no puede ser..ya no se si estoy en lo cierto o no..
mira que dije que no iba a contrastar respuestas que me pongo mas de los nervios..pero no lo puedo evitar.. :)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: peperr en 25 de Mayo de 2010, 22:44:12 pm
En relación a la pregunta nº 22) Reunidos sin previa convocatoria todos los socios de la sociedad Relex, s.a. han acordado por unanimidad celebrar junta general para tratar de la transformación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada y han acordado por mayoría dicha transformación. Teniendo en cuenta estos datos, un socio que votó en contra del acuerdo:
a.- Puede impugnar el acuerdo como nulo por defecto de convocatoria
b.- Tiene derecho a separarse de la sociedad
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
Está en la pagina 430 y 431, yo después de leer el epigrafe sigo sin estar seguro de la validez de la Junta, porque no estoy seguro de si para que sea válida se necesita la unanimidad en la Convocatoria y en la adopción del acuerdo. No lo tengo nada claro puesto que si el socio disconforme se opone a que esté asunto sea tratado en la Junta universal puede entonces impugnar la junta, pero también si se da por válida la Junta y no es necesario el voto unánime , entonces puede ser la opción b.

Todo ello salvo superior criterio.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: charquera en 25 de Mayo de 2010, 23:10:32 pm
 :-\ Me prometí que no me metia en el foro. Me prometí que no miraba nada hasta que terminaran los examenes. :-[ Me prometí que no comprobaba nada, me prometí tanto que no he cumplido. Aqui estoy martirizandome con mercantil I, porque según sea, el que haya puesto el tipo B, tengo 26 o 27, lo cual significa suspender por 1 o aprobar. No soportaria volver a suspender este parcial por 26, seria la 3ª vez.  :'( :'( Horror, ahora toca esperar y mientras me torturo y me vuelvo a regodear en mi fracaso.  :'( Tenia que haberme estado quieta, carajo!!!!!!!!!!!!!!!!! Suerte a todos, mucha, mucha suerte.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: joseant en 25 de Mayo de 2010, 23:38:49 pm
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:-\ Me prometí que no me metia en el foro. Me prometí que no miraba nada hasta que terminaran los examenes. :-[ Me prometí que no comprobaba nada, me prometí tanto que no he cumplido. Aqui estoy martirizandome con mercantil I, porque según sea, el que haya puesto el tipo B, tengo 26 o 27, lo cual significa suspender por 1 o aprobar. No soportaria volver a suspender este parcial por 26, seria la 3ª vez.  :'( :'( Horror, ahora toca esperar y mientras me torturo y me vuelvo a regodear en mi fracaso.  :'( Tenia que haberme estado quieta, carajo!!!!!!!!!!!!!!!!! Suerte a todos, mucha, mucha suerte.
Yo estoy como tú. Cuanto más miro las preguntas menos tengo acertadas. Ha sido un examen "mal tirado", tiran a matar. Ya no sigo mirando mas, porque acabo de descubrir otra que la gente que ha puesto las respuestas del tipo B ninguno la hemos acertado: ES LA PREGUNTA 16:
LOS DIVIDENDOS PASIVOS:
A) No pueden ser condonados en ningún caso
B) Pueden ser condonados mediante el correspondiente acurdo de reducción de capital social
C) Las dos respuestas anteriores son erroneas.
La respuesta correcta es...................LA 

Según la Ley los dividendos pasivos no pueden ser condonados. Ahora bien se pueden liberar (NO CONDONAR) medianta la reducción de capital.

Vaya preguntita.......Conclusión: Van a pillar y a mi me han pillado, septiembre está ahí mimo. Un saludo


Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: euli en 25 de Mayo de 2010, 23:41:37 pm
las del tipo A
1a
2b
3c
4a
5a
6b
7b
8b
9a
10b
11c
12a
13a
14b
15a
16a
17b
18a
19b
20a
21a
22c
23b
24b
25a
26c
27b
28b
29c
30b
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 25 de Mayo de 2010, 23:57:05 pm
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:-\ Me prometí que no me metia en el foro. Me prometí que no miraba nada hasta que terminaran los examenes. :-[ Me prometí que no comprobaba nada, me prometí tanto que no he cumplido. Aqui estoy martirizandome con mercantil I, porque según sea, el que haya puesto el tipo B, tengo 26 o 27, lo cual significa suspender por 1 o aprobar. No soportaria volver a suspender este parcial por 26, seria la 3ª vez.  :'( :'( Horror, ahora toca esperar y mientras me torturo y me vuelvo a regodear en mi fracaso.  :'( Tenia que haberme estado quieta, carajo!!!!!!!!!!!!!!!!! Suerte a todos, mucha, mucha suerte.
Yo estoy como tú. Cuanto más miro las preguntas menos tengo acertadas. Ha sido un examen "mal tirado", tiran a matar. Ya no sigo mirando mas, porque acabo de descubrir otra que la gente que ha puesto las respuestas del tipo B ninguno la hemos acertado: ES LA PREGUNTA 16:
LOS DIVIDENDOS PASIVOS:
A) No pueden ser condonados en ningún caso
B) Pueden ser condonados mediante el correspondiente acurdo de reducción de capital social
C) Las dos respuestas anteriores son erroneas.
La respuesta correcta es...................LA 

Según la Ley los dividendos pasivos no pueden ser condonados. Ahora bien se pueden liberar (NO CONDONAR) medianta la reducción de capital.

Vaya preguntita.......Conclusión: Van a pillar y a mi me han pillado, septiembre está ahí mimo. Un saludo




En la página 488, 3º párrafo indica que "la reducción de capitales también puede articularse a través de la <condonación de dividendos>" 

La verdad es que con algunas han ido a buscar las cosquillas...
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: joseant en 26 de Mayo de 2010, 09:51:56 am
Qué habéis puesto en la pregunta 30 del modelo B:
30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 Yo le di muchas vueltas a esta pregunta y al final llegué a la conclusión de que no se puede ir contra los socios (por el principio de excusión) si no se va antes contra la Sociedad. La sociedad será responsable con su patrimonio y si con eso no le llega entonces sí se irá contra los socios,. Por lo tanto creo que la respuesta correcta (si estar seguro) sería la A
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: dpastor en 26 de Mayo de 2010, 10:13:26 am
Si suspendiese este parcial teniendo el de febrero aprobado, ¿voy a septiembre con este parcial o con toda la asignatura?  ???.

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 26 de Mayo de 2010, 10:16:34 am
Nuevamente! Vaya tela de examen... van a pillar en vez de que sepamos... lamentable.

Esta pregunta es impugnable:

20) El régimen a que se sujetan los bienes gananciales en caso de empresario casado:
a.- Está previsto en el Código de Comercio
b.- Está previsto en el Código Civil
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

Según el manual el régimen es el previsto en los arts. 6 a 11 del CCom. Ahora bien, dice Bercovitz
en el epígrafe "3. El ámbito de aplicación del régimen especial" El primer problema que plantean estos artículos del Código de Comercio sobre la responsabilidad por deudas mercantiles del cónyuge empresario, es el de determinar el ámbito de aplicación de la normativa en ellos contenida. El Código nada señala a este respecto, pero la mera lectura del articulado pone de manifiesto que la disciplina en él establecida no es aplicable a los casos en los que el empresario esté casado en régimen de separación de bienes, bien por haberlo pactado así en capitulaciones matrimoniales (art. 1.325 CC), bien por ser éste el régimen legal supletorio (art. 10.2 del Código catalán...), así como tampoco en los casos en que el régimen económico del matrimonio sea el de participación (arts. 1.411 y sigs. CC).

Es decir, que puede ser tanto la opción a) y b) pues de ella nada se dice, y para tal caso es el CC el que determina el régimen de separación o de participación (vamos que cuando puse el la B) lo llevaba muy clarito al examen).

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 26 de Mayo de 2010, 10:38:35 am
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Nuevamente! Vaya tela de examen... van a pillar en vez de que sepamos... lamentable.

Esta pregunta es impugnable:

20) El régimen a que se sujetan los bienes gananciales en caso de empresario casado:
a.- Está previsto en el Código de Comercio
b.- Está previsto en el Código Civil
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

Según el manual el régimen es el previsto en los arts. 6 a 11 del CCom. Ahora bien, dice Bercovitz
en el epígrafe "3. El ámbito de aplicación del régimen especial" El primer problema que plantean estos artículos del Código de Comercio sobre la responsabilidad por deudas mercantiles del cónyuge empresario, es el de determinar el ámbito de aplicación de la normativa en ellos contenida. El Código nada señala a este respecto, pero la mera lectura del articulado pone de manifiesto que la disciplina en él establecida no es aplicable a los casos en los que el empresario esté casado en régimen de separación de bienes, bien por haberlo pactado así en capitulaciones matrimoniales (art. 1.325 CC), bien por ser éste el régimen legal supletorio (art. 10.2 del Código catalán...), así como tampoco en los casos en que el régimen económico del matrimonio sea el de participación (arts. 1.411 y sigs. CC).

Es decir, que puede ser tanto la opción a) y b) pues de ella nada se dice, y para tal caso es el CC el que determina el régimen de separación o de participación (vamos que cuando puse el la B) lo llevaba muy clarito al examen).

Saludos,


Yo también puse la B), pero después de leer el libro, no lo tengo tan, creo que es la A), Rige lo dispuesto  en el Código de Comercio (en caso de gananciales y no de separación de bienes) y de forma supletoria el Código Civil.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 26 de Mayo de 2010, 10:39:04 am
No tengo el libro aquí,hablo de memoria.
Pero yo recuerdo que ponía que las transmisiones entre socios eran libres, tanto en la SA como en la SRL.

En la 22, la unanimidad es para convocar la junta y decidir los temas que se van a tratar. Los acuerdos no necesitan unanimidad. Además, recuerdo que lo comentamos en el hilo de preguntas complicadas.

La de los dividendos pasivos,entonces, sería la C, ¿no? Habría que mirar con calma en el libro.

En la del acreedor de la sociedad colectiva, yo creo que es la C. Porque primero hay que ir contra la sociedad y si esta no puede responder, entonces contra los socios,¿no? Estoy diciendo todo de memoria así que me puedo equivocar.

Yo en la de régimen de gananciales puse la del Código de Comercio. En el CC no lo dice, ¿no?

dpastor, si suspendes este parcial, vas a septiembre con este parcial. El primero te queda aprobado.

charquera, ánimo! que en el otro parcial dijiste lo mismo de varias asignaturas y aprobaste unas cuantas ;)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 26 de Mayo de 2010, 10:51:23 am
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Qué habéis puesto en la pregunta 30 del modelo B:
30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 Yo le di muchas vueltas a esta pregunta y al final llegué a la conclusión de que no se puede ir contra los socios (por el principio de excusión) si no se va antes contra la Sociedad. La sociedad será responsable con su patrimonio y si con eso no le llega entonces sí se irá contra los socios,. Por lo tanto creo que la respuesta correcta (si estar seguro) sería la A

Yo puse la C, si se trata de una sociedad colectiva, la responsabilidad del socio es ilimitada, por lo que si la sociedad no dispone de patrimonio ("cuyo patrimonio social es insuficiente"), sí que se podrá ir contra los socios.  Y la "B" tampoco puede ser, porque los industriales también responden frente a terceros.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 26 de Mayo de 2010, 10:53:21 am
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Qué habéis puesto en la pregunta 30 del modelo B:
30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 Yo le di muchas vueltas a esta pregunta y al final llegué a la conclusión de que no se puede ir contra los socios (por el principio de excusión) si no se va antes contra la Sociedad. La sociedad será responsable con su patrimonio y si con eso no le llega entonces sí se irá contra los socios,. Por lo tanto creo que la respuesta correcta (si estar seguro) sería la A

Yo puse la C, si se trata de una sociedad colectiva, la responsabilidad del socio es ilimitada, por lo que si la sociedad no dispone de patrimonio ("cuyo patrimonio social es insuficiente"), sí que se podrá ir contra los socios.  Y la "B" tampoco puede ser, porque los industriales también responden frente a terceros.

Sí, eso pienso yo también. Los socios industriales de lo que no responden es de las pérdidas, pero la responsabilidad sí la tienen.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: dpastor en 26 de Mayo de 2010, 11:26:25 am
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Qué habéis puesto en la pregunta 30 del modelo B:
30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 Yo le di muchas vueltas a esta pregunta y al final llegué a la conclusión de que no se puede ir contra los socios (por el principio de excusión) si no se va antes contra la Sociedad. La sociedad será responsable con su patrimonio y si con eso no le llega entonces sí se irá contra los socios,. Por lo tanto creo que la respuesta correcta (si estar seguro) sería la A

Yo puse la C, si se trata de una sociedad colectiva, la responsabilidad del socio es ilimitada, por lo que si la sociedad no dispone de patrimonio ("cuyo patrimonio social es insuficiente"), sí que se podrá ir contra los socios.  Y la "B" tampoco puede ser, porque los industriales también responden frente a terceros.

Sí, eso pienso yo también. Los socios industriales de lo que no responden es de las pérdidas, pero la responsabilidad sí la tienen.

Ummm... no lo veo claro, ¿Qué diferencia hay en este caso entre responder y tener responsabilidad?. Se está hablando que la sociedad no puedo hacer frente a las deudas, por lo tanto hay perdidas... y en ese caso a los socios industriales no se les toca, ¿qué responsabilidad tienen frente a la deuda entonces?.


Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 26 de Mayo de 2010, 11:40:53 am
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Qué habéis puesto en la pregunta 30 del modelo B:
30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 Yo le di muchas vueltas a esta pregunta y al final llegué a la conclusión de que no se puede ir contra los socios (por el principio de excusión) si no se va antes contra la Sociedad. La sociedad será responsable con su patrimonio y si con eso no le llega entonces sí se irá contra los socios,. Por lo tanto creo que la respuesta correcta (si estar seguro) sería la A

Yo puse la C, si se trata de una sociedad colectiva, la responsabilidad del socio es ilimitada, por lo que si la sociedad no dispone de patrimonio ("cuyo patrimonio social es insuficiente"), sí que se podrá ir contra los socios.  Y la "B" tampoco puede ser, porque los industriales también responden frente a terceros.

Sí, eso pienso yo también. Los socios industriales de lo que no responden es de las pérdidas, pero la responsabilidad sí la tienen.

Ummm... no lo veo claro, ¿Qué diferencia hay en este caso entre responder y tener responsabilidad?. Se está hablando que la sociedad no puedo hacer frente a las deudas, por lo tanto hay perdidas... y en ese caso a los socios industriales no se les toca, ¿qué responsabilidad tienen frente a la deuda entonces?.

Yo no tengo tan claro que no poder hacer frente a las deudas signifique tener pérdidas. Quizás no haya tenido pérdidas pero no pueda hacer frente a una deuda, no sé, de un préstamo, por ejemplo.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 26 de Mayo de 2010, 11:52:28 am
Respuestas, aproximádamente 99%

Modelo A

15) Fiber, s.a. es una sociedad familiar que explota una bodega. Todas sus acciones son nominativas y pertenecen a cinco hermanos. En sus estatutos se prevé una cláusula en virtud de la cual la transmisión de las acciones a personas extrañas a la sociedad requiere la aprobación de ésta que podrá denegarla si es adquirente es un competidor de la sociedad. Uno de los hermanos quiere transmitir sus acciones al dueño de otra bodega de la misma zona que está dispuesto a pagar un buen precio por ellas. En tales circunstancias:
a.- La sociedad podrá denegar la aprobación de la transmisión

16) La constitución de  un sindicato de obligaciones:
a.- Es obligatoria en cualquier emisión de obligaciones

17) Los dividendos pasivos:
b.- Pueden ser condonados mediante el correspondiente acuerdo de reducción del capital social

18) Electrolux, s.a. tiene un capital social de 100.000 euros y está administrada por un administrador único. Si el patrimonio de la sociedad hubiera quedado reducido a consecuencia de pérdidas a 40.000 euros:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

19) Según la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada:
b.- A cada participación ha de corresponderle un voto salvo pacto en contrario en los estatutos

20) El régimen a que se sujetan los bienes gananciales en caso de empresario casado:
a.- Está previsto en el Código de Comercio
b.- Está previsto en el Código Civil

21) Si el administrador de una sociedad anónima realiza un contrato con terceros que excede claramente de las actividades comprendidas en el objeto de la sociedad:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

22) Reunidos sin previa convocatoria todos los socios de la sociedad Relex, s.a. han acordado por unanimidad celebrar junta general para tratar de la transformación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada y han acordado por mayoría dicha transformación. Teniendo en cuenta estos datos, un socio que votó en contra del acuerdo:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

23) En una sociedad anónima que no esté obligada a la verificación de sus cuentas por auditores:
b.- El socio o socios que representen al menos el 5% del capital puede solicitar el nombramiento de un auditor al Registrador Mercantil

24) Los acuerdos de la junta general de una sociedad anónima que impliquen nuevas obligaciones para los socios:
b.- Requieren el consentimiento de los socios afectados

25) La reducción del capital social en la sociedad anónima o de responsabilidad limitada:
a.- Puede realizarse devolviendo a los socios sus aportaciones

26) Si la sociedad A compra todas las acciones de la sociedad B, tal operación:
b.- No constituye una fusión

27) La responsabilidad de los administradores por las deudas sociales de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada para el caso de que incumplan los deberes que la ley les impone en caso de concurrencia de alguna causa de disolución:
b.- Se extiende a las deudas sociales posteriores a la concurrencia de la causa de disolución [?]

28) Las causas legales de disolución de la sociedad anónima o de responsabilidad limitada:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

29) Durante el periodo de liquidación de una sociedad:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

31) Pueden existir socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

32) La modificación de los estatutos de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada:
b.- Puede adoptarse en una junta ordinaria

33) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos

34) En la sociedad anónima:
b.- Pueden emitirse acciones que establezcan el derecho a un dividendo preferente frente a otras

35) En las sociedades colectivas:
b.- Un socio puede separarse cuando lo estime oportuno si la sociedad se ha constituido por tiempo indefinido

36) Las participaciones de una sociedad de responsabilidad limitada:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

37) En caso de transformación de una sociedad anónima en sociedad colectiva, los socios que no hayan votado a favor del correspondiente acuerdo:
b.- Seguirán perteneciendo a la sociedad transformada a no ser que ejerciten activamente el derecho de separación

38) En caso de fusión de dos o más sociedades mercantiles tiene derecho a oponerse a la fusión hasta que se les garanticen debidamente sus créditos:
b.- Los acreedores cuyo crédito sea anterior a la fecha de publicación del proyecto de fusión

39) El socio de una sociedad de responsabilidad limitada en cuyos estatutos no exista ningún pacto respecto de la transmisión de participaciones sociales:
a.- Puede transmitir libremente sus participaciones a otro socio

40) El capital social ha de estar íntegramente suscrito y desembolsado:
b.- En la sociedad de responsabilidad limitada

Saludos,

Pd. Ya me quedo más tranquilo!
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: peperr en 26 de Mayo de 2010, 11:54:13 am
Buenas, en relación a la pregunta 30, estoy seguro y no miro el libro , que los socios industrales no participan de las perdidas , pero sí responde de las deudas como el resto de socios . Por tanto la opción sería la C.

Saludos y suerte a todos.

Nota: Vaya tela de examen , muchas cuestiones rebuscadas y según desde la óptica que se mire puede ser una opción u otra.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: maryeg en 26 de Mayo de 2010, 12:10:42 pm
Creo que Mile tiene razón con la pregunta 33, he copiado de la Ley de SRL esto:

Artículo 29. Régimen de la transmisión voluntaria por actos inter vivos.

1. Salvo disposición contraria de los estatutos, será libre la transmisión voluntaria de participaciones por actos inter vivos entre socios, así como la realizada en favor del cónyuge, ascendiente o descendiente del socio o en favor de sociedades pertenecientes al mismo grupo que la transmitente. En los demás casos, la transmisión está sometida a las reglas y limitaciones que establezcan los estatutos y, en su defecto, las establecidas en esta Ley.

por lo que sería la A supongo....vaya! otra mal! puse la c pq sabía que era libre para el cónyuge pero no caí en lo del socio...
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 26 de Mayo de 2010, 12:24:17 pm
21) Si el administrador de una sociedad anónima realiza un contrato con terceros que excede claramente de las actividades comprendidas en el objeto de la sociedad:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
Es la A.- La sociedad quedará obligada frente a los terceros si éstos han obado de buena fe y sin culpa grave. (Página 444 a mitad del último párrafo)

22) Reunidos sin previa convocatoria todos los socios de la sociedad Relex, s.a. han acordado por unanimidad celebrar junta general para tratar de la transformación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada y han acordado por mayoría dicha transformación. Teniendo en cuenta estos datos, un socio que votó en contra del acuerdo:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
Se trata de una Junta  Universal (página 431 Punto 5) por lo que está válidamente constituida, y los acuerdos adoptados en ella son válidos con las debidas mayorías, el derecho de separación asiste siempre al socio que vota en contra en caso de transformación de la sociedad.  Yo creo que es la B.-


31) Pueden existir socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
Ésta no la encuentro, pero creo que podría ser la B

33) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos
Los aumentos con aportaciones dinerarias exigen el desembolso de los dividendos pasivos pero (página 478 punto B casi al final) indica que se dulcifica el rigor mientras el capital pendiente sea inferior al 3% del capital.  Luego, por ejemplo, en los aumentos de capital por  compensación de créditos no te exigen el desembolso.  Yo según el libro, daría por buena la C.- Las dos respuestas son erróneas
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: maryeg en 26 de Mayo de 2010, 12:24:43 pm
en la pregunta 29 de A, la de la contabilidad durante el periodo de liquidación yo creo que es la A, porque en la pag. 548 del libro, dice que durante el periodo de liquidación la sociedad sigue obligada  llevar una contabilidad, por tanto aunque la realicen los liquidadores la obligación si que es de la sociedad.

Estais de acuerdo?
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 26 de Mayo de 2010, 12:44:58 pm
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21) Si el administrador de una sociedad anónima realiza un contrato con terceros que excede claramente de las actividades comprendidas en el objeto de la sociedad:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
Es la A.- La sociedad quedará obligada frente a los terceros si éstos han obado de buena fe y sin culpa grave. (Página 444 a mitad del último párrafo)
La correcta es la a), ha sido un error por rapidez.

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22) Reunidos sin previa convocatoria todos los socios de la sociedad Relex, s.a. han acordado por unanimidad celebrar junta general para tratar de la transformación de la sociedad en sociedad de responsabilidad limitada y han acordado por mayoría dicha transformación. Teniendo en cuenta estos datos, un socio que votó en contra del acuerdo:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
La opción a) no puede ser porque la junta se constituye por unanimidad de todos [la convocatoria es válida] pero no el acuerdo. La opción b) no hay derecho de separación porque así lo dispone la LSA de una SA a una SL, distinto sería una sociedad colectiva, donde sí tiene el socio derecho de separación. Luego queda la c).

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33) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos

En una SA si existen dividendos pasivo no es posible por Ley acordar una apliación de capital. Si la empresa necesita dinero debe exigir los dividendos pasivos. Esta la tengo yo también mal.

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 26 de Mayo de 2010, 12:56:33 pm
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31) Pueden existir socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad:
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
Ésta no la encuentro, pero creo que podría ser la B


Viene también en el manual. La opción a) no puede ser porque existen sociedades en la cuales no admite socios industriales [que es el caso de la respuesta correcta]; la opción b) es cierto que en la colectiva admite el socio industrial, pero no así en la comandataria simple, pues en este caso el socio aporta sólo capital nada más. Por lo tanto queda como válida la opción c).

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: joseant en 26 de Mayo de 2010, 13:07:55 pm
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Qué habéis puesto en la pregunta 30 del modelo B:
30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 Yo le di muchas vueltas a esta pregunta y al final llegué a la conclusión de que no se puede ir contra los socios (por el principio de excusión) si no se va antes contra la Sociedad. La sociedad será responsable con su patrimonio y si con eso no le llega entonces sí se irá contra los socios,. Por lo tanto creo que la respuesta correcta (si estar seguro) sería la A

Yo puse la C, si se trata de una sociedad colectiva, la responsabilidad del socio es ilimitada, por lo que si la sociedad no dispone de patrimonio ("cuyo patrimonio social es insuficiente"), sí que se podrá ir contra los socios.  Y la "B" tampoco puede ser, porque los industriales también responden frente a terceros.

Sí, eso pienso yo también. Los socios industriales de lo que no responden es de las pérdidas, pero la responsabilidad sí la tienen.

Ummm... no lo veo claro, ¿Qué diferencia hay en este caso entre responder y tener responsabilidad?. Se está hablando que la sociedad no puedo hacer frente a las deudas, por lo tanto hay perdidas... y en ese caso a los socios industriales no se les toca, ¿qué responsabilidad tienen frente a la deuda entonces?.
Mile y Dpastor.... En el enunciado no habla de pérdidas, eso por una parte sólo dice:"patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos", yo sigo con mi teoría y pienso que las pregunta no está bien formulada y es recurrible: 1º Por ser acreedor en un momento determinado no tengo porque reclamar el crédito si está vigente y hasta ahora están pagando bien. Además el que hoy mi patrimonio no sea suficiente mañana sí que lo puede ser. 2º Dice que es insuficiente, por lo tanto algo puede afrontar de esa posible deuda ¿o no?. Conclusión: Primero RECLAMAR A LA SOCIEDAD (cosa que no especifica) y luego del resto que quede sin pagar SI SE PUEDE RECLAMAR A TODOS LOS SOCIOS.
La verdad es que quizás todos tengais razón pero yo PIENSO RECLAMAR ESTA PREGUNTA
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 26 de Mayo de 2010, 13:22:39 pm
Quien tiene las catorce primeras preguntas para buscar las soluciones?

Saludos,

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: dpastor en 26 de Mayo de 2010, 14:37:48 pm
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Qué habéis puesto en la pregunta 30 del modelo B:
30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 Yo le di muchas vueltas a esta pregunta y al final llegué a la conclusión de que no se puede ir contra los socios (por el principio de excusión) si no se va antes contra la Sociedad. La sociedad será responsable con su patrimonio y si con eso no le llega entonces sí se irá contra los socios,. Por lo tanto creo que la respuesta correcta (si estar seguro) sería la A

Yo puse la C, si se trata de una sociedad colectiva, la responsabilidad del socio es ilimitada, por lo que si la sociedad no dispone de patrimonio ("cuyo patrimonio social es insuficiente"), sí que se podrá ir contra los socios.  Y la "B" tampoco puede ser, porque los industriales también responden frente a terceros.

Sí, eso pienso yo también. Los socios industriales de lo que no responden es de las pérdidas, pero la responsabilidad sí la tienen.

Ummm... no lo veo claro, ¿Qué diferencia hay en este caso entre responder y tener responsabilidad?. Se está hablando que la sociedad no puedo hacer frente a las deudas, por lo tanto hay perdidas... y en ese caso a los socios industriales no se les toca, ¿qué responsabilidad tienen frente a la deuda entonces?.
Mile y Dpastor.... En el enunciado no habla de pérdidas, eso por una parte sólo dice:"patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos", yo sigo con mi teoría y pienso que las pregunta no está bien formulada y es recurrible: 1º Por ser acreedor en un momento determinado no tengo porque reclamar el crédito si está vigente y hasta ahora están pagando bien. Además el que hoy mi patrimonio no sea suficiente mañana sí que lo puede ser. 2º Dice que es insuficiente, por lo tanto algo puede afrontar de esa posible deuda ¿o no?. Conclusión: Primero RECLAMAR A LA SOCIEDAD (cosa que no especifica) y luego del resto que quede sin pagar SI SE PUEDE RECLAMAR A TODOS LOS SOCIOS.
La verdad es que quizás todos tengais razón pero yo PIENSO RECLAMAR ESTA PREGUNTA

¿Como se reclama?
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: joseant en 26 de Mayo de 2010, 14:53:20 pm
No lo sé, primero habrá que ver la plantilla. De todas formas lo más probable es que yo no tenga razón, pero ya sabes nos agarramos a un clavo ardiendo.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 26 de Mayo de 2010, 15:24:34 pm
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Qué habéis puesto en la pregunta 30 del modelo B:
30) Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos:
a.- No puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio
b.- Puede exigir el pago de sus créditos solo a los socios colectivos capitalistas, pero no a los industriales si los hay
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas
 Yo le di muchas vueltas a esta pregunta y al final llegué a la conclusión de que no se puede ir contra los socios (por el principio de excusión) si no se va antes contra la Sociedad. La sociedad será responsable con su patrimonio y si con eso no le llega entonces sí se irá contra los socios,. Por lo tanto creo que la respuesta correcta (si estar seguro) sería la A

Yo puse la C, si se trata de una sociedad colectiva, la responsabilidad del socio es ilimitada, por lo que si la sociedad no dispone de patrimonio ("cuyo patrimonio social es insuficiente"), sí que se podrá ir contra los socios.  Y la "B" tampoco puede ser, porque los industriales también responden frente a terceros.

Sí, eso pienso yo también. Los socios industriales de lo que no responden es de las pérdidas, pero la responsabilidad sí la tienen.

Ummm... no lo veo claro, ¿Qué diferencia hay en este caso entre responder y tener responsabilidad?. Se está hablando que la sociedad no puedo hacer frente a las deudas, por lo tanto hay perdidas... y en ese caso a los socios industriales no se les toca, ¿qué responsabilidad tienen frente a la deuda entonces?.

Yo no tengo tan claro que no poder hacer frente a las deudas signifique tener pérdidas. Quizás no haya tenido pérdidas pero no pueda hacer frente a una deuda, no sé, de un préstamo, por ejemplo.

Partimos de que en la sociedad colectiva, la responsabilidad es ilimitada.

Por ejemplo, los socios capitalistas aportan 10000 euros, y los industriales su trabajo, si al cabo de 1 año, el patrimonio de la socieda baja hasta los 7000 euros, pues han tenido pérdidas por valor de 3000 euros, pues de esos 3000 euros de pérdidas, sólo responderán los capitalistas.  Pero si se diese el caso, de que se "fundan" los 10000 euros y tengan que pedir, por ejemplo, un crédito al banco de 5000 euros, de los 10000 primeros euros, que son las pérdidas, responden sólo los capitalistas, pero los 5000 que han pedido prestados, són deudas, y de éstas, responden todos los socios, tanto capitalistas como indusriales.

Asi lo entiendo yo......
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 26 de Mayo de 2010, 15:29:23 pm
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33) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos

En una SA si existen dividendos pasivo no es posible por Ley acordar una apliación de capital. Si la empresa necesita dinero debe exigir los dividendos pasivos. Esta la tengo yo también mal.

Saludos,


Pero es que el libro pone expresamente, que en caso de ampliación de capital, se puede quedar hasta un máximo de un 3% del capital sin desembolsar....
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 26 de Mayo de 2010, 16:11:30 pm
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33) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos

En una SA si existen dividendos pasivo no es posible por Ley acordar una apliación de capital. Si la empresa necesita dinero debe exigir los dividendos pasivos. Esta la tengo yo también mal.

Saludos,


Pero es que el libro pone expresamente, que en caso de ampliación de capital, se puede quedar hasta un máximo de un 3% del capital sin desembolsar....

Disculpa Daniel79, en el libro pone: Existe con todo una particularidad para la sociedad anónima, en la que esta clase de aumento requiere el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas (art. 154 LSA, que, sin embargo, dulcifica el rigor de esta regla permitiendo la existencia de una cantidad pendiente de desembolso mientras sea inferior al 3 por 100 del capital).

Y en la LSA dispone: Artículo 154. Aumento con aportaciones dinerarias.

1. Para todo aumento del capital cuyo contravalor consista en nuevas aportaciones dinerarias al patrimonio social, será requisito previo, salvo para las sociedades de seguros, el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas.

2. No obstante, podrá realizarse el aumento si existe una cantidad pendiente de desembolso que no exceda del 3 % del capital social.

Queda pendiente el 50% del capital social, y no el 3% como dice la LSA.

La respuesta correcta es la opción a)

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 26 de Mayo de 2010, 17:06:30 pm
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33) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos

En una SA si existen dividendos pasivo no es posible por Ley acordar una apliación de capital. Si la empresa necesita dinero debe exigir los dividendos pasivos. Esta la tengo yo también mal.

Saludos,


Pero es que el libro pone expresamente, que en caso de ampliación de capital, se puede quedar hasta un máximo de un 3% del capital sin desembolsar....

Disculpa Daniel79, en el libro pone: Existe con todo una particularidad para la sociedad anónima, en la que esta clase de aumento requiere el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas (art. 154 LSA, que, sin embargo, dulcifica el rigor de esta regla permitiendo la existencia de una cantidad pendiente de desembolso mientras sea inferior al 3 por 100 del capital).

Y en la LSA dispone: Artículo 154. Aumento con aportaciones dinerarias.

1. Para todo aumento del capital cuyo contravalor consista en nuevas aportaciones dinerarias al patrimonio social, será requisito previo, salvo para las sociedades de seguros, el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas.

2. No obstante, podrá realizarse el aumento si existe una cantidad pendiente de desembolso que no exceda del 3 % del capital social.

Queda pendiente el 50% del capital social, y no el 3% como dice la LSA.

La respuesta correcta es la opción a)

Saludos,

Hola Ius-Uned, yo en el examen marqué la opción c), supongo que como todo el mundo, cuando vi la pregunta, dudé.

Ahora me voy a ir por los cerros de Úbeda, e igual está fuera de lugar, pero sólo intento convencerme de que no me equivoqué, que eso no significa que tenga razón, ni mucho menos.

En lo que has expuesto, tienes razón, en aumentos de capital con aportaciones dinerarias, el capital tiene que estar desembolsado totalmente (salvando el 3%) y así lo indica la LSA

Artículo 154. Aumento con aportaciones dinerarias.

1. Para todo aumento del capital cuyo contravalor consista en nuevas aportaciones dinerarias al patrimonio social, será requisito previo, salvo para las sociedades de seguros, el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas.


Bien, pero para el aumento de capital, no está únicamente la modalidad por aportaciones dinerarias, sino que también existe por compensación de créditos, con cargo a reservas, con aportaciones dinerarias, y no sé si alguna más, si bien el artículo indica expresamente cuando consista en nuevas aportaciones dinerarias, como el libro no me despeja la duda, he buscado por "la red" y he encontrado esto:

http://www.areadepymes.com/getia/contentId;art_prc08/lastCtg;ctg_26/ampliaciones-de-capital-en-sociedades-anonimas

Si la ampliación de capital se realiza con aportaciones no dinerarias no es necesario el desembolso del anterior capital suscrito (art. 155 TRLSA), aunque de forma voluntaria de podría solicitar dichas cantidades. En este caso, parece que la norma está facilitando la entrada de nuevos accionistas que aportan activos no dinerarios que podrían ser útiles en la actividad social sin tener por ello, que solicitar todavía dividendos pasivos pendientes (cantidades no desembolsadas).


Es lo único que he encontrado que ampara mi respuesta, y en esto me intento justificar.  De todos modos, por mucho que diga, el que al final decidirá es el profesor cuando ponga las plantillas...

Un saludo Ius!
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: maryeg en 26 de Mayo de 2010, 17:06:45 pm
Pues yo he puesto la C, porque pensé que podría darse un aumento de capital con cargo a reservas y en ese caso no hace falta que esten desembolsadas todas las acciones.

Este caso no puede darse?
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: maryeg en 26 de Mayo de 2010, 17:08:59 pm
Daniel:  Exactamente eso que tan bien has explicado es lo que yo quería decir ;)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 26 de Mayo de 2010, 19:19:40 pm
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33) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos

En una SA si existen dividendos pasivo no es posible por Ley acordar una apliación de capital. Si la empresa necesita dinero debe exigir los dividendos pasivos. Esta la tengo yo también mal.

Saludos,


Pero es que el libro pone expresamente, que en caso de ampliación de capital, se puede quedar hasta un máximo de un 3% del capital sin desembolsar....

Disculpa Daniel79, en el libro pone: Existe con todo una particularidad para la sociedad anónima, en la que esta clase de aumento requiere el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas (art. 154 LSA, que, sin embargo, dulcifica el rigor de esta regla permitiendo la existencia de una cantidad pendiente de desembolso mientras sea inferior al 3 por 100 del capital).

Y en la LSA dispone: Artículo 154. Aumento con aportaciones dinerarias.

1. Para todo aumento del capital cuyo contravalor consista en nuevas aportaciones dinerarias al patrimonio social, será requisito previo, salvo para las sociedades de seguros, el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas.

2. No obstante, podrá realizarse el aumento si existe una cantidad pendiente de desembolso que no exceda del 3 % del capital social.

Queda pendiente el 50% del capital social, y no el 3% como dice la LSA.

La respuesta correcta es la opción a)

Saludos,

Hola Ius-Uned, yo en el examen marqué la opción c), supongo que como todo el mundo, cuando vi la pregunta, dudé.

Ahora me voy a ir por los cerros de Úbeda, e igual está fuera de lugar, pero sólo intento convencerme de que no me equivoqué, que eso no significa que tenga razón, ni mucho menos.

En lo que has expuesto, tienes razón, en aumentos de capital con aportaciones dinerarias, el capital tiene que estar desembolsado totalmente (salvando el 3%) y así lo indica la LSA

Artículo 154. Aumento con aportaciones dinerarias.

1. Para todo aumento del capital cuyo contravalor consista en nuevas aportaciones dinerarias al patrimonio social, será requisito previo, salvo para las sociedades de seguros, el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas.


Bien, pero para el aumento de capital, no está únicamente la modalidad por aportaciones dinerarias, sino que también existe por compensación de créditos, con cargo a reservas, con aportaciones dinerarias, y no sé si alguna más, si bien el artículo indica expresamente cuando consista en nuevas aportaciones dinerarias, como el libro no me despeja la duda, he buscado por "la red" y he encontrado esto:

http://www.areadepymes.com/getia/contentId;art_prc08/lastCtg;ctg_26/ampliaciones-de-capital-en-sociedades-anonimas

Si la ampliación de capital se realiza con aportaciones no dinerarias no es necesario el desembolso del anterior capital suscrito (art. 155 TRLSA), aunque de forma voluntaria de podría solicitar dichas cantidades. En este caso, parece que la norma está facilitando la entrada de nuevos accionistas que aportan activos no dinerarios que podrían ser útiles en la actividad social sin tener por ello, que solicitar todavía dividendos pasivos pendientes (cantidades no desembolsadas).


Es lo único que he encontrado que ampara mi respuesta, y en esto me intento justificar.  De todos modos, por mucho que diga, el que al final decidirá es el profesor cuando ponga las plantillas...

Un saludo Ius!

Estimado Daniel79:

35) Si en una sociedad anónima todas sus acciones están desembolsadas en un 50%, la sociedad:
a.- No puede acordar ningún aumento de capital, sino únicamente exigir los dividendos pasivos
b.- La sociedad podrá acordar un aumento de capital con aportaciones dinerarias
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

En cuanto dices de las ampliación de capital con aportaciones no dineraria, llevas razón.

No obstante, analizando lo que hemos aportado para su solución; veo que la opción b) es la correcta [es la que puse yo], pues el art. 154 dice "Para todo aumento del capital cuyo contravalor consista en nuevas aportaciones dinerarias al patrimonio social, será requisito previo, salvo para las sociedades de seguros, el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas".

Con lo cual una sociedad anónima dedicada a los seguros SI es posible un aumento en el capital social con aportaciones dinerarias, la pregunta nada dice del objeto social.

Me inclino más por esta opción.

Ya me dirás, pues estamos todos con la cabeza ida  :D

Saludos,

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 26 de Mayo de 2010, 19:38:34 pm
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En cuanto dices de las ampliación de capital con aportaciones no dineraria, llevas razón.

No obstante, analizando lo que hemos aportado para su solución; veo que la opción b) es la correcta [es la que puse yo], pues el art. 154 dice "Para todo aumento del capital cuyo contravalor consista en nuevas aportaciones dinerarias al patrimonio social, será requisito previo, salvo para las sociedades de seguros, el total desembolso de las acciones anteriormente emitidas".

Con lo cual una sociedad anónima dedicada a los seguros SI es posible un aumento en el capital social con aportaciones dinerarias, la pregunta nada dice del objeto social.

Me inclino más por esta opción.

Ya me dirás, pues estamos todos con la cabeza ida  :D

Saludos,




Pues si.... mirándolo desde ese punto de vista igual tienes tu razón.......
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: joseant en 26 de Mayo de 2010, 20:02:25 pm
Si yo fuera del equipo docente, DABA POR BUENA LAS 3  OPCIONES.
Acabo de llegar a una conclusión: aunque parezca mentira estamos preparados en Mercantil I, pero ellos están más que nosotros y saben donde pillarnos. No sé si con este sistema se evaluará bien el trabajo y las horas que le hemos dedicado a la asignatura, pero están en su derecho y también obligación de formular las preguntas de la forma que crean conveniente. Yo no voy a llegar al mínimo para aprobar, pero sí que he llegado a la conclusión de que por muy fácil que me parezca la pregunta y muy meridiana la opción a elegir, la PROXIMA VEZ, procuraré fiarme menos de lo que parece pero no es y analizar cada pregunta friamente y mirar todas las excepciones y procurar interpretarlas bien.
En un principio estaba un poco encabronado por tener la sensación de haber ido a una oposición en vez de a un examen, pero pensándolo friamente no tengo porque quejarme ya que ellos formulan las preguntas como les da la gana, eso sí también algún enunciado puede ser incompleto o interpretativo y yo, como me quede una o dos para llegar al mínimo, pienso reclamar y basar mi reclamación de forma razonada en la forma de preguntar.
Por cierto, si alguien dispone de las primeras 14 preguntas que las vaya colgando ya que el disgusto cuanto antes mejor.
Un saludo y suerte para todos.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 26 de Mayo de 2010, 21:44:23 pm
¿Pero lo de sociedades de seguros no son las que vienen en los temas del final?

Para mí si dice SA es SA. Para mí la respuesta es la A. Si no están todas desembolsadas, no puede, ¿no? ¿O me estoy liando?
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Juanjo Rodríguez en 28 de Mayo de 2010, 01:23:02 am
Hola, ahora que  he terminado con procesal le he podido echar un vistazo a esto (después de  un concierto). !Y está la cosa ajustaita!. Yo hice el tipo A   y copié de la primera hoja aquellas que tenía dudas. No están muy bien copiadas pero a ver si entre todos las completamos:
  4.- Las acciones rescatables
a) Sólo por S.A. cotizadas
b)Por todas, S.A. y R.L.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Parece que es la a)

6) En la S.A. el capital mínimo
a)
b) desembolsado en 25%

7)Las participaciones de S.R.L.
a) Pueden representarse por títulos sometiéndose al régimen jurídico  de las acciones de S.A.
b) No "             "

10) La acción social de responsabilidad  en S.L.
a) Puede ejercerse por cualquier socio perjudicado
b) Tiene por objeto reintegrar su patrimonio de la soc. por daños por los actos de los administradores.

11)La escisión total de una S.R.L.
a) Supone la separación de  1/3 al menos de los socios para constituir otra sociedad competidora
b)Supone necesariamente la extinción  de la sociedad

12)Los socios no responden de las deudas sociales
a) En las S.A.
b) En las S.A. y S.R.L. siempre que la falta de responsabilidad se haya establecido  en los estatutos.
c) Las dos anteriores son erróneas.

13(aunque no estoy seguro del nº) S.A. con un Consejo de Adm. de 9 miembros, el Consejo
a)Puede delegar permanantemente en un consejero delegado diversas facultades que correspondan al Consejo si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros
b)El Consejo no  puede delegar permanentemente ninfuna  facultad en un consejero   delegado  puesto  que la delegación sólo puede acordarla la junta general.

A partir de mañana me pondré a comprobar las respuestas, que ahora estoy destrozado.
Saludos
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 28 de Mayo de 2010, 09:57:13 am
Hola Juanjo Rodriguez:

Se agradece, esperamos tus respuestas.

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Juanjo Rodríguez en 28 de Mayo de 2010, 12:25:19 pm
6) En la S.A. el capital mínimo
creo que la respuesta es la b,  pues por el art. 12 el capital ha de estar desembolsado al menos, en una cuarta parte del valor nominal, es decir el 25%.

7) las participaciones de S.R.L.
creo que es la a   pues pueden estar representadas por medio de títulos (art. 51 LSA)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 28 de Mayo de 2010, 12:29:47 pm
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7) las participaciones de S.R.L.
creo que es la a   pues pueden estar representadas por medio de títulos (art. 51 LSA)

Las participaciones de una SRL no pueden estar representandas ni por títulos ni por anotaciones en cuenta. Lo que estás citando es la ley de sociedades anónimas. En el libro lo pone claramente.

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 28 de Mayo de 2010, 16:18:41 pm
Hola Euli:

No puedo contestarte porque últimamente me está dando problema los mensaje privados.

Envíame un email ius-uned@hotmail.es

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Juanjo Rodríguez en 28 de Mayo de 2010, 17:35:56 pm
Creo  que  tiene razón Mile en  la 7 es la b
Debió ser cosa del cansancio, porque es la que puse en el examen (creo que por los pelos lo saco, vamos a ver)

Otra
la 10  La acción social de responsabilidad en S.L.
creo que es la b) (según diario jurídico)
 Tiene por objeto reintegrar su patrimonio de la sociedad por daños por los actos de los administradores
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 28 de Mayo de 2010, 19:15:16 pm
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13(aunque no estoy seguro del nº) S.A. con un Consejo de Adm. de 9 miembros, el Consejo
a)Puede delegar permanantemente en un consejero delegado diversas facultades que correspondan al Consejo si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros
b)El Consejo no  puede delegar permanentemente ninfuna  facultad en un consejero   delegado  puesto  que la delegación sólo puede acordarla la junta general.


Puede ser que la respuesta correcta a esta pregunta sea la c)?
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 28 de Mayo de 2010, 19:57:35 pm
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13(aunque no estoy seguro del nº) S.A. con un Consejo de Adm. de 9 miembros, el Consejo
a)Puede delegar permanantemente en un consejero delegado diversas facultades que correspondan al Consejo si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros
b)El Consejo no  puede delegar permanentemente ninfuna  facultad en un consejero   delegado  puesto  que la delegación sólo puede acordarla la junta general.


Puede ser que la respuesta correcta a esta pregunta sea la c)?


Yo creo que puse la C. Porque si son 2/3, de 9 son 6, no 5... Aunque lo de permanente en el examen me escamaba...
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 29 de Mayo de 2010, 10:51:39 am
Hola:

Estas son mis respuestas, aun no las he comprobado.

Las primeras 14 preguntas del Modelo A

1) La práctica de los asientos en el Registro Mercantil:
a. - Se inicia a solicitud de parte legitimada

2) Una sociedad de responsabilidad limitada:
b. - Sólo puede tener un domicilio social

3) Da Jerónima Luzar está dispuesta a obligarse a ser la cocinera de un restaurante que será fundado por dos amigos suyos que constituirán al efecto una sociedad de responsabilidad limitada. La Sra. Luzar que piensa participar en el negocio, podría hacerlo:
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

4) Las acciones rescatables:
a. - Sólo pueden ser emitidas por sociedades anónimas cotizadas

5) Si una sociedad anónima tiene dos administradores solidarios:
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

6) En la sociedad anónima el capital mínimo establecido legalmente:
b. - Tiene que estar desembolsado en un 25%

7) Las participaciones de una sociedad de responsabilidad limitada:
b. - No pueden representarse por medio de títulos

8 ) En una sociedad anónima se denomina "operación acordeón" a:
b. - La operación que consiste en una reducción y aumento de capital simultáneos

9) En una sociedad de responsabilidad limitada:
a. - Puede acordarse la separación del administrador en la junta general sin que se incluya el asunto en el orden del día

10) La acción social de responsabilidad en la sociedad de responsabilidad limitada:
b. - Tiene por objeto reintegrar el patrimonio de la sociedad por los daños que ésta haya sufrido por los actos de los administradores

11) La escisión total de una sociedad de responsabilidad limitada:
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

12) Los socios no responden de las deudas sociales:
a. - En las sociedades anónimas

13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:
a. - Puede delegar permanentemente en un consejero delegado diversas facultades que corresponden al consejo si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros

14) En una sociedad anónima los dividendos a cuenta:
b. - No pueden distribuirse antes de la aprobación cuentas anuales por la junta general

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 29 de Mayo de 2010, 11:51:22 am
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11) La escisión total de una sociedad de responsabilidad limitada:
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:
a. - Puede delegar permanentemente en un consejero delegado diversas facultades que corresponden al consejo si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros

14) En una sociedad anónima los dividendos a cuenta:
b. - No pueden distribuirse antes de la aprobación cuentas anuales por la junta general

Saludos,



Coincido en todas excepto estas 3

11) La escisión total de una sociedad de responsabilidad limitada:

b) Supone necesariamente la extinción de la sociedad


13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:

c) No recuerdo lo que decía, pero si no voy mal, para nombrar un consejero delegado permanente es necesario el voto de 2/3 de todos los administradores.


14) En una sociedad anónima los dividendos a cuenta:

c) puse la "c", que tampoco recuerdo que decía, pero me suena que el algún caso sí que se pueden repartir dividendos antes de aprobar las cuentas, pero no pondría la mano en el fuego....



A ver si tenemos suerte y cuelgan las plantillas de resultados algún día de estos....
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 29 de Mayo de 2010, 12:20:09 pm
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11) La escisión total de una sociedad de responsabilidad limitada:
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:
a. - Puede delegar permanentemente en un consejero delegado diversas facultades que corresponden al consejo si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros

14) En una sociedad anónima los dividendos a cuenta:
b. - No pueden distribuirse antes de la aprobación cuentas anuales por la junta general

Saludos,



Coincido en todas excepto estas 3

11) La escisión total de una sociedad de responsabilidad limitada:

b) Supone necesariamente la extinción de la sociedad


13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:

c) No recuerdo lo que decía, pero si no voy mal, para nombrar un consejero delegado permanente es necesario el voto de 2/3 de todos los administradores.


14) En una sociedad anónima los dividendos a cuenta:

c) puse la "c", que tampoco recuerdo que decía, pero me suena que el algún caso sí que se pueden repartir dividendos antes de aprobar las cuentas, pero no pondría la mano en el fuego....

A ver si tenemos suerte y cuelgan las plantillas de resultados algún día de estos....

Hola Daniel79:

La pregunta 14, efectivamente es la c)

La pregunta 11; no la he visto aun.

La pregunta 13, dice:

13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:
a. - Puede delegar permanentemente en un consejero delegado diversas facultades que corresponden al consejo
si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros

b. - El consejo no puede delegar permanentemente ninguna facultad en un consejero delegado, puesto que la
delegación solo puede acordarla la junta general
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

La opción a) es correcta a tenor de (LSA):

Artículo 140. Adopción de acuerdos.
1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión, que deberá ser convocada por el Presidente o el que haga sus veces.

Artículo 141. Régimen interno y delegación de facultades.

1. Cuando los estatutos de la sociedad no dispusieran otras cosa, el Consejo de administración podrá designar a su Presidente, regular su propio funcionamiento, aceptar la dimisión de los Consejeros y designar de su seno una Comisión ejecutiva o uno o más Consejeros delegados, sin perjuicio de los apoderamientos que pueda conferir a cualquier persona.

En ningún caso podrán ser objeto de delegación la rendición de cuentas y la presentación de balances a la junta general, ni las facultades que ésta conceda al Consejo, salvo que fuese expresamente autorizado por ella.

2. La delegación permanente de alguna facultad del Consejo de administración en la Comisión ejecutiva o en el Consejero delegado y la designación de los administradores que hayan de ocupar tales cargos requerirán para su validez el voto favorable de las dos terceras partes de los componentes del Consejo y no producirán efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil.

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 29 de Mayo de 2010, 12:32:57 pm
11) La escisión total de una sociedad de responsabilidad limitada:
b) Supone necesariamente la extinción de la sociedad

Esta es la respuesta correcta.

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 29 de Mayo de 2010, 12:39:42 pm
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La pregunta 13, dice:

13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:
a. - Puede delegar permanentemente en un consejero delegado diversas facultades que corresponden al consejo
si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros

b. - El consejo no puede delegar permanentemente ninguna facultad en un consejero delegado, puesto que la
delegación solo puede acordarla la junta general
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

La opción a) es correcta a tenor de (LSA):

Artículo 140. Adopción de acuerdos.
1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión, que deberá ser convocada por el Presidente o el que haga sus veces.

Artículo 141. Régimen interno y delegación de facultades.

1. Cuando los estatutos de la sociedad no dispusieran otras cosa, el Consejo de administración podrá designar a su Presidente, regular su propio funcionamiento, aceptar la dimisión de los Consejeros y designar de su seno una Comisión ejecutiva o uno o más Consejeros delegados, sin perjuicio de los apoderamientos que pueda conferir a cualquier persona.

En ningún caso podrán ser objeto de delegación la rendición de cuentas y la presentación de balances a la junta general, ni las facultades que ésta conceda al Consejo, salvo que fuese expresamente autorizado por ella.

2. La delegación permanente de alguna facultad del Consejo de administración en la Comisión ejecutiva o en el Consejero delegado y la designación de los administradores que hayan de ocupar tales cargos requerirán para su validez el voto favorable de las dos terceras partes de los componentes del Consejo y no producirán efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil.

Saludos,

Hola Ius

Sí, si es que esta pregunta entró en un examen anterior y la puse en el post de "preguntas difíciles" porque también pensaba que podían nombrarlos por mayoría simple, pero mira el punto 2 del Art. 141.

Que bueno, lo único cierto es que se quedaron a gusto con el examen, porque esto en el libro está en 1 línea al final de un párrafo que por poco rápido que leas, ni lo ves, y para colmo no se vuelve a repetir en ningún lugar.

Un saludo
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 29 de Mayo de 2010, 13:07:56 pm
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La pregunta 13, dice:

13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:
a. - Puede delegar permanentemente en un consejero delegado diversas facultades que corresponden al consejo
si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros

b. - El consejo no puede delegar permanentemente ninguna facultad en un consejero delegado, puesto que la
delegación solo puede acordarla la junta general
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

La opción a) es correcta a tenor de (LSA):

Artículo 140. Adopción de acuerdos.
1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión, que deberá ser convocada por el Presidente o el que haga sus veces.

Artículo 141. Régimen interno y delegación de facultades.

1. Cuando los estatutos de la sociedad no dispusieran otras cosa, el Consejo de administración podrá designar a su Presidente, regular su propio funcionamiento, aceptar la dimisión de los Consejeros y designar de su seno una Comisión ejecutiva o uno o más Consejeros delegados, sin perjuicio de los apoderamientos que pueda conferir a cualquier persona.

En ningún caso podrán ser objeto de delegación la rendición de cuentas y la presentación de balances a la junta general, ni las facultades que ésta conceda al Consejo, salvo que fuese expresamente autorizado por ella.

2. La delegación permanente de alguna facultad del Consejo de administración en la Comisión ejecutiva o en el Consejero delegado y la designación de los administradores que hayan de ocupar tales cargos requerirán para su validez el voto favorable de las dos terceras partes de los componentes del Consejo y no producirán efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil.

Saludos,

Hola Ius

Sí, si es que esta pregunta entró en un examen anterior y la puse en el post de "preguntas difíciles" porque también pensaba que podían nombrarlos por mayoría simple, pero mira el punto 2 del Art. 141.

Que bueno, lo único cierto es que se quedaron a gusto con el examen, porque esto en el libro está en 1 línea al final de un párrafo que por poco rápido que leas, ni lo ves, y para colmo no se vuelve a repetir en ningún lugar.

Un saludo

Pues sí, es así... la pondremos como mal  :'(

Creo que este examen ha sido peor que el primero. Pienso que no tendré problema para aprobar, pero nunca se sabe.

El problema de esta asignatura, por lo menos mi caso, es que el estudio se hace distinto a una prueba de desarrollo, es decir, sólo un par de lecturas del manual completo y a correr. Aunque en este cuatrimestre han sido cuatro, notas, LSA, LSL, etc.

En cuanto al manual, es malísima su redacción donde su autor mezcla en una misma oración catorce subordinadas, y en alguna que otra ocasión expone cosa que da por sabidas para el lector. Aunque es entendible y disculpable, pues ser catedrático, llevar negocios privado, escribir una extensa bibliografía como la que tiene el Prof. Bercovitz, todos ello requiere tiempo.

También es de agradecer. En el aula virtual, no me gusta el trato de algún que otro interviniente del Equipo docente, pues muchas veces, a alguien que pregunta le responden más o menos "no ha leído bien el texto, vuelva a leer la pág. tal y tal", pero bueno, para que están entonces.
 
En fin, aprobar la asignatura y, que se queden ellos con ser uno de los Departamentos peor valorado de la Uned.

Y por último, en honor a la verdad, también el Departamento puede poner mucho más difícil los exámenes.

Saludos, y suerte.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: PELOTIAS en 01 de Junio de 2010, 12:45:34 pm
LA PREGUNTA 5 del examen A, relativa a si una SA tiene 2 administradores solidarios:
a).- Los dos integran el Consejo de Ad.
b).- Para la adopción de acuerdos habrá que computar la mayoría...
c).- Las dos son erróneas.

Miro en el libro y no tengo clara la respuesta. Sólo me consta que si hay 2 administradores manci¡omundaos debe constituirse obligatoriamente el Consejo de Administración.
¿Qué opináis?
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 01 de Junio de 2010, 13:59:16 pm
Yo creo que puse la C.

A) Es incorrecta, porque como tu dices, en el consejo actuaría de forma mancomunada y no solidaria.
B) No se puede adoptar acuerdos por mayoría, porque si son solidarios, actuan de forma independiente
C) A mi parecer sería la correccta.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 01 de Junio de 2010, 16:43:30 pm
Hola:

  Estoy estudiando aún el temario y lo único que sé son los conceptos generales y no he revisado las trampas de los exámenes, por lo que doy mi opinión que puede estar equivocada.

  Según Artículo 136. de la LSA, Cuando la administración se confíe conjuntamente a más de dos personas, éstas constituirán el Consejo de administración.
Nada dice de que tengan que ser mancomunada, por lo que creo que la opción correcta tal como entiendo la pregunta es la A.
Saludos cordiales,
jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 01 de Junio de 2010, 17:09:37 pm
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Hola:

  Estoy estudiando aún el temario y lo único que sé son los conceptos generales y no he revisado las trampas de los exámenes, por lo que doy mi opinión que puede estar equivocada.

  Según Artículo 136. de la LSA, Cuando la administración se confíe conjuntamente a más de dos personas, éstas constituirán el Consejo de administración.
Nada dice de que tengan que ser mancomunada, por lo que creo que la opción correcta tal como entiendo la pregunta es la A.
Saludos cordiales,
jbr


Estimado JBR:

Artículo 136. Concepto "Cuando la administración se confíe conjuntamente a más de dos personas, éstas constituirán el Consejo de administración". Conjuntamente equivale a mancomunadamente.

Es que ya a estas altura del curso y los exámenes, quien no tiene la cabeza en otro sitio  ;)

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 01 de Junio de 2010, 17:49:27 pm
Estimado ius-uned:

  Será así, la verdad que no lo tengo claro, lo estudiaré más a fondo, porque puede que esté equivocado con las S.L.

  Saludos,
   jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: PELOTIAS en 01 de Junio de 2010, 18:58:21 pm
Miro la LSA y no saco en claro nada. No hay en la Ley mención alguna a administradores solidarios en una SA, ni nada parecido a ello en la sección de Consejo de Adminitysración y de Administradores. Esta pregunta es una ....... (ponerle vosotros el calificativo).
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 01 de Junio de 2010, 19:02:19 pm
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Estimado ius-uned:

  Será así, la verdad que no lo tengo claro, lo estudiaré más a fondo, porque puede que esté equivocado con las S.L.

  Saludos,
   jbr


Sí que es así jbr, cuando los administradores actúan mancomunadamente, tienen que tomar las decisiones por unanimidad, no vale que cada uno haga lo que quiera individualmente, por eso, a partir de la existencia de 2 (no recuerdo si con 2 ó si con más de 2) surge la obligación de constituir el Consejo de Administración, para, por decirlo de alguna manera, juntarlos a todos en el mismo lugar para tomar una decisión colegiada, es decir, como una unidad.  

Pero esto sólo ocurre con los mancomunados, en el caso de la pregunta, los administradores solidarios, pueden ir por su cuenta, no necesitan el acuerdo del "otro administrador" para tomar decisiones válidas, por eso, la obligación del Consejo de Administración en los administradores solidarios, carece de sentido.

La pregunta indica que son "administradores solidarios" por lo que no tienen que formar parte de ningún Consejo de Administración (como indica la "A") y tampoco tienen que adoptar acuerdos por mayoría (como indica la "B"), y por descarte sólo queda la "C".

Un saludo!
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: PELOTIAS en 01 de Junio de 2010, 20:37:32 pm
¿Entonces, qué? ¿La A, B o C?
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: euli en 03 de Junio de 2010, 01:07:21 am
Podrían hacer una combinación ganadora   como han heccho con derecho civil cominitario.   
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jrlo en 03 de Junio de 2010, 09:45:16 am
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La pregunta 13, dice:

13) En una sociedad anónima con un consejo de administración de 9 miembros, el consejo:
a. - Puede delegar permanentemente en un consejero delegado diversas facultades que corresponden al consejo
si se adopta el acuerdo con el voto favorable de 5 consejeros

b. - El consejo no puede delegar permanentemente ninguna facultad en un consejero delegado, puesto que la
delegación solo puede acordarla la junta general
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

La opción a) es correcta a tenor de (LSA):

Artículo 140. Adopción de acuerdos.
1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión, que deberá ser convocada por el Presidente o el que haga sus veces.

Artículo 141. Régimen interno y delegación de facultades.

1. Cuando los estatutos de la sociedad no dispusieran otras cosa, el Consejo de administración podrá designar a su Presidente, regular su propio funcionamiento, aceptar la dimisión de los Consejeros y designar de su seno una Comisión ejecutiva o uno o más Consejeros delegados, sin perjuicio de los apoderamientos que pueda conferir a cualquier persona.

En ningún caso podrán ser objeto de delegación la rendición de cuentas y la presentación de balances a la junta general, ni las facultades que ésta conceda al Consejo, salvo que fuese expresamente autorizado por ella.

2. La delegación permanente de alguna facultad del Consejo de administración en la Comisión ejecutiva o en el Consejero delegado y la designación de los administradores que hayan de ocupar tales cargos requerirán para su validez el voto favorable de las dos terceras partes de los componentes del Consejo y no producirán efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil.

Saludos,

Hola Ius

Sí, si es que esta pregunta entró en un examen anterior y la puse en el post de "preguntas difíciles" porque también pensaba que podían nombrarlos por mayoría simple, pero mira el punto 2 del Art. 141.

Que bueno, lo único cierto es que se quedaron a gusto con el examen, porque esto en el libro está en 1 línea al final de un párrafo que por poco rápido que leas, ni lo ves, y para colmo no se vuelve a repetir en ningún lugar.

Un saludo

Pues sí, es así... la pondremos como mal  :'(

Creo que este examen ha sido peor que el primero. Pienso que no tendré problema para aprobar, pero nunca se sabe.

El problema de esta asignatura, por lo menos mi caso, es que el estudio se hace distinto a una prueba de desarrollo, es decir, sólo un par de lecturas del manual completo y a correr. Aunque en este cuatrimestre han sido cuatro, notas, LSA, LSL, etc.

En cuanto al manual, es malísima su redacción donde su autor mezcla en una misma oración catorce subordinadas, y en alguna que otra ocasión expone cosa que da por sabidas para el lector. Aunque es entendible y disculpable, pues ser catedrático, llevar negocios privado, escribir una extensa bibliografía como la que tiene el Prof. Bercovitz, todos ello requiere tiempo.

También es de agradecer. En el aula virtual, no me gusta el trato de algún que otro interviniente del Equipo docente, pues muchas veces, a alguien que pregunta le responden más o menos "no ha leído bien el texto, vuelva a leer la pág. tal y tal", pero bueno, para que están entonces.
 
En fin, aprobar la asignatura y, que se queden ellos con ser uno de los Departamentos peor valorado de la Uned.

Y por último, en honor a la verdad, también el Departamento puede poner mucho más difícil los exámenes.

Saludos, y suerte.
La opción correcta seria la c) . Porque las 33 partes de 9 son 6.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jrlo en 03 de Junio de 2010, 09:46:51 am
Perdón , queria decir las 2/3 partes de 9 son 6.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Natxo en 04 de Junio de 2010, 13:02:34 pm
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Sí, si es que esta pregunta entró en un examen anterior y la puse en el post de "preguntas difíciles"
....


Hola,

Me puede decir alguien cómo encontrar dicho post? No doy con él en todo el foro.


Un saludo y muchas gracias.

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 04 de Junio de 2010, 17:02:33 pm
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Sí, si es que esta pregunta entró en un examen anterior y la puse en el post de "preguntas difíciles"
....


Hola,

Me puede decir alguien cómo encontrar dicho post? No doy con él en todo el foro.


Un saludo y muchas gracias.



http://foro.uned-derecho.com/index.php?topic=41619.0
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 12:25:40 pm
Saludos a todos: acabo de hacer el exámen tipo A de la primera semana de junio 2010. Una vez autocorregido doy las siguientes respuestas como "proposición de válidas" me gustaría discutieramos, argumentadamente, las discrepancias con las que vosotros consideréis dudosas. Saludos.

1a.2b.3c.4a.5c.6b.7b.8b.9a.10b.11b.12c.13c.14c.15a.16a.17a. 18c.19b.20a.21a.22b.23b.24b.25a.26b.27b.28b.29c.30c.31b.32b .33a.34b.35b.36c.37a.38b.39a.40b
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 12:47:20 pm
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Saludos a todos: acabo de hacer el exámen tipo A de la primera semana de junio 2010. Una vez autocorregido doy las siguientes respuestas como "proposición de válidas" me gustaría discutieramos, argumentadamente, las discrepancias con las que vosotros consideréis dudosas. Saludos.

1a.2b.3c.4a.5c.6b.7b.8b.9a.10b.11b.12c.13c.14c.15a.16a.17a. 18c.19b.20a.21a.22b.23b.24b.25a.26b.27b.28b.29c.30c.31b.32b .33a.34b.35b.36c.37a.38b.39a.40b

Las que hemos llegado, por mayoría, los que hemos hecho el modelo A, son:

A,B,C,A,C,B,B,B,A,B,B,A,C,C,A,A,B,C,B,(A y B),A,C,B,B,A,B,B,C,C,C,C,B,A,B,B,C,B,B,A,B

Con la que das tu me salen correcta 29.
Repasa el hilo hay tienes respuestas a las que tu das por buena y que no lo son.

Saludos,


PD. Ahora no me puedo entretener en discutir las respuestas.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 13:49:59 pm
Discrepo con el sentir general en cinco preguntas. Yo he contestado:12c,22b,28c 31b y 37b
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 13:57:18 pm
Pregunta 12. Los socios no responden de las deudas sociales.
A) En las sociedades anónimas.

Efectivamente es correcta porque es verdad la frase completa, aunque no sea TODA  la verdad. He caido en una trampa absurda ya que tampoco responden las limitadas, figure o no en los estatutos. Pero la a es válida. Fallo absurdo :-[
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 05 de Junio de 2010, 14:06:25 pm
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Discrepo con el sentir general en cinco preguntas. Yo he contestado:12c,22b,28c 31b y 37b

La 37 es la A, yo también me equivoqué.... pero en el examen..... no tengo el libro delante, pero si no recuerdo mal, en caso de transformación del tipo social "los socios tienen derecho de separación" PERO, si la transformación es perjudicial, es decir, pasar de responsabilidad limitada a ilimitada, el socio que vota en contra "queda automáticamente separado" si no manifiesta lo contrario, es decir, en el primer caso, es un derecho, en el segundo es un hecho (salvo manifestación en contrario).

Ya te digo Conde, no tengo el libro delante, pero estoy seguro que lo pone por algún sitio.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 14:07:18 pm
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Pregunta 12. Los socios no responden de las deudas sociales.
A) En las sociedades anónimas.

Efectivamente es correcta porque es verdad la frase completa, aunque no sea TODA  la verdad. He caido en una trampa absurda ya que tampoco responden las limitadas, figure o no en los estatutos. Pero la a es válida. Fallo absurdo :-[

Sigue mirando... pon tu argumentación y la que hemos dado en el foro... y en huco intento contestarte.

Saludos,

PD. Al resto de compañeros que van a la segunda semana, animaros y contestar que os sirve de repaso.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 14:08:19 pm
22) Junta Universal celebrada por una SA para transformarse en una SL y aprobación por mayoría con oposición de un socio y si tiene derecho o no a separarse.
Yo he contestado la
B) Tiene derecho a separarse de la sociedad.

Pag.504 del manual:  art.15.1 de la LME ...este derecho se reconoce en cualquier hipótesis de transformación...a los socios que no hubieran votado a favor del acuerdo.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 14:17:34 pm
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Discrepo con el sentir general en cinco preguntas. Yo he contestado:12c,22b,28c 31b y 37b

La 37 es la A, yo también me equivoqué.... pero en el examen..... no tengo el libro delante, pero si no recuerdo mal, en caso de transformación del tipo social "los socios tienen derecho de separación" PERO, si la transformación es perjudicial, es decir, pasar de responsabilidad limitada a ilimitada, el socio que vota en contra "queda automáticamente separado" si no manifiesta lo contrario, es decir, en el primer caso, es un derecho, en el segundo es un hecho (salvo manifestación en contrario).

Ya te digo Conde, no tengo el libro delante, pero estoy seguro que lo pone por algún sitio.

37) En caso de transformación de una sociedad anónima en sociedad colectiva, los socios que no hayan votado a favor
del correspondiente acuerdo:
a. - Quedarán automáticamente separados a no ser que se adhieran expresamente al acuerdo
b. - Seguirán perteneciendo a la sociedad transformada a no ser que ejerciten activamente el derecho de separación
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

A ver si ahora no nos liamos  ;D

La respuesta correcta es la b) Daniel79 esa respuesta la tienes correcta, al igual que Conde63 también la da.
Por qué, pues porque el socio tiene que ejercer la acción de separarse no es una forma automática.

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 14:30:33 pm
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Discrepo con el sentir general en cinco preguntas. Yo he contestado:12c,22b,28c 31b y 37b

La 37 es la A, yo también me equivoqué.... pero en el examen..... no tengo el libro delante, pero si no recuerdo mal, en caso de transformación del tipo social "los socios tienen derecho de separación" PERO, si la transformación es perjudicial, es decir, pasar de responsabilidad limitada a ilimitada, el socio que vota en contra "queda automáticamente separado" si no manifiesta lo contrario, es decir, en el primer caso, es un derecho, en el segundo es un hecho (salvo manifestación en contrario).

Ya te digo Conde, no tengo el libro delante, pero estoy seguro que lo pone por algún sitio.

37) En caso de transformación de una sociedad anónima en sociedad colectiva, los socios que no hayan votado a favor
del correspondiente acuerdo:
a. - Quedarán automáticamente separados a no ser que se adhieran expresamente al acuerdo
b. - Seguirán perteneciendo a la sociedad transformada a no ser que ejerciten activamente el derecho de separación
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

A ver si ahora no nos liamos  ;D

La respuesta correcta es la b) Daniel79 esa respuesta la tienes correcta, al igual que Conde63 también la da.
Por qué, pues porque el socio tiene que ejercer la acción de separarse no es una forma automática.

Saludos,

Daniel79, disculpa pero estamos ya  :D la correcta es la a)

Artículo 15. Derecho de separación de los socios (LME).

2. Los socios que por efecto de la transformación hubieran de asumir una responsabilidad personal por las deudas sociales y no hubieran votado a favor del acuerdo de transformación quedarán automáticamente separados de la sociedad, si no se adhieren fehacientemente a él dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de su adopción cuando hubieren asistido a la junta de socios, o desde la comunicación de ese acuerdo cuando no hubieran asistido. La valoración de las partes sociales correspondientes a los socios que se separen se hará conforme a lo dispuesto para las sociedades de responsabilidad limitada.

Saludos,


PD. Ahora sí os dejo, ciao.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 14:39:52 pm
En efecto, la separación es AUTOMATICA en el caso de pasar a responder personalmente por las deudas sociales, caso del paso de una SA o SL a una sociedad colectiva. Yo la tenía bien, pero me confundía al transcribir. La correcta es, por tanto, la A, como bien dice Ius, a quien agradezco mucho su colaboración, aunque imagino que está hasta las cejas preparando algún exámen. :)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 14:57:22 pm
En cuanto a la pregunta 31.
Pueden existir socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad. He contestado
B) En las sociedades colectivas y comanditarias.
Y el resto de la gente, por lo visto, la C) Las dos respuestas anteriores son erroneas.
Bien en cuanto a la comanditaria, no hay dudas: puede haber socios industriales que solo aportan su trabajo a la sociedad (pag. 315 del manual). En la comanditaria simple no veo tanta claridad aunque, si es igual a la comanditaria excepto en el asunto de los socios comanditarios, que solo aportan capital y responden solamente de dicha aportación, si lo demás no varía, parece que sí pueden admitirse socios industriales. Salvo que álguien me diga otra cosa. ;)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 05 de Junio de 2010, 15:37:41 pm
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En cuanto a la pregunta 31.
Pueden existir socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad. He contestado
B) En las sociedades colectivas y comanditarias.
Y el resto de la gente, por lo visto, la C) Las dos respuestas anteriores son erroneas.
Bien en cuanto a la comanditaria, no hay dudas: puede haber socios industriales que solo aportan su trabajo a la sociedad (pag. 315 del manual). En la comanditaria simple no veo tanta claridad aunque, si es igual a la comanditaria excepto en el asunto de los socios comanditarios, que solo aportan capital y responden solamente de dicha aportación, si lo demás no varía, parece que sí pueden admitirse socios industriales. Salvo que álguien me diga otra cosa. ;)

Yo también defiendo la B), en la colectiva no hay duda alguna, pero en algún punto del libro pone que la comanditaria es una "colectiva con sustrato capitalista" o algo así, por lo que entiendo que dentro de la misma (comanidtaria) habrá socios propios de la colectiva y por otro lado socios méramente capitalistas, vamos, que por "absorción" en la comanditaria habría socios industriales.  El problema es que en el libro no conseguí ninguna respuesta esclarecedora...
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 05 de Junio de 2010, 15:47:11 pm
Conde, mira, no tengo el libro porque se lo dejé a una compañera... así que he encontrado una respuesta por la "red", a falta de mejor opinión.

Relativo a la pregunta de los socios comanditarios. (no me deja hacer copy/paste así que te incluyo el link)

http://www.gabilos.com/comosehace/formasjuridicas/textoSociedadComandSimple.htm
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 05 de Junio de 2010, 16:26:43 pm
Hola:

  Para poder aportar mi opinión necesito la pregunta y las respuestas exactas, hay que tener en cuenta que en este examen cualquier como puede influir en la respuesta.

  Según entiendo en las sociedades colectivas, hay socios que ponen dinero y trabajo, socios que sólo ponen trabajo y la cuota de participación se equipara al menor de los que hayan aportado dinero. Responden los socios con todas sus bienes presentes y futuro. En beneficio reparten todos, dependiendo de su parte de participación. En las pérdidas sólo es entre las partes que hayan aportado dinero.

  En las sociedades comanditaria, exiten, socios colectivos, que pueden ser socios que hayan puesto dinero y trabajo, socio que hayan puesto sólo trabajo, con cuota de participación equiparable a la menor participación dineraria y el socio comandatiraio que sólo aporta dinero. Su responsabilidad es únicamente por la cantidad aportada. Participa tanto en pérdidas como en ganancia.

  Tambien en las SLL, participan socios capitalistas y socios trabajadores, por lo que tendría que ver la pregunta completa para poder dar mi punto de vista.

  De todos modos es muy arriesgado dar opiniones mientras se está estudiando, porque el dichoso texto, tan pronto te dice una cosa, como tres renglones más adelante te dice lo contrario. Es un texto para hacer exámenes tipo test, no para enseñarte mercantil.

  Saludos,

jbhr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 17:30:28 pm
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Conde, mira, no tengo el libro porque se lo dejé a una compañera... así que he encontrado una respuesta por la "red", a falta de mejor opinión.

Relativo a la pregunta de los socios comanditarios. (no me deja hacer copy/paste así que te incluyo el link)

http://www.gabilos.com/comosehace/formasjuridicas/textoSociedadComandSimple.htm

 Definición:  La Sociedad Comanditaria Simple es una sociedad de carácter personalista, en la que coexisten
socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no, capital y socios
comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en
nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios
comanditarios tienen la responsabilidad limitada a su aportación.
Ver artículo 148 del Código de Comercio.

De lo que se deduce:

"La Sociedad Comanditaria Simple...  en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y [que pueden aportar o no] capital y socios que sólo aportan capital". Es decir, según este texto, no es posible que el socio aporte sólo trabajo. Aunque está el autor un poco liadillo.

Otro texto;

CARACTERÍSTICAS

La sociedad comanditaria o en comandita está regulada por el Código de Comercio.
Es esencial la existencia de dos clases de socios:

Socios colectivos, bajo cuyo nombre girará la razón social, que aportan capital y trabajo, y responden personal y solidariamente de los resultados de la gestión social, sean o no gestores de la sociedad.

Socios comanditarios, que solamente aportan capital y su responsabilidad está limitada a su aportación, careciendo de derecho a participar en la gestión social.

Fuente (http://www.lasasesorias.com/es/publica/crearempresa/soccoms.html)

Sigo pensando en la C).

Saludos,

PD. Hasta dentro de otro rato  :)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 18:24:49 pm
Definición:  La Sociedad Comanditaria Simple es una sociedad de carácter personalista, en la que coexisten
socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no, capital y socios
comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en
nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios
comanditarios tienen la responsabilidad limitada a su aportación.
Ver artículo 148 del Código de Comercio.

De lo que se deduce:

"La Sociedad Comanditaria Simple...  en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y [que pueden aportar o no] capital y socios que sólo aportan capital". Es decir, según este texto, no es posible que el socio aporte sólo trabajo. Aunque está el autor un poco liadillo.

Pues no sé, Ius: parece que con el texto delante, incluso el tuyo propio, interpretamos cosas diferentes. Si en la comanditaria simple hay socios que pueden aportar trabajo y aportar (o no aportarlo) capital. Si no aportan capital y sí trabajo, estamos ante un socio industrial de toda la vida, igual que en la sociedad colectiva. ???
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 18:29:42 pm
Reproduzco literalmente la pregunta para JBR y los que quieran mirarlo.

31) Pueden existir socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad.

a.-En todas las sociedades mercantiles.

b.-En la sociedad colectiva y en la comanditaria SIMPLE.

c.-Las dos respuestas anteriores son erroneas.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 05 de Junio de 2010, 18:34:22 pm
Hola Conde63:

  Creo que la diferencia está en que la sociedad comanditaria es una sociedad colectiva, pero que además tiene un socio que aporta sólo capital y que responde sólo por dicha aportación. Se podría decir que son dos sociedades en una.

  Según el texto, la comanditaria es posible que sea una evolución de la colectiva y ésta una evolución de la capitalista.

  Por lo que tanto la colectiva como la comanditaria pueden tener socios trabajadores y capitalistas, con la salvedad que la colectiva responden todos los socios ilimitadamente y en la comandita, el socio comanditario sólo por la aportación

  Saludos,
jbr


P.D.: En mi opinión la respuesta correcta es la B.
a), no puede ser, puesto que enn las SA no es posible. B) en una sociedad colectiva puede haber de las dos clases de socios. y en la comanditaria, también, puesto que es una sociedad colectiva, más un socio capitalista, por lo tanto hay socioes industriales en las dos.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 18:51:25 pm
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Relativo a la pregunta de los socios comanditarios. (no me deja hacer copy/paste así que te incluyo el link)

http://www.gabilos.com/comosehace/formasjuridicas/textoSociedadComandSimple.htm

 Definición:  La Sociedad Comanditaria Simple es una sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no, capital y socios
comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en
nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios
comanditarios tienen la responsabilidad limitada a su aportación.
Ver artículo 148 del Código de Comercio.

De lo que se deduce:

"La Sociedad Comanditaria Simple...  en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y [que pueden aportar o no] capital y socios que sólo aportan capital". Es decir, según este texto, no es posible que el socio aporte sólo trabajo. Aunque está el autor un poco liadillo.


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Definición:  La Sociedad Comanditaria Simple es una sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no, capital y socios
comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en
nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios
comanditarios tienen la responsabilidad limitada a su aportación.
Ver artículo 148 del Código de Comercio.

De lo que se deduce:

"La Sociedad Comanditaria Simple...  en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y [que pueden aportar o no] capital y socios que sólo aportan capital". Es decir, según este texto, no es posible que el socio aporte sólo trabajo. Aunque está el autor un poco liadillo.

Pues no sé, Ius: parece que con el texto delante, incluso el tuyo propio, interpretamos cosas diferentes. Si en la comanditaria simple hay socios que pueden aportar trabajo y aportar (o no aportarlo) capital. Si no aportan capital y sí trabajo, estamos ante un socio industrial de toda la vida, igual que en la sociedad colectiva. ???

Eso es lo que dice el link que ha puesto Daniel79 y que él no a podido copiar. No lo digo yo. Ok?

En el manual de Bercovitz no está claro en absoluto ni en el CCom lo veo claro tampoco, tanto es así que ninguno de los que estamos interviniendo nos estamos refiriendo a precepto alguno.

Otro link para que saquéis conclusiones (http://www.dipalme.org/Servicios/Informacion/Informacion.nsf/referencia/Diputacion+Provincial+de+Almeria+Mujer+DM-SCOM)

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 19:01:22 pm
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Hola Conde63:

  Creo que la diferencia está en que la sociedad comanditaria es una sociedad colectiva, pero que además tiene un socio que aporta sólo capital y que responde sólo por dicha aportación. Se podría decir que son dos sociedades en una.

  Según el texto, la comanditaria es posible que sea una evolución de la colectiva y ésta una evolución de la capitalista.

  Por lo que tanto la colectiva como la comanditaria pueden tener socios trabajadores y capitalistas, con la salvedad que la colectiva responden todos los socios ilimitadamente y en la comandita, el socio comanditario sólo por la aportación

  Saludos,
jbr


P.D.: En mi opinión la respuesta correcta es la B.
a), no puede ser, puesto que enn las SA no es posible. B) en una sociedad colectiva puede haber de las dos clases de socios. y en la comanditaria, también, puesto que es una sociedad colectiva, más un socio capitalista, por lo tanto hay socioes industriales en las dos.

La cuestión, desde mi punto de vista, está en que la pregunta solo hace referencia a "socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad" en comanditaria simple, pienso que sí es posible si además aporta capital. Pero eso no está entre la opcionones de respuestas de la pregunta. Por ello digo que la respuesta correcta es la C).

En fin, dentro de unos días saldremos de las dudas.

Saludos,

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 05 de Junio de 2010, 19:05:15 pm
Hola:

  CCm. Artículo 138.
El socio industrial no podrá ocuparse en negociaciones de especie alguna, salvo si la compañía se lo permitiere expresamente; y en caso de verificarlo, quedará al arbitrio de los socios capitalistas excluirlo de la compañía, privándole de los beneficios que le correspondan en ella, o aprovecharse de los que hubiere obtenido contraviniendo a esta disposición.
Artículo 140.
No habiéndose determinado en el contrato de compañía la parte correspondiente a cada socio en las ganancias, se dividirán éstas a prorrata de la porción de interés que cada cual tuviere en la compañía, figurando en la distribución los socios industriales, si los hubiere, en la clase del socio capitalista de menos participación.

Está claro que en la sociedad colectiva puede haber socios industriales o trabajadores y socios capitalistas y sólo socios capitalistas-
Artículo 148.
Todos los socios colectivos, sean o no gestores de la Compañía en comandita, quedarán obligados personal y solidariamente a las resultas de las operaciones de ésta, en los propios términos y con igual extensión que los de la colectiva, según dispone el artículo 127.
Tendrán, además, los mismos derechos y obligaciones que respecto a los socios de la Compañía colectiva quedan prescritos en la sección anterior.
La responsabilidad de los socios comanditarios por las obligaciones y pérdidas de la Compañía quedará limitada a los fondos que pusieren o se obligaren a poner en la comandita, excepto en el caso previsto en el artículo 147.
Los socios comanditarios no podrán hacer acto alguno de administración de los intereses de la Compañía, ni aun en calidad de apoderados de los socios gestores.
Está claro que en la sociedad comanditaria, existen socios colectivos (que como hemos visto pueden ser industriales y capitalistas) y el socio comanditario.

  Lo que no tengo claro es que pueden ser sólo socios trabajadores, eso creo que no, pero no lo puedo basar en un precepto legal.

Saludos,
jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 05 de Junio de 2010, 19:08:14 pm
Estimado Ius.uned:

  Pero la pregunta dice que pueden existir socios trabajadores, no que sólo exista socios trabajadores. En fin, yo por eso no me gusta ver las preguntas de años anteriores, porque te planteas cosas, que estoy seguro que en el examen no te las planteas, jajaja, contestas según te venga en ese momento.

  suerte,

jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 19:10:34 pm
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Lo que no tengo claro es que pueden ser sólo socios trabajadores, eso creo que no, pero no lo puedo basar en un precepto legal.

JBR, ese es el quid de la cuestión.

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 05 de Junio de 2010, 19:14:06 pm
Hola:

  Creo que también la sociedad colectiva puede estar formada por socios sólo trabajadores, pues al no existir capital mínimo obligatorio, se puede constituir.

  Esto es mi opinión, deducida, no corroborada.

  Saludos,

  jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 19:15:19 pm
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Estimado Ius.uned:

  Pero la pregunta dice que pueden existir socios trabajadores, no que sólo exista socios trabajadores. En fin, yo por eso no me gusta ver las preguntas de años anteriores, porque te planteas cosas, que estoy seguro que en el examen no te las planteas, jajaja, contestas según te venga en ese momento.

  suerte,

jbr


Estimado JBR,

La pregunta literalmente dice:

31) Pueden existir socios industriales que solo aportan trabajo a la sociedad:
a.- En todas las sociedades mercantiles
b.- En la sociedad colectiva y en la comanditaria simple
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 19:16:54 pm
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Hola:

  Creo que también la sociedad colectiva puede estar formada por socios sólo trabajadores, pues al no existir capital mínimo obligatorio, se puede constituir.

  Esto es mi opinión, deducida, no corroborada.

  Saludos,

  jbr


El problema no es la sociedad colectiva, sino la comanditaria simple donde el socio "solo" aporte trabajo.

Saludos,
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 05 de Junio de 2010, 19:26:09 pm
Estimado Ius-uned:

  La comanditaria no es problema, puesto que la comanditaria está formado por socios colectivos, que sí puede aportar SOLO trabajo y un socio capitalista o más.

  Ya veremos cuando salgan las soluciones, no le demos más vueltas, que nos vamos a marear, jajaja.

  Saludos,
  jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 05 de Junio de 2010, 19:40:51 pm
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Estimado Ius-uned:

  La comanditaria no es problema, puesto que la comanditaria está formado por socios colectivos, que sí puede aportar SOLO trabajo y un socio capitalista o más.

  Ya veremos cuando salgan las soluciones, no le demos más vueltas, que nos vamos a marear, jajaja.

  Saludos,
  jbr

Bueno, pues parece ser que hay algo de luz!

VII. LA SOCIEDAD COMANDITARIA SIMPLE

1. Introducción

b) La comanditaria se nos presenta como una modificación de la colectiva, caracterizada por existir, junto a socios colectivos, otra clase especial —los comanditarios—, que tienen limitada su responsabilidad (v. art. 148 C. de C). Como se ha dicho, es una sociedad colectiva con un injerto capitalista.

Es decir, que puede existir un socio industrial [sociedad colectiva] pero con un "injerto de capital", de lo que se deduce que no puede ser el socio SOLO trabajador.

Vaya preguntita de examen...

Saludos,

PD. Ahora sí dejo ya el tema. Suerte a todos!
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 19:51:58 pm
Lo del "injerto" no me convence, Ius, por más que estemos en "un buen jardín"  ;D. Yo creo que se refiere a la inclusión de socios comanditarios, pero con respecto a los colectivos, soy de la opinión de JBR: pueden ser iguales que en la colectiva, es decir, aportar capital y trabajo o solo trabajo. En fin, ya lo veremos en las plantillas. En el Código de Comercio solo se ven referencias residuales a aplicar las normas de la colectiva a la comanditaria simple.
Saludos. ;)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 05 de Junio de 2010, 20:00:43 pm
Yo aportaré mi granito de arena a este debate :)

A mi entender, poniendo un ejemplo.

Juan es un buen abogado, y no tiene un duro, y Pedro tiene unos ahorros y confía en Juan.

Juan y Pedro, montan una Socieda Colectiva donde Juan ejerce de abogado y Pedro pone el local y el dinero para empezar, tenemos a uno que sólo ejerce industria (sin aportar capital) y otro que aporta capital.  Juntos forman "Juan y Pedro S.C"

Ahora, 1 año después, todo va sobre ruedas, y tienen pensado "ampliar el negocio" pero carecen del capital suficiente.  Entonces, un grupo inversor que tiene buen ojo para estos negocios les ofrece 300.000 euros, evidentemente sin participar en el "trabajo", por lo que transforman la Sociedad Colectiva en una Sociedad Comanditaria Simple, donde Juan y Pedro siguen con el mismo "status" anterior (socios colectivos), haciendo el trabajo y respondiendo ilimitadamente (uno puso capital y el otro no puso más que su mano de obra), mientras que el grupo inversor se queda como Socio Comanditario, respondiendo únicamente con los 300.000 euros invertidos y totalmente ajeno a la actividad.

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 21:08:24 pm
Es un ejemplo, precioso, Daniel y muy didáctico, pero lo que queremos es un precepto legal o una cita del libro que corrobore o desmienta la respuesta que cada uno da a la pregunta en cuestión. :)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: daniel79 en 05 de Junio de 2010, 21:32:22 pm
Es evidente que para mayor o menor desgracia la respuesta no está expresamente plasmada en el libro, y el Código de Comercio, no despeja dudas, por lo que sólo queda interpretar lo que ésta dispone.  El CCom. establece que dentro de la sociedad comanditaria habrá socios comanditarios y socios colectivos y lo que intento con el ejemplo, es materializar el presupuesto de hecho para intentar demostrarme que es posible que haya socios sólo aporten trabajo a la comandita.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 05 de Junio de 2010, 21:38:06 pm
Repito y lo digo con toda sinceridad y sin ironías de ningún tipo: el ejemplo es muy bueno. Además, personalmente creo que los tiros van por ahí. :)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: MiLe_TzN en 05 de Junio de 2010, 22:27:45 pm
Con la 12 no estoy de acuerdo.
En las SA los socios sí responden de las deudas sociales.

Así con las respuestas que ha dado Conde, y con la 12 dudosa, tengo 25... a ver si os habéis equivocado en 2 y llego a 27 :P
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: peperr en 05 de Junio de 2010, 23:22:02 pm
Buenas, estaba descansando y me he puesto a comparar tus respuestas semioficiales Conde, con las que puse el día del examen y me da un resultado de 31 respuestas acertadas. Ojala sea así y me quede por ese baremo . Mientras que no sea menos de 27 , en esta asignatura me da exactamente igual la nota.

Suerte a todos y saludos. Ya queda menos para que terminen los examenes. A mi me queda sólo el de internacional publico , porque las demas que tenía las he dejado para septiembre. Espero que no se acumule más trabajo.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 06 de Junio de 2010, 10:52:13 am
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Con la 12 no estoy de acuerdo.
En las SA los socios sí responden de las deudas sociales.

Así con las respuestas que ha dado Conde, y con la 12 dudosa, tengo 25... a ver si os habéis equivocado en 2 y llego a 27 :P
Hola Mile. En la SA los socios responden de las deudas, pero no personalmente, sino con el límite del capital social: es uno de los fundamentos de las sociedades capitalistas. Veo que la pregunta no precisa "personalmente" y entonces podría aplicarse el principio Civil de responsabilidad por las deudas, en cuyo caso tendrías una más acertada. De todos modos, no te obsesiones, pues todos podemos equivocarnos. Aquí solo intentamos hacer una aproximación, pero lo determinante son las plantillas del departamento. Suerte. ;)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 06 de Junio de 2010, 11:40:45 am
Hola:

 En mi opinión,  en la pregunta 12. Mi respuesta sería la C. Los socios responden en las SA y en las SL, limitadamente al capital social aportado, pero sí responden.

  Las preguntitas tienen coj*****, hay que ver....,

  Saludos cordiales,
 jbr
 
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 06 de Junio de 2010, 12:04:22 pm
Pues estamos de acuerdo. Ésta se trata de las típicas breves y tontas que uno contesta sin pensar. Ya ves que yo creí que la respuesta sería la a) pero que estaba incompleta al faltar la SL, pero lo que faltaba en el enunciado era el complemento circunstancial de modo: PERSONALMENTE. Todas las personas, físicas o jurídicas que intervienen en el tráfico económico deben responder por sus deudas, aunque esta responsabilidad deba modularse según los casos. Entiendo que los socios son responsables por las deudas de la sociedad, aunque esta responsabilidad no se realice de modo directo y personal. Una prueba de ellos es que en la SA se pueden exigir los dividendos pasivos al socio, si se precisan para el pago de acreedores durante la liquidación de la sociedad. Ahora bien, la responsabilidad es indirecta: si poseo acciónes de Marsans y a esta sociedad se la comen las trampas, mis acciones se convertirán en Cleenex (con lo cual perderé mi aportación social) pero los acreedores no vendrán a mi puerta. Decir que la responsabilidad "es de la sociedad", es una personificación, un modo de entender la limitación de la misma al capital aportado, pues, en definitiva, los responsables son las personas físicas y no sus creaciones. :)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 06 de Junio de 2010, 12:33:01 pm
Tendremos que modificar la LSA  :), pues el art. 1 dispone "En la sociedad anónima el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las a portaciones de los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales". Y la pregunta del examen tampoco deja muchas dudas:

12) Los socios no responden de las deudas sociales:
a. - En las sociedades anónimas
b. - En las sociedades anónimas y en las de responsabilidad limitada siempre que la falta de responsabilidad se haya
establecido en los estatutos
c- Las dos respuestas anteriores son erróneas

En cuanto a "personalmente" creo que es irrelevante para la cuestión planteada.

Saludos,

Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 06 de Junio de 2010, 13:12:10 pm
No hace falta reformar nada Ius, solamente expresaba mi opinión, que, faltaría más, puede ser acertada o no. Para mí la omisión del "personalmente" es importante, pues si la quitamos, sentaríamos la base de la irresponsabilidad absoluta de las personas que están detras de las siglas SA y SL. Date cuenta de que, cuando el departamento hace este tipo de preguntas, suele personalizar. V.gr.: "De las deudas de la sociedad, responde Fulano con todos sus bienes presentes y futuros o responde Mengano hasta el límite de lo aportado en la sociedad". Que la responsabilidad esté limitada no significa que no exista. Puede ser un error al formular la pregunta, pero una vez hecha, no es irrelevante, ni mucho menos. :)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 06 de Junio de 2010, 13:41:09 pm
Hola:

  Pues sí que vamos bien, si no llegamos a un acuerdo en esta pregunta, que en teoría sería de las más fáciles de la asignatura....

  Yo siempre he entendido que las sociedades capitalistas se distinguen de las personales, en que el socio limita su responsabilidad ante las deudas de la sociedad al capital aportado. Eso no significa que no respondan de las deudas de la sociedad, sino que está limitado al capital aportado.

  Pero vamos, esta es sólo mi opinión. Si sale esa pregunta en el examen, contestaré a la C, Si después no la dan por buena, reclamaré con estos argumentos.

  Saludos,
  jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: peperr en 06 de Junio de 2010, 20:42:13 pm
Buenas en cuanto a la pregunta 12 cre que es la opción A, de todas fomas por más que divaguemos será lo que determine el departamento, AMEN.

Suerte y saludos desde Málaga.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 06 de Junio de 2010, 21:26:20 pm
Hola:

  Tenemos claro el concepto, en eso no creo que tengamos problema, lo que sucede en esta pregunta que depende cómo la interpretes, tendrá una respuesta u otra, el socio de una SA no responden personalmente con su patrimonio, pero sí responde con su aportación al capital social de la empresa.

  En fin, ya no sé nada y estoy deseando que pase todo esto, porque he visto el examen de la semana pasada y no creo que lo aprobara, a un día vista del examen.

  Saludos cordiales,

jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Bbueno6 en 07 de Junio de 2010, 11:09:48 am
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Hola:

  Tenemos claro el concepto, en eso no creo que tengamos problema, lo que sucede en esta pregunta que depende cómo la interpretes, tendrá una respuesta u otra, el socio de una SA no responden personalmente con su patrimonio, pero sí responde con su aportación al capital social de la empresa.

  En fin, ya no sé nada y estoy deseando que pase todo esto, porque he visto el examen de la semana pasada y no creo que lo aprobara, a un día vista del examen.

  Saludos cordiales,

jbr


Hola compañero. Claro que lo hubieras aprobado, y el de mañana también.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 07 de Junio de 2010, 11:11:15 am
Que sí, hombre, que vamos a aprobar. En el primer parcial salí mosqueadísimo y luego saqué un 9. Este segundo exámen me parece más difícil, pero el esfuerzo rendirá sus frutos, ya verás. ;)
Una recomendación final para todos, empezando por mí mismo: LEED BIEN LAS PREGUNTAS. Hay algo más de dos minutos para cada una, que no es mucho, pero no os precipitéis, porque ya habéis visto las trampas que se esconden bajo lo aparentemente simple. Saludos y a por ello.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: jbr en 07 de Junio de 2010, 11:15:05 am
Hola compañeros:

  Gracias por los ánimos, que vienen muy bien.

  Claro que vamos a aprobar, seguro que vamos a aprobar, hay que ir con ánimo a los exámenes.

  Saludos y mucha suerte,
jbr
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 07 de Junio de 2010, 11:16:48 am
Eso y luego un par de cubatas, unas risas ;D y el que pueda, a la playa. :D
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 07 de Junio de 2010, 11:31:24 am
Hola:

Espero que el examen de la segunda semana sea más ligero.

A ver si nos vemos todos en Mercantil II para seguir con los debates.

Saludos y mucha suerte  :)
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Ius-Uned en 15 de Junio de 2010, 18:59:33 pm
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Nuevamente! Vaya tela de examen... van a pillar en vez de que sepamos... lamentable.

Esta pregunta es impugnable:

20) El régimen a que se sujetan los bienes gananciales en caso de empresario casado:
a.- Está previsto en el Código de Comercio
b.- Está previsto en el Código Civil
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas

Según el manual el régimen es el previsto en los arts. 6 a 11 del CCom. Ahora bien, dice Bercovitz
en el epígrafe "3. El ámbito de aplicación del régimen especial" El primer problema que plantean estos artículos del Código de Comercio sobre la responsabilidad por deudas mercantiles del cónyuge empresario, es el de determinar el ámbito de aplicación de la normativa en ellos contenida. El Código nada señala a este respecto, pero la mera lectura del articulado pone de manifiesto que la disciplina en él establecida no es aplicable a los casos en los que el empresario esté casado en régimen de separación de bienes, bien por haberlo pactado así en capitulaciones matrimoniales (art. 1.325 CC), bien por ser éste el régimen legal supletorio (art. 10.2 del Código catalán...), así como tampoco en los casos en que el régimen económico del matrimonio sea el de participación (arts. 1.411 y sigs. CC).

Es decir, que puede ser tanto la opción a) y b) pues de ella nada se dice, y para tal caso es el CC el que determina el régimen de separación o de participación (vamos que cuando puse el la B) lo llevaba muy clarito al examen).

Saludos,


Esta pregunta el Departamento la da por anulada. Los subo simplemente, porque pienso que hay alguna que otra más; y algún compañero puede que le haga falta... el que se halle en las puerta del aprobado puede servirle lo discutido en este hilo.

Saludos, y ánimo a los suspenso.

 
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: Conde63 en 15 de Junio de 2010, 19:53:20 pm
Bueno, señores, una vez publicadas por el Departamento las plantillas de Junio (foro del curso virtual y en el propio foro) les comunico que he fallado cuatro respuestas del examen C, a saber (pongo la respuesta correcta): 3C, 6B, 16B, 19A. Felicito a todos los aprobados y agradezco a todos los que han debatido, incluso acalorádamente conmigo: he aprendido de todos. Me voy a emborracharme porque me he quedao "más chulo que un 8"  :D :D :D ;)

Pd: de la catadura del exámen sigo pensando lo mismo. La 19 me parece impugnable: una reserva legal no está pensada para repartir beneficios. Es un ejemplo entre muchas más zancadillas.
Título: Re: MERCANTIL I 2º PARCIAL 1ª SEMANA
Publicado por: m angeles en 16 de Junio de 2010, 22:43:56 pm
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`Buenas mis respuestas del modelo B:

Estas son las mias

1.A---A CORREGIDA CON EL LIBRO LAS SEGUNDAS RESPUESTAS MARCADAS- -
2.A----A
3.B----B
4.C
5.B----B
6.B----B
7.C
8.B----B
9.B
10.B----B
11.A
12.A
13.C
14.C----C
15.A-----A
16.B
17.A
18.C
19.C
20.A
21.A
22.A
23.B
24.A
25.B
26.B
27.B
28.C
29.C
30.C
31.C---- B
32.A
33.B
34.B
35.B
36.A
37.B
38.C
39.A
40.B

coincidimos en muchas. Suerte.

ha salido bien. Tengo 37 correctas, más la anulada, con lo cual serán 38.
Saludos