Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: ASS2408 en 26 de Mayo de 2010, 17:03:10 pm
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Hola:
Mi madre tiene un problema en casa con respecto a una gotera.
Lleva algo más de cinco años recalmando por medio de su seguro la correspondiente reparación.
Han ido a repararla en varias ocasiones, pero cada vez que llueve bastante o se atascan las bajantes, le vuelve a salir la gotera.
Otro problema que veo, es que el seguro que tiene en la vivienda es de la misma compañía que el que tiene la comunidad, por lo que, pienso, es más dificil que el seguro vaya contra sí mismo.
Por otro lado, no tengo claro que un problema de ese tipo esté cubierto por el seguro de la comunidad y parece que tiene que solicitar la reparación en junta de vecinos, pues hay que levantar medio tejado para encontrar la gotera...
Si alguién tiene experiencia o sae a quién o de qué manera hay que solicitar dicha reparación de daños...
Muchas gracias!!
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Hola. La tarea de reparar el origen de las filtraciones debe correr por cuenta de la comunidad, pues se trata de una labor de mantenimiento, a no ser que se tratara de un edificio de nueva construcción, que entonces debería reparar la constructora o que tuviera su origen en algo accidental no atribuible al mero paso del tiempo. El seguro correrá con los daños producidos por las filtraciones (las goteras de tu madre), pero si no lo reparáis, podría llegar un momento en que tampoco lo reparase. He tenido problemas muy parecidos en mi comunidad. Espero haberte ayudado.
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hola Sgs:
Muchas gracias por la respuesta. Pues ya veremos qué pasa cuando se plantee el problema ante el resto de vecinos...
Un saludo
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Mira basicamente las obras en una comunidad se pueden dividir en dos tipos, las obras que podriamos llamar suntuarias, que son obras como por ejemplo poner espejos, y obras que son necesarias para la buena habitabilidad del edificio, estás ultimas estan todos los propietarios a asumirlas.
Segun el art.9 de la ley de propiedad horizontal
Son obligaciones de cada propietario:
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
En el caso del resto de obras se aplica
Artículo 11
1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.
En este caso es imprescindible para la habitabilidad el arreglo del tejado.
Espero que te haya servido de ayuda.
Malu
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En cuanto a si es obra nueva, pueden ser vicios ocultos de la construcción con lo cual el que construyo la obra es el responsable
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Solicita por escrito al presidente de la comunidad que se incluya en el orden del día de la próxima reunión, el tema de las goteras.
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Gracias a tod@s!!!
Hemos entregado a la gestora de la comunidad un escrito, solicitando la reparación del problema.
Para eso van a convocar una reunión y lo van a poner en la orden del día para que sea arpobado
en la reunión de vecinos.
En caso de que no haya respuensta positiva, ya le he dicho al de la gestora que, el siguiente paso
serán las correspondientes acciones contra la comunidad.
Un saludo!!
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abundando en esto que decís, suponiendo que el edificio no esté asegurado, sabeis decirme quien pagaría los daños producidos por el agua de dichas goteras?
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El edificio es antiguo...por lo que de la constructora nos olvidamos.
La comunidad tiene seguro, pero debe de ser en caso de goteras por una gran tormenta, por que se hayan roto las tejas a causa del tiempo...en este caso parece ser que las goteras son a causa del paso
del tiempo, luego por desgaste de los materiales, por lo que le corresponde a la comunidad correr
con el gasto de la renovación de los materiales, con la consecuente reparación de goteras.
Desde luego, las acciones de reclamación de daños irían contra la comunidad, en caso de que no quisieran
aprobar el arreglo del tejado.
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claro, lo decía porque el seguro del hogar no es obligatorio y algunas viviendas antiguas no tienen seguro, en ese caso los daños corren a cargo de la comunidad a partes iguales
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claro, lo decía porque el seguro del hogar no es obligatorio y algunas viviendas antiguas no tienen seguro, en ese caso los daños corren a cargo de la comunidad a partes iguales
Quieres decir que al tener seguro, la responsabilidad es de manera solidaria con la comunidad??
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No, si tienes seguro, los daños los paga el seguro, pero si no lo tienes alguien tiene que pagar los daños producidos en el interior de la vivienda por el agua no? en este caso al pertenecer el tejado del edificio a la comunidad, que debe correr con los gastos de mantenimiento, tal como hemos comentado, también debe pagar si su deterioro ha producido la filtración de agua y daños en, por ejemplo, paredes y mobiliario, debe pagar la reparación del tejado y los consiguientes daños, el seguro sólo pagaría los daños interiores pero no la reparación, se las saben todas
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Os voy a explicar como funciona el pais:
1.- Ningún seguro te cubre los daños por filtraciones, asi que si tienes una gotera, debe ser la comunidad quien la repare.
2.- Una vez reparada, tu seguro o el de la comunidad se haran cargo de repararte los daños de tu vivienda.
3.- Si denuncias, la cosa irá para largo y tu mientras tanto con la gotera en tu casa, sufriendo y ese sufrimiento no te lo pagará nadie.
4.- Si tienes un seguro de tu vivienda, es posible que sea tu seguro el que se encargue de denunciar y por lo menos ese trámite te saldrá gratis.
Moraleja: si un presidente quiere fastidiar a un vecino lo tiene muy facil.