Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: eliseo en 31 de Mayo de 2010, 12:02:00 pm

Título: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: eliseo en 31 de Mayo de 2010, 12:02:00 pm
Una persona incursa en un delito se le asigna abogado de oficio, para defenderse del mismo paro al mismo tiempo por el mismo quiere querellarse contra quienes le imputan, y pide para ello abogado de oficio y a la fecha no se le ha reconocido ni el juez instructor le consta haber admitido a tramite su querella. (Habiendo pasado mas de cuatro meses de esta solicitud).
            Todo hace pensar que el juez no quiera admitirla y juzgarlo en un unico proceso, donde aparece este como imputado y no como querellante.
           
            ¿Puede hacer esto el juez.?
            ¿Se le debe asignar a esta persona abogado de oficio para querellarse si este es su propósito?.  ¿Se le debería y podría asignar abogado de oficio para querellarse contra el juez?

            Me han dicho que la justicia gratuita es solo para defenderte y no para acusar en los delitos penales.  ¿Es esto cierto?.
           
Título: Re: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: IgarciaTF en 31 de Mayo de 2010, 16:15:46 pm
Eliseo para querellarse no es perceptivo abogado de oficio, basta con la denuncia en el Juzgado de Instrucción, la Policía o ante el Ministerio Fiscal. La asistencia jurídica es gratuita para defenderse en penal, también para otras cuestiones en todos los órdenes jurisdiccionales si se le acepta la solicitud por carecer de medios suficientes, también para asesoramiento, reducción del coste de tasas de algunos registros oficiales etc... pero no para lo que dices, esa función digamos que de cierto modo recae sobre el Ministerio Fiscal que sería no el defensor del querellante sino el defensor de la legalidad cuidando de que si efectivamente se cometio un delito hacia esa persona pues se ¨vaya¨contra el que lo ha cometido.
Te recomiendo le heches un vistazo a la Ley de Asistencia Gratuita es la 1/96 de 10 de enero, en ellas verás los requisitos y que entra dentro de esa asistencia.
Saludos y suerte
Título: Re: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: IgarciaTF en 31 de Mayo de 2010, 16:19:06 pm
Respecto a lo otro, sí el juez puede no admitir la querella si entiende que hay hacho delictivo y lo de querellarse contra el juez pues como te dije ante tampoco entra en la asistencia jurídica gratutita pero si estima que la actuación del juez incurre en responsabilidad penal (cosa muy complicada sinceramente ya que dudo que un juez se moje las manos tan facilmente) podría presentar dicha quejha ante el Ministeria Fiscal para que lo valore.
Título: Re: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: eliseo en 31 de Mayo de 2010, 17:10:47 pm
Gracias
IgarciaTF, ahí esta la cuestión que ya han sido “denunciados por escrito” los hechos solicitando abogado de oficio para querellarse ante el Juez por delitos sufridos por el “querellante”, pero el juez no ha contestado a la fecha ni le consta al que ha denunciado estos pidiendo por ello abogado de oficio respuesta alguna, deduzco de tu opinión ¿que entonces lo que hay que hacer es comunicarlo esto al Ministerio Fiscal?.
       Tras entregar la denuncia “que no querella” al no estar presentada por abogado (pues se ha pedido para este fin sin tenerle aún), si bien me dices que no seria asignado de oficio.  Lo que puede estar ocurriendo es que esta denuncia “este durmiendo en las estanterías del Juzgado”.
       ¿El Ministerio Fiscal no ha de tener constancia de algún modo de la denuncia registrada en el juzgado, no habría de cursarla en este caso el juez a este de oficio para que conozca de los hechos?.
       En cualquier caso me da la impresión que los indefensos para defenderse tiene que saber de leyes así que de gratuidad es una frase hecha.
       ¿Como hacer valer sus derechos si uno no tiene asesoramiento gratuito para ejercerlos?, Solo para defenderse de quienes gratuitamente les pueden acusar pero para acusar no tienen según veo en lo que me dices medios a su alcance.  ¿Estoy o no en lo cierto?  - Gracias.
Título: Re: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: IgarciaTF en 31 de Mayo de 2010, 17:17:50 pm
Eliseo, quién acepta o no la solicitud de asistencia jurídica es una comisión dentro del colegio de abogados de la provincia en la que se solicita no el juez, aunque la resolución de dicha comisión se puede recurrir ante él. Sí, en principio cualquier cosa con pinta de delito que entre en un juzgado se le pasa al Ministerio Fiscal, otra cosa es que le comuniques que ves un retraso respecto a la tramitación de la denuncia.
Título: Re: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: decarmen en 31 de Mayo de 2010, 17:40:25 pm
Me temo que como por tv , con las famosas acusaciones a algún juez famoso, y la consiguiente recusación...etc...
Alquien , acusado por cierto, se ha emocionado y ha dichos--¡¡ala yo también, ahora voy recuso al juez y como soy más listo que el hambre lo gano¡¡¡y gratis!!!
No sé si subirme al podium , recibir la copa, hacer la ola...
Título: Re: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: amartin654 en 31 de Mayo de 2010, 21:58:19 pm
En todo este circo que os habéis montado creo que hay dos hechos distintos, dos presuntos delitos distintos y dos procesos distintos.

¿Algo más que preguntar o metemos ya a Garzón en la cárcel?

Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
Título: Re: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: eliseo en 01 de Junio de 2010, 13:22:14 pm
Gracia a todos por vuestras aclaraciones, igualmente a IgarciaTF, al tiempo que digo a este que recomendare seguir estas sus indicaciones. (Las de comunicar el retraso),  dirigiéndolo también al Ministerio Fiscal.
         En cuanto a la comisión dentro del colegio de abogado de la provincia, esta me consta que cuando designa los abogados de oficio previo estudio de reunir los requisitos o no remite a estos un breve comentario del asunto en cuestión, el mismo que se señala en el impreso al efecto para la solicitud de la gratuidad, pero los abogados designados por regla general al no estar obligados a ello no hacen nada al respecto hasta tanto tienen constancia de que la “denuncia”, ha sido admitida a tramite o se han abierto diligencias al efecto.
                       Asi que de este modo te puedes encontrar con abogado designado pero que no mueve un dedo por no tener conocimiento por parte del juez que se ha abierto expediente alguno.  Y no hacen nada en tanto no tienen comunicación por parte del Juzgado.
                     ¡Todo esto según tengo entendido!  Entonces de estar yo en lo cierto creo que como dicen algunas intervenciones por aquí habría que poner estos hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal ¿No?.  Gracias nuevamente.
Título: Re: ¿La justicia gratuita para acusar o para defenderse?
Publicado por: HARTHILL en 02 de Junio de 2010, 19:57:21 pm
   Te dejo este enlace sobre la JUSTICIA GRATUITA, quizás pueda aclararte algo más.


http://iabogado.com/guia-legal/los-tribunales/la-justicia-gratuita