Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: luisgod en 08 de Junio de 2010, 14:02:43 pm
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En el caso de haber sido denunciado cuanto suele tardar en llegar la denuncia?
Mas de 1 año?
Mas de 3 años?
Mas de 5 años?
Un delito sobre el derecho intimidad, relacionado con eso. Caduca a los 3 años por considerarse un delito grave o a los 5 años por considerase muy grave?. Gracias.
Han pasado casi 3 años.
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En el caso de haber sido denunciado cuanto suele tardar en llegar la denuncia?
Mas de 1 año?
Mas de 3 años?
Mas de 5 años?
Un delito sobre el derecho intimidad, relacionado con eso. Caduca a los 3 años por considerarse un delito grave o a los 5 años por considerase muy grave?. Gracias.
Han pasado casi 3 años.
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Los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio lo conforman una variedad de tipos penales.
Dinos a qué tipo penal concreto te vienes refiriendo concretamente.
No obstante, los delitos prescriben a los 5 años cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de 3 años y que no exceda de 5 años.
Y prescriben a los 3 años, los restantes delitos menos graves.
Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
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Creo recordar una sentencia del TS que consideraba que el plazo de prescripción empezaba no desde la denuncia, sino desde la admisión a trámite.
Y no se debe confundir prescripción con caducidad.
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Compañero Drop, creo recordar que la prescripción de las infracciones penales empiezan a contar desde el día en que presuntamente fueron cometidas dichas infracciones penales.
Y creo que lo que marca esa fecha de la admisión a trámite de la denuncia es más bien la interrupción de la prescripción de la presunta infracción penal cometida, es decir, que comenzada la prescripción de la infracción penal desde que presuntamente se cometió, con la admisión a trámite se interrumpe esa prescripción ya iniciada, con el efecto que ya sabes de que comienza de nuevo a contar el plazo legal de prescripción de la infracción penal en cuestión.
Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
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Compañero Drop, creo recordar que la prescripción de las infracciones penales empiezan a contar desde el día en que presuntamente fueron cometidas dichas infracciones penales.
Y creo que lo que marca esa fecha de la admisión a trámite de la denuncia es más bien la interrupción de la prescripción de la presunta infracción penal cometida, es decir, que comenzada la prescripción de la infracción penal desde que presuntamente se cometió, con la admisión a trámite se interrumpe esa prescripción ya iniciada, con el efecto que ya sabes de que comienza de nuevo a contar el plazo legal de prescripción de la infracción penal en cuestión.
Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
Sí, por supuesto. Tienes razón, lógicamente. En la sentencia de que hablaba (un caso de corrupción, creo recordar) lo que ocurrió fue precisamente que la denuncia se presentó uno o dos días antes del plazo de prescripción, de forma que la admisión a trámite fue posterior, y en consecuencia el delito se consideró prescrito.