Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Ius-Uned en 17 de Junio de 2010, 16:33:20 pm
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Preguna anulada
Mensaje nº. 700
Autor: EQUIPO DOCENTE
Fecha: Jueves, Junio 17, 2010 4:01pm
Estimados alumnos, se procede a anular la pregunta 10 del modelo C ( 6 del modelo D) referente a los dividendos pasivos en la sociedad anónima. Esta decisión se toma a la vista de que tras la reforma introducida en el art. 42 LSA por la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades se ha producido un desajuste con lo previsto en el art. 43 (no modificado), cuestión ésta que no ha quedado suficientemente aclarada en el Manual de referencia (Lecciones…). Se adjunta la plantilla corregida.Un cordial saludo.
Mª Ángeles Calzada
Saludos,
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mis felicitaciones a los que no teniendo por qué os habéis implicado en las preguntas que podían ser impugnadas y habéis conseguido al menos que una fuera anulada. El departamento puede estar orgulloso de tener: unos alumnos que saben "batallar" y otros que hemos estudiado hasta dejarnos los codos con postillas, unos han conseguido más y otros menos, pero todos contentos con el resultado. De nuevo gracias a los batalladores.
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Hola:
jajaja, me ha dado un vuelco el corazón y todo al ver el enunciado, jajjaa. Es posible que a alguien le venga bien esta anulación. Aunque sigo pensando que hay alguna más que sería "discutible".
Mucha suerte,
jbr
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Por favor podéis explicar como influye esta modificación respecto de la nota?
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Que suerte tengo....a una de aprobar y anulan una que tenia "bien"...que decepción, por poco me da un infarto al ver el enunciado....
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Aris, pero con una anulada habrá bajado el barremo y entonces sí estaras aprobado. Eso fue lo que pasó con los exámenes de la primera semana de Mercantil :)
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A ver, que yo esta la tengo bien...¿Me sube medio punto o no me sube nada? Ditasss matemáticassss >:(
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Reproduzco el famoso artículo (ya reformado por ley de 2003) de la LSA:
Artículo 42. Dividendos pasivos.
1. El accionista deberá aportar a la sociedad la porción del capital que hubiera quedado pendiente de desembolso, en la forma y dentro del plazo máximo previstos en los estatutos sociales.
2. La exigencia del pago de los dividendos pasivos se notificará a los afectados o se anunciará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Entre la fecha de envío de la comunicación o la del anuncio y la fecha del pago deberá mediar, al menos, el plazo de un mes.
Como la pregunta decía "cuando no dispongan nada los estatutos" puse que en ese caso la forma y plazo podrían adoptarla los administradores, es decir la a) en el exámen C. Miré en un par de páginas de asesoría jurídica y parecía ser así.
El caso es que no es, ni con mucho, la peor de las preguntas formuladas y vamos con dos pufos. Rectificar es de sabios pero, señores, mirénse un poco más las preguntas, que esto parece una subcontrata con Pepe Gotera y Otilio. :o
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Aris, entiendo yo que si tienes 26 bien, da igual si esa la tenías correcta o no, en el momento que anulan una pregunta, el aprobado se baja a 26. Eso es indiferente.
O sea que tienes el aprobado... creo yo.
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Bueno, pues ya me he enterado del error en cuestión. Este era el texto anterior a la famosa Ley de Modificaciones estructurales de 2009. Esto era lo que decía el art.42 del texto refundido de la LSA (1989):
Art. 42. DIVIDENDOS PASIVOS.
EL ACCIONISTA DEBERA APORTAR A LA SOCIEDAD LA PORCION DE CAPITAL NO DESEMBOLSADA EN LA FORMA Y DENTRO DEL PLAZO PREVISTOS POR LOS ESTATUTOS O, EN SU DEFECTO, POR ACUERDO O DECISION DE LOS ADMINISTRADORES. EN ESTE ULTIMO CASO, SE ANUNCIARA EN EL LA FORMA Y PLAZO ACORDADOS PARA REALIZAR EL PAGO.
En conclusión: que no sé si esa facultad de los administradores ha sido suprimida, si se les puede otorgar por los estatutos o debe convocarse una junta para ello. No voy a poder dormir con la duda, sielosssss ;D
Pd: enhorabuena a los que van a aprobar gracias a esta anulación, que no debería ser la única. ;)
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Aris, entiendo yo que si tienes 26 bien, da igual si esa la tenías correcta o no, en el momento que anulan una pregunta, el aprobado se baja a 26. Eso es indiferente.
O sea que tienes el aprobado... creo yo.
pero es que si esa la tenía bien, ahora tendrá 25 correctas :S
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Aris, entiendo yo que si tienes 26 bien, da igual si esa la tenías correcta o no, en el momento que anulan una pregunta, el aprobado se baja a 26. Eso es indiferente.
O sea que tienes el aprobado... creo yo.
pero es que si esa la tenía bien, ahora tendrá 25 correctas :S
Lo siento Magui, pero no tires la toalla, que hay más impugnables, como la de los beneficios repartidos con cargo a la reserva legal, tan bien explicada por JBR. Yo creo que es peor aún que la que han anulado. Otra cosa es que lo reconozcan. Suerte. ;)
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Hola:
En mi opinión, si llegan muchas peticiones en el mismo sentido se lo tendrían que plantear, hay otra pregunta, expongo mi interpretación:
Con respecto a la pregunta 29:
Según la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, una sociedad mercantil:
a) Sólo puede transformarse en sociedad colectiva, comanditaria o de responsabilidad limitada.
b) Puede transformarse en sociedad cooperativa o en agrupación de interés económico.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Según La ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles:
Artículo 3. Concepto.
En virtud de la transformación una sociedad adopta un tipo social distinto, conservando su personalidad jurídica.
Artículo 4. Supuestos de posible transformación.
1. Una sociedad mercantil inscrita podrá transformarse en cualquier otro tipo de sociedad mercantil.
Por lo que según esta ley una sociedad mercantil se podrá transformar en cualquier tipo de sociedad mercantil.
Según el DRAE:
o1.
1. f. Decimoctava letra del abecedario español, y decimoquinta del orden latino internacional, que representa un fonema vocálico, medio y posterior.
2. f. Fil. Signo de la proposición particular negativa.
no saber ni hacer la ~ con un canuto.
1. loc. verb. coloq. Ser muy ignorante.
o2.
(Del lat. ubi).
1. adv. l. desus. En donde.
o3.
(Del lat. aut).
1. conj. disyunt. Denota diferencia, separación o alternativa entre dos o más personas, cosas o ideas. Antonio o Francisco. Blanco o negro. Herrar o quitar el banco. Vencer o morir.
2. conj. disyunt. U. generalmente ante cada uno de dos o más términos contrapuestos. Lo harás o de grado o por fuerza.
3. conj. disyunt. Denota equivalencia, significando 'o sea, o lo que es lo mismo'. El protagonista, o el personaje principal de la fábula, es Hércules.
Al utilizar “o”, la respuesta está diciendo que hay una alternativa entre una y otra y la ley dice que se puede transformar en cualquier sociedad mercantil.
Por lo que interpreto que la respuesta correcta sería la C.
Saludos,
jbr
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Buenos días,
y enhorabuena a los afortunados que con esta anulación aprueban.
Yo estoy con los compañeros que piensan que hay alguna más impugnable. Gracias a JBR he visto lo que la Ley establece respecto a la pregunta 29 tipo D planteada, y pienso igual que él.
Ahora mi duda es cómo puedo impugnar, jamás se me planteó la cuestión y no sé qué pasos tengo que seguir.
JBR te escribí mensaje para ver si me puedes echar una manita. Y al que sepa algo de esto y me pueda ayudar, pues se lo agradeceré muchísimo, estoy en una para poder aprobar.
Gracias a todos por el apoyo y el buen compañerismo que demostráis todos los días,
saludos,
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Por favor, que alguien me ayude que me he atacado de los nervios al ver esto:
Yo tenía 27 bien (entre ellas la número 10) del modelo C. Si anulan la 10, paso a tener 26 bien y por ende... ¿apruebo o suspendo? por favor, que alguien me lo aclare que estoy que me tiro de los pelos...
Gracias por adelantado!!!
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Por favor, que alguien me ayude que me he atacado de los nervios al ver esto:
Yo tenía 27 bien (entre ellas la número 10) del modelo C. Si anulan la 10, paso a tener 26 bien y por ende... ¿apruebo o suspendo? por favor, que alguien me lo aclare que estoy que me tiro de los pelos...
Gracias por adelantado!!!
APRUEBAS! Precisamente para que no perjudique "a los que la contestaron bien", se bajan los aciertos. Tú tenías 27, te anulan una de esas. Tienes 26 correctas. Perfecto: porque ahora SOLO se necesitan 26 para aprobar.
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Gracias, gracias, gracias... y mil veces gracias!!! Si me tengo que llevar estos tostones de vacaciones me da un paparajote!!! Ya tengo bastante con los administrativos III y IV que me dejé para septiembre y... espero que no caiga ninguna más!!
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Hola:
En mi opinión, si llegan muchas peticiones en el mismo sentido se lo tendrían que plantear, hay otra pregunta, expongo mi interpretación:
Con respecto a la pregunta 29:
Según la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, una sociedad mercantil:
a) Sólo puede transformarse en sociedad colectiva, comanditaria o de responsabilidad limitada.
b) Puede transformarse en sociedad cooperativa o en agrupación de interés económico.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Según La ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles:
Artículo 3. Concepto.
En virtud de la transformación una sociedad adopta un tipo social distinto, conservando su personalidad jurídica.
Artículo 4. Supuestos de posible transformación.
1. Una sociedad mercantil inscrita podrá transformarse en cualquier otro tipo de sociedad mercantil.
Por lo que según esta ley una sociedad mercantil se podrá transformar en cualquier tipo de sociedad mercantil.
Según el DRAE:
o1.
1. f. Decimoctava letra del abecedario español, y decimoquinta del orden latino internacional, que representa un fonema vocálico, medio y posterior.
2. f. Fil. Signo de la proposición particular negativa.
no saber ni hacer la ~ con un canuto.
1. loc. verb. coloq. Ser muy ignorante.
o2.
(Del lat. ubi).
1. adv. l. desus. En donde.
o3.
(Del lat. aut).
1. conj. disyunt. Denota diferencia, separación o alternativa entre dos o más personas, cosas o ideas. Antonio o Francisco. Blanco o negro. Herrar o quitar el banco. Vencer o morir.
2. conj. disyunt. U. generalmente ante cada uno de dos o más términos contrapuestos. Lo harás o de grado o por fuerza.
3. conj. disyunt. Denota equivalencia, significando 'o sea, o lo que es lo mismo'. El protagonista, o el personaje principal de la fábula, es Hércules.
Al utilizar “o”, la respuesta está diciendo que hay una alternativa entre una y otra y la ley dice que se puede transformar en cualquier sociedad mercantil.
Por lo que interpreto que la respuesta correcta sería la C.
Saludos,
jbr
Encuentro una cabezonería llegar a la RAE para justificar una pregunta...
Yo veo muy claro. Dime: ¿Es incorrecto que una Sociedad Mercantil puede transformarse en sociedad cooperativa o en agrupación de interés económico? Todas las leyes que tú pones (y la definición de la RAE), no vienen al caso en esa pregunta, ya que la pregunta dice SEGÚN LA LEY DE MODIFICACIONES ESTRUCTURALES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES. Es decir, tienes que responder en base a esa Ley, porque lo que te pregunta, es precisamente lo que pone esa ley (más allá que hayan otras leyes distintas). No es, desde mi punto de vista, una interpretación de lo que pasa con las sociedades mercantiles sino una interpretación de esa ley. En base a esa ley, que es la que pregunta:
Artículo 4. Supuestos de posible transformación.
1. Una sociedad mercantil inscrita podrá transformarse en cualquier otro tipo de sociedad mercantil.
2. Una sociedad mercantil inscrita, así como una agrupación europea de interés económico, podrán transformarse en agrupación de interés económico. Igualmente una agrupación de interés económico podrá transformarse en cualquier tipo de sociedad mercantil y en agrupación europea de interés económico.
3. Una sociedad civil podrá transformarse en cualquier tipo de sociedad mercantil.
4. Una sociedad anónima podrá transformarse en sociedad anónima europea. Igualmente una sociedad anónima europea podrá transformarse en sociedad anónima.
5. Una sociedad cooperativa podrá transformarse en sociedad mercantil, y una sociedad mercantil inscrita en sociedad cooperativa.
6. Una sociedad cooperativa podrá transformarse en sociedad cooperativa europea y una sociedad cooperativa europea podrá transformarse en sociedad cooperativa.
Dicho esto, y a mayor abundamiento, en el tema 19 LAS MODIFICACIONES ESTRUCTURALES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES, en el apartado 2: LA TRANSFORMACIÓN, pone, a grandes rasgos, lo siguiente:
II LA TRANSFORMACIÓN
[...]
2) SUPUESTOS DE TRANSFORMACIÓN
Históricamente solo se permitía la transformación entre sociedades de la misma naturaleza, es decir, de sociedades mercantiles a otras mercantiles y de civiles a civiles pero, siguiendo el camino iniciado por la LSRL, la nueva Ley 3/2009 amplia extraordinariamente los supuestos permitidos siendo ahora posibles los siguientes:
* Sociedades mercantiles en otro tipo cualquiera de sociedad mercantil o en agrupaciones de interés económico.
* Sociedades cooperativas en sociedades mercantiles y viceversa.
* Sociedades civiles en sociedades mercantiles, pero, al parecer no en sentido contrario.
En fin, eso es lo que yo creo.
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Gracias, gracias, gracias... y mil veces gracias!!! Si me tengo que llevar estos tostones de vacaciones me da un paparajote!!! Ya tengo bastante con los administrativos III y IV que me dejé para septiembre y... espero que no caiga ninguna más!!
Yo también estaba asustada, ya que tenía 30 correctas (y esa era una de ellas, por lo que ahora tengo 29). Y con tantas preguntas que se quieren impugnar, estaba asustada. Pero está claro. Impugnarlas no perjudica a los que la tienen bien, sólo favorece a los que la tenían mal. Así que, respiremos! :o
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[...]
Al utilizar “o”, la respuesta está diciendo que hay una alternativa entre una y otra y la ley dice que se puede transformar en cualquier sociedad mercantil.
Por lo que interpreto que la respuesta correcta sería la C.
Saludos,
jbr
Y lo de la interpretación de la locución "O": es que una sociedad mercantil no se transformará en 2 a la vez: lo hará en una, o lo hará en otra de las opciones que tenga, ya que no se puede transformar en todas ellas a la vez. Por tanto: en sociedad cooperativa: CORRECTO. En agrupación de interés económico: CORRECTO. Respuesta B.
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Hola:
Me parece muy bien tu posición, ahora bien no comparto tu forma de defenderla, pues entre otras cosas me da exactamente igual que la den por buena por mala, la anulen o pongan el aprobado en 35, y no estoy encabezonado en que la anulen.
Que recuerde para la pregunta 29, únicamente he utilizado la ley de modificaciones estructurales, ninguna otra más. Y sí, recurro al DRAE, porque si para poder contestar una pregunta hay que recurrir a las leyes, para poder entenderla hace falta expresarse bien y utilizar el idioma según sus normas.
Que quede claro, que yo no digo que lleve razón, sino simplemente que tengo mis dudas, entre las tres respuestas, se puede entender que únicamente se puede transformar en cooperativa o en agrupación de interés económico. Pero que si no es así, pues muy bien, yo sé cual es la respuesta correcta. Es más no recuerdo ni si estas preguntas las tengo bien o mal, me da igual.
Una sociedad mercantil se puede transformar en cualquier sociedad mercantil.
Saludos,
jbr
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Hola:
Me parece muy bien tu posición, ahora bien no comparto tu forma de defenderla, pues entre otras cosas me da exactamente igual que la den por buena por mala, la anulen o pongan el aprobado en 35, y no estoy encabezonado en que la anulen.
Que recuerde para la pregunta 29, únicamente he utilizado la ley de modificaciones estructurales, ninguna otra más. Y sí, recurro al DRAE, porque si para poder contestar una pregunta hay que recurrir a las leyes, para poder entenderla hace falta expresarse bien y utilizar el idioma según sus normas.
Que quede claro, que yo no digo que lleve razón, sino simplemente que tengo mis dudas, entre las tres respuestas, se puede entender que únicamente se puede transformar en cooperativa o en agrupación de interés económico. Pero que si no es así, pues muy bien, yo sé cual es la respuesta correcta. Es más no recuerdo ni si estas preguntas las tengo bien o mal, me da igual.
Una sociedad mercantil se puede transformar en cualquier sociedad mercantil.
Saludos,
jbr
Pues mira, ya somos 2 a los que nos da igual...
No creo que te moleste mi manera de defenderla, sino que te lleve la contraria y que lo haga con contenido y no con una mera opinión, porque mi manera de defenderla es bastante ajustada a una justificación formal.
Habrá que pedir al decano que nos deje llevar el diccionario a los exámenes pues, porque yo no pienso aprendérmelo de memoria, ni tengo tiempo para ello. Bastante hago ya currando todo el día y teniéndome que aprender estos mega temarios "unedianos" que solo nosotros somos capaces de aprendernos. Y desde luego, que cuando lo utilizo, no es para buscar la definición de "o".
Sigo creyendo que la respuesta B es totalmente correcta, sin lugar a dudas. Ante todo la lógica ( incluso más que el diccionario) nos tendrá que acompañar en este difícil camino como juristas.
De todas formas, haces muy bien en intentar buscarle los 4 pies al gato, será lo que toque cuando toque ejercer (sobre todo aquellos que se dediquen a la abogacía). Así que, en ese sentido, felicitaciones ;)
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Hola:
Me parece muy bien tu posición, ahora bien no comparto tu forma de defenderla, pues entre otras cosas me da exactamente igual que la den por buena por mala, la anulen o pongan el aprobado en 35, y no estoy encabezonado en que la anulen.
Que recuerde para la pregunta 29, únicamente he utilizado la ley de modificaciones estructurales, ninguna otra más. Y sí, recurro al DRAE, porque si para poder contestar una pregunta hay que recurrir a las leyes, para poder entenderla hace falta expresarse bien y utilizar el idioma según sus normas.
Que quede claro, que yo no digo que lleve razón, sino simplemente que tengo mis dudas, entre las tres respuestas, se puede entender que únicamente se puede transformar en cooperativa o en agrupación de interés económico. Pero que si no es así, pues muy bien, yo sé cual es la respuesta correcta. Es más no recuerdo ni si estas preguntas las tengo bien o mal, me da igual.
Una sociedad mercantil se puede transformar en cualquier sociedad mercantil.
Saludos,
jbr
Estoy completamente de acuerdo con tu planteamiento. La "o" es excluyente de cualquier otra posibilidad. Y si al departamento de Mercantil le gusta rebuscar las preguntas, al menos que plantee los enunciados sin dar patadas al idioma.
Saludos.
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Hola:
Me parece muy bien tu posición, ahora bien no comparto tu forma de defenderla, pues entre otras cosas me da exactamente igual que la den por buena por mala, la anulen o pongan el aprobado en 35, y no estoy encabezonado en que la anulen.
Que recuerde para la pregunta 29, únicamente he utilizado la ley de modificaciones estructurales, ninguna otra más. Y sí, recurro al DRAE, porque si para poder contestar una pregunta hay que recurrir a las leyes, para poder entenderla hace falta expresarse bien y utilizar el idioma según sus normas.
Que quede claro, que yo no digo que lleve razón, sino simplemente que tengo mis dudas, entre las tres respuestas, se puede entender que únicamente se puede transformar en cooperativa o en agrupación de interés económico. Pero que si no es así, pues muy bien, yo sé cual es la respuesta correcta. Es más no recuerdo ni si estas preguntas las tengo bien o mal, me da igual.
Una sociedad mercantil se puede transformar en cualquier sociedad mercantil.
Saludos,
jbr
Estoy completamente de acuerdo con tu planteamiento. La "o" es excluyente de cualquier otra posibilidad. Y si al departamento de Mercantil le gusta rebuscar las preguntas, al menos que plantee los enunciados sin dar patadas al idioma.
Saludos.
Excluyente?? O = Alternativa (según JBR). Entonces: TANTO en una, COMO en la otra. Y si hubiese puesto Y??? Será que se transformaría en dos sociedades a la vez??? Por favor, por favor...
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Yo pienso plantear el "problema" al departamento aunque no gano nada.
Saludos.
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Yo pienso plantear el "problema" al departamento aunque no gano nada.
Saludos.
Tampoco pierdes, adelante ;)
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Hola:
No me molesta que me lleven la contraria, es más, puedo cambiar de argumentos en cualquier momento y defender la postura contraria. Porque siempre pienso que puedo no llevar razón y estar equivocado. Lo que no le ocurre a todos, otros piensan que son jueces y dictan sentencias, y al final le falta decir, "cúmplase". No, esa no es mi postura y mucho menos aprendiendo como estoy. Lo primero que hago es poner en duda todos mis conocimientos, no creo que tenga los suficientes como para poder afirmar con rotundidad nada en Derecho. Y además se atreven a opinar sobre los que otros sienten.
Antes que pedirle al decano que me deje llevarme el diccionario, le pediría que me dejase llevar las leyes.
Desde que comencé esta asignatura lo he dicho, en los exámenes van al "límite" de las interpretaciones, prueba de ello son las anulaciones que hay y creo que no hay más porque no todos reclaman. Pero como también he dicho, no suelo quejarme de los departamentos, ellos son los que tienen que decidir cómo y de qué forma quieren realizar os exámenes y nosotros no nos queda más que acatar sus decisiones. Claro es, siempre que las respuestas que den por buenas sean correcta.
Saludos,
Jbr
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Hola:
No me molesta que me lleven la contraria, es más, puedo cambiar de argumentos en cualquier momento y defender la postura contraria. Porque siempre pienso que puedo no llevar razón y estar equivocado. Lo que no le ocurre a todos, otros piensan que son jueces y dictan sentencias, y al final le falta decir, "cúmplase". No, esa no es mi postura y mucho menos aprendiendo como estoy. Lo primero que hago es poner en duda todos mis conocimientos, no creo que tenga los suficientes como para poder afirmar con rotundidad nada en Derecho. Y además se atreven a opinar sobre los que otros sienten.
Antes que pedirle al decano que me deje llevarme el diccionario, le pediría que me dejase llevar las leyes.
Desde que comencé esta asignatura lo he dicho, en los exámenes van al "límite" de las interpretaciones, prueba de ello son las anulaciones que hay y creo que no hay más porque no todos reclaman. Pero como también he dicho, no suelo quejarme de los departamentos, ellos son los que tienen que decidir cómo y de qué forma quieren realizar os exámenes y nosotros no nos queda más que acatar sus decisiones. Claro es, siempre que las respuestas que den por buenas sean correcta.
Saludos,
Jbr
Los exámenes de mercantil tiene tela... tela marinera!!
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Los exámenes tipo test son así, en Mercantil, en una oposición o en lo que sea. Es lo que tiene, sólo hay que acostumbrarse a ellos. El problema es que nos creemos que es un examen de desarrollo, y no. No hay que aplicar "todo lo que sabes" en una respuesta, indagando en tu cabeza... la pregunta es lo que es y punto. Simplificar.
Si quieres buscar otras interpretaciones a cualquier pregunta, lo conseguirás. Esa es la riqueza de nuestro idioma, y si no fuera así, serían preguntas pa tontos, y tampoco es eso. Estoy de acuerdo con JBR en todas sus exposiciones pero creo que MAGUI tiene razón en que es un poco buscar 3 pies al gato.
Por ejemplo: Pregunta 9 del examen tipo C de la segunda semana:
"En una Sociedad de responsabilidad limitada, dos personas que han heredado cien participacipaciones de 1000 euros de valor nominal cada una"...
-Han herededado las dos personas cien participaciones de 1000 euros cada una de las participaciones?
-Cada una de las personas han heredado cien participaciones de 1000 euros?
Puede ser un ejemplo bastante rebuscado y todos sabemos a qué se refiere, pero por poder defender las dos interpretaciones... se puede. Un poco de "Buena Fe", jaja.
Por cierto, aprovecho por agradecerte y felicitarte por tus apuntes, JBR.
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Hola Pablopirri:
Totalmente de acuerdo, puede que sea buscarle tres pies al gato, pero tal como están redactados los exámenes pues nos lleva a eso.
También es cierto que son 40 preguntas y normalmente en cada examen hay dos o tres preguntas que te puede llevar a tener opiniones diferentes, pero eso no es problema, pues aún quedan más de diez para fallar. También por ello no es raro que exista alguna anulación que otra, porque como he dicho algunas van al “límite” y no es difícil cruzar la raya. Pero claro, estoy seguro que eso es lo que pretende el departamento y por eso lo hace así.
Por ello mi única intensión ha sido buscar un poco de lógica y si alguien tiene 26 aciertos y le falta una, pues que la defienda, si lo cree conveniente, pero nada más.
De nada por los apuntes, los paso con todo el placer del mundo.
Saludos,
jbr
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yo tenía 27 bien, contando con esa pregunta. Ahora sin esa pregunta, me quedaré en 26 a poco que me descuide... he cateado ¿tan difícil es redactar bien un exámen?
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Yo estoy con la razón y lo que debería ser lo justo. Creo que no pueden ponernos en un examen tan al límite. Van a "cazar" y si dudas, aunque lo tengas claro, en muchas me ha pasado; en ninguna puedo decirnos que dudé por no saber qué me preguntaban, pero la forma de redactarlas...tiene tomate, hace que en medio de un examen te plantées hasta porqué estudias derecho, no puede hacerse un examen para ir a pillar. Qué orgullo sería para esta cátedra y otras, ver que tienen un nivel de aprobados altos porque la gente se lo toma en serio y estudia, no por ir con pavor para ver "con qué salen", es indignante ver que por la redacción puedas quedarte fuera, eso no es de recibo.
Chicos, si estuviérais alguno al límite entre aprobar o suspender, me gustaría saber qué pensábais.
Apoyo totalmente a JBR y a otros que sacando buenas notas, no dejan de plantearse que las cosas se pueden mejorar y no fastidiar a una persona. Cuando no se estudia, no debes ni plantearte protestar, pero por mala redacción o algo que puede ser interpretable no debe ser objeto de examen tipo test, en el que no puedes argumentar.
Nuevamente gracias a todos aquéllos que ayudan al resto y que desean que las cosas se mejoren.
Y por favor, intentar no faltar a los demás, todas las opiniones valen, estemos o no de acuerdo.
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Yo estoy totalmente deacuerdo contigo, es que sabiendo la forma en la que ponen el examen, al leerlas, aún estando segura de cual era la verdadera, pensaba, "no habrá algo en la redacción de lo que no me este dando cuenta y sea una trampa"...pero bueno, yo soy una de esas que se han quedado a las puertas del aprobado...
Alguién me podría decir cual es el procedimiento para solicitar la impugnación de una pregunta? Muchas gracias!
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Por supuesto que se agradece la actitud de compañeros como la de JBR, que se preocupan altruístamente por los demás y emplean parte de su tiempo en ayudar.
Espero que eso quede claro y nadie me haya malinterpretado.
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Yo estoy totalmente deacuerdo contigo, es que sabiendo la forma en la que ponen el examen, al leerlas, aún estando segura de cual era la verdadera, pensaba, "no habrá algo en la redacción de lo que no me este dando cuenta y sea una trampa"...pero bueno, yo soy una de esas que se han quedado a las puertas del aprobado...
Alguién me podría decir cual es el procedimiento para solicitar la impugnación de una pregunta? Muchas gracias!
Debes mandar un correo con las argumentaciones que consideres a mercantil@adm.uned.es
Suerte.
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Hay que dirigir la reclamación a la atención de Dª. Mª. Angeles Calzada.
Suerte.