Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Jimmy Page en 07 de Septiembre de 2010, 22:32:51 pm
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Resulta que me ha quedado Romano e Historia de Primero ahora bien: Si el año que viene entra el grado, ya no hay convocatorias por parciales de la licenciatura, así que supongo que me tengo que presentar a un único examen, ¿no?
Estoy un poco liado con esto; ¿cuándo sería ese examen?
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Tienes dos años para sacarte las asignaturas... creo con bastante seguridad que aunque no haya tutorías si que sigue habiendo exámenes igual que hasta ahora: es decir, Febrero y Junio y luego Septiembre.
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Según la guía, que me la he visto esta tarde casi enterita, hay dos convocatorias por asignatura, una en el año que se extingue el curso y otra en el siguiente. Es decir, para primero, la última convocatoria sería septiembre de 2012, para segundo 2013 .. Hay un cuadro donde viene, lo único es que no admiten nuevos alumnos si no has estado matriculado en la licenciatura.
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Cada año en cada curso hay una única convocatoria, que sólo corre si te presentas en Septiembre... creo. Aunque sólo corra convocatoria en Septiembre creo que sigue habiendo convocatorias de Junio o Febrero como hasta la fecha.
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Copio directamente de la guía (página 10):
A partir del curso académico 2010/2011 el plan de estudios de Licenciado en Derecho es un plan de estudios a extinguir.
De las asignaturas de los cursos de este plan se efectuarán, una vez extinguidos, cuatro convocatorias sucesivas de exámenes en los dos cursos académicos siguientes.
Agotadas estas convocatorias sin haber superado las pruebas, los alumnos afectados habrán de continuar estudios por el plan de grado en Derecho. La adaptación de asignaturas a este nuevo plan será hecha de forma automática por el Negociado de Atención al Estudiante de la Facultad.
y en la página 30:
Los estudiantes matriculados en asignaturas de los planes a extinguir tendrán derecho a cuatro convocatorias de examen consecutivas (dos por matrícula de curso académico) contadas a partir de la fecha de extinción oficial del curso correspondiente, sin tener en cuenta las convocatorias que pudieran haber consumido previamente a la extinción. A estos efectos, se considerarán como convocatorias las de febrero (cuatrimestral)/junio y septiembre de los dos cursos consecutivos correspondientes al inicio de la extinción del plan antiguo.
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y en la página 32:
"Durante el proceso de extinción se mantendrá el sistema ordinario de exámenes; es decir, se celebrarán pruebas presenciales en los meses de febrero, junio y septiembre. En las asignaturas de carácter anual mantendrán las primeras y segundas pruebas presenciales, en las mismas condiciones que en la fase ordinaria de impartición de docencia."
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Muchas gracias a todos por vuestra ayuda. :)
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Duda existencial por favor: si de primero no me matriculé ni de romano ni civil ni historia del derecho, puedo matricularme ahora aunque no hayan tutorías y así seguir en la licenciatura????
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cuñatgilvab, si que puedes... está en la guía:
"Normativa y condiciones de aplicación de los planes de extinción:"
El punto 4 dice: "El estudiante podrá disfrutar del régimen de convocatoria previsto en este plan de extinción si ha estado previamente matriculado en ese título, aunque no se haya matriculado específicamente en la asignatura que inicia su proceso de extinción."