Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: incredulo en 24 de Febrero de 2006, 15:33:19 pm

Título: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 24 de Febrero de 2006, 15:33:19 pm
 Se ha hablado mucho estos días de en qué condiciones sería aceptable una entrega de las armas por parte de ETA.
  Uno de los escenarios que se ha puesto encima de la mesa es el denominado "paz por presos" en el que los presos de ETA irían saliendo gradualmente a la calle en un espacio corto de tiempo.
   No es mi intención entrar en la justicia o injusticia de estas medidas, ni si son convenientes o no, o si se deben hacer o no. Esto es un simple ejercicio jurídico-legislativo para ver que posibilidades tiene el gobierno (cualquier gobierno español) para sacar a los presos a la calle. Yo avanzo algo que he ido desarrollando, agradeceré mucho cualquier aportación.

    Teniendo en cuenta que nuestra constitución en su artículo 62.i especifica que corresponde al rey “ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales”. Esto nos cierra la vía de una amnistía encubierta vía múltiples indultos individuales, ya que sería un evidente fraude de ley.
   El indulto es una potestad extraordinaria, en la que el ejecutivo se mete en el terreno del judicial. Es una figura arcaica y atípica. De hecho la ley del indulto es una ley del siglo XIX, concretamente de 1870. La aplicación del indulto corresponde al tribunal sentenciador. (Art. 31.  “La aplicación de la gracia habrá de encomendarse indispensablemente al Tribunal sentenciador”) que debe comprobar que “El indulto total se otorgará a los penados tan sólo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública, a juicio del Tribunal sentenciador” (Art. 11 de la ley del indulto). Por tanto quedaría en manos del tribunal sentenciador, es decir, de la audiencia nacional, la aplicación del indulto.
      El mecanismo sería:
  Dirigir la solicitud de indulto al ministro de justicia. Posteriormente éste pedirá informe sobre la conducta del penado al Jefe del Establecimiento en que aquél se halle cumpliendo la condena, y oirá después al Fiscal y a la parte ofendida, es decir, a las víctimas del terrorismo. El indulto lo concede el Rey, refrendado por el consejo de ministros.
   Otro problema que plantea el indulto es que no es aplicable ni a reincidentes ni a fugados, con lo cual sería aplicable a muy pocos de los terroristas.

Por tanto, y anulado el recurso de una amnistía general encubierta vía indultos individuales,  tenemos 2 vías fundamentalmente para dulcificar las penas de los presos etarras.
En primer lugar, tanto para los que ya han sido juzgados como para los que todavía no, se puede modificar el código penal, y la ley general penitenciaria. Esto pasaría por anular las modificaciones realizadas al código penal en los últimos años en el sentido del cumplimiento íntegro de las penas para los condenados por terrorismo, o la elevación a 40 años del límite máximo de permanencia en prisión.  Por la retroactividad de la ley más favorable para el reo, se aplicaría este último código penal.
   En el caso de los ya juzgados, los directores de prisiones tendrían que enviar a la sala de lo penal de la audiencia nacional una lista de todos los penados. Posteriormente tendría que enviarse al ministerio fiscal para su revisión y por último tendría que oírse al reo y a su defensa, antes de aplicarse el nuevo código penal.
   Esta vía tiene dos problemas básicos. El primero es que se convertiría en algo automático. Daría igual que el reo se arrepienta o no. El segundo problema es que no solo se aplicaría a los presos de ETA sino que también al resto de presos terroristas (GRAPO, neo-salafistas, etc.).
  Ante eso, se podría arbitrar una ley especial que solo afectase a los presos de ETA, de todos modos esto es técnicamente muy difícil porque plantearía problemas con el principio de igualdad de la constitución.
  También se ha planteado el que haya una interpretación sensible de la ley por parte de los jueces de la audiencia nacional, ya que ellos tienen una capacidad para modular las penas. Pero esto tampoco es viable, ya que la doctrina a seguir es la jurisprudencia del tribunal supremo, con lo que el nivel de discrecionalidad de los jueces de la audiencia no es tan alto.  De todos modos, por la propia entidad de las penas y la capacidad de modulación, solo cabría en delitos como colaboración con banda armada, enaltecimiento o exaltación del terrorismo, etc.
   En lo tocante a la concesión del tercer grado y la libertad condicional, para adelantar la salida a la calle de los presos terroristas, le corresponde a la administración la concesión del tercer grado, a través de las juntas de tratamiento penitenciario, previo estudio del interno,  que son quienes tienen la potestad para clasificar a los penados en los diferentes grados. Esta clasificación en tercer grado penitenciario no puede ser recurrida por la víctima, ya que solo puede ser recurrida por el penado o por el ministerio fiscal. Posteriormente a la concesión del tercer grado, la libertad condicional la otorga el juez de vigilancia penitenciaria.
    De todos modos, con el paso al tercer grado de tratamiento penitenciario, tampoco saldrían en libertad muchos de los penados terroristas, ya que el código penal en su Art. 90.1, modificado por la L.O 7/2003 dice:
1. Se establece la libertad condicional en la pena privativa de libertad para aquellos sentenciados en quienes concurran las circunstancias siguientes:
a) Que se encuentren en el tercer grado de tratamiento penitenciario.
b) Que se hayan extinguido las tres cuartas partes de la condena impuesta.
c) Que hayan observado buena conducta y exista respecto de los sentenciados un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social, emitido en el informe final previsto en el artículo 67 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.
Es decir, de estos tres requisitos, el poder ejecutivo solo puede interferir en dos, en el paso al tercer grado de tratamiento penitenciario y en el informe de la junta de tratamiento, pero no podría concederse la libertad a todas aquellas personas que no tengan cumplidas las tres cuartas partes de su condena.
  La única opción que se nos ocurre es que en este artículo 90.1 del código penal se elimine el punto b, es decir, la exigencia de que se hayan extinguido las tres cuartas partes de la condena impuesta. Esto plantearía un problema con la separación de poderes, ya que en este caso, independientemente de la pena impuesta por el juez, el ejecutivo decidiría cuando sale un preso a la calle, simplemente con hacerlo pasar al tercer grado penitenciario. Por tanto crearía un problema con la ejecutoriedad de las penas impuestas por los tribunales. Es un camino peligroso. 
  Por supuesto todas estas medidas serían de aplicación a los presos ya juzgados y condenados, todavía tendríamos que pasar por todo el proceso en el caso de los terroristas fugados.
   En resumen, si nos ajustamos al principio de legalidad, el ejecutivo tiene pocas posibilidades para excarcelar a los miembros de ETA sin erosionar gravemente el estado de Derecho. Serían necesarios cambios profundos en la legislación e incluso en nuestra constitución.


Esto es  a lo que yo he llegado. Sin despreciar al resto de foreros, serán muy agradecidas las aportaciones sobre todo de IUS o de José luís.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: IUS en 24 de Febrero de 2006, 19:03:22 pm
Incrédulo, la verdad que sólo me he leído tu mensaje una vez y de forma rápida, pero no quería dejar de contestarte - sin perjuicio de una respuesta ulterior- y decirte que has hecho un razonamiento muy completo y creo que muy acertado. Respecto al tercer grado, puede ser que se arregle el tema de las comeptencias penitenciarias con el Gobierno Vasco y que dicho Gobierno fuera el que iniciara el tema del tercer grado. Se puede hacer una coparticipación en la medida de tal forma que la iniciativa del tercer grado fuera del Gobierno Vasco y que el Minsiterio Fiscal no se opusiera. Y con el art. 90.1.b en vez de derogarlo, se le puede modificar, rebajando la pena cumplida. Cierto que como dices la cosa está complicada, pero creo que vía tercer grado con la reforma del art. 90.1.b), traspado definitivo en administración penitenciaria al Gobierno vasco y la inhibición del Minsiterio Fiscal, o sea, con cierta reforma de la Ley Orgánica (que creo que se tendrían apoyoso suficientes), una repartición de la responsabilidad política entre Adminsitraciones y cierto lapso de tiempo la vía del tercer grado es la mejor. Como ha dicho incrédulo, esto es un ánálisis jurídico per se o sobre impacto político.
Saludos,
IUS
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 25 de Febrero de 2006, 12:10:21 pm
Creo que cualquier reforma legislativa penal abriría el camino, pero supondría como Incredulo ha planteado abrir otras vías con caracter genral a otros presos.
La reforma de la ley penitenciaria es una vía, pero no creo que pudiese excluirse a otros casos de su aplicación.
Quizá lo más fácil fuese reformar la ley de indultos y tratar caso por caso, puesto que esta vía permite una discrecionalidad casi total.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 25 de Febrero de 2006, 12:35:34 pm
No obstante lo anterior, hay un factor político de gran importancia. ¿Como se haría la excarcelación de forma discreta ó a la total luz pública?
Esto influiría mucho en el modo elegido.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 25 de Febrero de 2006, 17:34:19 pm
  Pulpo no es el objeto del debate si se va a hacer a la luz pública o no. Es más, tampoco es objeto de este debate si se va a hacer o no.  si quieres atacar al gobierno, como siempre, te pediría que abras otro hilo al respecto. Aquí hablamos de posibilidades legislativas. Además, ya existe otro subforo para jugar al pim pam pum con el gobierno, mantengamos este como lo que és, un subforo para asuntos jurídicos, no políticos.
  Luego afirmas que cualquier reforma legislativa penal abriría el camino. Bien, ¿cual? ese es el objeto de este debate, que medida legislativa penal es técnicamente aplicable sin que se erosione el principio de legalidad o el de igualdad.
  Con respecto a lo que has dicho de la ley del indulto, sería inútil reformarla. No serviría para nada, ya que si lees con atención mi primer post, verás que lo que impide que se concedan indultos generalizados no es la ley del indulto sino la constitución, que en su punto 62.1 dice que el Rey no podrá conceder indultos generales.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: José L.Buenestado en 26 de Febrero de 2006, 13:23:16 pm
Estimados amigos:

La exposición de hechos y de derechos efectuada por incrédulo es simplemente brillante.

Después de sus fundamentos así como los de IUS y pulpo, poco me queda por decir, pero yo me inclinaría más por la parte que le concierne al Ejecutivo, es decir; por la vía del indulto individual.

Cierto es que el art 62.i) de la CE, dentro de las funciones constitucionales que le corresponde al titular de la corona (Rey o Reina), se encuentra la de ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley y que no podrá consistir en conceder indultos generales. La ley en cuestión, es la LO que regula el proceso para la concesión de indultos.

Como bien señalaba incrédulo, es el Consejo de Ministros en pleno el que concede el indulto y el Rey solo firma el Real Decreto del Consejo de Ministros refrendado por el Presidente del Gobierno, es una función de la corona pero es una función reglada, es decir; el titular de la corona no se puede negar a firmar dicho RD. Por tanto el que concede el indulto individual es el Ejecutivo.

Una vez dicho esto, bajo mi punto de vista, no haría falta modificar la CE, ni siquiera la ley general penitenciaria ni mucho menos el CP, quizás se podría modificar lo que es la ley del indulto, pero es algo que tampoco tengo muy claro.

Lo que tengo claro es que el Ejecutivo, en cualquier momento mediante Real Decreto del Consejo de Ministros puede otorgar el indulto indivual a cualquier preso sea etarra o no lo sea, siempre y cuando se ajuste ese indulto a los motivos tasados o presupuestados en la ley de indultos, así de forma individual irían saliendo uno detrás de otro de prisión, o por lo menos la mayoría de ellos, tenemos que tener en cuenta y no quiero ser repetitivo, que quien concede el indulto no es el Rey, sino el Consejo de Ministros, es una función Constitucional que le compete en exclusiva al ejecutivo, incluso interfiriendo en las resoluciones judiciales y anulando en cierta medida al Poder Judicial, por eso reitero que una modificación en la LO de indulto, rebajando los requisitos para su concesión sería más que suficiente para conceder el indulto a la mayoría de presos etarras, que por cierto la mayoría de ellos ya tienen casi cumplida las 3/4 partes del total de su condena de 30 años.

Con la actual ley de indulto en la mano, (la cual desconozco en profundidad) solo la conozco de pasada, ahora mismo no hay muchos inconvenientes para ir concediendo indultos individuales, por lo que dije anteriormente, la mitad de presos de eta llevan en prisión 12 o 13 años, casi la mitad del tope.

En el caso de que las competencias sobre régimen penitenciario se transfieran a las CCAA, tampoco supondría ningún cambio de cara a estos hipotéticos indultos individuales, ya que, volvemos a lo mismo, proponga quien proponga el indulto, la resolución de la concesión reside en exclusiva en el Ejecutivo, creo sinceramente que el ejecutivo, no ahora, pero si en la próxima legislatura y dentro de unos 3 o 4 años, a instancia de los etarras, o a instancia del MF, irá revisando esas peticiones de indulto individuales y me temo que los irá concediendo.

Como veis he aportado poco al debate, pues me tengo que documentar, pero a simple vista sinceramente no veo muchas trabas a la concesión individual de indultos, ya que me reitero, que debido a la estricta separación de Poderes, la concesión de indultos es una competencia exclusiva y constitucional del Poder Ejecutivo pasando por encima del Poder Judicial.

 
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Hugo en 26 de Febrero de 2006, 14:08:37 pm
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Estimados amigos:

Lo que tengo claro es que el Ejecutivo, en cualquier momento mediante Real Decreto del Consejo de Ministros puede otorgar el indulto indivual a cualquier preso sea etarra o no lo sea, siempre y cuando se ajuste ese indulto a los motivos tasados o presupuestados en la ley de indultos, así de forma individual irían saliendo uno detrás de otro de prisión,
 

Esto es cierto, pero si todos los indultos parciales están cortados por el mismo patrón, se consideraría que se trata de un indulto general encubierto, y por tanto un fraude de ley.

A todos los interesados en este tema os recomiendo que vayais a la página web de la Linterna (COPE) en el que se hace una entrevista a Javier Gómez Bermúdez, presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. La entrevista es realmente buena, y además trata todos los temas aqui tratados, con demasiado coincidencia incluso.

http://www.lalinterna.com/index.php?/la-linterna/TertuliaPolitica/C4/


(Pinchar en tertulia del jueves 23 de febrero)

Que disfruteis!
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: José L.Buenestado en 26 de Febrero de 2006, 15:42:09 pm
Estimado Hugo:

Volvemos siempre a lo mismo, se trate de indulto encubierto o no, lo cierto es que es una posibilidad recojida en la CE y en las leyes de desarrollo, el hecho de que se concedan indultos individuales, en este caso hipotético que nos ocupa los indultos individuales serían mas numerosos por tratarse de presos terroristas, pero si partimos siempre del Estado de Derecho y como tal del principio de legalidad de las penas art 25.1 CE, del pricncipio de igualdad formal y material del art 14 CE, los presos etarras considerados individualmente podrían beneficiarse de ese derecho de ser indultados, que más da que sea un preso o 20 presos, de una forma u otra , individualmente considerados pueden acojerse a su derecho de petición individual art 28 CE, por tanto no sería un indulto general encubierto o una amnistía general, ya que dichas peticiones de indulto se tramitarían y revisarían de forma exclusivamente individual, a unos se les podría conceder y a otros no, siempre respetando las reglas del juego, juego que por otra parte debe ser el mismo para todos 
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: José L.Buenestado en 26 de Febrero de 2006, 16:12:27 pm
Hugo:

Acabo de oir la entrevista de la radio que nos facilitas, efectuada a Javier Gómez Bermúdez, presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Tras oir las palabras de javier Gómez, me reitero y me reafirmo en lo anteriormente dicho, también aprovecho para decirte que la entrevista es bastante buena y que de cierto modo reafirma también las exposiciones efectuadas por incrédulo y por pulpo y las tuyas, como habrás podido oir, existen varias vías para poder hacer efectiva esa salida de prisión de los etarras, eso sí, todas ellas no dejan de ser muy complejas, pero no imposibles.

Lo mejor será estar atentos en los próximos días a las noticias porque me temo que con la intervención de Javier Gómez se van a levantar muchas ampollas y que el debate está servido en los próximos días.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: IUS en 26 de Febrero de 2006, 18:45:23 pm
Yo sigo opinando que la vía del indulto es arriesgada jurídicamente, en cuanto unas vez concedidos un número de indultos podrían ser recurridos todos por inconstitucionalidad. Lo que decidiera el TC ya sería otra cosa, pero el riesgo de declaración de inconstitucionalidad existiría, cosa que no se darían en el caso del tercer grado (o el riesgo sería inferior). Una opción jurídicamente más segura, pero quizá más lenta y políticamente menos satisfactoria (de cara a una negociación, aunque incluso más gravosa de cara a lo que la mayoría de las víctimas solicitan), es la vía del tercer grado.
Pero, en efecto, son opciones. Por lo demás, creo que poca cosa hay más que rascar aquí.
Saludos,
IUS
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: shadowmaker en 27 de Febrero de 2006, 13:52:20 pm
Vaya vaya...

Esta línea sí que me gusta, incredulo. Bienvenido al foro
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 27 de Febrero de 2006, 16:40:46 pm
Incredulo, recuerdo:
[
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Quizá lo más fácil fuese reformar la ley de indultos y tratar caso por caso, puesto que esta vía permite una discrecionalidad casi total.
Me reafirmo en lo dicho: no veo otra posibilidad que no sea la del indulto. No veo, como dice José L. necesidad de reformar la Constitución ya que habría que tratar caso por caso. Si existe como dice IUS el riesgo de que se aprecie un fraude de ley y se considere que se está concediendo un indulto general. El riesgo existe, es lógico. No olvidemos que la excarcelación masiva de presos por motivos políticos es antijurídica en sí misma.

Y en cuanto al comentario de si se hace ó no a la luz pública, no es una obviedad: están saliendo etarras a la calle desde hace años y todos sabemos que no es algo político. Podría hacerse una reforma penal para sacar presos que afectase a Todos los  y se negase que se trata de una medida de excarcelación de etarras. Se podría negar la mayor. No ocurre así en el caso de los indultos, al tener que tratar caso a caso. no podría ocultarse lo que se pretende hacer. El matiz es político, desde luego, pero ¿que no lo es en este supuesto?
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 27 de Febrero de 2006, 18:06:05 pm
No hay en todo caso una solución satisfactoria. No puede haberla. Estamos buscando un atajo, un matiz, una pequeña fisura del ordenamiento. Al fin y al cabo la pregunta que nos hacemos es ¿Como puede el ejecutivo lograr que la ley no se aplique a un grupo determinado de individuos pero que la ley siga en vigor y se aplique a todos los demás casos?
Está claro que se rompe el principio de división de poderes.

¿Que ocurre en el indulto? Pues que es un instrumento hecho precisamente para esto. Desfasado en el tiempo y antijurídico en sí mismo, se usa en la actualidad para corregir efectos no deseados en la aplicación de la ley. Por eso no se permiten los indultos generales. Sería como abrir una puerta a la no aplicación discrecional de las leyes.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 02 de Marzo de 2006, 10:26:16 am
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. La entrevista es realmente buena, y además trata todos los temas aqui tratados, con demasiado coincidencia incluso.

http://www.lalinterna.com/index.php?/la-linterna/TertuliaPolitica/C4/


(Pinchar en tertulia del jueves 23 de febrero)

Que disfruteis!

Soportado Hugo.
 Como siempre, no aportas nada al debate, como mucho un link hacia la cope  o hacia el mundo, o cosas así. Es tu falta de análisis propio a la que ya nos tienes acostumbrado y que suples con la repetición textual de las opiniones de otros. 
  Pero es que además, haces una insinuación insidiosa dejando caer como que yo pueda haber copiado lo dicho en esa tertulia. En primer lugar, decirte que gente como Rafa Vergara (coordinador de primero) y J. L. Buenestado, tienen eso que yo he escrito como parte de mi trabajo sobre terrorismo que estoy realizando, desde días antes de esa tertulia radiofónica.
  Sé que tu único contacto con la realidad es la cope y el mundo, pero los demás tenemos más vías de información. Si lo que quieres saber es si he hablado de este tema con el Juez Gómez Bermúdez, te diré que sí. El  contó algunas de estas cosas un mes antes de que se las preguntaran en la COPE en medio de una tertulia en un hotel de Bilbao (de donde es su suegra) con Emilio Gevara, Antonio Elorza, Maite Pagaza y Herman tirsch entre otros. También debo decirte que algunas de las cosas que ha contado en esa tertulia, surgen de apuntes muy bien hechos por parte de Emilio Gevara, uno de los mejores juristas de Euskadi. La gente aprende unos de otros, y yo no insinuaría que su señoría ha copiado ideas de Gevara, simplemente acepta argumentos acertados. Otras cosas que dijo en petit comité, entenderás que no las voy a reproducir aquí.
  Por tanto, tus insinuaciones de plagio, puedes introducirlas por vía rectal, ya que yo jamás he hecho lo que haces tú de fusilar páginas web y hacerlas pasar por tuyas.
  Como siempre, haciendo insinuaciones y provocando. Me provocas auténtica repugnancia. Eres como el señor Burns de los simpson, siempre pensando en como hacer daño. Peor para tí.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Hugo en 02 de Marzo de 2006, 12:38:41 pm
Chico, tienes unas reacciones un poco exageradas. Míratelo.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: José L.Buenestado en 02 de Marzo de 2006, 12:49:35 pm
Haya calma y paz:

A propósito Hugo, el escudo de armas que portas es el de la Real Casa de Trastámara, donde se contemplan todas las heraldías pertenecientes a los reinos de la Casa
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Hugo en 02 de Marzo de 2006, 14:40:59 pm
José, el escudo es el Estandarte real desde el año 1580 hasta 1700, si no recuerdo mal. He hecho una búsqueda pero no encuentro una página donde vengan todos los estandartes reales. Si la encuentras tú mandaméla.

Un saludo

Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: José L.Buenestado en 02 de Marzo de 2006, 19:35:33 pm
Hugo:

Son las Armas de la Real Casa de Trastámara, por donde puedes observar que están representados todos los Reinos de España, Castilla y León, Navarra, Cataluña, Aragón, Viana, Valencia y dependiente de éste Baleares y Sicilia además del águila de San Juan adoptado de Germania, además ornamentado con la flor de lis característica de los primeros Borbones y el Blasón con el cordero, posteriormente con la corta duración de la Casa de Saboya se incluyó sus Armas, que fueron excluidas posteriormente, me son muy familiares dichas armas, nada más
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Hugo en 02 de Marzo de 2006, 20:59:04 pm
José, he encontrado un link muy interesante en el que vienen todos los escudos de todas las dinastías. Creo que los dos teníamos nuestra parte de razón.

http://www.armada.mde.es/esp/CienciaCultura/HistoriayCulturaNaval/Bandera/carlosi.asp?SecAct=07604_02


Un saludo
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 02 de Marzo de 2006, 23:19:38 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Chico, tienes unas reacciones un poco exageradas. Míratelo.

¿Tu crees? Es posible. Lo que pasa es que encarnas todo lo que yo no soporto en un ser humano.
 No soporto a la gente que no tiene un criterio propio
 No soporto a quien intenta apropiarse del trabajo de otra gente
 No soporto a la mediocridad
 No soporto a quien siendo un mediocre intenta aparentar ser superior
 No soporto a quien solo sabe insultar
 No soporto a quien prefiere destruir a construir
 No soporto a los envidiosos
 No soporto a quien es capaz de jugar con las cosas más apestosas solo para intentar hacer daño
  En definitiva, no soporto a la gente como tú, mediocre, acomplejada e intelectualmente incapaz. Pero si quieres puedes copiar otra página web y hacerla pasar por tuya para intentar aparentar algo.
  Por supuesto tienes todo el derecho del mundo a ser así, no creo que tengas muchas más opciones. Pero yo tambien tengo todo el derecho del mundo a sentir repugnancia ante gente como tú. Lo que me apena es que algún día puedas llegar a tener un título expedido por la misma universidad que el mío, eso le quitará valor, pero bueno, hay que vivir con ello.
  Espero que hayas entendido mis explicaciones.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Hugo en 03 de Marzo de 2006, 11:41:12 am
Jó, pues tú a mi me caes muy bien, que pena que no podamos ser amigos.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Hugo en 03 de Marzo de 2006, 11:50:34 am
Insoportado incrédulo:

Se me pasaba algo, es tremedamete gracioso que me digas que no tego criterio propio, que me aprovecho de las ideas de otro y que pretedo ser superior cuado TÚ te dedicas a copiar exactamete lo que ha dicho un juez y a preteder que los demás creamos que son tus deducciones. Y si no, oye la etrevista y verás como lo que has escrito es una calcamonía de lo dicho por Javier Gómez Bermúdez.


Recibe un cordial saludo.

Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 03 de Marzo de 2006, 14:27:43 pm
  Creo que encajas perfectamente en la definición que le oí en una ocasión el presidente de la fundación Maite Torrano, Xabier Garmendia:
 "eres un tonto esférico, se te mire por donde se te mire eres tonto".

A ver, pequeño incapaz mental. Que parte de "yo ya había escrito eso antes de que el juez saliera en esa tertulia" es la que no has entendido?
 ¿es que no te das cuenta de que esas reflexiones ya las había escrito yo antes de que saliera esa tertulia? ¿es que no te das cuenta de que muchas de ellas, no solo salieron del juez, sino también de Emilio Gevara y de otros juristas en una conferencia a la que jamás te habrían invitado?
  ¿eres tan incapaz mental (es una pregunta retórica) que eres incapaz de entender que yo estaba presente en el momento en el que se plantearon y se discutieron algunas de esas ideas?
  En fin, la culpa es mía, intentar que entiendas tu algo.....
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: zuku en 26 de Marzo de 2006, 21:06:16 pm
Que mal rollito no? En fin, por lo que a mi respecta, qué pasa con los presos comunes y el art. 14 de la constitución? "Jurídicamente" se puede tratar de forma distinta a unos y a otros en virtud de un proceso "político"?

Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 27 de Marzo de 2006, 16:08:08 pm
No zuku no se puede, pero es que los terroristas son los únicos delincuentes con lo que el Estado negocia.
Si lo único que se les concede es mejorías penitenciarias ó indultos parciales (no exención de penas) podría ser asumible dentro del principio de arrepentimiento ó consideraciones de política criminal, pero si se trata de excarcelaciones sólo por que la banda deje de matar no es un precio asumible para un Estado de Derecho.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Tony en 30 de Marzo de 2006, 18:10:15 pm
Se nos dice en el comentario número 1.759 del Sr. Incrédulo, que no se despreciarán las aportaciones de otros foreros. Bien, noble actitud y espero que así sea. Mi opinión es que quizá no sea necesario bucear en el Ordenamiento español para encontrar la fórmula de poner en la calle a estos asesinos sin escrúpulos. La solución a la cuestión la he encontrado en un artículo muy interesante de Alberto Recarte en L.D. En dicho artículo se nos cuenta que el futuro Estatuto vasco tendrá competencias sobre el sistema penitenciario –L. Recarte parte de la filosofía del catalán-, y en consecuencia a una vez trasladados los presos al territorio en cuestión al día siguiente podrían salir en libertad.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 30 de Marzo de 2006, 19:46:45 pm
  Gracias por tu aportación Tony, pero te rogaría que la fundamentes mejor. Si lees los posts anteriores, verás que hacen falta dos cosas para que salgan a la calle en tercer grado. La primera que hayan cumplido las tres cuartas partes de la pena, y la segunda que la administración penitenciaria les conceda ese tercer grado. Si te lees los posts anteriores verás que es así.
  Por tanto, aunque se transfieran competencias al gobierno vasco en materia penitenciaria (como tiene cataluña por ejemplo, y con un resultado nefasto) no podría excarcelar a nadie que no cumpla los mismos requisitos que en el resto de España.
   Ahora, si no te he entendido y había algo más, te ruego me lo especifiques.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 15 de Abril de 2006, 04:24:13 am
Estimados Sres.:

En primer lugar decir que ya se que de lo que se trata es de: es un simple ejercicio jurídico-legislativo para ver que posibilidades tiene el gobierno (cualquier gobierno español) para sacar a los presos a la calle. Esto lo digo por el sentido que doy a mi aportación:
 
Creo que se ha puesto la carne en el asador sin las brasas. Necesita de combustión el tema para que podamos soasar.
La primera medida para que esto pudiese tener lugar en el seno de una sociedad que ha sido diezmada por el terrorismo etarra sería una constatación fidedigna de que la banda terrorista abandona toda figura delictiva. Al decir toda es el conjunto de delitos que estigmatizan el seno de dichas agrupaciones.
Un primer un punto de partida sería no ya la promesa de no volver a delinquir sino, la renuncia a las armas y su entrega. Ésta sería una primera muestra de animus a tener en cuenta junto a otras, como podría ser la renuncia a la extorsión y similares, para poder empezar a dialogar. A partir de aquí nos podríamos plantear el encabezado (siempre desde el tratamiento que se propone) de incrédulo.
De existir el indulto, que fuese, por supuesto parcial, faltaría más, y desde luego con cuenta gotas.

Ahora bien, ¿un indulto de esta naturaleza no alteraría la seguridad jurídica, la política criminal, el Estado de Derecho, el mensaje de las instituciones, la lucha contra la delincuencia,…? ¿No sería totalmente anticonstitucional, una clara interdicción de los poderes públicos, un atentado contra el 1, 17, 30,10 CE? ¿Encontraría en este punto una justificación de utilidad pública el ejecutivo con semejante entelequia? ¿Dónde la retribución y la prevención general? ¿Dónde el derecho de las víctimas? ¿Dónde la justicia en definitiva?
Con lo que respecta a la ley del indulto, es claro que el primer paso se centra en el Tribunal Sentenciador, quien previamente sin interdicción, sin ilicitud, con pruebas de cargo válidas y su racionamiento axiológico motivado, tiene en ciernes a los muchachos, y con tal poso me gustaría a mi saber cómo puede enviar al Ministro de justicia un informe favorable para la concesión de un indulto.

En propias palabras del TS
Razonamientos jurídicos
Primero: Sobre el control judicial de los Decretos de Indulto.
1. El derecho de gracia supone una potestad extraordinaria de intervención de un Poder estatal en el ámbito de competencia de otro, el Judicial, único al que corresponde, por Constitución y por Ley, «juzgar y hacer ejecutar lo juzgado» (arts. 117 CE y 2.1 LOPJ).

Por eso, el indulto es un acto con rasgos de atipicidad en el marco del Estado constitucional de Derecho. En todo caso se trata de una prerrogativa sujeta a la ley y corresponde al Poder Judicial velar por la efectividad de esa sujeción, precisamente porque comporta cierta derogación del principio de generalidad de la ley penal y de los de independencia y exclusividad de la jurisdicción. Una vez constitucionalmente admitido, su uso está rodeado de cautelas, con objeto de procurar que esos efectos se produzcan del modo que resulte menos perturbador para la normalidad del orden jurídico.

2. Cualquiera que sea la naturaleza de un Real Decreto de Indulto, la aplicación de la gracia corresponderá siempre al Tribunal sentenciador y así lo establece, de manera rotunda, el art. 31 de la Ley de Indulto de 18 de junio de 1870, reformada por Ley de 14 de enero de 1988, que refuerza la competencia de forma inequívoca, encomendándole esta facultad, de manera directa e «indispensable». Esta capacidad se reitera en otros diversos preceptos de dicha Ley, como el art. 17, que dispone que el Tribunal sentenciador no dará cumplimiento a ninguna concesión de indulto, cuyas condiciones no hayan sido cumplidas previamente por el penado, salvo las que por su naturaleza no lo permitan.

Los órganos competentes para otorgar el indulto y para aplicarlo son distintos, evitándose de esta manera la incontrolada disposición de esta facultad por parte del Poder Ejecutivo. Nadie discute que el Gobierno tiene un papel relevante, decisorio y exclusivo en el otorgamiento de la gracia del indulto, pero condicionado por la legalidad y controlado por el Poder Judicial a través del órgano sentenciador.

El control es doble y reforzado, en cuanto que se extiende por un lado a comprobar las condiciones impuestas al indultado y por otro a la posibilidad de valorar y examinar todas las estipulaciones que contiene el indulto, valoración que incluso puede determinar que el Tribunal, como hemos dicho, decida que la naturaleza de una condición no permite su cumplimiento, ordenando que, sin necesidad de que se cumpla, se aplique el beneficio.

Por si quedaba alguna duda sobre el control jurisdiccional, el art. 5 de la Ley de Indulto establece tajantemente que no se aplicará o ejecutará por el Tribunal un indulto que no haga mención expresa, por lo menos, a la pena principal sobre la que recaiga la gracia.
3. Enlazando estas disposiciones con la doctrina general que emana de la Constitución, se reafirma el control del derecho de gracia en nuestro sistema.

El mismo texto constitucional sujeta a la ley, el ejercicio del derecho de gracia que corresponde al Rey, añadiendo que no se podrán autorizar indultos generales [art. 62 i) CE].
La sumisión general del derecho de gracia a la ley se contempla asimismo en el art. 1 de la Ley de Indulto, cuando dispone que los reos de toda clase de delitos podrán ser indultados, «con arreglo a las disposiciones de esta ley», de todo o parte de la pena en que por aquéllos hubiesen incurrido…
La clave del arco del Estado de Derecho pasa por el sometimiento al control judicial de la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican.
 
Como señala la doctrina y la jurisprudencia, aun cuando nos encontramos ante un poder discrecional que administra el Poder Ejecutivo, por amplia que sea cualquier discrecionalidad, siempre será un quid alliud respecto de la ley, como cualquier otro producto administrativo, y estará por ello «sometida plenamente» a la Ley y al Derecho. El control judicial de la discrecionalidad es siempre un control de los elementos reglados con que la atribución legal de la potestad correspondiente ha sido atribuida… una norma que distribuye las competencias en materia de indulto entre el ejecutivo y el judicial, con la finalidad de no alterar sustancialmente la división de poderes que está en la base del sistema político de la Constitución.

Como habréis podido apreciar, el propio TS pone veto a una arbitrariedad que a todas luces dañaría los principios más fundamentales para una pacífica convivencia en cualquier democracia. Por tanto, considero que no es una función únicamente Ministerial la que atañe al indulto sino que previamente, tendrá que salvar la barrera judicial para dar ese paso, al menos así me gustaría que ocurriese.

Otro requisito indispensable, al hilo de los últimos comentarios, es que el delincuente, a parte de haber cumplido las ¾ partes de la pena, el informe favorable (el cual tiene muchos requisitos), el reo haya satisfecho la responsabilidad civil que se derive de su delito. Algo que daría pie a que se sumase un componente más a la reiterada entelequia del sentido jurídico en sostener que un indulto  deje sin efecto la indemnización civil o las costas, excluidas de la posibilidad de gracia, por los arts. 6 y 9 de la Ley.

Dicho todo esto, yo si reformaría La ley del indulto, eso si lo tengo claro, y las personas que han discriminado y paralizado las vidas de otras muchas, las retiraría de la obtención de una gracia, que a pesar de estar recogida constitucionalmente, es anticonstitucional a todas luces.

No encuentro  justificación de ningún tipo que avale tal premisa.

Un saludo
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 16 de Abril de 2006, 04:11:39 am
 bueno, era un riesgo bastante evidente que se corria, como bien lo afirmé en el primer post.
 No necesito que me digan que ETA debe dejar las armas. No me importa lo más mínimo lo que sea moralmente aceptable o políticamente aceptable. No hablamos aquí de constataciones de abandono de las armas ni de cuentagotas de ningún tipo
Hablamos de las posibilidades que brinda nuestra legislación para precisamente saltarse a la torera nuestra legislación
 Es un ejercicio jurídico teórico señores
Ahora bien, si a todos les apetece soltar el speach político pues muy bien. Sinceramente, gracias a José luís y a  ius.
Al resto... gracias por intentar explicar lo que es ETA, no te jode....
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 16 de Abril de 2006, 11:34:57 am
Trabajamos ante la hipotética “paz por presos” o en boca de otros “paz por la democracia y justicia del pueblo vasco”. Hay quien ha dicho que las “condenas hay que cumplirlas” y a mi me parece que es la única forma viable de que este Estado democrático en el que vivimos siga por cauces racionales sin alterar su orden.

José Luís ha expuesto que es el Consejo de Ministros quien finalmente tiene la última palabra para la liberación de los presos uno a uno, dando por hecho que la AD pasa olímpicamente o apenas pondría resistencia al paso previo de tope para el mismo.
Yo, mediante sentencia del TS, he intentado darle un toque de fosforito a las líneas de la valla, que por otro lado, tú tampoco has remarcado demasiado.

De saltar esa valla supongo, con bien dice Ius, que el TC tendría mucho que decir sobre la inconstitucionalidad del asunto alegando simplemente un sentido de IGUALDAD, que debe prevalecer como criterio indispensable ante cualquier situación que nos planteemos y algo que yo secundo plenamente. ¿Qué razón se puede esgrimir para que se conceda la libertad a un asesino y quede privados de sus derechos de respirar aire puro a su libre albedrío personas que han cometido un robo por ejemplo?
Por tanto, secundo las cuestiones de inconstitucionalidad que se han puesto en el tapete.

A tu colofón no haré ningún comentario, pero espero que te joda menos siendo un poco más breve y sin aludir a razones de justicia.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 16 de Abril de 2006, 15:37:32 pm
Fe de errata: AD=AN

Abundando más en el tema te paso esto:

La subsecretaria del Ministerio de Justicia, Ana de Miguel, ha explicado la política de indultos del Gobierno. Dice que es restrictiva porque excluye «a priori» a los condenados por toda una serie de delitos, debido a razones de política penal (delitos de cuello blanco, contra la seguridad del tráfico, de motivación racista o de violencia de género) o porque causan alarma social (asesinatos, torturas, tráfico de armas). En todos estos casos se descarta el indulto, aún con informe favorable del tribunal que condenó
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 17 de Abril de 2006, 09:20:36 am
Por los problemas de que adolece sería necesario reformar la ley de indultos. Pero una vez, hecho eso sería el camino más fácil, con independencia de la valoración ética ó política que tanto jode a Incrédulo.
¿Problemas con el TC? Podría haberlos, ya se ha explicado porque pero haciéndolo caso por caso y no aplicándose de igual modo en todos los casos podríamos lograr que no sea ó que no parezca un indulto general.
En todo caso yo me quedo con dos valoraciones:
- El indulto es en sí mismo antijurídico, por mucho que se le vista .
- Buscar la no aplicación de las penas a un grupo de delincuentes por motivos exclusivamente políticos es contrario al Estado de Derecho.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 18 de Abril de 2006, 11:31:14 am
  No, si no es que me joda pulpo. Si es que me aburre.
Que si ahora planteamos un debate sobre las posibilidades legislativas de rebajar la edad penal, ya vendrá algun soplapenes a soltar que es culpa del PSOE que haya niños que no se qué.
 De lo que era un ejercicio teórico ya ha habido uno que ha tenido que soltar el spich político.
 Reiterar las gracias por explicarme lo que es ETA. No lo tenía yo claro......
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 18 de Abril de 2006, 13:14:20 pm
Estimado Incrédulo:

Como habrás podido observar no tengo tantas estrellas como tú, espero que si algún día las acaparo no sea empleando todos los descalificativos que empleas en la mayoría de tus mensajes. He dado una vuelta general por todos los apartados de esta magnífica web y he podido observar que en todos tienes algún tipo de comentario de muy poco gusto.

Ciñéndonos al tema, omite mi speach político y haz referencia a lo que te digo, en concreto a las citas del Tribunal Sentenciador y al de la política del gobierno creo que es lo único que interesa si los consideras de interés u oportunos dada tu condición de licenciado.

No quiero bajo ningún concepto llegar al punto que has llegado con Hugo, así que, espero retomes posiciones y adecues tus palabras a lo que es un foro de este tipo. Con respecto a ETA, te diré que todo el mundo puede aportar su granito de arena, yo tengo el mío y me lo reservo, eso sí, mi punto de alejamiento sobre las cosas tal vez tenga más cota que el tuyo, aunque solo sea por edad y como pequeña referencia te diré que he vivido en el País Vasco y que hace muchísimos años, tal vez no hubieses nacido, para pasar de Eibar a Ermua, ya me ponían el subfusil en la sien para emplazarme a presentar mi documentación.

Un saludo, en espera y esto te lo digo de corazón, porque así como te digo una cosa también te digo que por otra parte comprendo tu desesperación en lo concerniente al poco sentido existente en muchas aportaciones, de que exista una buena armonía entre todo el mundo.

PD: No sabía igualmente lo involucrado q estás en el tema ETA, pero no obstante, yo tampoco tengo mucha experiencia en los foros como para no poder, como es el caso, contar lo que me parece ETA.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 19 de Abril de 2006, 09:01:55 am
  Ahhh
Oye y aparte de intentar decirme como debo hablar o como no debo hablar en los foros, querías aportar algo al tema en general? Vamos aparte de tu crítica política, bastante indocumentada, me refiero.
Por cierto, ¿que son descalificativos? es que lo busco en el diccionario y no lo encuentro. Me temo que cuando uno es tan pedante que lo que busca son palabras que suenen finas sin saber ni siquiera si existen pues pasan estas cosas.....
Ah para finura dialéctica tu contestación sobre aznar en el otro foro eh? creeme, yo a tí nunca te llamaría cobarde..... No me importas tanto.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 19 de Abril de 2006, 09:46:32 am
Estimado Incrédulo:

Creo que tienes tantos mensajes que atender que ya no sabes los que lees ni lo que dices.
Puedes cortar y pegar lo que comentas, yo no tengo ni idea de mensajes
de Aznar, ni de haberte llamado cobarde ni en éste, ni en ningún otro foro.

Doy por zanjado todo asunto contigo hasta que pruebes lo que dices.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 19 de Abril de 2006, 11:01:20 am
Me parece interesante el tema del Tribunal Sentenciador, nadie ha contestado a ese paso. Poner una serie de trámites a seguir, que constan en todos los manuales que hemos estudiado, y dar por hecho que todos estos pasos son la continuidad de los anteriores sin que haya más problemas, no me parece razonable. Nadie ha contestado a eso. Tampoco nadie me ha llamado indocumentado nunca y puedo asegurar que lo que cito, es STS y Ana Miguel.

Calificar es una cosa y descalificar lo contrario o su sentido negativo. Puede que no venga en el diccionario pero un ejemplo de descalificación para mí es esto:

http://sapiens.ya.com/pemianweb/incredulo.jpg
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 19 de Abril de 2006, 12:41:22 pm
En serio, si quieres picarme con algo tendrás que esforzarte un poquito más, a hugo ya lo tengo muy calado. Es alguien tan impresentable como para decirle a alguien amenazado por ETA que se está batasunizanso.... En fin, si pretendes que entre al trapo por eso y te llame algo o tal... pinchas en hueso.
 El resultado al fin vuelve a ser el mismo. la palabra "descalificativos" no existe.
 Se feliz, vivirás más.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 19 de Abril de 2006, 14:21:34 pm
Estimado Incrédulo (y no dudes que lo eres, yo estimo mucho a todo el mundo):

Eludes todo lo que expreso. Argumentando mi spich político (spich???), pasas de lo que planteo, pasas de responderme a algo que yo no he dicho (Aznar,-cobarde), pasas en definitiva de todo lo que contradiga tus razonamientos. Te atreves a llamarme indocumentado y a creerte dueño de una literatura que, a todas luces, no podrá ser superada por nadie.

¡Vale! Como quieras. Yo particularmente te diré que no paso de nadie, es más si estoy en este foro es por eso, creo que todo el mundo es importante; tú, de entrada, te crees en posesión de la verdad y parece ser, que imprescindible.

No quiero picarte, quiero que veas una de las partes que forman tu realidad, muy variante por cierto. Estimado incrédulo, no sólo el vínculo de Hugo me serviría como dato descalificativo por tu parte, es uno de los muchos que están a la vista de quién quiera observarlos. Podría poner más, pero yo también me aburro

Una de dos: O nos encontramos en un foro de Derecho o por el contrario, no. Si es la primera opción, cabe preguntarse el por qué se plasman “adjetivos calificativos” no adecuados en lo que se supone es algo científico, cultural y avanzado.

Sigo esperando que demuestres el tema Aznar, que me tiene muy intrigado por cierto, no tengo ni idea de lo que me cuentas, ¿es tal vez, la forma de eludir las cuestiones que se plantean?

El tiempo que me queda de vida es incierto, por eso vivo al día sin evitar pensar que puedo morir en cualquier instante, (la muerte es algo consustancial a mi cotidianeidad, (no sólo existen asesinos),lo que hace que intente evitar ciertos comportamientos y buscar una axiología subjetiva que diste mucho de machacar a los demás, dada la fragilidad de que adolecemos. ¿Te imaginas morirte siendo la última frase de tu vida el llamarle a otra persona “soplapenes”? (En Word la subraya con rojo, tampoco existe en el diccionario).

Un saludo y Agur.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 19 de Abril de 2006, 16:21:14 pm
Por útimo Incrédulo:
Esto es lo que me dices en tu último mensaje.



Ahhh
Oye y aparte de intentar decirme como debo hablar o como no debo hablar en los foros, querías aportar algo al tema en general? Vamos aparte de tu crítica política, bastante indocumentada, me refiero.
Por cierto, ¿que son descalificativos? es que lo busco en el diccionario y no lo encuentro. Me temo que cuando uno es tan pedante que lo que busca son palabras que suenen finas sin saber ni siquiera si existen pues pasan estas cosas.....
Ah para finura dialéctica tu contestación sobre aznar en el otro foro eh? creeme, yo a tí nunca te llamaría cobarde..... No me importas tanto
.

Esto es lo más parecido que he encontrado en todo el foro, lo he buscado yo para que nadie piense algo contrario a lo que yo soy o a lo que yo haya podido decir en un momento dado:

http://sapiens.ya.com/pemianweb/aznarincredulo.jpg

Como podrás ver, te equivocas de persona, por tanto me gustaría que hicieses patente tu error, si no es mucho pedirte.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 19 de Abril de 2006, 17:32:22 pm
  Uffff tienes que perdonar, pero es que posts tan largos, cuando me consta que lo único que pretenden es meterse conmigo personalmente.... Entenderás que no lo haya leído. Ahora bien, si quieres tener razón en algo, yo te la doy eh? en lo que sea. Vamos, será por eso......
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 20 de Abril de 2006, 00:39:50 am
Si, quisiera saber una cosa al respecto de este debate:

Me gustaría saber que nos estamos planteando aquí, después de saber que con el gobierno Aznar se excarcelaron 311 etarras.
Yo pensé, al comienzo del debate, que con tus estrellas lo sabías todo, ahora lo dudo, y pienso que he hecho el tonto con planteamientos que no vienen al caso, bien por culpa del la Audiencia Provincial o por el Gobierno y por su puesto, sin respuesta de inconstitucionalidad de instancia parte, ni cuestión de inconstitucionalidad por ningún lado.

Un saludo
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 20 de Abril de 2006, 01:43:24 am
más...

02.03.2006
La subsecretaria del Ministerio de Justicia, Ana de Miguel, ha explicado la política de indultos del Gobierno. Dice que es restrictiva porque excluye «a priori» a los condenados por toda una serie de delitos, debido a razones de política penal (delitos de cuello blanco, contra la seguridad del tráfico, de motivación racista o de violencia de género) o porque causan alarma social (asesinatos, torturas, tráfico de armas). En todos estos casos se descarta el indulto, aún con informe favorable del tribunal que condenó. De todas maneras, en 2005 se aprobaron 453 peticiones de indulto, una cifra ligeramente superior a la de los tres años anteriores. Es posible que la saturación de las cárceles esté influyendo en un aumento de la generosidad con los indultos.

La Constitución prohibió los indultos generales –que Franco utilizaba como aliviadero de cárceles–, pero no los individuales. Inútil limitación: a veces se conceden tantos individuales que equivalen a uno general (pero sin aplicación igualitaria). Ejemplo: los 1.443 que concedió el Gobierno popular en la Navidad de 2000 (ministro de Justicia: Acebes). En el lote había de todo: convictos cercanos al PP (juez Liaño, alcalde Peña) o al PSOE (caso Filesa). La oposición no abrió la boca.

Sin arbitrariedad. Los motivos de cualquier indulto no pueden ser arbitrarios, ni obedecer a otra cosa que no sean «razones suficientes de justicia, equidad o utilidad pública», como exige la ley que los regula. Su concesión no puede ser sectorial, porque no es un instrumento de política penal del Gobierno (para eso está la política legislativa). Si en un condenado concurren razones para el indulto –por ejemplo, una condena desproporcionada o una reinserción social palmaria– y el tribunal informa a favor, no debe ser obstáculo la clase de delito que haya cometido.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 20 de Abril de 2006, 10:11:37 am
 Bien, loboestepario. Por ahi vamos un poco mejor.
Ya hemos entrado de lleno el el terreno jurídico. Enhorabuena, despues de una docena de posts lo has pillado.
Lamentablemente llegas un poco tarde pues ya hemos hablado del indulto. Creo que todo lo que tú dices en tu post ya estaba desmenuzado en intervenciones anteriores.
 De todos modos, veo que has copiado una noticia que tampoco tiene mucho que ver con el caso que nos ocupa, pues la señora subsecretaria, estaba hablando de los indultos concedidos o que se puedan conceder a delincuentes comunes. En esa cifra que tu citas de indultos concedidos en el año anterior, dudo mucho que se encuentre algún condenado por terrorismo. De todos modos, es algo que ha quedado claro desde los primeros posts. Una de las posibilidades de excarcelación de algunos etarras es el indulto.
  Ahora si pudieras aportar algo novedoso te lo agradeceríamos muchísimo.
 Por ejemplo, ¿qué medidas adoptó el gobierno Aznar para excarcelar a esos terroristas?
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 22 de Abril de 2006, 00:21:24 am
Queridos amigos:

Al encontrar la noticia en una web, y con enunciado "excarcelación de etarras por el Gobierno Aznar de 1996 a 2000", pensé que había habido algún tipo de gracia por su parte.

Siento no poder contestar fidedignamente a este dato, porque al parecer debieron ser excarcelados por su propia dicotomía en función de redención de penas. Se debieron conmutar penas y con los beneficios de los reos, se puso en libertad a etarras con condenas graves. De hecho, uno al salir, volvió a asesinar al año.

Bien, como sabréis, el famoso "Año Jubilar" tuvo como resultado la excarcelación de 1.443 reos y no reos pero si penados. Me he leído entera (36 folios) la comparecencia del Gobierno ante el Congreso para explicar el indulto en su totalidad. Se hablaron de pocas variantes del indulto, en particular de la gala de indulto general de que pecaba éste y de la readmisión en el cuerpo del Juez Liaño. Nadie, aparte de que no hubo indultos etarras según creo pues citan los indultos por razón de su género, hizo alusión a posibles indultos etarras ni se aludió pasado sobre ello.

Lo siento..., no obstante sigo investigando, incluso he enviado e-mail al PP, para ver si me pueden aclarar el estado de las cosas en ese momento.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 24 de Abril de 2006, 09:31:10 am
Ah ya decía yo.... alomojó.....
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 25 de Abril de 2006, 02:48:01 am
Estimados amigos:

Siento ser pesado pero tenía que quedarme claro todo lo que expuse anteriormente.

Bien recapitulando  y en respuesta a lo que tenía pendiente:

 Ahora se el por qué de la excarcelación de los etarras, y como dije en otro post se establece en base a la refundición de penas gracias a trabajos realizados en prisión. Cita expresa

“…y para ello citan como ejemplo histórico reciente el tratamiento que se dispensó a las redenciones de penas por el trabajo en el Código Penal de 1995 al establecer el derecho a las mismas de todos los penados a quienes cometieron el delito con anterioridad a su entrada en vigor (25 de mayo de 1996) si les beneficiaba aunque todavía no hubiesen comenzado a cumplir la pena”.

¿Qué ocurrió con esta excarcelación? Alarma social y como resultado el anteproyecto de la 7/2003 de cumplimiento integro y efectivo de penas.

Más datos de este resultado:

Como indica GARCÍA ARÁN13 respecto a esta última cuestión, la reforma operada por la
LO 7/2003 “satisface a una opinión pública alimentada por informaciones sesgadas,
como la que hace unos días denunciaba que un condenado a 200 años, liberado tras 20
de prisión, sólo había cumplido el 10% de la pena impuesta”. Por ello, esta autora se
preguntaba si debe calcularse el porcentaje de pena cumplida sobre un total imposible
de cumplir. Pues parece que la respuesta es rotundamente afirmativa si atendemos a la
siguiente noticia: “Diecisiete etarras excarcelados en los últimos años no han cumplido
ni el 40% de la pena impuesta. Diecisiete etarras condenados a entre 30 y 200 años de
cárcel fueron excarcelados en los últimos años sin haber cumplido más del 37% de la
pena que les fue impuesta por los tribunales, según un informe del Gobierno. El caso
más significativo es el de Juan José Larrinaga Echevarría, condenado a 221 años de
prisión, y que salió de la cárcel tras cumplir 20 años, es decir, el 9% del total de la pena
impuesta. Joaquín María Aldanondo Luzuriaga, con una pena impuesta de 58 años de
prisión, cumplió 12 años y 10 meses, es decir, el 22%. Jesús María Echevarría
Garaicoechea, condenado a 36 años de prisión, salió de prisión tras cumplir 13 años, es
decir, un 36 %. Otros cuatro terroristas condenados a más de 100 años de cárcel –Juan
Nazábal Auzmendi, Fidel González García, Félix Bengoa Unzurrunzaga y Carlos María
11 Como indica PÉREZ CEPEDA, “Cuestiones sobre la reinserción en materia de terrorismo”, p. 228, en
nuestra sociedad “han sido muy numerosos los atentados terroristas, los cuales se han cobrado un alto
número de víctimas mortales, produciendo gran consternación y alarmas sociales por el carácter atroz de
los hechos y la falta de escrúpulos manifiesta”.
12 En este sentido, la exposición de motivos de la LO 7/2003, apartado IV, justifica la modificación que
realiza en materia de terrorismo, estableciendo que “existen determinados delitos que por su especial
gravedad, la naturaleza del bien jurídico lesionado, la reincidencia con que los cometen sus autores, así
como por el hecho de que puedan llevarse a cabo por bandas organizadas con el único fin de subvertir el
orden constitucional, alterar gravemente la paz pública o atemorizar con estos fines a los habitantes de
una población o a los miembros de un colectivo social, político o profesional exigen una respuesta más
contundente del ordenamiento jurídico penal”. Por otro lado, en la doctrina, GARCÍA ARÁN, “Castigo
satisfactorio o reinserción eficaz”, en El Periódico de 7 de enero de 2003, considera que “la reforma del
Gobierno para endurecer las penas de cárcel tiene un afán vengativo”.
13 GARCÍA ARÁN, “Castigo satisfactorio o reinserción eficaz”, en El Periódico de 7 de enero de 2003.

Esto establece el por qué de la excarcelación de los etarras que yo enumeré. Y el por qué en materia de indultos, de los 1443 del famoso indulto del “Año Jubilar”, no hubiese ningún etarra.

Por lo tanto:

Con lo que dice Incrédulo sobre materia de indulto:
No es posible para aquellos que sean reincidentes.

Con la política del Gobierno en materia de indultos
No a reos de terrorismo

Con la necesidad, en la que yo insisto:
Informes favorables del Tribunal Sentenciador y del Ministerio Fiscal

Con los categóricos de la reforma de la 7/2003

Veo bastante complicado que en materia de indulto se excarcele a etarras.

Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 25 de Abril de 2006, 09:58:51 am
 Pero es que vuelves con algo que no tiene nada que ver.
La redención de penas por el trabajo, entre otras cosas, hizo que salieran a la calle muchos presos de la banda en bastantes menos años de los que habían sido sentenciados. Por eso se hizo la reforma del código penal tendente al cumplimiento íntegro de las penas para los delitos de terrorismo.  No fue ninguna medida excepcional de excarcelación de etarras.
 Es como si nos cuentas la evolución del código penal desde las primeras codificaciones, está muy bien, es muy entretenido pero no aporta nada al tema que nos ocupa.

Por otra parte, si te lees la ley del indulto, verás que es preceptivo el informe del tribunal sentenciador, así como debe ser oida por el ministro de justicia a la víctima, pero en ningún caso es preceptivo ni el informe favorable del ministerio fiscal ni el del tribunal sentenciador. Creo que en eso también te equivocas.
 Pero de todos modos, la cuestión del indulto ya la habíamos descartado. Además hemos visto las limitaciones de la aplicación flexible del código penal, nos queda poco más que una ley especial, que crearía bastantes problemas con el principio de legalidad y la igualdad. Quizás haya que mirar por ahí, las posibilidades de una ley especial, o quizás este debate está agotado.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 25 de Abril de 2006, 10:20:42 am
Lo sé Incrédulo, pero es que tú lo has preguntado, si miras en dos o tres post anteriores me preguntas que cuál fue la política del gobierno de Aznar para la excarcelación, ahora te digo que simplemente la refundición de penas y nada más, no hubo política sino aplicación de normativa.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 25 de Abril de 2006, 12:24:00 pm
Evidentemente era una pregunta retórica.
Es evidente que el PP no sacó a la calle intencionadamente a etarras. Por tanto no hubo una política del PP de excarcelación de etarras. Es más es que no hubo ningún cambio. Es por eso que no entiendo este copy-paste periodístico que al final no dice nada.
 lo que venía a decir mi post anterior, es que no entendía a que venía la noticia que nos pegabas, ya que no tenía nada que ver con el tema que nos ocupa. Lo mismo que este último.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: loboestapario en 25 de Abril de 2006, 15:45:14 pm
Ok incrédulo, zanjamos la cuestión.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Aliixe en 30 de Mayo de 2006, 11:00:40 am
 Viendo la intolerancia de quien propone el tema (Incrédulo), su superioridad, su faltas de respeto, sus descalificaciones y su desprecio no sólo por las opiniones sino también por las personas que están colaborando; no participo en el debate. Ni en este, ni en niguno propuesto por este individuo. 
Qué necesidad de participar en un debate y como no le guste lo que dices te ponga de vuelta y media. No se ha enterado de que la gente escribe para opinar, y no para que Incrédulo descargue sus graves  frustraciones contra las personas.
Y AL MODERADOR, me parece un poco fuerte que no le digas ni mu, ¿para qué estás?
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: incredulo en 30 de Mayo de 2006, 18:20:34 pm
Ahora solo falta que cumplas lo que escribes y que no participes en los debates.
 Porque tus únicas intervenciones que he visto en estos hilos son para insultar, así que no sé de que te quejas, orejas.
Venga que lo dicho que no escribes más. Que descanso....
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 31 de Octubre de 2006, 10:40:08 am
Ni indulto, ni terceros grados, ni medidas penitenciarias. Al final el gobierno ha dado con la solución: prescripción de los delitos. El gobierno está estudiando disminuir el tiempo de prescripción de los delitos más graves y hacer la medida retroactiva, de modo que no se podría mantener en la cárcel a los presos que hayan cometido delitos hace “demasiado tiempo”. ¿Cuál será ese nuevo plazo? Aún no lo sabemos, pero la consecuencia es clara nadie podrá cumplir condenas por delitos cometidos hace años, aunque sean gravísimos. La consecuencia sería una excarcelación masiva de presos por delitos muy graves, si estos se cometieron hace “tiempo”. El CGPJ ya ha advertido de las consecuencias que esto podría acarrear si se aplica retroactivamente:
-   penas escasas por delitos muy graves y una enorme dificultad para explicárselo a los ciudadanos, sin que la “justicia” quede gravemente desacreditada.
-   La medida tendría que aplicarse no solo a terroristas sino a toda clase de asesinos, pues al fin y al cabo el tipo delicitivo es similar, con lo que cientos de presos cumpliendo condena por asesinato podrían salir a la calle.
El problema legal, es que la medida podría ser interpretada como un indulto general encubierto, y como tal inconstitucional. Por lo tanto el gobierno debería motivarlo mucho para que sea creíble (¡!!). Es decir, podría ser un fraude de ley constitucional. Pero no parece que esto sea un obstáculo grave visto lo visto con el estatut. Cuando el TC se pronunciase los cientos de presos ya estarían en su casa y …¿Tendríamos que volver a por ellos? ¿Sería eso factible en la práctica?
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: de peage en 31 de Octubre de 2006, 11:54:55 am
El problema es cuando una ley en vez de hacerse con vocación de generalidad- es decir, para aplicarla a una serie de casos similares en general y que luego la justicia la concrete a lo particular- se hace con vocación de aplicarla a un caso concreto.
Eso es legislación a la carta y, como tal, creo que podemos considerar que es un fraude de ley en esencia, ya que se cambia la ley o se legisla para un caso concreto, para defender unos intereses políticos concretos, aunque perjudique a la generalidad de los ciudadanos.
Lo podrán adornar como quieran, pero así son las cosas. Creo que sería un suicidio político total, no estamos preparados para tanto, se pasarían varios pueblos.

Además, si a mi familia la hubiera asesinado la eta no sé qué se me pasaría por la cabeza al ver este panorama. No descarto posibles venganzas individuales cuando los afectados descubran que el Gobierno está inutilizando la justicia en la que han confiado para no tomársela por su mano.
En fin, un desastre...
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 31 de Octubre de 2006, 12:59:25 pm
Ya dije en otro post, que buscar una vía legal para reducir las penas ó excarcelar etarras iba a ser harto difícil, sino imposible al alterar el fundamento mínimo del Estado de Derecho. No se puede, en efecto, por motivos políticos, impedir el cumplimento de las leyes para los casos que se considere oportunos. Eso sería un fraude en toda regla.
Pero si se podía alcanzar una solución más moderada y razonable, como introducir una modificación del CP que rezara: “En los delitos de terrorismo , por consideraciones de política criminal, el gobierno podrá dispensar a los reos del cumplimiento de la pena hasta un máximo de un tercio, siempre que exista arrepentimiento y verdaderas posibilidades de reinserción. Tales consideraciones se basarán en el cese de las actividades delictivas de la banda sin contrapartida política alguna”.
Tal arbitrariedad encontraría justificación en la mayor duración de las penas en caso de terrorismo y en encontrar un estímulo para provocar deserciones en la banda terrorista. Nunca para iniciar una negociación política.
Sigue siendo arbitrario, pero al menos prudente. Lo que está haciendo el Gobierno es una rendición de la democracia en toda regla.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: Leola 00 en 31 de Octubre de 2006, 17:29:41 pm
El post que inicia este hilo, escrito por incredulo, me pareció, al igual que otros compañeros, muy interesante, bien expuesto, fantástico. He seguido leyendo por esa razón, y porque las aportaciones recibidas me han parecido igualmente fantásticas, y me parece muy positivo poder comparar criterios, opiniones, etc.

Posiblemente por este mensaje -y por mi nula aportación al tema del que trata el hilo- me lleve un par de exabruptos por parte del mencionado incredulo, lo cual, dicho sea de paso, me importa un pepino, como seguro que le importa a él lo que yo digo. Pero, en fin, que conste en acta.

Pensé que el tono de incredulo había cambiado y me sorprendí gratamente....hasta que regresó a las andadas.

Podrías -y lo has hecho- dejarnos con la boca abierta mediante alguna brillante exopsición de muchos temas, y prefieres descalificar y sacar los pies del tiesto en cuanto te tosen lo que tú consideras demasiado cerca. Me parece que el único acomplejado eres tú. Y haciendo alardes como los que haces de cultura, participación en numerosos actos, y tus contactos, y esto y lo otro (me recuerdas a Anita Obregón, discúlpame, la de yotodolopuedo) sólo demuestras tu falta de elegancia.

Necesitas una cura de humildad.
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: de peage en 31 de Octubre de 2006, 20:14:54 pm
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Ya dije en otro post, que buscar una vía legal para reducir las penas ó excarcelar etarras iba a ser harto difícil, sino imposible al alterar el fundamento mínimo del Estado de Derecho. No se puede, en efecto, por motivos políticos, impedir el cumplimento de las leyes para los casos que se considere oportunos. Eso sería un fraude en toda regla.
Pero si se podía alcanzar una solución más moderada y razonable, como introducir una modificación del CP que rezara: “En los delitos de terrorismo , por consideraciones de política criminal, el gobierno podrá dispensar a los reos del cumplimiento de la pena hasta un máximo de un tercio, siempre que exista arrepentimiento y verdaderas posibilidades de reinserción. Tales consideraciones se basarán en el cese de las actividades delictivas de la banda sin contrapartida política alguna”.
Tal arbitrariedad encontraría justificación en la mayor duración de las penas en caso de terrorismo y en encontrar un estímulo para provocar deserciones en la banda terrorista. Nunca para iniciar una negociación política.
Sigue siendo arbitrario, pero al menos prudente. Lo que está haciendo el Gobierno es una rendición de la democracia en toda regla.


Puede ser, Pulpo, pero seguiría siendo tan ambiguo que ayudaría al fraude. Me explico:
- ¿No se puede tergiversar el término contrapartida política?
- Las actividades delictivas que habrían de cesar ¿incluirían, como es lógico, la kale borroca? ¿cómo se acotaría el concepto?
- ¿Cómo mensuramos el arrepentimiento?
- ¿y las posibilidades de reinserción?

       Opino que nunca se debe ceder, pues habría merecido la pena matar. Pero ¡ en nada!
        Saludos
Título: Re: excarcelación de Etarras
Publicado por: pulpo en 15 de Noviembre de 2006, 08:00:25 am
De Peage:
En mi último post hice una “propuesta” de lo que  me parecía que se podía conceder como mucho a los terroristas, y la forma de hacerlo. Obviamente fue una “idea feliz” expuesta según se me ocurría (así a voz de pronto) y por lo tanto no debe considerarse como una propuesta ya definitiva de reforma de un texto legal. No obstante sí pretendía dar una idea de lo que se puede y no se puede ceder ante ETA. Sobre ello algunas puntualizaciones:
-   Cuando en nuestro código penal se habla de excusas absolutorias ó de consideraciones de política criminal, ya se parte del hecho de que el delito sobre el que se van a aplicar no es menos grave ni el autor menos culpable. Sin embargo si se admite una atenuación de la pena. Son excepciones, contadas y escasas al principio de proporcionalidad y de culpabilidad. La razón de las mismas estriba en que sus efectos pueden producir efectos positivos en materia de prevención. En el caso que yo he propuesto se admitiría una reducción no muy grande de la pena, si con ello se consigue acabar con el terrorismo. Evidentemente es una idea discutible en lo moral y en lo político. Y en lo jurídico no deja de ser una excepción a los principios generales.
-   A lo que voy es que no se puede ir más allá. En un Estado de Derecho no es admisible que se negocie políticamente nada con una panda de asesinos, ni que se produzcan excarcelaciones a cambio de no más asesinatos. Eso, no solamente es inmoral, sino ilegal e ilegítimo.
-   En cuanto a su precisión sobre una posible ambigüedad del texto; desde luego que  su redacción es discutible y muy mejorable pero creo que no es ambigua. En primer lugar por que “contrapartida política” es algo muy claro y además su presencia en el texto es sólo enfática, puesto que de acuerdo con el Código penal actual la negociación política no solamente no tiene cabida, sino que es además delito y seguramente delito de alta traición. Lo que me parece es que desconfías de la ley, de la justicia y de su eficacia, y la verdad que no me extraña con un gobierno que no respeta la Constitución, que negocia con asesinos, que corrompe a las FCSE (policía)  y a los fiscales y presiona a los jueces.