Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: FERRAN500 en 07 de Octubre de 2010, 20:13:52 pm
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Hola, me asalta dicha duda. Por ejemplo en mi casa se me ha averiado el horno y todavía está garantía pero no me asiste la presunción iuris tantum establecida en el artículo 123 del Rdl 1/2007 (6 meses). Lo digo porque desde el servicio técnico no consiguen arreglármelo. Estoy planteándome poner un ultimátum a la empresa y sino acceden acudir a los Juzgados. Entonces ¿qué créis que es mejor, llamar a un perito para que me lo perite y presentar dicha peritación junto con la demanda o solicitar en los Juzgados, junto con la demanda, la peritación?
Un saludo.
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No me hace falta contestación. Me acabo de leer los arts. 335 y ss LEC 1/2000 y ya lo tengo claro.
Un saludo.