Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: anarosa en 23 de Noviembre de 2010, 18:42:46 pm
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holaa a todos¡¡ m seria de gran ayuda si alguien pudiese ayudarme a resolver la segunda pregunta del primer caso practico de drecho procesal.
¿ Por que , una vez inadmitida la querella por el Juzgado, conocio la Audiencia Provincial del recurso de apelación?
Otra dud que tengo es la extensión que debe tener la solucion el caso.
GRACIASS¡¡ UN SALUDO
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Para los asuntos de los juzgados unipersonales tienen competencia la AP. Por ej: un caso real. Un asunto de malos tratos en donde el juzgado de 1º instancia mediante auto ordena una orden de alejamiento del sujeto asi como recipiente la salida de la vivienda que compartian. Esta instruccion solo se llevo a cabo por mero elemento mecanicista: Es decir que por el hho de existir una demanda de malos tratos se puso en marcha el mecanismo de precauccion, pero no se intereso por la veracidad de la denuncia. comprobado esta por la policia judicial se aprecia no solo intencion torticiera del derecho si no que habia una maquinacion de la parte con el fin de producir un daño que no era otro que el quedarse con los bienes. Se apela ante la Ap atendiendo que tales medidas son impuesta cuando el sujeto tiene antencedente y tambien cuando hay indicios minimos de la veracidad de los hechos.... la Ap estimo la apelacion antendiendo que de acuerdo con la doctrina, en el ambito penal el objetivo principal es la proteccion de la victima hasta dislucidar las responabilidades penales que conlleven tales conducta gravosa pero no olvidemos que nuestra CE reconoce el principio de la presuncion que debe de velar no solo en la fase instructora si no a lo largo de todo el proceso. jurs del TS 1230-2/1990
En cuanto a la otra cuestion no es necesario que le tires todo este rollo en la pregunta practica pues a ellos les interesa que seas escueto y preciso que ya para alegatos ya tendras tiempo en el ejercicio de la abogacia ;D
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Uff.
Yo solo puse que la audiencia provincial es un organo de segunda instancia el cual conoce de los recursos de apelacion.
Creo que por lo que dice el compañero me he quedado muyyyyyyyyy. corto.
Saludos.
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Lo bueno, si breve, dos veces bueno. ;)
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Alguien me podria ayudar con la ultima pregunta?? la que dice: ¿que composición personal tendrá dicho organo competente para el conocimiento de la querella?? con lo de dicho organo se refiere a la sala de lo civil y penal no?? y si fuera correcta mi respuesta, que composición tiene?? gracias de antemano!!!
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Dónde puedo encontrar casos prácticos?? Gracias
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Bueno, hay otro caso evaluable. ¿Lo habéis leído? Es, en mi opinión, más complicado que el primero, pero podemos lucirnos.
¿No? :)
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Alguien me podria ayudar con la ultima pregunta?? la que dice: ¿que composición personal tendrá dicho organo competente para el conocimiento de la querella?? con lo de dicho organo se refiere a la sala de lo civil y penal no?? y si fuera correcta mi respuesta, que composición tiene?? gracias de antemano!!!
creo que la composicion de la sala es igual, pero para quitar duda vete a la pagina de la Audiencia nacional y descarga cualquier sentencia y ahi te dice quienes estan currando en la citada sala. Tanto en procedimiento como el apelacion es el mismo numero que si no me equivoco lo componen 3 magistrados
De todas forma en el manual de introduccion al derecho procesal hay un tema correspondiente a lor organos pluripersonales. Es decir que los unipersonales solo hay un juez-a que curra en los otros pues depende del contenido y de la instancia......Por ahi tire una vez tanto el libro como los casos practicos, si buscas en el subforo de descarga de apuntes creo que estan alli... No te puedo ayudar mas pues estoy con internacional privado que no doy ni papa, carajo que no me entero y encima me han recortado las tutorias presenciales.
Yo te recomendaria que alinearas los temarios en correlacion a los casos practicos y no te saltes la valla que la caida suelen sr jodidas
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www.audiencianacional.es asi tambien www.tododerecho.com hay una compilacion de todas las web en materia juridica tanto nacional como internacional.....
un salute y me piro a estudiar privado que me deja colgado :D
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Muchas gracias por tu ayuda!!!!! :D
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hola me gustaria saber sobre la pregunta 3 del caso práctico de Pocesal.
¿Cúal es el órgano jurisdiccional competente para el conocimiento de una querella contra el Presidente de una Comunidad Autonoma?
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hola me gustaria saber sobre la pregunta 3 del caso práctico de Pocesal.
¿Cúal es el órgano jurisdiccional competente para el conocimiento de una querella contra el Presidente de una Comunidad Autonoma?
Hola, por lo que he leido hay otra pegunta referido a esta pregunta en concreto y la respuesta era según creo recordar que el TSJ de la correspondiente comunidad autónoma.
De todas formas la respuesta la tienes en el artículo 73 de la LOPJ
Saludos,
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Murcia.
Saludos