aprovechando la ausencia del jefe del estado y poniendo como excusa las reivindicaciones laborales de un puñado de empleados publicos el presidente del gobierno rubalcaba esta haciendose con el control
pasos seguidos:
1 Alejar al jefe del estado del pais para que no pueda intervenir en la crisis y dejar aqui al presidente de gobierno honorífico zapatero
2 Bloquear las comunicaciones aereas civiles nacionales e internacionales para que nadie pueda reaccionar
3 Tomar el control del espacio aereo con los militares cambiando las decisiones administrativas de un estado democrático por ordenes militares de una dictadura
4 Declarar el estado de alarma para limitar y suprimir derechos de las personas, antesala de la dictadura
¿sería el 5 culminar un golpe de estado?
aprovechando la ausencia del jefe del estado y poniendo como excusa las reivindicaciones laborales de un puñado de empleados publicos el presidente del gobierno rubalcaba esta haciendose con el control
pasos seguidos:
1 Alejar al jefe del estado del pais para que no pueda intervenir en la crisis y dejar aqui al presidente de gobierno honorífico zapatero
2 Bloquear las comunicaciones aereas civiles nacionales e internacionales para que nadie pueda reaccionar
Esa Eva Braun, como ya lo dice su nombre es una falsante!!!
Tal vez sería mejor que se entregara.....menuda mentirosa y que poquísima vergüenza tiene por no decir ninguna!!!
En absoluto, se está quedando el Gobierno corto. Ante unos IMPRESENTABLES se están quedando cortos, puesto que no procedía otra cosa que directamente DESPEDIDOS POR LA FUERZA BRUTA, por la mala fe, por la irresponsabilidad que han demostrado, porque no obedece la conducta de este colectivo a personas con una mínima buena crianza y una mínima cultura democrática, y no hay más.
El Gobierno está ante una situación en la que ha de tomar medidas urgentes y ha de ser firme, porque es Gobierno y su reacción ha sido corta pero rápida. Aprobado alto sin llegar a notable.
NO ES UNA HUELGA, sin aviso, sin servicios mínimos, con mal fe, en mala fecha, con abuso de derechos, nada.....A LA CALLE DESPEDIDOS, que lo haga el Ejército y después otra plantilla.
Un saludo.
Bueno HANNEKE, concurre una de las tasadas causas (LA C), dónde pone que tengan que concurrir todas ellas.
Independientemente de que también considere que los controladores se han pasado de largo, no me atrevería a afirmar que el Gobierno se haya quedado corto, igual se ha excedido.
Según la Ley Orgánica 4/1981, en su artículo 4, el Gobierno podrá decretar el estado de alarma en cuatro supuestos:
"a. Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
b. Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
c. Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.
d. Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad".
Si nos fijamos en el apartado c), podemos interpretar una paralización de servicios públicos esenciales, pero NO que concurra alguna de las demás circunstancias. No ha existido catástrofe, ni crisis sanitaria, ni desabastecimiento de productos de primera necesidad. Pero el Gobierno, sin duda impotente ante un país que hace tiempo se le fue de las manos, ha tomado el camino de enmedio y albergo serias dudas de que esta decisión sea legal.
Pero bueno, ya veremos cómo se analiza lo ocurrido.
Un saludo. :)
Si para aplicar el supuesto C tienen que concurrir cualquiera de los otros 3 ¿pa que coño vale el supuesto C?Sin duda porque el apartado C es más ambiguo y amplio que cualquiera de los apartados A, B y D (por mucho que aquí se quiera meter en el D cualquier cosa). Por eso el legislador quiso dejar claro (en mi opinión, por supuesto!) que el apartado C solamente se daría siempre y cuando además (es decir, no basta por sí solo) concurran A y/o B y/o D.
Sí claro, la bolsa. Seguramente cuando baje teniendo en cuenta los subidones que ha tenido últimamente(...)Con respecto a lo de la bolsa, ha bajado en picado esta semana (un 15%) aunque a mí la que me preocupa es la bolsa... de la compra (pero no desde hace una semana, sino desde hace más de seis años). Otro logro de este gobierno :)
aprovechando la ausencia del jefe del estado y poniendo como excusa las reivindicaciones laborales de un puñado de empleados publicos el presidente del gobierno rubalcaba esta haciendose con el control
pasos seguidos:
1 Alejar al jefe del estado del pais para que no pueda intervenir en la crisis y dejar aqui al presidente de gobierno honorífico zapatero
2 Bloquear las comunicaciones aereas civiles nacionales e internacionales para que nadie pueda reaccionar
3 Tomar el control del espacio aereo con los militares cambiando las decisiones administrativas de un estado democrático por ordenes militares de una dictadura
4 Declarar el estado de alarma para limitar y suprimir derechos de las personas, antesala de la dictadura
¿sería el 5 culminar un golpe de estado?
Si para aplicar el supuesto C tienen que concurrir cualquiera de los otros 3 ¿pa que coño vale el supuesto C?Sin duda porque el apartado C es más ambiguo y amplio que cualquiera de los apartados A, B y D (por mucho que aquí se quiera meter en el D cualquier cosa). Por eso el legislador quiso dejar claro (en mi opinión, por supuesto!) que el apartado C solamente se daría siempre y cuando además (es decir, no basta por sí solo) concurran A y/o B y/o D.Sí claro, la bolsa. Seguramente cuando baje teniendo en cuenta los subidones que ha tenido últimamente(...)Con respecto a lo de la bolsa, ha bajado en picado esta semana (un 15%) aunque a mí la que me preocupa es la bolsa... de la compra (pero no desde hace una semana, sino desde hace más de seis años). Otro logro de este gobierno :)
Saludos.
aprovechando la ausencia del jefe del estado y poniendo como excusa las reivindicaciones laborales de un puñado de empleados publicos el presidente del gobierno rubalcaba esta haciendose con el controlTengo entendido que el estdo de alarma no suprime ni modifica derechos fundamentales, no?
pasos seguidos:
1 Alejar al jefe del estado del pais para que no pueda intervenir en la crisis y dejar aqui al presidente de gobierno honorífico zapatero
2 Bloquear las comunicaciones aereas civiles nacionales e internacionales para que nadie pueda reaccionar
3 Tomar el control del espacio aereo con los militares cambiando las decisiones administrativas de un estado democrático por ordenes militares de una dictadura
4 Declarar el estado de alarma para limitar y suprimir derechos de las personas, antesala de la dictadura
¿sería el 5 culminar un golpe de estado?
Entonces el supuesto C no sirve de nada puesto que se declara el estado de alarma si se da cualquiera de los supuestos A, B o D...El apartado C puede conllevar a cualesquiera de los apartados A, B y D (piensa en medicamentos, que no llegan por culpa de "C",: conllevaría a "B", por decirte).
Si se da el supuesto C y el A, por ejemplo, ya se declara el estado de alarma porque se da el supuesto A ¿pa qué carajo incluir un supuesto cuya aplicación depende de la concurrencia de otros supuestos que por si mismos son razón para declarar el estado de alarma?
Entonces ¿no eres del PP? o ¿votante esporádico?. Si no dices ni que sí ni que no es que sí o sea que argumentos pa rebatir pero yo sin que tú lo digas te he calao, por algo será...Esto sobra absolutamente, y te ruego que no continues por ahí. Gracias.
Más vale no tener argumentos a tener argumentos de serie
Deja, deja, mucho mejor así, seguro que si está el PP hubiese hecho lo mismo y, además, lo que se tenía que haber hecho.....a la calle despedidos por la fuerza bruta en plan Regan EEUU !!, que lo solucione el ejército y después otra plantilla que hay mucho desempleo.
No reinvidicaba el PP firmeza y contundencia en ciertos menesteres, pues aquí la tienen.
La verdad es que Hanneke tiene algo de razón:
Precisamente, en el RD 1673/2010, por el cual se ha declarado la situación, se cita:
Artículo 1. Declaración del Estado de Alarma.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 apartado c. en relación con los apartados a. y d. de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, se declara el Estado de Alarma con el fin de afrontar la situación de paralización del servicio público esencial del transporte aéreo.
Opino, sin embargo, que la referencia al apartado d (desabastecimiento de productos de primera necesidad) no es inválida, pues el transporte es fundamental para muchas personas, especialmente para los que vivan en regiones insulares; y que es de primera necesidad se observa en el gran número de personas que lo utilizan; y de situaciones familares que pueden requerir un vuelo de forma urgente. También opino que la referencia al apartado a (catástrofes, calamidades o desgracias públicas) tampoco es innecesaria, dados los problemas de circulación que existen por las nevadas, o la situación de crisis económica.
Esta última referencia la incluyo porque considero que el listado de calamidades o desgracias públicas no supone un númerus clausus. En la actual crisis, está huelga salvaje va a producir cuantiosos daños. Y querría recordar que hay productos y materias primas industriales que se envían y reciben por avión.
En cuanto a las referencias al Derecho laboral a las que hace referencia Abreu, querría recordar que el I Convenio Colectivo de esta gente (firmado en 1999, Gobierno de Aznar) tenía validez hasta el 2005, y fue prorrogado anualmente, y denunciado por el Gobierno de Zapatero hace ya un año. Es decir. No existe un Convenio en vigor actualmente. Y también sabemos que las huelgas no pueden ser salvajes, y debe existir preaviso, etc etc.
- En cuanto al apartado a, le has echado creatividad, lo reconozco. Pero en serio, ha nevado, ¿eso es una calamidad, una catástrofe o una desgracia pública? Estamos en una crisis económica histórica, sí, y ¿ha sido culpa de los controladores? Creo que te apartas notablemente de la causa Drop.
Después de leer el hilo, me queda muy claro que la única persona fiable -por sus razonamientos jurídicos- es Hanneke. Coincido plenamente con su análisis.
En absoluto, se está quedando el Gobierno corto. Ante unos IMPRESENTABLES se están quedando cortos, puesto que no procedía otra cosa que directamente DESPEDIDOS POR LA FUERZA BRUTA, por la mala fe, por la irresponsabilidad que han demostrado, porque no obedece la conducta de este colectivo a personas con una mínima buena crianza y una mínima cultura democrática, y no hay más.
El Gobierno está ante una situación en la que ha de tomar medidas urgentes y ha de ser firme, porque es Gobierno y su reacción ha sido corta pero rápida. Aprobado alto sin llegar a notable.
NO ES UNA HUELGA, sin aviso, sin servicios mínimos, con mal fe, en mala fecha, con abuso de derechos, nada.....A LA CALLE DESPEDIDOS, que lo haga el Ejército y después otra plantilla.
Un saludo.
Artículo 4.
El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución podrá declarar el Estado de Alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:
1.
Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
2.
Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
3.
Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.
4.
Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
1.
Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.
Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
A) Es la ley.
Continuo, no puede en ningún caso entenderse esta medida del Gobierno como arbitraria y discrecional, puesto que no se hace intervenir al ejército y se toman medidas tan drásticas porque sí, sino porque no quedaba otra. Era esto o el día de mañana el cachondeo y la anarquía.
Y en todo caso, no me parece de recibo que se asimile esto acontecido con un golpe de Estado, o dar a entender que lo próximo será un golpe de Estado, más si por quien abre el hilo lo hace con un avatar hitleriano, y de cada uno de sus post se deduce afinidad con una ideología que tanto daño ha hecho y sigue haciendo a la Historia de la Humanidad. Me parece, claro que sí, porqué no decirlo de un cinismo y una demagogía insoportable y rechazable. Una infame mentira y un hilo abierto con el único fin de provocar y de pérfidas intenciones.
A MI ENTENDER SÍ, si estamos ante la letra C del controvertido precepto; además, la jerarquía normativa hace prevalecer la CE sobre toda norma, y la CE dice en el art. 103 que las "administraciones públicas actuarán con eficacia, eficiencia, en interés público y general", y así ha sido ante un INNEGABLE ESTADO DE NECESIDAD Y DE ORDEN PÚBLICO, por el interés general, no en beneficio propio del gobierno.
Y además, el CC que nos dice QUE NO AMPARA LA LEY el abuso del derecho, la mala fe ni el daño para tercero (USO ANTISOCIAL DEL DERECHO), más claro agua.
LEGALIDAD INEQUÍVOCA, y PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y PROPORCIONALIDAD INCUESTIONABLE, que tampoco es que haya sacado los tanques a la calle, digo yo.
Yo añadiría, como he dicho arriba, que la crisis económica es una auténtica calamidad pública, y que cualquier cosa que directamente la agrave, en una actuación ilegal, debe ser evitada.
Después de leer el hilo, me queda muy claro que la única persona fiable -por sus razonamientos jurídicos- es Hanneke. Coincido plenamente con su análisis.
Quisiera dejar claro que el moderador ha refundido en este post otro que yo abrí ayer titulado, como podéis ver, ESTADO DE ALARMA, en el que pretendía abordar el asunto, preferentemente, en clave jurídica más que política y siempre (como creo debe hacerse en un foro como este) con moderación y respeto mutuo. Me desmarco pues, públicamente, de cualquier actitud extremista.
Y en todo caso, no me parece de recibo que se asimile esto acontecido con un golpe de Estado, o dar a entender que lo próximo será un golpe de Estado, más si por quien abre el hilo lo hace con un avatar hitleriano, y de cada uno de sus post se deduce afinidad con una ideología que tanto daño ha hecho y sigue haciendo a la Historia de la Humanidad. Me parece, claro que sí, porqué no decirlo de un cinismo y una demagogía insoportable y rechazable. Una infame mentira y un hilo abierto con el único fin de provocar y de pérfidas intenciones.
Letra C:
Bien, concurre lo de la huelga abusiva o la pseudohuelga.
¡¡Pero tiene que concurrir otro requisito!!
Y el art. 103 no tiene nada que ver en este punto, eficiencia sí, pero conforme a la ley.
Me imagino que también debemos aplaudir con las orejas el que el Fiscal General y próximo "juez" del "constitucional", estuviera presente en la reunión del Consejo de Ministros.
¡¡No señor!! Yo no aplaudo ni esta, ni ninguna otra afrenta a principios liberales tales como la separación de poderes.
No los defiendo, defiendo la verdad, la ortodoxia legal y el liberalismo.
Esto es lo que hace el PSOE: chapuzas, desafueros y atropellos uno tras otro.
Son cuatro:Si se da la a, b o d ya se declara el estado de alarma... Si se da la c con la concurrencia de a, b o d, también... ¿qué más da que se dé la c si ya se da la a, b o d?...
Catástrofes naturales.
Catástrofes sanitarias.
Paralización de los servicios esenciales, a causa del ejercicio abusivo del derecho de huelga o del derecho de presión en el marco de una negociación colectiva, siempre que concurra además desabastecimiento, catástrofes naturales o catástrofes sanitarias. .
Y desabastecimiento.
A estas alturas del hilo, lo que tengo clarísimo es que… ¡equivoqué mi profesión! Debí hacerme controladora aérea. ¡Me cago en tó lo que se meneaaa! >:(Para eso tendrías que "llevarte" muy bien con los que llevan el cotarro de ese sindicato de sinverguenzas, no entrarías, porque son ellos los que dicen para quienes son las plazas y para quien no. Forma parte de uno de sus numerosos privilegios.
El tieso de arriba tampoco es controlador. Está bastante claro. Vaya nick que se ha buscao… ???
Para eso tendrías que "llevarte" muy bien con los que llevan el cotarro de ese sindicato de sinverguenzas, no entrarías, porque son ellos los que dicen para quienes son las plazas y para quien no. Forma parte de uno de sus numerosos privilegios.
No simple 22, si no es que tengas afinidad con los controladores, eso no se discute; lo que tienes es un odio irracional a todo lo que venga de PSOE e IU que hace perder el rigor jurídico, siendo en ocasiones enormente injusto. Da igual que el gobierno diga A o B, tú siempre dirás C, y si es más dañino para el gobierno D, pues entonces eliges la opción D.
A estas alturas, ya es notorio que hubiese tomado el gobierno la medida que hubiese tomado, ésta o cualquiera otra, ya te las habrías arreglado para criticar y hacer destrucción y debilitamiento del gobierno.
Lo siento simple 22, pero así es como lo veo. Un saludo.
Que pensáis sobre sí podría estar detrás el llamado PP de dicha huelga ilegal de los controladores, yo personalmente no lo dudo:
http://www.publico.es/espana/350167/zarrias-acusa-al-pp-de-estar-tras-las-protestas-de-los-controladores
"Al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 apartado c, en relación con los apartados a y d, de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, se declara el Estado de Alarma con el fin de afrontar la situación de paralización del servicio público esencial del transporte aéreo"
Con la segunda me lo has puesto a huevo, dado tu antitaurinismo fanático, va por ti ésta:
Era muy fácil...
http://www.youtube.com/watch?v=lOIGewTw62Y
En cuanto a lo de claudicar, vamos a ver: ¿y no crees que eso será lo que terminará sucediendo? Yo es que cuando oigo hablar de fortaleza al Gobierno, me lo tomo a chirigota, perdona que te diga…
(...)Así lo ha explicado Zapatero en una conversación informal con periodistas. Ha señalado que Rajoy fue la primera persona a la que comunicó -por teléfono- el viernes que iba a decretar el estado de alarma, a lo que el presidente del PP le recomendó que tuviera "buena mano". (..)
5. El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. La Ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.
De todas formas, nosotros comprendemos lo
que el Gobierno y la UCD quieren conservar o
quieren mantener de este apartado c) del articulo
4.0 - q u e compartimos en su intención de fondo-,
y es que cuando se dé una situación de
emergencia por catástrofe, calamidad, situación
de desabastecimiento, crisis sanitarias, es decir,
cuando se den los supuestos contemplados en
este artículo, entonces sí que podría funcionar el
apartado c) del artículo 4."; o sea, que dentro del
contexto de los supuestos que se contemplan para
poder declarar el estado de alarma, que son tres
concretamente, aparte de este apartado c) que estamos
contemplando, que es de catástrofes, calamidades
o desgracias públicas, crisis sanitarias o
situaciones de desabastecimiento de productos de
primera necesidad, en ese contexto es evidente
que los servicios públicos tienen que funcionar
por encima de todo, y evidentemente, tiene que
existir esa posibilidad. De ahí que nosotros propongamos
una enmienda “in voce” al artículo
4.", letra c), que diría lo siguiente, añadiendo un
inciso final a continuación del phrrafo c) de dicho
artículo 4."Paralizaci6n de servicios públicos
esenciales para la comunidad, cuando no se garantice
lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 y
concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones
contenidas en este artículo».
Después de leer el hilo, me queda muy claro que la única persona fiable -por sus razonamientos jurídicos- es Hanneke. Coincido plenamente con su análisis.
Queridísimo compañero:
Estamos en el Área Política. De modo que lo correcto es esgrimir opiniones/soluciones políticas. Me ciño a las normas de Foro :)
Si quisiéramos dar el campanazo nos íbamos a Debate Jurídicos y ¡ohhh!... Seguro que más de dos (y tres) la cagaban. (Por cierto: allí hay un debate abierto. De modo que para "lucirse" se puede emigrar allá).
Se habla del espíritu de la ley, ¿no?
Muy bien, hablemos del espíritu de la ley:
Corría el año 1981, cuando se aprobó en el Congreso la LO 4/1981.
Sin ánimo de ser exahustivos, los hechos son los siguientes:
1. La LO pretendía inicialmente no añadir en el art. 4, apartado C, la chorrada de "cuando concurran alguno de los demás supuestos."
2. Entonces, llegó Carrillo y se produjo la gran chapuza. Sí, sé que es bastante "de manual", cargar contra el comunismo, o acusar al sospechoso habitual, pero en este caso es literalmente así.
Éstas fueron las palabras del portavoz de Carrillo, (Nicolás Sartorius) que contienen obviamente el espíritu de la ley, ya que explica la razón de la enmienda del grupo Comunista:CitarDe todas formas, nosotros comprendemos lo
que el Gobierno y la UCD quieren conservar o
quieren mantener de este apartado c) del articulo
4.0 - q u e compartimos en su intención de fondo-,
y es que cuando se dé una situación de
emergencia por catástrofe, calamidad, situación
de desabastecimiento, crisis sanitarias, es decir,
cuando se den los supuestos contemplados en
este artículo, entonces sí que podría funcionar el
apartado c) del artículo 4."; o sea, que dentro del
contexto de los supuestos que se contemplan para
poder declarar el estado de alarma, que son tres
concretamente, aparte de este apartado c) que estamos
contemplando, que es de catástrofes, calamidades
o desgracias públicas, crisis sanitarias o
situaciones de desabastecimiento de productos de
primera necesidad, en ese contexto es evidente
que los servicios públicos tienen que funcionar
por encima de todo, y evidentemente, tiene que
existir esa posibilidad. De ahí que nosotros propongamos
una enmienda “in voce” al artículo
4.", letra c), que diría lo siguiente, añadiendo un
inciso final a continuación del phrrafo c) de dicho
artículo 4."Paralizaci6n de servicios públicos
esenciales para la comunidad, cuando no se garantice
lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 y
concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones
contenidas en este artículo».
Más claro agua: de la letra y del espíritu de la ley se sigue que, como yo digo, la proclamación de la alarma es lisa y llanamente ilegal. Lo siento: la sociedad de la información funciona y la luz de la razón, también. No lo digo por fastidiar: es que tengo razón. (Modestia aparte).
LANZO UNA PREGUNTA AL AIRE: POR QUÉ RNE Y RTVE REFORZÓ SUS REDACCIONES EN PLENO PUENTE DE DICIEMBRE ANTES DE TODO ESTE PITOSTE?¡¡Es veerdadd¡¡¡ que el resto de tv no funcionaban. Ni había periodistas de antena3, tele5, intereconomía, corriendo como lobos en celo detrás de los controladores...
ALA A A CABILAR SEÑOR@S
En cuanto a la parte en la que te refieres a mi comentario, no sí si es que no me expliqué del todo bien, pero lo que quería decir es justamente esto, que aún suponiendo que la declaración del estado de alarma no fuera del todo conforme a derecho (que lo sigo pensando por el traido y llevado apartado c concurrente con a, b o d) el Gobierno no podía ceder al chantage de un colectivo privilegiado y que algo tenía que hacer, sobre todo GOBERNAR, que para esto está.
Otro tanto sucede por ejemplo con Gimbernat Ordeig
Contra la ‘movilización’ de los controladores, por Enrique Gimbernat, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid
1. Supuestos A, B, C, D, no se dan ni en la letra, ni en el espíritu.
2. En esta cosa, no hay buenos: son todo bandas mafiosas: PP, PSOE, controladores, Aeropuerto y Televisiones.
P.D.: ¿El Derecho existe?
Yo me pregunto:
Me sorprende Palangana....,
P.D.: ¿El Derecho existe?
Recuerdo una tutoría de la UNED, QUE DECÍA QUE UN CONVENIO DENUNCIADO NO SIGNIFICABA QUE NO ESTUVIERA EN VIGOR, TODO LO CONTRARIO, sino que tenían que sentarse a negociar….
Es que a mi me tocó los “cojones críticos el Rubalcaba cuando hablo de un colectivo con privilegios… Sí, claro, pero en base a un Convenio Colectivo y no voy a entrar quién lo aprobó de parte del ejecutivo, para no herir sensibilidades que no vienen al caso.
4. Porque la Ley, y en eso también cumple esta actuación, no ampara de ninguna manera el abuso del derecho, la mala fe ni el daño para terceros (art. 7 CC). Una cosa es que se tenga un derecho de reivindicar o luchar por intereses legítimos, y otra que es puedas ejercerlos de cualquier manera, lugar y tiempo, no.
Y, además, falsaria, porque decían que estaban enfermos, se reunían en un hotel (que habían alquilado días antes), y se pusieron sanos de pronto, parece.
De todas formas, da igual: la culpa la tienen esos malditos comunistas...
Como siempre... ¿No?
JBR:
Lo que piensen de mí unos fanáticos como tú, me la suda una barbaridad:
No te entiendo, no sé lo que te lleva a intentar manipular la opinión pública, de verdad, no lo entiendo,
Al último comunicante:
Sí, pero también hay verdades y mentiras. Y un disparate jurídico, también puede y en ocasiones debe despacharse como Varela despachó el de Garzón.
No es nada personal, pero yo tengo un sentido de la Justicia parecido al de Luciano Varela. Y soy en ocasiones duro hasta con los amigos, lo que no quita que sea amigo de mis amigos.
Ahora bien, si alguien me da un palo dialéctico duro de digerir, pero que veo que tiene razón, me duele. Claro que me duele: en el momento me duele, pero le felicito al que tiene razón.
Lo siento, soy así.
¿Admites que yo haya podido decir alguna vez algún disparate jurídico? ¿A que sí? Pues lo mismo me pasa a mí.
¿Consideras tú, Palangana un disparate, que yo diga que lo que ha hecho el Gobierno en este caso es un disparate jurídico?
Bien, perfecto:
¡¡Ahí quería llegar!!
Reconozco que fue un disparate, dicho en la barra de un bar. Porque en la barra de un bar, podemos desbarrar.
Segunda parte: espíritu de la ley.
¿Qué espíritu de la ley tiene para Palangana y Alfonso, el art. 4 de la LO 4/1981?
Segunda parte: espíritu de la ley.
¿Qué espíritu de la ley tiene para Palangana y Alfonso, el art. 4 de la LO 4/1981?
Evitar la anarquía, las calamidades y daños a la ciudadanía, ese para mí es el espíritu de la LO 4/1981....porque si fuese necesario que se aplicasen A,B,C Y D sería INVIABLE, una regulación de más sin sentido jurídico al ser dificílmente que acontezcan tantas "cosas"; o, si fuese C más algo de A,B o D, pues lo habrían incluido en en A, B o D y no se habría legislado C.
Y qué sentido tiene para ti el art 7 CC ? (por lo visto ninguno)
A la siguiente pregunta de Palangana, respondo: lo estoy estudiando, por eso te pregunto a ti...
Siguiente pregunta...
¿Identificariáis Palangana, Alfonso y todo el que se apunte, espíritu de la ley con finalidad perseguida por el legislador?
La verdad está muuuy repartida, no es absoluta, ni en la ciencia.
Lo siento pero no me gusta ni un pelo el nivel intelectual como se está conduciendo el debate. Propongo que volvamos a centrarnos en asuntos jurídicos y dejemos la política en un segundo plano. No creo que llegar al insulto nos aporte nada, ni a nosotros ni la imagen que se da a los que leen este foro.
Señores moderadores, ha llegado el momento de poner orden y no permitir un solo insulto.
Saludos
La Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de Diciembre de 1997, establece que el elemento sociológico en la interpretación de las normas, realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, no supone la justificación del arbitrio judicial ni una interpretación laxa de las normas y, desde luego, excluye que se orille la aplicación de la norma vigente al caso concreto. Es, pues, la realidad social un elemento de la interpretación de la Ley que significa el conocimiento y la valoración de las relaciones de hecho a que debe aplicarse la norma, teniendolas en cuenta según la vida real inmersa en la sociedad. Como tal elemento de interpretación, no puede tergiversar la Ley, cambiarle su sentido o darle una aplicación arbitraria. La Sentencia de 3 de Julio de 1997, declara que la interpretación de los preceptos, al igual que la de los contratos, es función de la Sala sentenciadora, cuyas conclusiones deben ser respetadas en casación a no ser que pueda ser calificada de ilógica o contraria a la Ley.
1) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución.y que tras ser retocado, se transformó en un texto así...
2) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.?
De todas formas, nosotros comprendemos lo?
que el Gobierno y la UCD quieren conservar o
quieren mantener de este apartado c) del articulo
4.0 - q u e compartimos en su intención de fondo-,
y es que cuando se dé una situación de
emergencia por catástrofe, calamidad, situación
de desabastecimiento, crisis sanitarias, es decir,
cuando se den los supuestos contemplados en
este artículo, entonces sí que podría funcionar el
apartado c) del artículo 4."; o sea, que dentro del
contexto de los supuestos que se contemplan para
poder declarar el estado de alarma, que son tres
concretamente, aparte de este apartado c) que estamos
contemplando, que es de catástrofes, calamidades
o desgracias públicas, crisis sanitarias o
situaciones de desabastecimiento de productos de
primera necesidad, en ese contexto es evidente
que los servicios públicos tienen que funcionar
por encima de todo, y evidentemente, tiene que
existir esa posibilidad. De ahí que nosotros propongamos
una enmienda “in voce” al artículo
4.", letra c), que diría lo siguiente, añadiendo un
inciso final a continuación del phrrafo c) de dicho
artículo 4."Paralizaci6n de servicios públicos
esenciales para la comunidad, cuando no se garantice
lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 y
concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones
contenidas en este artículo».
Simple, no pienso intervernir más ni en un hilo que abras tú, ni pienso en leer o responder tus intervenciones en hilos abiertos por otras personas.
Ya está bien. Los usuarios de este subforo tienen derecho a debates con mayor calidad.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 apartado c. en relación con los apartados a. y d. de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, se declara el Estado de Alarma con el fin de afrontar la situación de paralización del servicio público esencial del transporte aéreo.
Aclaro que respondí a lo que consideré como una falta de respeto de JBR, Hanneken.
A ver, vuelvo a la carga:
Art. 1 del decreto de Alarma...CitarAl amparo de lo dispuesto en el artículo 4 apartado c. en relación con los apartados a. y d. de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, se declara el Estado de Alarma con el fin de afrontar la situación de paralización del servicio público esencial del transporte aéreo.
Dice esto y no otra cosa...
Simple, no pienso intervernir más ni en un hilo que abras tú, ni pienso en leer o responder tus intervenciones en hilos abiertos por otras personas.
Ya está bien. Los usuarios de este subforo tienen derecho a debates con mayor calidad.
Sinceramente, Drop, creo que no estás siendo justo, y te lo digo desde el aprecio que sabes que te tengo. Si no te lo tuviese no me metería donde no me llaman.
No sé si has decidido dejar de debatir con simple22 porque según tu apreciación, no lee el resto de intervenciones, o porque de alguna forma, hoy no tiene su día y jbr pagó el pato.
Pero una cosa sí es cierta: a simple22, la mayoría de los usuarios de este subforo lo machacan diariamente a insultos, intentan humillarlo y ridiculizarlo sistemáticamente, y participan exclusivamente con ese fin. Pero no he visto nunca a ninguno de vosotros, -igual me lo he perdido-, parándole los pies a cualquiera de los que lo vilipendian por hobby. Y es más, a ninguno le habéis negado la palabra, aun siendo completamente inútil cualquier atisbo de debate que se intentara iniciar con ellos.
Unos lo insultan directamente, sin mayores preámbulos, otros se burlan de sus opiniones o las tergiversan con mala fe, y hay también quienes desearían negarle su derecho a expresarse libremente en este foro, e incluso se permiten el lujo de recomendar a la Administración que lo denuncie.
Pero a pesar del linchamiento público al que a diario se somete a simple22, rarísima vez le sacan la piedra. Hoy no tuvo su día, y se la sacaron, y si simple22, hoy, como excepción, se merece ese reproche, otros muchos usuarios se lo merecen con mayor determinación, casi a diario. Seamos justos, o al menos, intentemos ser justos. Todos tenemos días buenos y días malos, todos. Y todos tenemos una paciencia limitada, unos más que otros.
Y puedo no estar de acuerdo con simple22 muchas veces, y otras tantas ni siquiera entender cuál es el punto de su mensaje, pero eso ni quita ni pone a su derecho a equivocarse, que lo tiene él como lo tenemos todos. Lo que no alcanzo a comprender es por qué a él se le juzga siempre con muchísima más dureza que al resto de usuarios.
No me parece justo y, esa es mi opinión.
Dicho esto (siento haberme apartado del tema del hilo, pero a veces me cuesta callarme), sigo pensando lo mismo sobre el dichoso Decreto. Si el Gobierno ha tenido a bien justificar el apartado c unido al a y al d, queda claro que ellos mismos sabían que el apartado c no era suficiente para apoyar la decisión. Y por más vueltas que se le de al asunto, y por mucho que haya sido eficaz, eso no le suma un ápice de legalidad. Ni es argumento alguno que lo apoye Rajoy o el Papa. La ley dice lo que dice. Y lo que no dice, no se le puede añadir echándole figuración.
Tampoco es válido argumentar que la LO debería ser revisada y reformada. Hoy por hoy, es la que es, mañana, si se reforma y dice otra cosa, pues será mañana, no hoy.
Feliz día de nuestra patrona, a todos. :)
Ok, Hanneken. Y gracias por defenderme.
No, yo no trato de obtener ninguna victoria, Palangana: si lo digo en borma... yo sólo quiero conocer tus planteamientos, pero utilizando uno de tus argumentos que creo haberte oído: para poder debatir sobre si una fruta sabe buena o mala, antes tendremos que saber que yo no estoy hablando de limones y tú de peras... Porque entonces, es imposible que yo pueda saber si tus peras están ricas, si me creo que estás hablando de limones...
ESTÁS FALTANDO A LA VERDAD !!, cuando dices que no hemos defendido a simple 22......por mi parte en numerosas ocasiones, y por parte de Drop TAMBIÉN le he leido defensa de Simple 22 en una ocasión. Yo, en muchas lo defendí.
Hanneken: yo lo de las mayúsculas = gritar, yo no lo veo así. A mí me suena igual...
ESTÁS FALTANDO A LA VERDAD !!, cuando dices que no hemos defendido a simple 22......por mi parte en numerosas ocasiones, y por parte de Drop TAMBIÉN le he leido defensa de Simple 22 en una ocasión. Yo, en muchas lo defendí.
Atiende qué grito me acaba de meter... ;D
Copietas panderetas. :P ¿Interpreto que me llamas mentirosa? ;)
No te he dicho nada a ti palangana. He citado a Drop y con él hablaba.
También he advertido que puede que me lo haya perdido. Simplemente considero que se le juzga con mucha más dureza que al resto. Y ni te he visto a ti, ni a él, negarle el habla a nadie que se la pase insultando a simple22. Lo de defenderlo o no, es lo de menos, yo quería incidir en que se le exige mucho más. Y no me parece justo.
Feliz tarde y cordiales saludos, estimado palangana. ;)
Hanneken: yo lo de las mayúsculas = gritar, yo no lo veo así. A mí me suena igual...
Mayúsculas, y encima con signos de exclamación, se interpretan como gritar en internet.
"No, no te digo mentirosa, lo que digo es que no dices la verdad porque lo que dices no es cierto" ;)
Ya me contarás en román paladino, sin rebuscamientos del tipo "digo/diego" cómo se califican esos hechos de no decir cosas ciertas, si no es llamando mentirosa a la otra persona....a qué duele, al menos a mí sí. Entre otras cosas, porque para mí la MENTIRA supone UN DOLO, y decir algo que la otra parte no comparte es lo discutible, pero puede ser porque se ven las cosas de otra manera o porque se desconocía algún dato. No es lo msmo decir "palangana, entiendo que estás equivocado", que decir "palangana, faltas a la verdad" (luego soy un mentiroso a tus ojos).
Por lo demás, te aseguro, lástima que no lo ha confirmado, que efectivamente hubo ataques fuera de todo lugar a simple 22.....y salté en su defensa o mostré mi apoyo a lo que decía y a su persona. Simple 22 es mi amigo.
UN SALUDO PARA TI, cordial, aunque nos crispemos, yo siempre te he respetado como forera, como jurista y te leido.....otra cosa es que vaya a darte la razón o llegar a decir que me gusta Aznaz, ni lo sueñes !! :) :-*
Si entiendo que tienes razón sí te lo daré, pero en este caso entiendo mis rqazones jurídicas con suficiente peso.
Disculpas ! :-[, es que no estoy acostumbrado a que las mujeres pasen de mí, y quería llamar tu atención...intentaba resaltar, no gritarte exactamente. Era algo concreto, no el post entero, pero disculpas si se entendió como grito....al menos NO ERA EL ESPÍRITU ;D de mi post, el gritar :)
Pues acusarme de manipulador, es también suponerme un dolo que en modo alguno tengo, eso fue lo que hizo JBR, por eso le solté esa sátira...
Yo ya he dictaminado, ahora pregunto a la gente, sólo con espíritu de someter a revisión mis planteamientos, pues estoy dispuesto a dejarme convencer si el argumento es de peso. Por eso pregunto: espíritu de la ley...
Perdona, Palangana, pero es que se me ha cruzado lo de Hanneke, JBR, lo de los recuerdos del pasado, etc.
Prometo que te daré una respuesta más fundamentada:
A ver, Palangana: ¿tú qué eres?
¡Particular! Lo mismo que yo. Luego somos opinión y tenemos libertad de expresión con ciertos límites, pero una libertad de expresión amplia, a fin de cuentas...
¿Te vale con eso?
Pero el poder ya no es lo mismo que nosotros: nosotros podemos opinar cualquier cosa, pero el poder tiene límites. Ciertamente, tiene unos límites que son los de que un recurso le eche abajo su petición, pero también tiene como límites el estar sometido a la jurisdicción penal, por actos ilícitos cometidos en el ejercicio de sus funciones... En palabras del TS, yo no puedo orillar la norma, porque no soy aplicador, ni intérprete. Tú tampoco, por lo mismo, porque eres particular. Pero... el análisis jurídico del Gobierno, con sus asesorías jurídicas, gabinetes, etc. NECESARIAMENTE tiene que ser mucho más riguroso que el nuestro, por la sencilla razón de que están sometidos al imperio de la ley. Eso que tú has dicho tantas veces, pero que a veces sin querer, olvidamos su verdadero significado.
Igual no me he expesado bien, pero no comparemos: ni tú puedes sentirte identificado con el Gobierno, ni yo con Varela. Porque ni tú estás ahí, ni yo estoy ahí. Y tu planteamiento será siempre igual de digno que el mío, porque es de particular a particular. Si yo fuera Institución, tú me exigirías más y con razón. Y si tú fueras Institución, yo te exigiría más y con razón. ¿Me entiendes ahora? Yo creo que sí...
Es que eso es lo peor: que no hay dos, sino uno.
No es broma: pero Zapatero, en términos metafóricos, podría decirse que va en bata y zapatillas y desnudo o en pijama a currar. Eso es lo malo: que no se pone el traje de vestir, que no es profesional, sino un forofo, que hace las cosas como le apetece y como se le antoja, que apenas distingue el salón de su casa, del despacho presidencial...
Yo ya he dictaminado, pero someto mis dictámenes a posible revisión, como no podía ser de otra manera...
La jurisprudencia restringe enormemente la aplicación extensiva de normas restrictivas de derecho...
Por otra parte: ¿qué opinas de la doctrina de "no orillar" de la jurisprudencia del TS, restringiendo el uso alternativo del derecho?
c. Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo
Yo he leído aquí unas cuantas sentencias, de los últimos años....
Leo textualmente, jurisprudencia del TS:
"El elemento sociológico no supone una justificación del arbitrio judicial ni una interpretación laxa de las normas"
"Como tal elemento de interpretación, no puede tergiversar la ley ni cambiarle su sentido."
Pero vamos a ver, Palangana: ¿no te das cuenta que al defender al Gobierno bajo el criterio de que C es autosuficiente, estás defendiendo una interpretación de la ley que ni siquiera es la que hace el propio Gobierno?
Luego, dices que el espíritu de C es que sea autosuficiente: ¡¡No es eso lo que dijeron los diputados que debatieron, votaron y aprobaron el supuesto C!! Tú dices que si C no fuera autosuficiente, no tendría sentido: ¿no te das cuenta que al decir eso, sencillamente omites el sentido que se le dio a C en el momento de ser aprobada en base al cual fue aprobada? (Y que en modo alguno puede decirse que no haya sido expresado por el ponente Sartorius con absoluta claridad).
¡¡Observa, Palangana!! Estás defendiendo un Art. 1 del Decreto de alarma imaginario, no el real, en base a una interpretación que no es la de quien promulga el Decreto... Estás hablando de limones, (C en solitario) cuando el Decreto habla de peras... (C más a más D). ¡¡Eso es lo que me asombra!! Y no salgo de mi asombro... ¡¡Que no te enteras!! ;D ;D
Qué espíritu puede tener la LO 4/1981 EN GENERAL que evitar la anarquía, calamidades y daños para la ciudadanía.....y, en particular, qué espíritu puede tener el art 4. A,B, C Y D puestos que todos a la vez es inviable a mi entender, y para qué C (no se habría legislado C !) si se tiene que dar junto con algo de A, B o D (SE HUBIESE INCLUIDO EN A, B o D, y no se hubiese legisado C). Que el legislador, más allá del espíritu, resulta ser muy torpe en ocasiones y deficiente eso ya lo sabemos, por eso hay que atender al contexto y al espíritu, no exclusivamente a la literalidad, y C se da.
1) Al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 apartado c. en relación con los apartados a. y d. de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, se declara el Estado de Alarma con el fin de afrontar la situación de paralización del servicio público esencial del transporte aéreo.
2) Al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 apartado c. de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, se declara el Estado de Alarma con el fin de afrontar la situación de paralización del servicio público esencial del transporte aéreo.?
bajo mi punto de vista el gobierno se ha quedado corto y lo que deberia hacer es despedir a este sector privilegiado y chantajista. en referencia a Eva Brauw que se puede decir de alguien que utiliza ese nick... sin palabras :-X
Citarc. Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo
¿Y cómo va a ser la "c" autosuficiente?
Sólo hay una cosa que no me ha gustado especialmente, que es la aplicación del CP militar. Pero decretar alarma, hacer intevenir al ejército de forma mínima, pero la imprescindible, porporcional y necesaria, y que se proceda a un resarcimiento civil a la ciudadía de buena fe por los daños, 100% convincente.
Además, yo les hubiese aplicado sanción laboral, por supuesto.
Luego el Gobierno, efectivamente, se ha quedado corto, puesto que este colectivo que se sepa no ha indemnizado absolutamente a nadie, ni se les ha despedido, ni siquiera temporalmente de su empleo.
Sólo hay una cosa que no me ha gustado especialmente, que es la aplicación del CP militar. Pero decretar alarma, hacer intevenir al ejército de forma mínima, pero la imprescindible, porporcional y necesaria, y que se proceda a un resarcimiento civil a la ciudadía de buena fe por los daños, 100% convincente.
Además, yo les hubiese aplicado sanción laboral, por supuesto.
Luego el Gobierno, efectivamente, se ha quedado corto, puesto que este colectivo que se sepa no ha indemnizado absolutamente a nadie, ni se les ha despedido, ni siquiera temporalmente de su empleo.
Palangana, las indemnizaciones tendrán que ser declaradas por vía judicial, es obvio. En cuanto a los despidos, habrá que hacerlo tras la correspondiente recogida de información: pliego de cargos, audiencia, pliego de descargos, etc.
bajo mi punto de vista el gobierno se ha quedado corto y lo que deberia hacer es despedir a este sector privilegiado y chantajista. en referencia a Eva Brauw que se puede decir de alguien que utiliza ese nick... sin palabras :-X
Ohhh, 100% comparto !! :o
bajo mi punto de vista el gobierno se ha quedado corto y lo que deberia hacer es despedir a este sector privilegiado y chantajista. en referencia a Eva Brauw que se puede decir de alguien que utiliza ese nick... sin palabras :-X
Ohhh, 100% comparto !! :o
Además que, supongo, que si se despide a los controladores habrá que hacer lo propio con los médicos que les firmaron las bajas...
Eso, eso yo siempre he dicho que la prevaricación funcionarial delictiva es una jartá de nociva y perjuiciosa para la responsabilidad penal que conlleva o como dice el derecho romano: "alea jacta est et vade retro morituris te salutan". Sin olvidar la máxima latina: "gratia plena dominus tecum" que viene a resumir el conflictivo conflicto aereo espacial.
Sigue sin aparecer la tal Eva Braun, la que inició este tema ( por cierto, como " Nuevo Usuario")Tienes razón, por aquí impunemente acusan a un partido de gestionar el 11M, al gobierno de colaborar con eta, al Constitucional lo llaman Prostitucional.
La que se atreve a llamar a Zapatero presidente " honorífico"¿¿??
¿ De verdad vamos a permitir que entre cualquier gentuza en nuestro foro??
¿Cualquier gentuza que habla de un golpe de estado?
Creo que debemos revisar nuestra seguridad informática
Gente tan " enferma" no puede formar parte de nuestro grupo
Salud, foreros.
Citarc. Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo
¿Y cómo va a ser la "c" autosuficiente?
Pues yo creo que sólo es lógico si el supuesto C es autosuficiente a menos que exista gradación en el Estado de Alarma...
No tiene sentido que el supuesto D, por ejemplo, dé lugar al estado de alarma y para que lo haga el C deba concurrir cualquiera de los otros supuestos, a menos que la concurrencia de C + otro diera lugar a un Estado de Alarma Plus.
Y si no es autosuficiente, donde dice 4 supuestos, debería ser 3...
Y si no es autosuficiente, podrían haber añadido cualquier supuesto por absurdo que fuera siempre y cuando concurriera uno de los otros 3:
Supuesto E - que se me rompa una uña siempre que concurra el supuesto A, B o D.
De todas formas no entiendo la referncia en el art 1 del decreto al supuesto A, que no se dió... A menos que por arte de birlibirloque puedan relacionar la paralización del servicio y las posteriores inundaciones en Andalucía...
Creo que nombrando sólo el supuesto D podrían haber hecho un apaño y dar una explicación medio coherente, pero al A no hay forma humana de buscarle explicación.
Espíritu de la ley, lo vuelvo a explicar:
Que el conflicto laboral no sirva por sí sólo para justificar el Estado de Alarma.
No jamás, pero hace mucho, muchísimo tiempo, que no veía a la clase política española a semejante altura de dignidad y saber estar. En este caso, lo acabo de escuchar, CHAPÓ, CHAPÓ y tres mil CHAPÓ por Rajoy y por Zapatero !!! (sí, ya sé que se pone una exclamación al principio y otra al final de la frase, pero yo lo pongo así por la espectacularidad, toma ya !!!)
Rajoy "no hay otros culpables de esta situación que no sea la actutud intolerante de controladores"
Zapatero " se quedan sólos y nadie los apoya porque han tomado como rehenes a la ciudadanía"
En este caso, que viva ZP y Rajoy :)
No palangana, no ha sido así exactamente. :P
Mira el vídeo, hasta el final:
http://videos.libertaddigital.tv/2010-12-09/rajoy-recuerda-las-palabras-de-rubalcaba-y-llama-inutil-a-blanco-MuQchq60k8o.html
Prometí estudiar con mayor detenimiento tus argumentos, Palangana:
No porque los demás sean malos, que no lo son, sino porque es el único que de momento, veo que incide directamente en la cuestión.
Me he imaginado una escena, en la que dicen: "Ministro (o Presidente) nos han llamado veinte comandantes de vuelo, diciendo que tienen que aterrizar en aproximadamente media hora y no saben cómo, porque no hay nadie en las torres. ¿Qué hacemos?"
...
No obstante, ya digo que lo estoy estudiando, como te había prometido y como has podido comprobar...
Te la montan una vez, la intentarán montar otra vez, de ahí el estado de alarma. La calamidad es que haya 300 aviones por ahí ciegos, porque unos señores no les guían, con el consiguiente riesgo de accidente.
O que se sospeche razonablemente que pueda haberlos, dentro de catorce días y por eso hasta navidades hay Estado de Alarma.
Si los controladores tiran los aviones, porque estos van ciegos, la gente no estaría mirándolos a ellos, sino a las Instituciones que los dejaron caer sin siquiera intentar evitarlo.
¿Qué por qué el Gobierno y oposición no han alegado "estado de necesidad, fuerza mayor, orden público, y el art 7 CC?
Citar¿Qué por qué el Gobierno y oposición no han alegado "estado de necesidad, fuerza mayor, orden público, y el art 7 CC?
Quizás porque no se puede pedir elecciones anticipadas mientras que dure el estado de alarma?
No tiene sentido que el supuesto D, por ejemplo, dé lugar al estado de alarma y para que lo haga el C deba concurrir cualquiera de los otros supuestos
Y si no es autosuficiente, donde dice 4 supuestos, debería ser 3...exactamente y el C se podría haber puesto en una frase aparte con un "Además"
Citar¿Qué por qué el Gobierno y oposición no han alegado "estado de necesidad, fuerza mayor, orden público, y el art 7 CC?
Quizás porque no se puede pedir elecciones anticipadas mientras que dure el estado de alarma?
Pues debería pedirlas, pero no por esto QUE HA ESTADO DE NOTABLE, sino porque hace mucho tiempo que ya dejó de ser el PSOE de izquierdas y progresista que deseaba su electorado, además de muchos errores, para abononarse a la ultraderecha Vaticana, de los EEUU, CentroEuropea, semita y del imperio nipón-coreano.....
No mencionas sin embargo, la intolerable agresión a la libertad religiosa que es prohibir celebrar misa en el Valle de los Caídos.
“no lee el resto de intervenciones.” De Hanneke.
Pues me vas a perdonar que vuelva a la línea dura:
Ahora bien: si me preguntas si Drop va de mala fe o es mal tipo, yo respondo que no. Si me preguntas si Drop es inteligente y capacitado, o si por el contrario es tonto, inútil o incapaz, respondo que es inteligente y capacitado. Eso sí: ¡¡como juez parece un auténtico peligro!! Lo que no quita que le desee lo mejor y si se presenta, pues le desee suerte, pero... ¡entiéndeme!
No, Palangana: durante el Estado de alarma no pueden convocarse elecciones generales...
Bien, Palangana: a ver si te he entendido...
Según tú, el Estado de Alarma debe durar hasta Navidades, porque si la montan ahora, lógicamente, la pueden volver a montar en Navidades. ¿No es así?
Bueno, pero parece de cajón lo que digo... ¿no? Si en Navidad no hay Estado de Alarma, es bastante probable que la vuelvan a montar para esas fechas...
Artículo 3
Ámbito subjetivo
En virtud de lo dispuesto en los artículos 9.Uno y 12.Dos de la Ley Orgánica 4/1981 en relación con el artículo 44 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, todos los controladores de tránsito aéreo al servicio de AENA pasan a tener, durante la vigencia del Estado de Alarma, la consideración de personal militar a los efectos de lo previsto en el artículo 10.Uno de la citada Ley Orgánica y en consecuencia, quedan sometidos a las órdenes directas de las autoridades designadas en el presente real decreto, y a las leyes penales y disciplinarias militares, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre.
Artículo 2.
1. No será castigado ningún delito ni falta con pena que no se halle prevista por Ley anterior a su perpetración. Carecerán, igualmente, de efecto retroactivo las Leyes que establezcan medidas de seguridad.
2. No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. En caso de duda sobre la determinación de la Ley más favorable, será oído el reo. Los hechos cometidos bajo la vigencia de una Ley temporal serán juzgados, sin embargo, conforme a ella, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
Primero se la cargaron los controladores, .
Primero se la cargaron los controladores, pero yo no era controlador y me callé, ..., luego vendrán a por mí, ... y será demasiado tarde.
Yo me pregunto, en la España de los 4 millones de parados famosos, dónde está la crisis. Todos los puentes, millones de desplazamientos. De jueves a domingo, los bares llenos
Bueno desconozco si según el RD con el que se decreto el estado de alarma a los operadores ATC se les aplica solo el CPM, o se les aplican además otras normas tales como el Regimen Disciplinario, Reales Ordenanzas, etc. Si así fuese, si tendría una buena explicación, ya que el régimen castrensees tan rígido desde sus bases, refiriendome a las leyes de menor rango, que no es solo la aplicación del CPM en sus penas lo que restringe las libertades, sino el cumplimiento de códigos muy restrictivos en cuanto a libertades, no diseñados para regular la vida de civiles. Lo que me pregunto es su este tipo de RD es extensible a otros campos laborales, a gusto del Gobierno, cuando fracasen o no interesen las negociaciones. Que puede considerarse un servicio básico y que no? Por que no se militarizo a lis trabajadores del Metro de Madrid en circunstancias, al menos eso dicen, similares?
CitarYo me pregunto, en la España de los 4 millones de parados famosos, dónde está la crisis. Todos los puentes, millones de desplazamientos. De jueves a domingo, los bares llenos
Es muy verdad - nadie tiene dinero, pero 600,000 perjudicados en viajes de 5 días. Me sorprendió que 120.000 Canarios habían ido de "crucero" este año también, si todo el mundo en Canarias está quejándose de no llegar al fin de mes...
Imagínate los barrios sin tener una huertita al lado…
No hay ni una prueba, ni siquiera ningún indicio o dato que dé pie a pensar que PSOE o PP en nuestros días no son partidos democráticos de convencimiento
Pero a mí no me preocupa que ellos no puedan hacer huelga, sino que mientras tanto se priva del derecho a decidir, de la soberanía nacional, al Pueblo
CitarNo hay ni una prueba, ni siquiera ningún indicio o dato que dé pie a pensar que PSOE o PP en nuestros días no son partidos democráticos de convencimiento
Simple, aprenda del caso de Irlanda: el Pueblo confiaba ciegamente en su FF y FG también, pero se ha dado cuenta ahora que han sido vendido.
Vamos a ver:
Si yo mañana me voy a un Casino y juego sólo al rojo/negro, puedo ganar mucho, pero puedo perder todo. Mientras que estoy ganando, están todos mis amigo/as disfrutando y nadie se queja, pero cuando pierdo - se acaba el rollo y se pierde todo.
Normalmente quien se va a la mierd* sería yo, y no mis amigo/as.
Pero si yo puedo decir: "lo siento - he perdido todo - pero quien va a pagar por mis pérdidas son mis amigos y todos sus hijos, sus nietos, etc.
¿Te parece normal?
Vamos, que nosotros aquí "arreglando" el país, las leyes orgánicas y hasta la Constitución, y ellos dándose palmaditas en la cafetería del Congreso y deseándose felices fiestas, que a ellos no les falta "cesta"...
más si por quien abre el hilo lo hace con un avatar hitleriano, y de cada uno de sus post se deduce afinidad con una ideología que tanto daño ha hecho y sigue haciendo a la Historia de la Humanidado.
Respetemos pues, los nicks, a menos que tengan una clara voluntad insultadora.
No sé, me refiero a no atizar a otro con todo lo que se tenga a mano...
Yo que sé... Lo que diga será una genialidad, una gilipollez o una nadería, en función de lo que diga, no en función del nombre que haya elegido para ponerse...
Sí, cuánto malaje: yo ya ni los leo...
Tanta genialidad, me supera... ;D ;D