Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: roteis38 en 23 de Diciembre de 2010, 18:29:11 pm

Título: engañado en la herencia
Publicado por: roteis38 en 23 de Diciembre de 2010, 18:29:11 pm
Hola , publico este mensaje por un problema que tienen unos amigos , que supuestamente han sido engañados en una herencia . Pues bien parece ser que hace 10 años murio un hombre  que al no tener hijos dejaba sus bienes a sus padres , pues estos le han sobrevivido , pero la viuda se ha puesto todos los bienes a su nombre y ahora los sobrinos del fallecido se han dado cuenta de ello.
La consulta es para saber si la madre del fallecido que aún vive ( 89 años ) puede reclamar su herencia,  o la viuda se puede quedar con todo por haber prescrito los derechos de la madre del fallecido. Debo aclarar que la madre del fallecido no tramitó el impuesto de sucesiones  , debiendo entender por ello que lo satisfizó la viuda.
      Parece también sorprendente como un notario pudo acceder a cambiar de nombre una vivienda sin comprobar ( o mirando para otro lado ) el testamento.
 ¿Alguien puede iluminarme sobre el tema ?
Agradecido por vuestra segura atención , un saludo.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: joran6 en 28 de Diciembre de 2010, 13:37:53 pm
Si hubo testamento, habrá que estar a las disposiciones en él establecidas pero siempre respetando las legítimas. Si a la herencia concurren la viuda y los padres del causante (según el art. 809 CC), a los padres les corresponderá la tercera parte de la herencia.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: Kratos en 28 de Diciembre de 2010, 20:38:03 pm
Efectivamente hay que estar a lo que disponga el testamento, mirar el tema de las legiítimas y el más que probable usufructo vitalicio del cónyuge supersite.

Otra cosa sería ver cual era la vecindad civil del causante y dependiendo de la CC.AA ver el derecho foral, en temas de herencias muchas CC.AA tienen legislación especifíca que afecta especialmente a legitimas etc...
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: Drop en 28 de Diciembre de 2010, 21:01:13 pm
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Si hubo testamento, habrá que estar a las disposiciones en él establecidas pero siempre respetando las legítimas. Si a la herencia concurren la viuda y los padres del causante (según el art. 809 CC), a los padres les corresponderá la tercera parte de la herencia.

A los padres les corresponde, como mínimo, la legítima: la tercera parte de la herencia.

Y, de acuerdo con el artículo 837 (Redacción según Ley 15/2005, de 8 de julio:)

No existiendo descendientes, pero sí ascendientes, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia.

Habría que ver la redacción anterior.

Roteis, lo que debes hacer es buscar las propiedades del fallecido.  Echa un vistazo en el registro de la propiedad correspondiente. Intenta localizar el testamento del fallecido. Etc etc.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: roteis38 en 28 de Diciembre de 2010, 23:32:21 pm
Muchas gracias por vuestra colaboración , el asunto esta en como saber una vez  que ya se sabe que hizo testamento , pues han pedido las últimas voluntades , como conseguir una copia del testamento , pues realmente mis amigos  creen que son herederos porque así se lo dijo el difunto  , pero yo les digo que haber si cambió el testamento y no les dijo nada. La pregunta ahora es si ellos que creen ser herederos pueden pedir copia del último testamento del difunto.
Feliz 2011 a todos y gracias nuevamente.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: joran6 en 29 de Diciembre de 2010, 19:48:38 pm
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La pregunta ahora es si ellos que creen ser herederos pueden pedir copia del último testamento del difunto.
Feliz 2011 a todos y gracias nuevamente.

Es la madre del fallecido quien está legitimada para acceder al Registro de Últimas Voluntades y, previa acreditación del parentesco que la unía al difunto, solicitar una copia del testamento. Así saldrían de dudas tanto ella como los sobrinos.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: joran6 en 29 de Diciembre de 2010, 19:57:44 pm
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La consulta es para saber si la madre del fallecido que aún vive ( 89 años ) puede reclamar su herencia,  o la viuda se puede quedar con todo por haber prescrito los derechos de la madre del fallecido.

En el CC no encuentro nada sobre prescripción en lo que a reclamación de herencias se refiere. Sí te puedo decir que según el art. 1963 CC, las acciones reales sobre bienes inmuebles prescriben a los treinta años y que, según el art. 1962 CC, las acciones reales sobre bienes muebles prescriben a los seis años.

Yo también me fijaría en el art. 1964, que dice que las acciones personales que no tengan señalado término especial de prescripción, prescribirán a los quince años.

No obstante, no hay que perder de vista la nulidad y anulabilidad de los actos jurídicos pues todo acto erróneo o viciado desde origen puede ser anulado ex tunc o ex nunc.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: MORDEKAY en 31 de Diciembre de 2010, 14:15:55 pm
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La consulta es para saber si la madre del fallecido que aún vive ( 89 años ) puede reclamar su herencia,  o la viuda se puede quedar con todo por haber prescrito los derechos de la madre del fallecido.

En el CC no encuentro nada sobre prescripción en lo que a reclamación de herencias se refiere. Sí te puedo decir que según el art. 1963 CC, las acciones reales sobre bienes inmuebles prescriben a los treinta años y que, según el art. 1962 CC, las acciones reales sobre bienes muebles prescriben a los seis años.

Yo también me fijaría en el art. 1964, que dice que las acciones personales que no tengan señalado término especial de prescripción, prescribirán a los quince años.

No obstante, no hay que perder de vista la nulidad y anulabilidad de los actos jurídicos pues todo acto erróneo o viciado desde origen puede ser anulado ex tunc o ex nunc.

Las acciones contra la partición hereditaria son imprescriptibles.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: jbr en 31 de Diciembre de 2010, 17:16:42 pm
Hola:

 Artículo 1965 del código civil: 

No prescribe entre coherederos, condueños o propietarios de fincas colindantes la acción para pedir la partición de la herencia, la división de la cosa común o el deslinde de las propiedades contiguas.

Saludos cordiales,

 jbr
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: roteis38 en 05 de Enero de 2011, 00:28:03 am
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas , pero como imagino que os habrá picado la curiosidad sobre el tema , os diré que ya tienen copia del testamento y en él se establece en la primer claúsula que los herederos son en primer lugar los legítimos si hubiera , en este caso la madre del finado que le ha sobrevivido , pero la mujer del muerto  no debía estar muy de acuerdo con repatir la herencia  y se quedó con el tercio de legítima de la madre. Ahora deberán reclamárselo  , imagino que por vía judicial. Lo más sorprendente del caso es la poca profesionalidad del notario que hizó la escritura de adjudicación de herencia que debió fiarse de la viuda y no pidió una fe de vida de los padres del muerto. Pa` fiarte de la virgen.
Feliz 2011.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: lmgalo en 11 de Enero de 2011, 19:04:18 pm
Estimado compañero , el notario no ha podido hacer eso aunque hubiese querido,el sr. registrador se lo hubiera echado para atras ( la inscripción), salvo que la viuda hubiese falsificado algún documento ( cometiendo varios delitos -estafa y/o falsificación de documento). Si el testamento dice que el difunto deja sus bienes a sus legitimarios el reparto de la herencia sería el siguiente 100% nuda propiedad a los ascendientes y la mitad de la herencia en usufructo para la viuda ( los herederos pueden respetar el usufructo o pagárselo a la viuda en dinero - el cálculo de esa cantidad es muy fácil - la edad de la viuda restandole 89 , por ejemplo si tiene 45 años le correspondería 89 - 45 = 44% del valor de la mitad de los bienes, si los bienes valen 100 , el 50% valdrá 50 y el 44% de 50 son 22 seuo.)
 Espero haberte ayudado.
Título: Re: engañado en la herencia
Publicado por: inmakulada en 30 de Enero de 2011, 11:29:17 am
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