Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: jbr en 05 de Enero de 2011, 00:03:38 am
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Hola:
Hoy me han hecho una consulta, ¿cómo puede un local de ocio poder permitir que fumen sus clientes?.
En principio, he leído las dos leyes y lo veía complicado eludir la prohibición. Después de darle vueltas he llegado a la siguiente conclusión:
Amparándose en el Art. 25 de la ley 42/2010, un bar o restaurante, donde tenga un lugar reservado, por ejemplo, un salón reservado, puede fundar un club de fumadores y tener su sede social en el domicilio del bar o restaurante, siendo condición indispensable para ser socio del club, ser fumador y tener el carné de socio, por supuesto cumpliendo con todos los requisitos del ordenamiento jurídico, sin ánimo de lucro, etc.
Se podrían hacer socio los clientes fumadores de dicho bar o restaurante y pasar a su sede social, donde podrían fumar, después de haber pasado por la barra del bar y llevarse un café o una cerveza.
¿Quién le ve algún inconveniente jurídico a esta proposición?.
Saludos cordiales,
jbr
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El problema que le encuentro está en la definición de "sede social": si es el local, entonces todo el local se convierte en sede social. Y no podría coexistir una empresa con dicho club.
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Estimado Drop:
Sí, buena apreciación, aunque puede ser "salvable", por ejemplo teniendo acceso directamente de la calle u otra cosa parecida, no obstante habrá que estudiar cómo se podría hacer. Gracias por tu aportación.
Saludos,
jbr
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Hola,
Eso de la sede social estaba mirando yo, Drop, pero la disposición adicional novena no dice que en su sede social no se puedan realizar otras actividades (y en el caso que menciona JBR las realizaría otra sociedad, no el club), sino:
"A los clubes privados de fumadores, legalmente constituidos como tales, no les será de aplicación lo dispuesto en esta Ley, relativo a la prohibición de fumar, publicidad, promoción y patrocinio, siempre que se realice en el interior de su sede social, mientras en las mismas haya presencia única y exclusivamente de personas socias.
A los efectos de esta Disposición, para ser considerado club privado de fumadores deberá tratarse de una entidad con personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y no incluir entre sus actividades u objeto social la comercialización o compraventa de cualesquiera bienes o productos consumibles.
En ningún caso se permitirá la entrada de menores de edad a los clubes privados de fumadores."
Luego en su sede social se podrían vender bienes o productos, siempre y cuando no sean actividades u objeto social del club de fumadores. Nada dice que la sede social sea exclusiva del club de fumadores: solamente que el objeto social o las actividades del club de fumadores no pueden ser comercializar o compraventa de bienes o productos consumibles.
Yo el problema lo veo si un bar puede exigir que todos sus miembros sean socios de algún tipo, porque al ser compartir bar y club de fumadores la misma sede social, se prohibiría la entrada al bar a toda persona que no fuera socio del club de fumadores.
Saludos.
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Hola RoberMad:
Una cosa sería, un local con dos entradas, una al club y otra al bar, otra cosa sería que todo el “bar” se transforme en club, y dentro de sus instalaciones, haya una explotación diferente al club, pasa ahora con un club de golf, por ejemplo, donde hay un bar dentro de sus instalaciones.
Gracias por la aportación, Saludos,
Jbr
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En los bares, pubs y discotecas de cierto tamaño ya se están dividendo salas o espacios (en algunos casos con cristal) en las cuales solo se entra a fumar, bailar si hay música, y beber siempre y cuando la bebida no haya sido comercializada dentro de esa sala, o comerte un bocadillo o un plato de lentejas.
El bar (o pub o discoteca) por un lado con su actividad comercial, la sala independiente en la que no se comercializa producto alguno. (pero en la que hay sillas, mesas, pantallas para ver partidos o música para bailar...etc)
Para entrar en la sala tienes que hacerte socio, simplemente das los datos de los cuales toman nota y ser socio es gratuito.
Esto ya está funcionando en Levante.
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siendo condición indispensable para ser socio del club, ser fumador y tener el carné de socio,
¿De donde te sacas que para ser socio de un club de fumadores haya que ser fumador? ¿así mismo de donde te sacas que ser socio de lo que sea implique que se deba tener un carné?
Por cierto, en determinados clubes existe la figura del "socio temporal", en los que te haces socio por 24 horas y pasadas las mismas dejas de serlo.
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siendo condición indispensable para ser socio del club, ser fumador y tener el carné de socio,
¿De donde te sacas que para ser socio de un club de fumadores haya que ser fumador? ¿así mismo de donde te sacas que ser socio de lo que sea implique que se deba tener un carné?
Las bases de mi club las pongo yo, y digo, que para ser socio de mi club tienen que ser fumadores, no vayan a decir después los no fumadores que quieren que se haga una sala para los no fumadores y lo del carné es simplemente para demostrar que se es socio del club y una forma de “fidelización” de los clientes, la cuota de ingreso es de 1 euro, y tendrá una cerveza como bienvenida al club
Por cierto, en determinados clubes existe la figura del "socio temporal", en los que te haces socio por 24 horas y pasadas las mismas dejas de serlo.
Estimado MORDEKAY:
Pues vaya invento el mío, ¡quéya estaba inventado!, jajaja. Pues no tenía noticias de ello, entonces por ahí van a ir los “tiros”, al final tendremos trabajo con la confección de estatutos sociales de clubs de fumadores, jajaja.
Saludos cordiales,
jbr
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Van cinco amigos a ver un partido en el club de fumadores, tres son fumadores y dos no, para que puedan ver el partido juntos los cinco deben hacerse socios (tanto si fuman como si no). Imponer la condición de fumador al socio sería tirar piedras contra tu propio tejado.
Si lo que quieres es público no les impongas las barreras del carné, letrero en la entrada a la sala-club de fumadores: "Club privado de fumadores. Prohibida la entrada a las personas que no sean socias."
Con tener apuntados los socios en la lista de socios ¿para que complicarte la vida haciendo carnés?
Por cierto, por aquí los accesos suelen hacerlos con huella dactilar, pones el dedo, la lee la maquinita y se abre la puerta corredera del club. (si eres socio tu huella está en el sistema de acceso, ni carné ni flautas)
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Hola MORDEKAY:
Estoy dándole forma a lo que he deducido, no lo tengo muy claro, no obstante, los dos que no fuman, no tienen que fumar, simplemente con decir que lo son es suficiente, (además lo son, pasivo, pero fumadores), si quieren ver el partido de futbol todos juntos, ya dirán que son fumadores, eso nada importa, yo he dicho que soy del Sevilla para entrar en una caseta de una peña Sevillista en un feria y soy Bético desde que nací, casi, pero la “juerga es la juerga” y tuve que cantar el himno del Sevilla y todo, será mejor que digan todos que son fumadores, así evitamos problemas futuros...
Lo del carné es lo de menos, aunque lo pensé para así hacerse de más clientela, ya que tienes el carne en uno..., no buscas más...., aunque ya te digo que se me ha ocurrido y le estoy dando vueltas al asunto, ya veremos como le damos el enfoque final.
Saludos,
jbr
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Es que para hacerse socios no tienen que decir nada, ni si son fumadores, ni si no lo son, ni si les gustan los tallarines con verduras, con ser mayores de edad punto pelota.
Más clientela tienes cuando uno llega al bar o el pub se pide su caña y se la lleva a bebérsela en su club privado de fumadores al que accede poniendo el dedito en la puerta. Entre eso y llevar encima 20 carnés de 20 locales que frecuentas...tu mismo.
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Estos días se está oyendo mucho el tema del club de fumadores, pero creo que únicamente con una finalidad: eludir la ley. Cambiar la denominación "Café-Bar" por la de "Club de fumadores", con el único requisito de ser socio (con lo cual bastaría una aceptación tácita e incluso temporal como miembro del club) y un buen habano o cigarrillo para sentarse a ver un partido de fútbol o tomarse un café, unas lentejas...; esto último lo puedes traer de tu casa....También se podría esconder la cafetera, las bebidas, y servir a los clientes sin que nadie te pille...
Me recuerda a las películas de gangster de los años 20, donde un portero-matón daba acceso a los clientes por la "puerta de atrás"....
Hablando en serio, creo que la propia ley impide la conversión de bar en club de fumadores, si tenemos en cuenta sus requisitos, como es la inexistencia del ánimo de lucro, de la prohibición de comercialización o venta de cualesquiera productos, prohibición de persona ajena al club...
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Al hilo de lo expuesto y por rizar el rizo, ¿Se podría formar un club de fumadores cuando el local en cuestión está a menos de 25 m. no uno sino de hasta tres colegios?, ¿Que se puede hacer en estos casos?, es un caso real cercano a casa y el dueño del negocio me ha pedido consejo, pero no se que decirle.
Gracias
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Hola:
Lo del carné, bueno, habría que pensarlo, con una relación de socios sería suficiente.
Siento discrepar contigo golfo119, (no me considero asesor jurídico, espero serlo a partir de julio) los asesores están para asesorar cómo cumplir la ley y dentro de ella, cómo hacer lo que el patrocinado pide.
En mi opinión es una buena solución al problema planteado por el cliente, cumple la legislación vigente, cumple la expectativa del patrocinado, le da una utilización al dinero invertido hace tres días y además no molesta a nadie, puesto que no puede entrar ninguna persona que no sea socio.
Saludos cordiales,
jbr
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Hola Pemajo:
En mi opinión, un club de fumadores puede tener su cede a menos de 25 de un colegio, ¿qué tiene que ver?, es un club privado y en un recinto cerrado, es como si soy vecino, puerta con puerta con un colegio y me dicen que en mi casa no puedo fumar...
Si lees la ley, está claro (bueno, más o menos) lo que se puede hacer y lo que no, aunque hay conceptos jurídicos indeterminados “ accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes”. Y otras cosas que no están muy claras. Por ejemplo en la Ciudad sanitaria Virgen del Rocío de Sevilla, que hay que moverse en conche dentro de ella, ¿se puede fumar en una calle al aire libre?, pues parece ser que no, aunque los coches y si pueden contaminar....
En fin....
Saludos cordiales,
jbr
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Hola:
Lo del carné, bueno, habría que pensarlo, con una relación de socios sería suficiente.
Siento discrepar contigo golfo119, (no me considero asesor jurídico, espero serlo a partir de julio) los asesores están para asesorar cómo cumplir la ley y dentro de ella, cómo hacer lo que el patrocinado pide.
En mi opinión es una buena solución al problema planteado por el cliente, cumple la legislación vigente, cumple la expectativa del patrocinado, le da una utilización al dinero invertido hace tres días y además no molesta a nadie, puesto que no puede entrar ninguna persona que no sea socio.
Saludos cordiales,
jbr
Estimado Jbr no sé donde discrepas conmigo, yo no afirmo que no sea posible constituir un club de fumadores, lo que sí afirmo es la peligrosidad con la que se mueve este asunto, lo que vulgarmente se llama "hecha la ley hecha la trampa", y créeme no soy el único que lo piensa, te copio esta noticia de prensa:
El refrán popular "hecha la ley, hecha la trampa" también tiene cabida en la nueva Ley Antitabaco.
La prohibición de fumar en todos los establecimientos hosteleros ha hecho que sus propietarios intenten buscar una alternativa legal para evitar pérdidas económicas y, sobre todo, de clientes.
La solución, al parecer, se hallaría en los llamados 'clubes de fumadores', que consistiría en una asociación sin ánimo de lucro que otorgara una licencia a una empresa para vender bebidas alcohólicas.
Esta venta se realizaría en una zona del local acondicionada como bar y que funcionaría como 'club de fumadores'. Eso sí, estaría prohibida la presencia de menores de edad.
Los fumadores que quisieran entrar a formar parte de este 'club', deberán rellenar una ficha de inscripción, en la que constara su Documento Nacional de Identidad, según se publica este martes
Y en este punto pregunto, si todos los hosteleros deciden constituir un club de fumadores en un espacio reservado, para fumar y beber, no estaríamos volviendo a la situación anterior a la promulgación de la nueva ley? Probablemente sí, y probablemente se estaría haciendo legalmente, ya que la ley prevé esa excepción, pero excepción que por falta de previsión del legislador deja de serlo, y como tal volvemos a la expresión popular "hecha la ley, hecha la trampa".
Salu2
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La ley está mal hecha, como todas las leyes de este país, que hay lagunas y se le puede dar las vueltas fácilmente.
No obstante, con tanta inseguridad jurídica y teminológica seguro que acaba pagando alguien el mochuelo al amparo de la normativa civil que indica la prohibición de los actos ejecutados en fraude de ley, que no impedirá el multazo de muy señor mío (la debida aplicación del a norma que se hubiese tratado de infringir o infringido).
De todas formas, como yo soy fumador, tenga preparada la siguiente estrategia por si se me olvida la normativa:
Llevar siempre 60 euros en el bolsillo: 30 euros para pagárselos al guardia o inspector en el acto; y los otros 30 se los doy para el siguiente cigarrillo que me voy a fumar nada más que se vaya.
Un saludo.
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Estimado golfo119:
Lo de discrepar lo decía, por lo de buscar la “trampa” a la ley, me hacen una pregunta, estudio la ley y doy mi punto de vista jurídico, sin ánimo de intentar no cumplir la ley, ni en entrar en fraude de ley, como dice palangana, ni nada por el estilo.
Es cumplir la ley y darle una solución al problema planteado.
Saludos,
jbr
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Estimado golfo119:
Lo de discrepar lo decía, por lo de buscar la “trampa” a la ley, me hacen una pregunta, estudio la ley y doy mi punto de vista jurídico, sin ánimo de intentar no cumplir la ley, ni en entrar en fraude de ley, como dice palangana, ni nada por el estilo.
Es cumplir la ley y darle una solución al problema planteado.
Saludos,
jbr
No, no, disculpas amigo Jbr, si yo no lo decía por ti...lo que yo quería dar a entender es que como algunos puntos no parecen claros, que al final se crea inseguridad jurídica, luego las autoridades para asustar igual invocan esa disposición civil para pegar el multazo.
Un saludo.
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La que se esta liando con este tema. Estamos los fumadores en el ojo del huracán :-\
Un pub donde jugamos a los dardos unos amigos y uno de ellos es el camarero, hemos oido hablar de que podía fundar como club de fumadores en su totalidad.
Vamos a ver como se desarrolla el tema, ya que claro, no todos fuman y es tan pequeñito que para poder separarlo, no merece ni poder una mampara para fundar el club.
Vaya tela con el tema... ::)
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Estimado Jbr:
http://www.lavozdegalicia.es/sociedad/2011/01/04/0003_8944505.htm
Aquí en galicia también hemos empezado, un saludo. Carín.
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Amigo Palangana:
Si estamos de acuerdo, lo peor de todo esto es que como siempre habrá quien cumpla la ley, como decimos por aquí “a raja tabla” y quien la bordee, yo te aseguro que en ciertos clubs de Golf, Padel, amigos de la caza, etc, ya tendrán preparado para poder fumar y tomarse la cervecita.
Saludos,
jbr
p.d.: Ya me he dado cuenta que el asunto va a ir por esos términos, ya mismo habrá más clubs de fumadores que restaurantes,
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¿Sería multable que un bar, en el bingo o cerca de un hospital esté con un cigarrillo SIN ENCENDER (intacto sacado de la cajetilla), digamos por si quisiese matar el gusanillo y, sobre todo, para gastar una broma y "fastidiar un poco" a los no fumadores?
Eso no es fumar, digo yo que como si quiero tener un chupachú o un palillo dientes, no ?
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Amigo Palangana:
Como si quieres tener un palo en la boca, jajaj. lo que se lleva es el cigarrillo de vapor de agua, que da el pego total, he visto como un no fumador se ha "cabreao" con uno porque estaba "fumando" y el otro con to la guasa hizo como que la quemaba..., se partía de risa y la no fumadora, claro es, no le hizo ni gota de gracia.
Lo mejor es fumar en casa, de momento no está prohibido, yo fumo en el porche de mi casa y los vecinos aún no me han denunciado, jajaja.
Saludos,
jbr
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Sí, amigo Jbr, SI FUMAR LO QUE SE DICE FUMAR, está claro que en casa y algún que otro lugar establecido en la norma. Lo que comento es un poco por hacer de rabiar, como el ejemplo que tú has puesto ;D
Pero hay muchas cosas absurdas, mal hechas e inconstitucionales !!
Porque yo me pregunto: en un parque no, y en la playa ¿sí? ???
En los colegios, no; pero resulta que en la universidad, sí; pues nada, me matriculo otra vez de otra Carrera y ya está !! ;D
Pero vamos, mañana espero de sus Majestades dos cartones, un zipo y un cenicero.
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¿Sería multable que un bar, en el bingo o cerca de un hospital esté con un cigarrillo SIN ENCENDER (intacto sacado de la cajetilla), digamos por si quisiese matar el gusanillo y, sobre todo, para gastar una broma y "fastidiar un poco" a los no fumadores?
Eso no es fumar, digo yo que como si quiero tener un chupachú o un palillo dientes, no ?
Sin encender pues eso, que no se está fumando. Pero cabría preguntarse: entrar con un cigarrillo encendido a un local sin darle calada alguna ¿es fumar?
Y además mucho ojo, lo no permitido es fumar TABACO, cualquier otra cosa que no contenga tabaco y que no sea una substancia ilegal se puede fumar libremente en cualquier lugar. (por ejemplo cigarrillos de herbolario que no contengan tabaco o hebras de plátano secas y liadas) vamos, tan legal como esnifarse una aspirina en la puerta de un cuartelillo.
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Estimado MORDEKAY:
Tengo mis dudas sobre lo que planteas, si bien de la ley se desprende que de lo que se trata es de regular el uso del tabaco, en el art. 7 y ss. se habla de fumar y según el DRAE, fumar en su primera acepción, es echar o despedir humo, por lo que en sentido estricto no se podría echar humo, sea procedente del tabaco o de cualquier otra sustancia.
Por lo que no sé si se podría fumar otra cosa que no sea tabaco...,
Saludos,
jbr
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Artículo 1. Objeto.
Esta Ley tiene por objeto:
a) Establecer, con carácter básico, las limitaciones, siempre que se trate de operaciones al por menor, en la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco,
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de esta Ley, se entiende por:
a) Productos del tabaco: los destinados a ser fumados, inhalados, chupados o masticados, que estén constituidos, aunque sólo sea en parte, por tabaco
Mas claro el agua, la ley afecta única y exclusivamente al TABACO, a ninguna otra substancia. La Ley no prohíbe fumar, prohíbe fumar tabaco exclusivamente.
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La Ley prohíbe fumar en bares y restaurantes abiertos al público.
Así que en otros países lo ha resuelto haciendo un bar o restaurante cerrado al público, que tienes que ser socio para entrar. Se hace un par de tarjetas de socio y si no lo tienes, no puedes entrar, y ahí se puede fumar porque no está prohibido, porque no es un bar o restaurante público.
No hay que dar tantos rollos con hacer Sociedades de Fumadores. ;D
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Como dijo Mordekay: Un señal grande que dice: "Prohibida la entrada a las personas que no sean socias"
Y después lo de socia es muy relativo - se puede hacerse en el minuto.
Yo trabajé en una Coctelera en Alemania que tenía monopolio hasta las 5 (cuando ningún bar tenía esta licencia - lo tenían sólo hasta las 2) y había colas para entrar en una espacie de 20 metros cuadrados. A veces tenía que estar en la Puerta y no dejar entrar a la gente, simplemente porque no había espacio y agradecía el poder enseñar al señal grande que decía: "Prohibida la entrada a las personas que no sean socias" y preguntar por su "Tarjeta de Socio" que sabía que no tenían porque no existían.
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La Ley prohíbe fumar en bares y restaurantes abiertos al público.
Así que en otros países lo ha resuelto haciendo un bar o restaurante cerrado al público, que tienes que ser socio para entrar. Se hace un par de tarjetas de socio y si no lo tienes, no puedes entrar, y ahí se puede fumar porque no está prohibido, porque no es un bar o restaurante público.
No hay que dar tantos rollos con hacer Sociedades de Fumadores. ;D
NO, la Ley prohíbe fumar en cualquier centro de trabajo -art 7 a) -, y un bar o un restaurante ya sea público o sea privado es un centro de trabajo (repasemos mejor el texto de la Ley que somos Licenciados)
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Hola:
Vale, decía que tenía mis dudas, aunque sabía que el objeto de la ley es el tabaco. Esto me lleva a que será casi imposible que las denuncias prosperen, si tienes ganas de jaleo. Estando en el debate jurídico, personalmente, soy fumador y no voy a fumar donde lo prohíban, eso lo tengo claro.
Estoy fumando en un bar, me tienen que requisar mi cigarro, analizarlo y demostrar que es tabaco y no cualquier otra sustancia, puesto que si no, no podrán saber nunca si es tabaco u hojas de eucaliptos secas.
Al final pagaran los pardillos de siempre, ya verás.
La ley es muy clara, los restaurantes, bares, pubs etc, no les vale con poner nada en la entrada.
Saludos,
jbr
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No, no, yo no tengo duda alguna, viva MORDEKAY !!, QUE HA DESCUBIERTO EL MATIZ para que yo siga fumando...efectivamente: la ley DICE TABACO, se le ha olvidado al legislador indicar EXPULSAR HUMO DE COSA QUE NO SEA TABACO, luego esta es la mía !! ;D
No cabe alegar "espíritu de la ley" puesto que se trata de normativa sancionadora, como de igual modo no cabe interpretación analógica contra el reo porque se ha de seguir de forma estricta el principio de legalidad y tipicidad en todo ámbito punitivo. Si yo fumo cigarrillos de COSA ALGUNA QUE NO SE TABACO no me pueden sancionar porque se cargan la literalidad de la ley y el art. 25 CE 78 !!
Ea, a comprar cigarrillos vainilla y fresas :)
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La Ley prohíbe fumar en bares y restaurantes abiertos al público.
Así que en otros países lo ha resuelto haciendo un bar o restaurante cerrado al público, que tienes que ser socio para entrar. Se hace un par de tarjetas de socio y si no lo tienes, no puedes entrar, y ahí se puede fumar porque no está prohibido, porque no es un bar o restaurante público.
No hay que dar tantos rollos con hacer Sociedades de Fumadores. ;D
NO, la Ley prohíbe fumar en cualquier centro de trabajo -art 7 a) -, y un bar o un restaurante ya sea público o sea privado es un centro de trabajo (repasemos mejor el texto de la Ley que somos Licenciados)
En esto que comenta MORDEKAY hay otra laguna o despiste del legislador, a saber:
El fundamento es que no se puede fumar en RTTES Y BARES por ser CENTROS DE TRABAJO, pero resulta que puedo fumar en la terraza de un bar siempre que no esté cerrada o techada, pero sigue siendo puesto de trabajo porque el camarero me tiene que servir en la terraza !!
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Estimado Palangana:
El art. 7 de la ley 28/2005, no olvidemos que la ley 42/2010, lo que hace es modificar la ley anterior, nos dice, que
Se prohíbe fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en:
a. CENTROS DE TRABAJO PÚBLICOS Y PRIVADOS, SALVO EN LOS ESPACIOS AL AIRE LIBRE.
b. Centros y dependencias de las Administraciones públicas y entidades de Derecho público.
c. Centros, servicios o establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos.
d. Centros docentes y formativos, salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes.
e. Instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos públicos, siempre que no sean al aire libre.
f. Zonas destinadas a la atención directa al público.
g. Centros comerciales, incluyendo grandes superficies y galerías, salvo en los espacios al aire libre.
h. Centros de atención social.
i. Centros de ocio o esparcimiento, salvo en los espacios al aire libre.
j. Centros culturales, salas de lectura, exposición, biblioteca, conferencias y museos.
k. Salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público en general, salvo en los espacios al aire libre.
l. Áreas o establecimientos donde se elaboren, transformen, preparen, degusten o vendan alimentos.
m. Ascensores y elevadores.
n. Cabinas telefónicas, recintos de los cajeros automáticos y otros espacios cerrados de uso público de reducido tamaño. Se entiende por espacio de uso público de reducido tamaño aquel que no ocupe una extensión superior a cinco metros cuadrados.
ñ. Estaciones de autobuses, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, vehículos o medios de transporte colectivo urbano e interurbano, vehículos de transporte de empresa, taxis, ambulancias, funiculares y teleféricos.
o. Todos los espacios del transporte suburbano (vagones, andenes, pasillos, escaleras, estaciones, etc., salvo en los espacios que se encuentren por completo al aire libre.
p. Estaciones, puertos y medios de transporte ferroviario y marítimo, salvo en los espacios al aire libre.
q. Aeropuertos, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, aeronaves con origen y destino en territorio nacional y en todos los vuelos de compañías aéreas españolas, incluidos aquellos compartidos con vuelos de compañías extranjeras.
r. Estaciones de servicio y similares.
s. Cualquier otro lugar en el que, por mandato de esta Ley o de otra norma o por decisión de su titular, se prohíba fumar.
t. Hoteles, hostales y establecimientos análogos, salvo en los espacios al aire libre. No obstante, podrán habilitarse habitaciones fijas para fumadores, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 8.
u. Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados.
v. Salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos que se realizan en espacios cerrados.
w. Recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores.
x. En todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo.
La ley no es muy larga, aunque las prohibiciones por poco le falta abecedario,
Saludos cordiales,
jbr
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Citar Palangana:
pero sigue siendo puesto de trabajo porque el camarero me tiene que servir en la terraza
No, porque no tienen que servir en las terrazas, ni en los habitaciones de fumadores en hoteles!
¿Y si los "trabajadores" del Club de Fumadores son socios trabajando de forma voluntarios??
O se pone máquinas expendedores de cerveza, etc.??
¿Qué es un "centro de trabajo privado"? Si uno trabaja en su propio salón, se le prohíbe fumar allí?
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No había visto este hilo tan interesante, je je
Creo que la cuestión de si se puede o no fumar se debe dilucidar a través de la denominación de centro de trabajo. Como en la Ley 28/2005 (actualizada) no hace una definición de la misma, podemos tomar la del ET que en su artículo 5 dispone que “se considera centro de trabajo la unidad productiva con organización específica, que sea dada de alta, como tal, ante la autoridad laboral”.
Dicho esto, se debe entenderse "centro de trabajo" cuando exista trabajador por cuenta ajena en dicho lugar (art. 7.a Ley 28/2005), que es distinto a "lugar de trabajo" que puede ser aquel donde un abogado, sin empleados, ejerce su profesión fumando. Así pues, si todos son propietarios del "lugar" como autónomos no existe tal prohibición, pues ni es centro de trabajo público o privado.
Por lo demás, el legislador ha cerrado bien las puertas, excepto para la hostelería (art. 8 ) y Centros docentes y formativos (art. 8.d), salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes.
Saludos,
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«Disposición adicional novena. Clubes privados de fumadores.
A los clubes privados de fumadores, legalmente constituidos como tales, no les será de aplicación lo dispuesto en esta Ley, relativo a la prohibición de fumar, publicidad, promoción y patrocinio, siempre que se realice en el interior de su sede social, mientras en las mismas haya presencia única y exclusivamente de personas socias.
A los efectos de esta Disposición, para ser considerado club privado de fumadores deberá tratarse de una entidad con personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y no incluir entre sus actividades u objeto social la comercialización o compraventa de cualesquiera bienes o productos consumibles.
En ningún caso se permitirá la entrada de menores de edad a los clubes privados de fumadores.»
¿Y qué se puede hace en los Clubes de Fumadores - sólo fumar? Si no se puede comercializar ningunos productos consumibles?
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Que forma más absurda de buscar tres pies al gato con tal de seguir fumando en lugares prohibidos.
¿¿Y si los "trabajadores" del Club de Fumadores son socios trabajando de forma voluntarios??
?
Pues lo que les faltaba a los camareros que además de tener turno partido, trabajar dias de fiesta, aguantar borrachos y fumetas, , hacer de limpiadores si andan escasos de personal, ahora que no cobren porque el empresario es un lince de las leyes y acaba de colgar el cartel de "club de los fumetas" y al ser "socios voluntarios" el sueldo no existe...o existe pero de forma voluntaria según el humor del empresario...
¿Que camareros aparte de "machupichu" aguantaría con algo así?
Veamos que nueva tontería se nos ocurre para saltarnos la ley, algo muy español por cierto.Pero esto merece un capítulo aparte
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a) Productos del tabaco: los destinados a ser fumados, inhalados, chupados o masticados, que estén constituidos, aunque sólo sea en parte, por tabaco
Entonces se prohíba también masticar el "Snus" sueco en los mismos sitios..??? Eso es algo ridículo porque no echa humo.
Hay camareros/as fumadores también, decarmen :)
Y parece que es prohibido (no dejado a la voluntad del camarero/a) servir a alguien fumando en una terraza, mientras que tienen que servir a los no fumadores al lado. Entonces, si pido un café no fumando, y cuando me lo sirven enciendo un cigarrillo, ¿Qué pasa? me retiran el café?
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Lo mejor sería despedir a todos los empleados por cuenta ajena que trabajen en un bar o similar, y así no tienen que tragar ningún humo ni aguantar a ningún borracho. Y cuando el Gobierno tenga sobre la mesa 150.000 personas más desempleadas, pues a lo mejor se lo piensa mejor.
Dónde ca--jo tenemos que ir a fumar, quizás en medio del atlántico en aguas internacionales. Ya está bien de tanto prohibir. Si el tabaco es tan MALO que lo prohíban TOTALMENTE de una vez su VENTA. No, eso no, el Gobierno quiere los IMPUESTOS del tabaco, muy muy cuantiosos que son utilizados para pagar muchas otras cosas en beneficio e interés general. La última subida ha sido de 25 por 100 que se está utilizando para reducir el déficit público, que otros han "distraído" de las arcas públicas.
Otra cosa muy discutible, desde el punto vista científico es el rollo del fumador pasivo.
!!El Gobierno lo está haciendo tan bien, que tardará 20 años en volver a gobernar!!
Saludos,
PD. Me voy a fumar, ahora vuelvo!!
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Os voy a echar una mano porque os veo con un vicio muy gordo...y de difícil solución.
Como saltarse la ley antitabaco.
Hay tres modalidades, Cada modalidad tiene sus pros y sus contras, cada uno que escoja la que mejor que se adapte a sus necesidades.
A lo bestia
Con cuidado
Con picardía
A lo bestia. Se trata de ponerte a fumar sin miramientos, cuando te increpen te haces el sordo, al segundo aviso e invitación de que te termines el cigarro fuera, te haces el distraído o sigues mirando ensimismado el TV del local aunque esté apagado. Cuando notes que el camarero te coge por el brazo para invitarte a salir a la calle te tiras al suelo y finges que te has roto el brazo cual futbolista en un mundial, y ahí en el suelo apuras lo que te queda del cigarro fumando a lo bestia (a dos manos), con ansia y vicio...
Luego finges que te ha dado un aire y tuerces el gesto, te levantas malamente, pides disculpas por los ataques que te dan los nervios pagas y muy dignamente te vas habiendo fumado como un poseso...
NOTA: (No conviene repetir el numerito en el mismo sitio, ¡¡ah y tro día explicaré el resto de los métodos hoy no me da tiempo con lo mío lo de la metadona ...ya sabeis!!!)
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Si el tabaco es tan MALO que lo prohíban TOTALMENTE de una vez su VENTA.
Claro - y el alcohol también para que los camareros/as no tienen que aguantar los "borrachos"!
Mientras tanto el Parlamento Europeo ¿no ha garantizado las subvenciones al sector tabacalero hasta 2013? leí algo así hace poco.
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Hola:
La ley 28/2005, no dice nada si un camarero puede o no servir en una terraza al aire libre, serán las condiciones trabajador/empresa la que designen si sirve en un lugar o no, pero no por la ley antifumadores.
Por otro lado, en su disposición adicional novena:
“ A los efectos de esta Disposición, para ser considerado club privado de fumadores deberá tratarse de una entidad con personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y no incluir entre sus actividades u objeto social la comercialización o compraventa de cualesquiera bienes o productos consumibles."
Está claro qué es un club privado de fumadores, para esta ley y lo que puede o no puede hacer y cuál no puede ser su objeto social.
El club no tiene porque tener trabajadores, ni se puede dedicar a comercializar nada, por lo tanto no puede tener un bar o restaurante o algo parecido que comercialice productos consumibles,(nada dice que no se puede subcontgratar los servicios) en todo lo expuesto en el hilo lo hemos dejado claro, cómo se puede hacer sin que el club tenga que comercializar nada.
En principio nadie está buscando tres pies al gato, simplemente analizando una ley, que es lo que deben hacer los jurista.
Saludos,
jbr
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Art. 8:
d) Que los trabajadores no puedan acceder a las mismas mientras se encuentra algún cliente en su interior, salvo casos de emergencia.»
Es que suena como una prohibición.
Y lo que tienen que hacer los socios es salir a la cafetería anexa al local del club, coger y pagar su consumición y llevársela al recinto destinado a la asociación, y luego recoger y devolver los vasos o tazas a la zona de cafetería.
Según el enlace al periódico que puso carin, parece que el Club de Fumadores tendría que ser dos locales anexos, uno abierto al público para el consumo, y el otro al lado sólo para socios con un sistema de auto-servicio.
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Hola:
El art. 8 se refiere a habitaciones de zonas para fumar, en los lugares designados en la letra t del artículo 7,
Letra t: Hoteles, hostales y establecimientos análogos, salvo en los espacios al aire libre. No obstante, podrán habilitarse habitaciones fijas para fumadores, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 8.
Saludos,
jbr
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Art. 8:
d) Que los trabajadores no puedan acceder a las mismas mientras se encuentra algún cliente en su interior, salvo casos de emergencia.»
Es que suena como una prohibición.
Perdona, se refería sólo a t) hoteles, etc.
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Los juristas tienen la obligación ante sus clientes de buscar los tres pies al gato (a la ley) en defensa de los intereses de los mismos, porque al fin y al cabo les paga para que les defienda, y eso conlleva interpretar la Ley de cualquier forma lícita y moral que cada uno se ponga como principio ético.
Saludos,
PD. El fumar no es para todos un vicio!!!
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Art. 8:
d) Que los trabajadores no puedan acceder a las mismas mientras se encuentra algún cliente en su interior, salvo casos de emergencia.»
Es que suena como una prohibición.
Es una prohibición!
Saludos,
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Mientras tanto el Parlamento Europeo ¿no ha garantizado las subvenciones al sector tabacalero hasta 2013? leí algo así hace poco.
Fuente Ayudas de la UE al sector del tabaco (http://www.agroinformacion.com/noticias/3/cultivos-industriales/21280/ayudas-de-la-ue-al-sector-del-tabaco.aspx) El eurodiputado extremeño se ha felicitado por el apoyo de la Eurocámara a las subvenciones a los productores de tabaco, sector del que dependen más de 2.500 productores en España.
PSOE-PE- Esta mañana, la Eurocámara ha aprobado la primera lectura del presupuesto para el próximo año, aunque todavía quedan pendientes los trámites en el Consejo. En este presupuesto, "los socialistas españoles hemos rechazado las enmiendas de los sectores fundamentalistas de la Cámara que pretenden eliminar la producción", ha declarado Cercas.
"Hemos querido enviar un claro mensaje a la ciudadanía defendiendo la actividad y el empleo ", ha señalado el eurodiputado socialista. Además, ha subrayado que "estas ayudas son muy importantes para Extremadura, región donde se concentra la mayor producción de España".
En este sentido, ha destacado que la industria tabaquera española es una de las principales en Europa, señalando que crea más de un millón de puestos directos en el sector agrícola y 300.000 indirectos.
¿A qué juegan los socialistas?
Saludos,
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Lo mejor sería despedir a todos los empleados por cuenta ajena que trabajen en un bar o similar, y así no tienen que tragar ningún humo ni aguantar a ningún borracho. Y cuando el Gobierno tenga sobre la mesa 150.000 personas más desempleadas, pues a lo mejor se lo piensa mejor.
Dónde ca--jo tenemos que ir a fumar, quizás en medio del atlántico en aguas internacionales. Ya está bien de tanto prohibir. Si el tabaco es tan MALO que lo prohíban TOTALMENTE de una vez su VENTA. No, eso no, el Gobierno quiere los IMPUESTOS del tabaco, muy muy cuantiosos que son utilizados para pagar muchas otras cosas en beneficio e interés general. La última subida ha sido de 25 por 100 que se está utilizando para reducir el déficit público, que otros han "distraído" de las arcas públicas.
Otra cosa muy discutible, desde el punto vista científico es el rollo del fumador pasivo.
!!El Gobierno lo está haciendo tan bien, que tardará 20 años en volver a gobernar!!
Saludos,
PD. Me voy a fumar, ahora vuelvo!!
Efectivamente compañero Ius Uned, la recta razón jurídica y sociológica no tiene más que un camino, el sentido común !!
No se puede ser policía y ladrón, como tampoco se puede ser padre y recibir beneficios por las drogas que consumen los hijos, sencillamente porque chivo y leche no puede ser y teta y sopa no caben en la boca.
Luego, desde lo sociológico, pues evidentemente ya están despidiendo a trabajadores en la hostelería, bingos etc
Y otra cosa, que no es el tema pero viene a colación, que es que a mí me jode enormemente que en mercado haya COCHES que pueden ponerse en recta en cuestión de segundos a 300 KM, siendo la velocidad máxima 120, siendo eso un peligro real y tangible de igual o muy superiores características que el tabaco.....luego otra vez, polícia y ladrón, buenos impuestos que cobran por esos coches.
Porque si es tan malo, que lo es, no es mucho más malo que el alcohol....porqué no prohiben el alcohol también. Y algunos dicen: no, pero es que el consumo de alcohol no perjudica a terceros...falso !!, eso sólo lo puede decir un ignorante, puesto que el alcohólico coge el coche, tiene famila que tiene que aguantarlo, la esposa que recibe la paliza, el vecino que escucha las groserías propias del borracho, las peleas que provoca, los gastos de sus curas etc etc, pero claro, el alcohol es mucha pasta también para el Estado.
Un saludo.
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"Los juristas tienen la obligación ante sus clientes de buscar los tres pies al gato (a la ley) en defensa de los intereses de los mismos, porque al fin y al cabo les paga para que les defienda, y eso conlleva interpretar la Ley de cualquier forma lícita y moral que cada uno se ponga como principio ético.
Saludos,
"
Aún así la diferencia entre un bar y un club de fumadores es tan grande que no se puede solucionar arañando los artículos de las normas ni haciendo una interpretación de la ley "a mi manera y el que sufro soy yo el fumador o víctima", porque no cuela, de ahí que diga lo de buscar tres pies al gato cuando se intenta cambiar lo que dice la norma para que el bar de "mou" sea, con un simple cartelito y unos apañitos un "club de fumadores".
Por cierto , ahora que hacen falta(por lo que veo) ¿Dónde estan los clubs de fumadores cuando se les necesita? ¿Conoceis alguno?(aparte de internet claro...)
Y si prohiben el alcohol , que no sé porqué estais amenazando con prohibiciones que fueron un fracaso en su momento como la ley seca de EEUU, Y si prohiben la tontería¡¡¡¡
¡¡Ostras que no podremos salir a la callle la mayoría¡¡¡
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¡¡Ostras que no podremos salir a la callle la mayoría¡¡¡
¿Quién te lo impide?
Tienes el art 1.1 de la CE 78 que te garantiza la libertad COMO VALOR SUPERIOR DEL OJ, tienes el art. 17 CE que te reconoce la libertad como derecho fundamental, el art. 19 CE 78 te reconoce la libertad de residencia y de movimientos (así como la libertad de fijar tu residencia en el Polo Norte libre de humos o cualquier lugar del extranjero), el art. 24.1 te otorga la tutela judicial, si te priva alguien de tu libertad puedes también querellarte en cuento te escapes por detención ilegal o bien secuestro (CP 95).....pues anda que no tienes normas para acudir a los tribunales, el Derecho te ampara. Lo mismo que tenemos que convivir con personas que beben, crean problemas sociales etc
Vive y deja vivir, eso es lo quiere decir el art 1.1 CE 78, no otra cosa, puesto que nadie obliga a nadie a ir a bares donde se fuma, lo mismo que ya estaban separados los ámbitos del fumador y los del no fumador, en restaurante, bingos etc; y tipificadas las zonas y lugares donde, efectivamente, no era conveniente fumar: aviones, transportes, colegios, gasolineras, petroleras, sitios cerrados sin aclimatación ni aire, hospitales etc etc.....pero en un bar, tasquita, zona de copas, cervecerías etc, vamos hombre, que desfachatez, ni como ni dejo comer, como el perro del hortelano !!
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Citar Palangana:
nadie obliga a nadie a ir a bares donde se fuma - ya estaban separados los ámbitos del fumador y los del no fumador, en restaurante, bingos etc; y tipificadas las zonas y lugares donde, efectivamente, no era conveniente fumar: aviones, transportes, colegios, gasolineras, petroleras, sitios cerrados sin aclimatación ni aire, hospitales etc
Exactamente. Y nadie se quejaba tanto del primer Ley.
Sólo era algo agobiante en algunos aeropuertos que no tenían terrazas o esas cajas de cristal, cuando habían retrasos o pérdidas de maletas. Hasta en hospitales solían haber una pequeña habitación para fumar. Me parece algo "cruel" si tienes que ir a un hospital y estar unos días encerrado sin poder fumar de vez en cuando en algún sitio....
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En este punto me gustaría reflexionar (no sin polémica) sobre los datos de mortalidad en España referidos al consumo de tabaco:
En nuestro país mueren cada año (2009) cerca de 50.000 personas por enfermedades derivadas del consumo de tabaco, una cifra mayor que el conjunto de fallecidos por accidentes de tráfico y consumo de drogas ilegales.Y es aquí dónde me gustaría reflexionar, ya que como todos sabemos existen una multiplicidad de normas sancionadoras para reducir el número de accidentes de tráfico ( sanciones por no llevar el cinturón de seguridad, exceso de velocidad, alcoholemia...) la sociedad está concienciada en su mayoría; también existen medidas sobre el control y la represión del tráfico de drogas, otra lacra social, donde existen normas sancionadoras y penales con el objeto de reducir su consumo y venta...Sin embargo sumando el número de muertes que causan ambas (accidentes circulación y drogas) nunca alcanzaríamos las que causa el tabaco...Y en este punto reflexiono y me pregunto (que me perdonen los fumadores) : ¿Si causa más muertes que cualquier otro tipo de droga, o incluso que el SIDA, por qué no se prohíbe el tabaco ? ¿El Estado puede o debe prohibir unas drogas y otras no? Algunos expertos califican al tabaco como "droga socialmente aceptada", yo diría más, social, política, moral... sin embargo ahí sigue...consumiendo vidas.
P.D: Espero que mi reflexión anti-tabaco no provoque el enfado y la ira de los fumadores contra mi persona ;D ;D
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No se prohibe la venta total (hacerlo ilegal) porque el tabaco son muchos puestos de trabajo, muchos ingresos a través de impuestos, activa el consumo de otro producto que también da mucha pasta, que es el alcohol....blanco y en botella tiene que ser leche por narices, yo creo.
Lo dicho, Estado Papi que quiere ser policía y ladrón...
No me he enfadado, pero que sea la última vez compañero golfo119 ;D
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Estimado golfo119:
Tu reflexión puede estar bien, y podríamos debatirla, aunque el hilo es jurídico, no político. Ya se ha dicho que se tendrían que prohibir los calcetines, porque el 95% de los muertos en accidentes de tráfico llevaban calcetines y según ese estudio, llevar calcetines mata. Pero eso sería para el hilo que hay en Política sobre ello y no en el foro jurídico. Y no es mi intensión enfadarme, aunque sea fumador, jajajaja.
Saludos cordiales,
jbr
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Ciertamente la reflexión se excede del ámbito jurídico, pero quién podría negar la indisoluble unión de lo jurídico con lo político ? ;D. Me quedo con la frase de Palangana muy buena por cierto: "Estado Papi que quiere ser policía y ladrón"... ;D
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bueno bueno,
que si el alcohol, ahora el tabaco,.... que será lo siguiente ???
Nos prohibirán los dulces??? porque claro es (adictivo) produce sobrepeso, es perjudicial para la salud...... y un laaaaargo etc... conclusion nos estan limitando y desviando el problema real que tiene el gobierno.... que se dejen de tonterias y que resuelvan primero la crisis >:(
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hola tengo un local que era una fruteria antes y me gustaria saber que es lo que necesito para hacer un club de fumadores y para hacerlo tengo que ser autonomo? gracias
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hola tengo un local que era una fruteria antes y me gustaria saber que es lo que necesito para hacer un club de fumadores y para hacerlo tengo que ser autonomo? gracias
Mírate un poco la ley, puesto que los clubs donde se podrá fumar por ser de fumadores no deben tener ánimo de lucro, luego para qué te vas a hacer autónomo ?
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CITA DE MORDEKAY:Y además mucho ojo, lo no permitido es fumar TABACO, cualquier otra cosa que no contenga tabaco y que no sea una substancia ilegal se puede fumar libremente en cualquier lugar. (por ejemplo cigarrillos de herbolario que no contengan tabaco o hebras de plátano secas y liadas) vamos, tan legal como esnifarse una aspirina en la puerta de un cuartelillo.
Creo que es una cuestión básica a la hora de denunciar o ser denunciado, entiendo que el cigarro debe de ser decomisado y enviarse a los servicios sanitarios para su analisis, y sería importante solicitar una copia del informe de las sustancias que componen el tabaco, ya que muy posiblemente las autoridades sanitarias, esten dando el visto bueno, para el consumo de sustancias muy graves y nocivas para la salud pública.
Así que no me vengan con la excusa de que dicha Ley se hace para la protección de la salud de los no consumidores, porque el simple hecho de legalizar la venta del tabaco con el consiguiente beneplacito de la autoridad sanitaria, se constituye en un atentado contra la salud de los fumadores. Y si verdaderamente lo que se pretende es proteger la salud, que se prohiba en su totalidad, tanto la comercialización, como el consumo público y privado y de este modo tendremos los fumadores, una razón fundamental para dejar la droga, al no facilitarnosla el Estado.
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Aquí, en España, nuestros políticos quieren que lleguemos sanos como una pera a la edad de jubilación, es decir, que para tener una renta del 100 por 100 trabajemos 35 años (como mínimo ¿qué joven llegará a esos años de cotización?) y que nos jubilemos a los 67 años (como mínimo), y eso no es posible con la DOGRA del tabaco (muy jugosa económicamente desde el punto de vista recaudatorio para la hacienda pública), así que nos prohiben fumar, pero sí puedes comprarlo y fumarlo a escondidas, como si se tratara el humo que expulsamos gas mostaza.
Próximamente prohibirán el café, puesto que lleva cafeína y eso nos pone nerviosos y no sabemos lo que decimos, por ejemplo, que un empresario es un ladrón y, claro, después llegan los tribunales y fallan de que tal palabra no es motivo suficiente de despido.
Creo que el mejor prototipo de sujeto pasivo para la HP sería el Sr. Matusalén que a sus 965 años se jubiló y murió cuando alcanzó los 969 años. !Que alegría para el neoliberalismo empresarial radical!
Saludos,
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No lo van a prohibir porque es absurdo, mirad la que estais montando simplemente porque no permiten fumar en los bares y restaurantes de siempre, si lo prohiben sois capaces de...de... montar una revolución. Ya sabeis el éxito que tuvo la ley seca en EEUU por los años 30 (más o menos) que había más consumo, más corrupción ya que eran las mafias la que controlaban el comercio ilegal de bebidas y sus locales además de asesinatos, venganzas por controlar las zonas, además del peligro que suponía para la salud pública las sustancias y alcoholes no controlados por sanidad etc...
Además está el tema de los impuestos que como ya han señalado en el foro es un sustancioso negocio para los gobiernos(sí ...ya se que hay gastos sanitarios derivados del tabaco)
Una solución, la teneis en la propia ley. Cread club de fumadores, no importa que no os forreis, lo importante es fumar.
O fumar en la puerta del bar o restaurante de turno ...
http://www.google.es/imgres?imgurl=http://www.lamardeverde.com/images/fumador.jpg&imgrefurl=http://lamardeverde.com/blog/2010/&h=446&w=590&sz=112&tbnid=Xs12BPnmoNNw_M:&tbnh=102&tbnw=135&prev=/images%3Fq%3Dim%25C3%25A1genes%2Bfumadores&zoom=1&q=im%C3%A1genes+fumadores&hl=es&usg=__gwAXdYtdr767U6bpYKgre46UOF4=&sa=X&ei=wJYnTe-1CcGy8gPYmLWhAg&ved=0CCUQ9QEwAQ
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No es absurdo el prohibir el consumo de tabaco.Si entendemos que la finalidad de esta ley es proteger la salud de los no fumadores, yo como fumador exijo que se protega mi salud también, porque tengo el mismo derecho.Lo que no es ético es que se me prohiba fumar en determinados lugares para preservar la salud de unos y sin embargo se me venda la droga legalmente.¿Que ocurre que mi salud vale menos que la de un fumador pasivo?.El problema es que durante muchos años se nos ha vendido el tabaco como una moda social, ya nadie recuerda anuncios,personas fumando en cines,trenes,autobuses,aviones,colegios...............etc, hasta convertirnos en drogadictos.
Si se quiere luchar contra el tabaco, hay que cortar el problema de raiz,muerto el perro muerta la rabia,ya verás que cuando no haya que fumar la gente no fumara y se apuntará a los programas de desintoxicación de drogas.Si el tabaco es una droga y nociva, habrá que tratarla como tal, y prohibir su venta y consumo general, y no valen leyes a media tinta.
La solución no está en salir a la calle a fumar, ni crear un club de fumadores,ni nada padecido.
Lo que no me parece serio es que una actividad que está legalizada en la vía pública se prohiba en un ambito privado bajo la escusa de la protección a la salud.
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Si entendemos que la finalidad de esta ley es proteger la salud de los no fumadores
¿Y entonces porqué esta Ley prohibe masticar tabaco?
¿A qué no fumador le molesta que un Sueco mastica el snus?
CITA DE MORDEKAY:Y además mucho ojo, lo no permitido es fumar TABACO, cualquier otra cosa que no contenga tabaco y que no sea una substancia ilegal se puede fumar libremente en cualquier lugar. (por ejemplo cigarrillos de herbolario que no contengan tabaco o hebras de plátano secas y liadas)
¿Entonces podemos fumar estos cigarrillos de herbolario en cualquier bar o restaurante? Y mucho ojo porque apestan de verdad y sale humo......... si todos los fumadores empiezan a fumar estas hierbas en sitios públicos, los no fumadores fanáticos (no todos) no tardarán mucho hasta pidan a gritos que nos vuelvan a dejar fumar tabaco normal ;D
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Ahora que caigo, PROTESTO !!
Si lo que queremos es ir de muy europeos y de muy modernos lo que tenemos que hacer es legalizar las drogas, además urgentemente !!, justo al revés de lo que estamos haciendo 8)
Es más, me consta por testigos de referencia que en Holanda por ejemplo existen las cafeterías del porro y la mariguana, de todas las fomas y sabores posibles. Resulta que se puede ir a esos lugares no sólo a tomar café y fumar, sino también a comprar drogas varias !! (que conste que no lo he visto ni he investigado exactamente cómo lo tienen legislado, pero me lo han contado).
Un saludo.
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http://www.youtube.com/watch?v=_2CtC1qOxH0
Desde Julio 2008 tampoco se puede fumar tabaco en los Coffee Shops de Holanda, sino hay que fumar los porros sin tabaco!
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Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Art.2. A efectos de esta Ley, en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.»-
Entiendo que dentro de un local si existe un espacio cubierto rodeado por un máximo de dos paramentos, se puede fumar, al igual que si dispone de una zona sin techo al aire libre. Pues nada instalamos dos mamparas abiertas lateralmente y a fumar.
No puede ser tan fácil verdad, algo falla en mis conocimientos de arquitectura
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Perfecto Zambri. Me imagino a los que quieran fumar en un espacio así, cargados con mamparas como quien va a la playa a colocar la sombrilla. Digo de colocar dos "paramentos" paraelementos a título individual y portátil. Cargas con los parapetos como si fueras una tortuga ninja, te lo llevas al lugar elegido los colocas, te fumas tu cigarrito, desmontas el chirirngito y te vas...
A no ser que prefieras algo fijo. De obra. Ya tenemos que hablar de colocar unos elementos estructurales en la calle??? Habría que comprar el terreno primero, pero eso no es problema porque contamos con tu solidaridad con todos los fumetas, seguro que no te importará construirlo de tú bolsillo con todos los papeles(locales y autonómicos) en regla...y compartirlo ...
Antes muerto que dejar de fumar dentro del local...
Veamos que nuevas aventuras nos depara la increíble imaginación de los que no quieren ver la realidad...
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Veamos que nuevas aventuras nos depara la increíble imaginación de los que no quieren ver la realidad...
Estimada Decarmen:
Parece que no quieres ver que el dejar de fumar no fácil ni divertido, y que todas las personas no son iguales. El fumador tiene que aguantar el síndrome de abstinencia de la nicotina que es hasta cinco veces superior a la de la cocaína o la heroína.
Por otro lado, el bar desde siempre (desde que llego el tabaco a Europa) ha sido lugar de los FUMADORES, la excepción era los no fumadores. Las costumbres sociales no se pueden cambiar de la noche a la mañana.
Hay ya establecimientos hoteleros, en concreto dos bares que han despedido a dos trabajadores, y un estanco a uno (éste por dos motivos, uno la citada Ley y otro el contrabando que se facilita en cualquier semáforo; y esto último sorprende con esta ley que no es denunciado por los no fumadores; puesto que se vende ilegalmente y es perjudicial para salud... vivir para ver).
¿Has sido fumadora?
Saludos,
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Cita de Decarmen:A no ser que prefieras algo fijo. De obra. Ya tenemos que hablar de colocar unos elementos estructurales en la calle??? Habría que comprar el terreno primero, pero eso no es problema porque contamos con tu solidaridad con todos los fumetas, seguro que no te importará construirlo de tú bolsillo con todos los papeles(locales y autonómicos) en regla...y compartirlo ...
Quién ha dicho que los elementos estructurales haya que instalarlos en la calle, la Ley no dice nada de salida exterior del espacio donde fumar, bastaría con adaptar un buen sistema de vetilación, me referia a un sistema como el que hasta el día 2, existian en los aeropuertos, y por supuesto en el interior del Local ya que la Ley habla de espacio, no de inmueble.Ten en cuenta que en la terraza de local se puede fumar, así que no es necesario adaptar el sistema a la vía pública.
Nota para las casetas de ferias:recomendación instalar jaimas.
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Por otra parte la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, no veo que establezca una derogación expresa del art.8 de la Ley 42/2010,y entonces ¿que ocurre con los locales que habían realizado la adaptación del local que establecia la anterior normativa?.¿Podría entenderse que se pueden beneficiar de esa falta de derogación expresa de la norma, en ese supuesto?.
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Pues ya está la solución:
" adaptar un buen sistema de ventilación, me referia a un sistema como el que hasta el día 2, existian en los aeropuertos, y por supuesto en el interior del Local ya que la Ley habla de espacio, no de inmueble"
Ahora ir convenciendo a estos torpes empresarios que no han tenido la brillante idea de adaptar un buen sistema de ventilación, me referia a un sistema como el que hasta el día 2, existian en los aeropuertos, y por supuesto en el interior del Local ya que la Ley habla de espacio, no de inmueble...
Y si la cosa no sirve seguro que zambri les proporcionará un nuevo "invento"...¿Y quien les devuelve el dinero del coste ppor adaptar un buen sistema de vetilación, me referia a un sistema como el que hasta el día 2, existian en los aeropuertos, y por supuesto en el interior del Local ya que la Ley habla de espacio, no de inmueble?
Se va a poner contentos , sobre todo los que en su día colocaron una mampara de separación entre fumadores y no fumadores con el consiguiente coste para su bolsillo y ahora no les irva para nada...
Tenian que haber sido listos como zambri y haber adaptado un buen sistema de ventilación, me referia a un sistema como el que hasta el día 2, existian en los aeropuertos, y por supuesto en el interior del Local ya que la Ley habla de espacio, no de inmueble
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CITA DE CARMEN:Se va a poner contentos , sobre todo los que en su día colocaron una mampara de separación entre fumadores y no fumadores con el consiguiente coste para su bolsillo y ahora no les irva para nada.
¿Donde se ha derogado?.
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Hola , despues de leeros a todos me surguen un par de preguntas o casos:
1 .- el que mas o el que menos , habra ido a un club de golf o de tiro, o de lo que sea, bien. todos estos clubes tienen bar o restaurante, que explota una persona o empresa y no son ongs. bien, que pasaria si ahora en una reunion de los socios o de la directiva , deciden por unanimidad, que en los espacios de bar o restaurante, se puede fumar. Estamos en un caso claro de club privado con acceso restringido a socios, y en el que ellos deciden que se puede fumar y en su recinto no se puede acceder sin ser socio.
2.- caso practico : una persona tiene un bar o restaurante, y decide continuar con su actividad, pero desde este momento crea un club de amigos del tabaco, o de la paella o cualquier otra cosa. desde ese momento a su local solo pueden acceder socios , que se hacen a cambio de una cuota de 5 euros ( que le es reintegrada como promocion especial en bebida). Dentro de los estatutos, los socios que deseen entrar en dicho local, aceptan de manera irrevocable que el socio fundador (dueño del bar) , les venda bebida y comida y se provea del personal necesario para que esten satisfechos con el servicio que les brindan, y en el mismo acto aceptan que se fume en su local. ¿ donde esta el problema ?
y 3.- eel mismo caso que el 2 pero el local dispone de una sala en su interior y solo pasa a ser club de la paella, esa sala
Es viable o no ?
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Hola joselg:
En los casos que expones no cumpliría con la legislación vigente. Si lees las condiciones del club de fumadores verás que no las cumpliría.
La cuestión está en tener la sede del club de fumadores con acceso "directo" a un bar, pero dentro del bar no se puede fumar, si está cubierto.
Les va a ocurrir lo mismo en las casetas de feria, si está cubierto y hay trabajadores y se sirven comida no se podrá fumar. Tengo que estudiar mejor la ley, no sé si puedo fumar en mi casa si tengo un trabajador contratado, si no fuese así, en las casetas privadas de las ferias se podría fumar, pues no estaríamos ante un local con acceso público, pero hay que estudiar más a fondo la ley para dar una opinión basada en derecho y a estas alturas no tengo tiempo para ello, más que para estudiar las asignaturas del cuatrimestre, jajaja.
Saludos cordiales,
jbr
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Art.19.2a-"Fumar en los lugares en que exista prohibición o fuera de las zonas habilitadas al efecto".
¿Como?.
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Bueno, la Ley sólo se refiere como excepción a los "Clubs de Fumadores" donde no se puede vender nada de productos de consumo.
Pero no veo referencia a si los "Clubs de Otros Cosas" sí pueden vender bebidas o comidas mientras que se dejan fumar en sus espacios cerrados .....claramente sólo con sus propios socios...sin la presencia de menores ni no fumadores, ni de trabajadores por cuenta ajeno, claro está!
¿Fundamos Clubs de Ajedrez? donde se puede fumar, beber y comer como socios, pero no como objetivo principal, sino secundario.
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Hola:
El art. que cita zambri es referente a las infracciones, no sé exactamente lo que pregunta.
Entiendo que un club , de amigo de los galgos, si entre sus bases están, que se puede fumar en su sede social, que no entran menores y todas las condiciones del club de fumadores, no hay problema.
Saludos,
jbr
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Yo creo que el dueño de un local puede habilitar un espacio anexo como club de fumadores.
Si lo separa adecuadamente del bar o restaurante.
Después los fumadores habrán de llevarse la consumición, que pidan en la barra, hasta su mesa, pues no pueden servirles los camareros.
Al salir, que devuelvan el vaso, o taza.
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Lo que digo yo es que no puedo fumar en un bar y sin embargo una extranjera estaba con un can dentro del bar y el bicho se me ha acercado...si me mancha el pantalón de clase, que iba yo hecho un pincel, el mosqueo hubiese sido gordo !!
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CITA DE CELTICA:Bueno, la Ley sólo se refiere como excepción a los "Clubs de Fumadores" donde no se puede vender nada de productos de consumo.
Aquí se entiende que no esta prohibido fumar,por lo tanto no me vale la excepción a la norma.
Lo que quiero decir, es que creo que la Ley no ha hecho una derogación expresa de los lugares habilitados en el art.8 de la anterior normativa y el art.19.2 de la nueva Ley, hace compatible dicho artículo con la nueva redacción de la Ley.
Por lo que considero que aquellos locales que en su día establecieron las medidas para habilitar una zona de fumadores, pueden verse amparados en dicho artículo en caso de ser sancionados, al no resultar incompatible ambas legislaciones.(art.2 Código Civil).
No se tal vez me equivoque, pero yo lo veo así, no es de extrañar que hayan cometido un error en la derogación como ya paso en la anterior normativa.
Que conste que a pesar de ser fumador, no me parece mala la normativa ya que no suelo fumar en lugares cerrados por respeto al que no fuma, pero que no me parece lógico que el que haya realizado una inversión en adaptar el local, se la tenga que comer con patatas sin tener derecho a nada.
Creo que más alla de mi opinión personal, planteo una cuestión jurídica de la que me gustaría aprender con vuestras opiniones.
Un saludo.
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Hola Zambri:
El art. 8, Habilitación zona para fumar, sólo habilita a los lugares designados en la letra t, por lo tanto en los demás lugares queda prohibido, es lo que interpreto yo. Según entiendo la única forma de fumar en un lugar público (cerrado) es en un club de fumadores. Sigo dándole vueltas al asunto de las casetas de feria, no lo tengo claro.
Saludos cordiales,
jbr
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Un saludo jbr:
Es la duda que me planteo. Señalas, que el art.8 tan solo habilita a fumar en los lugares reseñados en la letra t de la anterior normativa, es decir se remite a la normativa anterior y sin embargo no deroga expresamente el resto de apartado del citado artículo 8, lo que desde mi punto de vista deja abierto el campo de la interpretación.Por lo tanto, teniendo en cuenta que considero contrario al principio de igualdad, que se habilite a fumar en un determinado espacio de un hotel y por el contrario se prohiba por ejemplo en un restaurante que haya hecho las adaptaciones exigidas por la ley, no encuentro ninguna razón objetiva que lo justifique, y más, cuando el art.Art.19.2a, establece como infracción :"Fumar en los lugares en que exista prohibición o fuera de las zonas habilitadas al efecto", dando mayor sentido a lo planteado al mencionar el término zonas habilitadas al efecto.
Desde mi punto de vista es una cuestión interpretable y no encuentro ningun motivo por el que un local que haya cumplido con lo exigido por la ley, se le oblige a no destinar la inversión realizada a la actividad señala en la ley, que no ha derogado expresamente.
Un saludo.
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Hola zambri:
Lo siento, ya no tengo tiempo para revisar lo que dices, cuando terminen los exámenes puedo volver a retomar el asunto. De momento parece que la cosa va por habilitar club de fumadores.
Saludos cordiales,
jbr
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hola soy dueño de un bar dentro dl bar tengo un salon podria entoces hacer un club de fumadores
este salon esta separado por una puerta y lo tengo al fondo del bar
un saludo gracias
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No se si alguien lo ha enfocado ya, pero lo del club de fumadores en el interior de un bar-cafeteria, yo creo que, aunque se podría defender como un fraude de Ley sin problemas, en cuanto se acreditara que los socios del club son básicamente los usuarios del bar y/o los 3 fundadores tuvieran relacion directa con el dueño, sobre el papel tambien habría que tener en cuenta la legislación fiscal en lo que atañe a actividades diferenciadas, que si la memoria no me falla, indica que cuando se realicen dos actividades dentro de un mismo espacio físico deben estar separadas físicamente de forma perfectamente constatable, en este caso una actividad de cafe-bar junto con una asociación sin ánimo de lucro, es un aspecto que no se debe olvidar, porque si como decir hecha la Ley hecha la trampa, hecha la trampa pues se busca otra trampa, si mañana se realizan controles por la AEAT a los bares, aquellos que no cumplan la normativa fiscal en cuanto a diferenciación de titulares y espacios físicos, los promotores del club y el dueño del bar podrian tener problemas fiscales.
Pero bueno solo es por rizar el rizo, pero no creo que el gobierno vea esta gatera, y no la cierre, creo que lo único que va a pasar es que se van a disparar el registro de clubes, y cuando modifiquen la Ley para evitarlo, quedarán abandonados.
Un saludo
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Hola. Tengo una duda sobre los clubs de fumadores.Mis padres tienen un bar, este bar tiene dos locales, en uno se encuentran la barra, unas mesas y la tele, en el otro local se encuentran unas mesas, una tele, un futbolin, un billar y una diana (local de juegos). Los dos locales se encuentran separados, solo unidos por una puerta, cada local tiene una salida independiente a la calle (salida de emergencia). La entrada principal se encuentra en el local de la barra. Quieren hacer un club de fumadores en el local de juegos, pero su asesor fiscal le ha dicho que no le estaria permitido servir en el club y que este club no deberia estar comunicado con la otra parte del bar. Necesito ayuda para saber si pueden hacer el club en el local de juegos (solo para socios) y en el otro local podrian seguir entrando los demas clientes
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Claro es lo que decia, a parte de la Ley antitabaco, hay que tener en cuenta la normativa fiscal, y tambien que antes se me olvido la normativa municipal en materia de apertura. Tambien hay un epígrafe de IAE, que dice algo asi como "bares en el interior de clubes, etc", es decir en lugar de un club dentro de un bar, un bar dentro de un club. Pero en todo caso en el bar hay que respetar la normativa fiscal de separación de actividades y del Ayuntamiento respecto de la apertura municipal. Si como dije en el aterior post, esta separado físicamente, (cerrar esa puerta, o por lo menos que si va alguien esté cerrada), y que se constituya el club y se pida la apertura en la mitad del local, no veo problema, y modificar el 037 en Hacienda reduciendo los metros del bar.
Pero vamos, me da que el gobierno dentro de poco modificará la Ley en materia de Clubes de fumadores para evitar este "fraude de Ley", y los asesores tendrán un monton de clubes para disolver, o abandonados, me da a mi....
Un saludo.
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Esto me recuerda a una película de los hermanos Marx en donde unas cuatro paredes con una rústica cocina y un cama se transforma en un despacho de detective cuando aparece un cliente, ocultando la cama en la pared y la cocina en la zona de trabajo ...
Antes de dejar de fumar hay que hacer lo imposible , por muy surrealista que parezca...
¡¡que cosas!!
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Tengo una duda: La ley no define lo que es cigarro, opor lo tanto yo me puedo fumar un porro sin que tenga el contenido de un cigarro.... a eso le llamria yo lagunas legales
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;D Muy bueno colega¡¡¡ que rule ¡¡¡¡ que rule...
Y si se sanciona, lo va a tener que pagar el dueño del bar.
Así que si el dueño del bar me dice que fume fuera le digo ¡¡que pashhhaaaa tronko¡¡ tírate el rollo tío¡¡¡¡
;D
pásame el canuto...
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Cita Gestor:
en lugar de un club dentro de un bar, un bar dentro de un club
Interesante - muchas veces hay que ver el problema al revés. :D
me da que el gobierno dentro de poco modificará la Ley en materia de Clubes de fumadores para evitar este "fraude de Ley", y los asesores tendrán un monton de clubes para disolver, o abandonados, me da a mi....
Algo de eso me da a mí también, pero al revés:
Me da que habrá que cambiar la ley para dejar a los "propietarios" de bares y restaurantes decidir por sí mismo (se supone que son mayores de edad) si quieren tener un bar o restaurante de "Fumadores" o "No-Fumadores" anunciandolo con un cartel enorme lo que hay dentro.
Y si un "No-Fumador" aparece en un bar/restaurante de "Fumadores" - que es problema suyo y que no se queje del humo y que no venga trayendo carritos de bebés dormiendos. Que se vaya a los muchos bares/restaurantes vacios donde se pueden tomarse su consumación sin humo, aunque sin carritos de bebés (porque será ilegal tener a niños en bares...) como en otros países.
Pero que también dejan vivir y socializarse los Fumadores.
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Yo soy no fumador, tengo dos hijos y estoy encantado con esta Ley, pero entiendo tu postura, yo con ir a un restaurante y que me preguntaran "fumador o no fumador" ya hacia palmas con las orejas, jjjj, esto, pues me parece excesivo asi de golpe, quiza dentro de 10 años, con mas formación-información la cosa caiga de madura, pero ahora, creo que es una cortina de humo...
Ademas esta lo de la inversión de los hosteleros, eso ha sido una putada, al final como siempre, el que incumple termina ganando, y encima queda como el mas listo, es asi...
Pero vamos, lo de no fumar en oficinas, hospitales, autobuses, aviones, etc, no creo que nadie dude de su pertinencia, al reves, ahora nadie entendería que se volviera a permitir, verdad?
Un saludo, que pocas ganas tengo de estudiar, creo que este año va a ser light para mi en la UNED.
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Tengo una duda: La ley no define lo que es cigarro, opor lo tanto yo me puedo fumar un porro sin que tenga el contenido de un cigarro.... a eso le llamria yo lagunas legales
Je,je, je muy bueno Manuel, yo me fumaré un porro de María en pipa, cuando me denuncien y venga la poli, les diré que nada dice la ley al respecto y que el tabaco es una cosa pero la hierba es otra bien distinta, además les diré que fumando espero al hombre que yo quiero........ SALUDOS
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Buenas a todo, tengo una pregunta, aunque sea un club sin animo de lucro, tu le puedes cobrar lo que quieras a los socios anual o mensualmente no?? tu como propietario del club le puedes cobrar lo que quieras por entrar no??
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Buenas a todos, tengo una pregunta, aunque sea un club sin animo de lucro, tu le puedes cobrar lo que quieras a los socios anual o mensualmente no?? tu como propietario del club le puedes cobrar lo que quieras por entrar no??
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Yo creo ( que me corrijan los compañeros ) que un club es una cosa, y una asociación ( de fumadores ) es sin ánimo de lucro osea no puedes cobrar, creo que confundes club con asociación, en el primero sí puedes cobrar lo que quieras. Saludos