Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: josefita en 10 de Enero de 2011, 00:54:26 am
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¿Alguien sabe si entra la reforma de contratos? ¿por que apuntes estáis estudiando?
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En el foro ponía que había que estudiar con la última edición, y que convenía mirar lo principal de la reforma de la Ley de Ctos, pero algún compañero ha dicho que el libro no está actualizado a la reforma. Conclusión: yo de tí lo preguntaría en el foro (a ver si tienes suerte y te contestan) o en tutorías y si te enteras de algo lo comunicas a los compañeros, please.
Saludos.
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Yo estoy estudiando por la última legislación:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l7-2007.html
Total, el espacio tasado para las respuestas no da para contestar más de lo que dicen los respectivos artículos.
Nunca puedes fallar si contestas en base a la ley vigente. ;)
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Perdón, cuando dije que yo de tí lo preguntaría en el foro, me refería al de los cursos virtuales, a ver si algún profe te contesta.
Saludos.
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Obviamente la compañera Lili tiene razón. Pero el tema se las trae ¿para qué nos han hecho comprar un libro que no está actualizado? supongo que tras haberlo pagado tenemos derecho a contestar también lo que dice el manual, pero es un mal precedente para un abogado estudiarse leyes desfasadas ¿no?.
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Hola Sarita, para mi gusto el manual se pierde en comparaciones entre la ley vigente y las anteriores, además de comentarios sobre lo que debería ser y no es. De modo que no importa mucho que no incluya en sus comentarios las últimas modificaciones. De todas formas hay que leer los artículos de la ley vigente para enterarse bien.
Si te fijas en los exámenes no hay espacio para responder en base a todo el epígrafe del manual.
Ejemplo pregunta: Clases de personal
Ley 7/2007
Artículo 8. Concepto y clases de empleados públicos.
1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.
2. Los empleados públicos se clasifican en:
Funcionarios de carrera.
Funcionarios interinos.
Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
Personal eventual.
.................................y artículos siguientes
En mi opinión hay que leer el manual para conocer la materia pero concretar y precisar por la ley.
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Tienes razón Lili, pero es que en el caso de los ctos un compañero dijo que la nueva Ley no distingue entre adjudicación provisional y definitiva, en cambio si vas al libro te las explican y no está actualizado, lo miré y es cierto. No he mirado más porque estoy atascada con financiero que es mi pesadilla. Está claro que la parte de empleo pº con el EBEP sobra y basta, a no ser que te pidan alguna pregunta de esas más "históricas", o de crítica doctrinal.
Saludos.
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Hasta ahora no han preguntado por "la historia" ni creo que esperan que nosotros critiquemos o repitamos las críticas de Parada. Como dije antes no hay espacio para ello.
El caso que comentas, en mi opinón, se puede resolver de las dos formas dando la respuesta en base al epígrafe del último manual o dejando claro que te basas en la ley vigente, la Ley7/2007 del Estatuto Básico del Empleo Público.
un saludo
Lili